ACUERDO General 1/2024 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el similar 67/2022, que reglamenta la competencia, integración, organización y funcionamiento de los Plenos Regionales.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 1/2024, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA EL SIMILAR 67/2022, QUE REGLAMENTA LA COMPETENCIA, INTEGRACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS PLENOS REGIONALES.
CONSIDERANDO
PRIMERO. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, corresponden al Consejo de la Judicatura Federal, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones, en términos de lo dispuesto en los artículos 94, segundo párrafo, 100, párrafos primero y noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 73 y 86, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO. De conformidad con los artículos 94, párrafo séptimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 86, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número y límites territoriales de los circuitos en que se divida el territorio de la República Mexicana, así como las regiones a las que pertenezcan, y en las cuales ejercerán jurisdicción los plenos regionales;
TERCERO. El artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
CUARTO. El 11 de marzo de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se declara reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativos al Poder Judicial de la Federación. Entre otras cosas, el artículo Quinto transitorio de dicho Decreto señala que el Consejo de la Judicatura Federal, en ejercicio de sus facultades regulatorias, adoptará las medidas necesarias para convertir los Plenos de Circuito en Plenos Regionales, considerando para su establecimiento la agrupación de circuitos, según las cargas de trabajo y las estadísticas de asuntos planteados y resueltos;
QUINTO. Para instrumentar la mencionada transformación, en sesión de 9 de noviembre de 2022, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó el estudio relativo a la transformación de los Plenos de Circuito en Plenos Regionales; así como el Acuerdo General 67/2022 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la competencia, integración, organización y funcionamiento de los Plenos Regionales, mediante el cual se determinó la conformación de la Región Centro-Norte y Región Centro-Sur;
SEXTO. Mediante el Acuerdo General 108/2022 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la creación, denominación e inicio de funciones de los Plenos Regionales de las Regiones Centro-Norte y Centro-Sur, así como su competencia, jurisdicción territorial y domicilio, se determinó el inicio de funciones de los Plenos de las Regiones Centro-Norte y Centro-Sur, a partir del 16 de enero de 2023;
SÉPTIMO. Los Plenos Regionales son los órganos facultados para resolver los criterios contradictorios que sustenten los Tribunales Colegiados de Circuito de la misma región, determinando cuál de ellas debe prevalecer; denunciar ante el Pleno o las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación las contradicciones de criterios que se susciten entre las mencionadas salas, entre los Plenos Regionales, o entre Tribunales Colegiados de Circuito de distinta región, ya sea que la formule el Pleno Regional o sus integrantes; conocer de los conflictos competenciales que se susciten entre Tribunales Colegiados de Circuito de la misma región o diversas regiones; y solicitar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que inicie el procedimiento de declaratoria general de inconstitucionalidad en los casos que lo estimen procedente; así como atender las excusas e impedimentos planteados por sus integrantes, o cualquier otro asunto instrumental para la labor del órgano; y
OCTAVO. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de 17 de enero de 2024, aprobó el punto de acuerdo 13/2024 relativo a la competencia de los Plenos Regionales y el Acuerdo General respectivo.
Por lo anterior, se expide el siguiente
ACUERDO
ÚNICO. Se reforma el artículo 14, fracción I, del Acuerdo General 67/2022 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la competencia, integración, organización y funcionamiento de los Plenos Regionales, para quedar como sigue:
"Artículo 14. ...
I. Resolver las contradicciones de criterios que se susciten entre los Tribunales Colegiados de Circuito que pertenezcan a la misma región.
Tratándose de contradicciones de criterios en materia común, sustentadas entre órganos jurisdiccionales de distinta especialización, corresponderá conocer de la contradicción al Pleno Regional que ejerza jurisdicción por territorio y por materia sobre el Tribunal Colegiado de Circuito que emitió el primero de los criterios en contienda; y
II. ..."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal del Consejo de la Judicatura Federal en Intranet e Internet.
EL MAGISTRADO JOSÉ ALFONSO MONTALVO MARTÍNEZ, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 1/2024, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el similar 67/2022, que reglamenta la competencia, integración, organización y funcionamiento de los Plenos Regionales, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de 17 de enero de 2024, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidenta Ministra Norma Lucía Piña Hernández, Bernardo Bátiz Vázquez, Eva Verónica de Gyvés Zárate, Alejandro Sergio González Bernabé, Lilia Mónica López Benítez, Celia Maya García y Sergio Javier Molina Martínez.- Ciudad de México, a 20 de febrero de 2024.- Conste.- Rúbrica.