Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla,
con residencia en Puebla
EDICTO
 
En el juicio de amparo indirecto 117/2024, se ordenó emplazar por edictos al tercero interesado José Eduardo Ubando Torres, lo anterior en términos de lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, en relación al diverso 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles; y se hace de su conocimiento que Tomás Ferrusca Carrillo, José Armando Ferrusca Jácome y Alejandro Ferrusca Jácome, promovieron juicio de amparo indirecto contra actos del Juez Primero de lo Penal del Distrito Judicial de Puebla y otra autoridad, contra la resolución emitida en audiencia de veintitrés de enero de dos mil veinticuatro, dentro del proceso 270/2015-7, relativo al incidente de modificación de medida cautelar y en el cual se negó la modificación de la medida cautelar solicitada. Se le previene al tercero interesado en mención, para que comparezca por escrito ante este Juzgado de Distrito dentro del plazo de los treinta días hábiles siguientes al de la última publicación y señale domicilio en esta ciudad de Puebla o en su zona conurbada (San Pedro Cholula, San Andrés Cholula o Cuautlancingo), ya que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, incluso las de carácter personal, se le harán por lista que se fije en este juzgado, sin ulterior acuerdo y el juicio de amparo seguirá conforme a derecho proceda; queda a su disposición copia simple de la demanda e impresión del auto admisorio; asimismo, se le hace saber que se encuentran señaladas las diez horas con siete minutos del uno de abril de dos mil veinticuatro, para celebrar la audiencia constitucional en el referido juicio de amparo; se le informa que desde que sea emplazado, quedan a su vista los informes justificados y constancias que se han recibido en este juicio, ello en términos del artículo 117 de la Ley de Amparo Para su publicación en los periódicos "EXCÉLSIOR", "EL UNIVERSAL" o "REFORMA"; y en el Diario Oficial de la Federación, que deberán de efectuarse por tres veces consecutivas de siete en siete días hábiles.
 
En Puebla, Puebla, a veintidós de marzo de dos mil veinticuatro.
El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla
Lic. Carlos Sánchez Vázquez
Rúbrica.
(R.- 551326)