Estados Unidos Mexicanos
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Dirección de Administración y Finanzas
Subdirección de Obras y Contratación
"2024, Año de Felipe Carrillo Puerto, Benemérito del Proletariado, Revolucionario y Defensor del Mayab"
EDICTO
 
Integra, Construcciones Residenciales e Infraestructura,
S.A. de C.V.; Incive Constructora, S.A. de C.V., y
la persona física C. Jesús Salvador Pedraza Meza
Arq. Enrique Nava Plata
Representante Común y/o bien quien tenga facultades
de representación acreditables.
El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en lo sucesivo "El Instituto", a través de su representante la Lic. Almendra Lorena Ortíz Genis, en su carácter de Directora de Administración y Finanzas, quien cuenta con las facultades suficientes para sustanciar el presente procedimiento de rescisión administrativa, en términos de la fracción XIII del artículo 51 e inciso s) de la fracción VII del artículo 60, en relación con el Quinto y el Sexto Transitorio del Estatuto Orgánico del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; en la función 23 del numeral 5 del Manual de Organización General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; en lo señalado por el segundo párrafo del numeral 5.12 de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del ISSSTE, aprobadas mediante Acuerdo 35.1330.2012 de la Junta Directiva del ISSSTE y publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 2 de marzo de 2012, y quién con ese carácter expidió el "ACUERDO POR EL QUE LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, DELEGA EN LAS PERSONAS TITULARES DE LAS SUBDIRECCIONES ADSCRITAS A DICHA DIRECCIÓN, LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE SE INDICAN", y su Nota Aclaratoria a dicho Acuerdo, publicados en el Diario Oficial de la Federación, con fechas 26 de junio de 2023 y 14 de julio de 2023 respectivamente; por lo que, con fundamento en el artículo Segundo, fracción II del mencionado Acuerdo Delegatorio, y función 7 del numeral 5.4 del Manual de Organización General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el Ing. Mario Alberto Herrera Zavala, Titular de la Subdirección de Obras y Contratación, le comunica la RESOLUCIÓN DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA del contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado No. DNAyF-SOC-C-012-2021, celebrado entre "El Instituto" y su representada, para los Trabajos de obra civil e instalaciones electromecánicas para la ampliación de consultorios de medicina familiar, odontología, laboratorio de química seca, sala de rayos "X", sanitarios públicos, vestidores pacientes y personal, área de esterilizador, sala de espera, r.p.b.i. casa de máquinas y cuarto de basura, caseta de vigilancia, de la Unidad de Medicina Familiar (UMF3) ubicada en el Municipio de Tecate, Baja California, hasta su total terminación.
Procedimiento que se instruye con fundamento en lo previsto por el primero y sexto párrafos del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; último párrafo del artículo 1, fracción I del artículo 3 y artículo 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; artículo 5 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; artículos 5 y 207 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; artículos 1, fracción IV, 2, fracción IV, 61, fracción II y 62, fracción II y 67 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, transcurrido el plazo señalado en la facción I del artículo 61 de la Ley en cita y, una vez analizadas y valoradas las constancias que obran en el expediente
administrativo en que se actúa, se acreditan de manera fundada y motivada los incumplimientos a los supuestos de rescisión contractual del diverso 157, fracciones II, III, IV y XII del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y en las fracciones II, III, IV y XV de la cláusula Vigésima del contrato en cita, por los siguientes incumplimientos contractuales: 1. No ejecutó los trabajos de conformidad a lo estipulado contractualmente y específicamente en el "Programa de ejecución de los trabajos"; 2. No dio cumplimiento al "Programa de ejecución de los trabajos" por la falta de fuerza de trabajo y suministro de materiales y equipo; 3. Interrumpió injustificadamente los trabajos de obra, abandonando definitivamente los trabajos antes de su terminación y, 4. Falta de amortización del anticipo. Por lo que SE RESUELVE declarar administrativamente rescindido el instrumento jurídico mencionado, por causas imputables a la empresa, procédase a la elaboración del finiquito de manera conjunta para determinar los adeudos que puedan existir tanto a favor de "El Instituto" como de la empresa, por lo que se cita a su representante legal a los siguientes eventos: el día 17 de abril de 2024, a las 11:00 horas en la oficina de la Residencia, en el Departamento de Supervisión Zona Norte 1, para la elaboración del finiquito, presentando la documentación correspondiente, apercibiéndolo que de no asistir en dicha fecha, la Residencia formulara el finiquito respectivo con la información que obre en el expediente; y el día 06 de mayo de 2024, a las 11:00 horas, para la protocolización del finiquito, a realizarse en la sala de Proveedores de la Dirección de Administración y Finanzas y, en su caso, fórmese el expediente del reclamo de las fianzas de garantía de cumplimiento y del anticipo.
"El Instituto" hace del conocimiento de la empresa que la presente resolución es recurrible en términos del artículo 83 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y que el expediente continúa a su disposición en las oficinas de la Subdirección de Obras y Contratación, ubicada en Avenida San Fernando Número 547, Edificio D, P.B., Colonia Barrio de San Fernando, Código Postal 14070, Alcaldía Tlalpan, en la Ciudad de México, en un horario de 9:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes.
 
Atentamente
Ciudad de México, a 03 de abril de 2024.
Subdirector de Obras y Contratación
Ing. Mario Alberto Herrera Zavala
Rúbrica.
(R.- 550478)