Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Economía
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Prevención de la Competencia Desleal
Coordinación Departamental de Infracciones y Delitos
Puma SE
Vs.
Alejandra Sanchez Sanchez
M. 265981 Puma y Diseño
M. 265982 Puma y Diseño
M. 328514 Diseño
Exped.: P.C. 2406/2022(M-206) 27057
Folio: 039894
"2023, Año de Francisco Villa, el revolucionario del pueblo"
Alejandra Sanchez Sanchez
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
 
Por escrito recibido en la oficialía de partes de esta Dirección, el día 30 de noviembre de 2022, al cual correspondió el folio de entrada 030130; PUMA SE, a través de su representante, solicitó la declaración administrativa de infracción prevista en la fracción XXI del artículo 386 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, en contra de ALEJANDRA SANCHEZ SANCHEZ, respecto de los registros marcarios 265981 PUMA y Diseño, 265982 PUMA y Diseño y 328514 Diseño.
Por lo anterior, con fundamento en los artículos 5° fracción III, 21, 328, 331, 336 fracción II y último párrafo, 367 fracción IV, 369 y 370 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a ALEJANDRA SANCHEZ SANCHEZ, el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, mismo que empezará a correr a partir del día hábil siguiente al que se realice esta publicación para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga; apercibido que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el plazo señalado, este Instituto, previo estudio de los antecedentes relativos y desahogadas las pruebas que lo requieran, emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 342 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en los artículos 336 último párrafo y 369 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
 
Atentamente
19 de octubre de 2023.
El Coordinador Departamental de Infracciones y Delitos
Victor Alberto Hernández López
Rúbrica.
(R.- 548670)