ACUERDO por el que se adscriben orgánicamente las Unidades Administrativas, Órganos Administrativos Desconcentrados y Centros SICT de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- COMUNICACIONES.- Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
JORGE NUÑO LARA, Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 17, 17 Bis, fracción I y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1, 3 y 5, fracción XVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que los titulares de las Secretarías de Estado podrán adscribir orgánicamente las unidades administrativas establecidas en el reglamento interior respectivo, a las Subsecretarías y a las otras unidades de nivel administrativo equivalente que se precisen en el mismo reglamento interior. El acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente dichas unidades administrativas se publicará en el Diario Oficial de la Federación;
Que el 29 de enero de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide el Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, mismo que abroga, entre otros instrumentos, el Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente unidades administrativas, órganos administrativos desconcentrados y Centros SCT correspondientes a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de marzo de 2009 y sus reformas;
Que el artículo 5, fracción XVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes dispone que a la persona titular de esta dependencia le corresponde adscribir orgánicamente las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados, mediante acuerdo que debe publicarse en el Diario Oficial de la Federación, y
Conforme lo anterior, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ADSCRIBEN ORGÁNICAMENTE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS,
ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS Y CENTROS SICT DE LA SECRETARÍA DE
INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
ARTÍCULO ÚNICO.- Se adscriben orgánicamente las unidades administrativas, órganos administrativos desconcentrados y Centros SICT correspondientes a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, para quedar como sigue:
I.- A la persona titular de la Secretaría:
a) La Unidad de Asuntos Jurídicos;
b) La Dirección General de Comunicación Social;
c) La Dirección General Patrimonial y del Derecho de Vía;
d) La Dirección General de Planeación;
e) La Dirección General de Vinculación, y
f) La Coordinación de Centros SICT.
A la Unidad de Asuntos Jurídicos se le adscriben la Dirección Ejecutiva de Procesos Contenciosos, la Dirección Ejecutiva Normativa, la Dirección Ejecutiva Operativa, la Dirección Ejecutiva de Supervisión y Control Jurídico de Centros SICT, y la Dirección Ejecutiva de Coordinación Jurídica entre las Unidades Administrativas con las Entidades del Sector.
A la Coordinación de Centros SICT se le adscriben los Centros SICT en los estados de la Federación.
II.- A la Subsecretaría de Infraestructura:
a) La Dirección General de Carreteras;
b) La Dirección General de Conservación de Carreteras;
c) La Dirección General de Desarrollo Carretero;
d) La Dirección General de Desarrollo Ferroviario y Multimodal;
e) La Dirección General de Servicios Técnicos;
f) La Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario, y
g) El Instituto Mexicano del Transporte.
III. A la Subsecretaría de Comunicaciones y Transportes:
a) La Dirección General de Autotransporte Federal;
b) La Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte;
c) La Dirección General de Inclusión Digital y Redes de Telecomunicaciones;
d) La Dirección General de Políticas de Telecomunicaciones y Radiodifusión;
e) La Agencia Federal de Aviación Civil, y
f) Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano.
IV. A la Unidad de Administración y Finanzas:
a) La Dirección General de Programación y Presupuesto;
b) La Dirección General de Recursos Humanos y Organización;
c) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, y
d) La Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 14 de febrero de 2024.- El Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, Jorge Nuño Lara.- Rúbrica.