Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
"2024, Año de Felipe Carrillo Puerto, Benemérito del Proletariado, Revolucionario y Defensor del Mayab."
EDICTO.
 
AL MARGEN DE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, TREINTA DE ENERO DE DOS MIL VEINTICUATRO.
En los autos del juicio especial de fianzas número 17/2023-VI, promovido por Banco de México, en su carácter de Fiduciario en el Fideicomiso Denominado Fondo de Garantía y Fomento a la Agricultura, Ganadería y Avicultura, mediante proveído de cinco de enero de dos mil veinticuatro, se dictó un auto por el que se ordena denunciar el presente juicio al fiado Juan José Buda Gámez, por medio de edictos a la parte demandada, y por auto de veintinueve de enero de dos mil veinticuatro, se aclaró que dichos edictos serían a costa de la parte actora Banco de México, en su carácter de Fiduciario en el Fideicomiso Denominado Fondo de Garantía y Fomento a la Agricultura, Ganadería y Avicultura, mismos que se publicarán por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación nacional, a fin de que comparezca a este juicio, rinda las pruebas que crea convenientes y para el caso de que dejare de hacerlo, le perjudicará la sentencia que se llegue a pronunciar, lo que deberá hacer dentro del plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, quedando a su disposición en el juzgado la demanda de mérito y demás anexos exhibidos y contestación de demanda, apercibido que de no apersonarse al presente juicio, se seguirá el presente juicio en su rebeldía y las ulteriores notificaciones aun las de carácter personal, se harán por medio de estrados. En acatamiento al auto de mérito, se procede a hacer una relación sucinta de la demanda en la que la parte actora señaló como prestaciones: A).- Como suerte principal el pago de la cantidad de $441,995.86 (Cuatrocientos cuarenta y un mil novecientos noventa y cinco pesos 86/100 M.N.), derivado de la ejecución de la fianza número 21A30913, con número de folio 1450677, del 27 de mayo de 2021, toda vez que su fiado JUAN JOSÉ BUDA GÁMEZ, incumplió con el contrato de prestación de servicios que garantizó la fianza antes citada.- B).- El pago de intereses moratorios de la cantidad reclamada como suerte principal, en términos de lo dispuesto en el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, el cual será calculado desde el 18 de agosto de 2022, fecha en la cual se presentó escrito de reclamación ante la afianzadora DORAMA, INSTITUCIÓN DE GARANTÍAS, S.A., con la finalidad de que cubriera a mi representada el monto total reclamado que ampara la póliza de fianza número 21A30913, con número de folio 1450677, por la cantidad de $441,995.86 (Cuatrocientos cuarenta y un mil novecientos noventa y cinco pesos 86/100 M.N.), toda vez que el fiado incumplió con el contrato de servicios celebrado entre las partes, intereses que se calcularán en virtud de lo establecido en la facción I del artículo y legislación referidos. C).- El pago de gastos y costas que se generen por la tramitación del presente procedimiento.
 
Ciudad de México, 30 de enero de 2024.
Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Lic. Rocio Castillo Rivas
Rúbrica.
(R.- 552790)