Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Tamaulipas
Conflicto Individual de Seguridad Social 139/2023
EDICTO
 
PARA EMPLAZAR A LEMONMART, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE en los autos del conflicto individual de seguridad social 139/2023 que se tramita ante este Tribunal; se demandóel otorgamiento de una pensión por vejez, entre otras prestaciones. Demanda que fue admitida a trámite por auto de diez de noviembre de dos mil veintitrés, ordenándose la substanciación de ley. Ahora, a través del proveído de diez de noviembre de dos mil veintitrés se ordenó llamar al presente controvertido como tercero interesado a la persona moral de referencia y ante la imposibilidad de emplazarla en el domicilio obtenido de la investigación del mismo, por auto de veinte de marzo de dos mil veinticuatro, con fundamento en el artículo 712 de la Ley Federal del Trabajo, se ordenó emplazar a la aludida moral por medio de edictos que se publicarán, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional, por dos veces con un lapso de tres días hábiles entre uno y otro, a fin de que dentro del término de quince días hábiles acuda al local que ocupa este tribunal a manifestar lo que a su derecho convenga dentro del procedimiento citado al rubro, acredite su personalidad y ofrezca las pruebas que a su interés corresponda de conformidad con el numeral 780, en relación con el diverso 896, ambos de la Ley Obrera, con copias suficientes para las partes, apercibida que de no hacer manifestación alguna dentro del plazo que le fue concedido, se entenderá que no tiene interés jurídico en el asunto, se tendrá por perdido su derecho a ofrecer pruebas y quedará sujeta al resultado del juicio, en términos de lo previsto por los artículos 690 y 873-D, de la Ley Federal del Trabajo. Asimismo, con fundamento en el artículo 739 de la Ley Federal del Trabajo, se requiere al referido tercero interesado para que en su primer escrito que presente ante este Tribunal, señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del lugar de residencia del presente órgano jurisdiccional, apercibido que, de no hacerlo, las notificaciones personales que les correspondan se harán por boletín; con la aclaración de que la notificación realizada de esta forma (edicto) surte sus efectos a partir del día siguiente de la última publicación. Quedando a disposición de la citada tercera interesada, en las oficinas que ocupa este Tribunal, sito en Boulevard Praxedis Balboa No. 1813, entre Calles Mártires de Río Blanco y F. de la Garza, colonia Miguel Hidalgo, Ciudad Victoria, Tamaulipas, código postal 87090, las copias de traslado de la demanda y documentos anexos para su debida instrucción, así como los demás proveídos y documentos precisados en el auto de diez de noviembre de dos mil veintitrés.
 
Ciudad Victoria, Tamaulipas, a 20 de marzo de dos mil veinticuatro.
Secretaria Instructora del Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales
en el Estado de Tamaulipas, con sede en Ciudad Victoria
Cristhian Alexis Fuentes Moreno
Rúbrica.
(R.- 550553)