Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Delegación Estatal Yucatán
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
 
En cumplimiento a los acuerdos dictados dentro de los autos de las diversas carpetas de investigación, de las cuales se decretó el aseguramiento ministerial de diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 82 fracción III 131 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto, a quien o quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, de los siguientes bienes afectos a las indagatorias que a continuación se describen: 1.- Carpeta de Investigación FED/YUC/VALL/0000248/2020, iniciada por el delito Contra la Salud en la modalidad de posesión con fines de comercio de clorhidrato de metanfetamina, previsto y sancionado por el artículo 195 se impondrá de cinco a quince años de prisión y de cien a trescientos cincuenta días multa, al que posea alguno de los narcóticos señalados en el artículo 193, sin la autorización correspondiente a que se refiere la Ley General de Salud, siempre y cuando esa posesión sea con la finalidad se realizar alguna de las conductas previstas en el Artículo 194, ambos de este Código. del Código Penal Federal; y en el cual en fecha 31 de julio del año 2020, se acordó el aseguramiento precautorio de lo siguiente: un vehículo de la marca Volkswagen, modelo Golf, tipo Hatchback, color azul, con placas de circulación ZAF-57-50 del estado de Yucatán, con número de identificación vehicular 1CLM915406, correspondiendo a un vehículo de origen nacional y año modelo 1990, por ser considerado objeto e instrumento del delito investigado; 2.- Carpeta de Investigación FED/YUC/VALL/0000469/2017, iniciada por el delito previsto en el Artículo 105 fracción I. enajene, comercie, adquiera o tenga en su poder por cualquier título mercancía extranjera que no sea para su uso personal, sin la documentación que compruebe su legal estancia en el país, o sin el permiso previo de la autoridad federal competente, o sin marbetes o precintos tratándose de envases o recipientes, según corresponda, que contengan bebidas alcohólicas o su importación esté prohibida. del Código Fiscal de la Federación; y en el cual en fecha 23 de noviembre delaño 2017, se acordó el aseguramiento precautorio de lo siguiente: INDICIO 3-A.- consistente en 282 CAJAS de cigarros de la marca DYJ ROYAL Y GOLD SEAL. E INDICIO 4-A.- consistente en 200 CAJAS DE CARTÓN de cigarros de las MARCAS DYJ ROYAL, que en su conjunto hacen un total de 482 cajas de cigarros, por ser considerado objeto e instrumento del delito investigado; 3.-: Carpeta de Investigación FED/YUC/MER/0000487/2018, iniciada por el delito en materia de hidrocarburos, previsto y sancionado en el artículo 8 fracción I reformado desde el 18 de mayo de 2018, vigente al día siguiente de su publicaciónen el D.O.F.; de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los delitos cometidos en Materia de Hidrocarburos,, el día 28 de septiembre de 2018, se acordó el aseguramiento precautorio de lo siguiente: Indicio3.- Vehículo en combustión total con placas de circulación YZT-44-78, en cuyo interior se encuentran dos rejillas protectoras para soporte de contenedores con capacidad para 1,000 litros calcinadas, por ser bien relacionado con el delito investigado; 4.- carpeta de Investigación FED/YUC/MER/0000352/2021, iniciada por el Delito de Robo, Previsto y Sancionado en el artículo 376 Ter adicionado desde el 21 de febrero de 2018 vigente al día siguiente de su publicación, del Código Penal Federal, el día 23 de julio de 2021, se acordó el aseguramiento precautorio de lo siguiente: INDICIO 7.- Tractocamión marca International, modelo LF687, tipo quinta rueda, color blanco, número económico 5, placas de circulación 56-AN-2U del servicio Público Federal, con Número de Identificación Vehicular 3HSDJAPT3JN465747, de origen nacional y año modelo 2018, por ser bien relacionado con el delito investigado; 5.- Carpeta de investigación FED/YUC/MER/0000302/2020, iniciada por el Delito Contra la Biodiversidad, en la modalidad de transporte de madera en rollo del género "dalbergía", previsto y sancionado en el artículo 419, primer párrafo del Código Penal Federal, el día 30 de septiembre de 2020, se acordó el aseguramiento precautorio de lo siguiente: Indicio 1.- Tracto camión, marca Kenworth, tipo Quinta rueda, color rojo, con placas de circulación 87-AJ-4L de Carga México, con número de serie VIN 612048, año modelo 1994 y un semirremolque marca Great Dane, tipo caja seca, de dos ejes, color blanco, placas de circulación 667VP4, del Servicio Público Federal, con número de identificación vehicular 1GRAA962XJS035736, año modelo 1998¸ por ser bien relacionado con el delito investigado- - - - - - - - - - - - - - - Lo anterior a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se apercibe, para que se abstengan de ejercer actos de dominio sobre dichos bienes asegurados y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dichos bienes causarán abandono en favor del Gobierno Federal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales, haciendo del conocimiento que los referidos bienes se encuentran a disposición jurídica y material del agente del Ministerio Público de la Federación, Delegación en el Estado de Yucatán, con domicilio en el Complejo de Seguridad Jurídica, sito en Periférico Poniente, Km. 46.5, tramo Umán-Susulá, C.P. 97300 Mérida, Yucatán. - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
 
 
Atentamente
Mérida, Yucatán, a 01 de noviembre de 2023.
Encargado del Despacho de la Delegación de la Institución en el Estado de Yucatán
Mtro. Miguel Ángel Soberanis Camejo
Rúbrica.
(R.- 550567)