ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se define la metodología, así como la instancia que seleccionará las preguntas provenientes de redes sociales relativas al Formato Tipo A que se utilizará en el primer debate presidencial en el Proceso Electoral Federal 2023-2024.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG95/2024.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE DEFINE LA METODOLOGÍA, ASÍ COMO LA INSTANCIA QUE SELECCIONARÁ LAS PREGUNTAS PROVENIENTES DE REDES SOCIALES RELATIVAS AL FORMATO TIPO A QUE SE UTILIZARÁ EN EL PRIMER DEBATE PRESIDENCIAL EN EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2023-2024
GLOSARIO
Aleatoriedad
Se refiere a la ausencia de un patrón o regularidad en un conjunto de datos o en el resultado de un proceso
Base de datos
Conjunto organizado de datos que están almacenados y estructurados de manera que tengan un fácil acceso, así como que puedan ser gestionados y actualizados. Estos datos suelen estar relacionados entre sí de alguna manera, lo que permite realizar consultas y extraer información específica
Base de datos
condensada
Conjunto de preguntas condensadas semánticamente (con igual significado) y sintácticamente (con igual estructura), que permita con base en su frecuencia realizar el muestreo estratificado de los registros recabados sin repeticiones
Bolsa de tiempo
Tiempo determinado en cada Formato Aprobado, que las candidaturas pueden ocupar en varias intervenciones, conforme lo consideren necesario, para exponer y contrastar ideas y propuestas con quienes participan en el debate
CNCS
Coordinación Nacional de Comunicación Social
Consejo General
Consejo General del Instituto Nacional Electoral
CPEUM
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
CTD
Comisión Temporal de Debates
Debates
Aquellos actos públicos que únicamente se pueden realizar en el periodo de campaña, en los que participan las candidaturas a un mismo cargo de elección popular con el objeto de exponer y confrontar entre sí sus propuestas, planteamientos y plataformas electorales, a fin de difundirlos como parte de un ejercicio democrático, bajo un formato previamente establecido y con observancia de los principios de equidad y trato igualitario, sin que afecte la flexibilidad de los formatos
DEPPP
Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos
DOF
Diario Oficial de la Federación
Estrato
Se refiere a una subdivisión o subgrupo homogéneo dentro de una población más grande. Estos estratos se crean con la intención de agrupar elementos que compartan características similares relevantes para el estudio
Frecuencia
Cantidad de veces que se observa un valor específico en un conjunto de datos
Formulario
Documento estructurado que recopila información de manera organizada y sistemática. Generalmente, está diseñado con espacios en blanco, casillas de verificación, campos de texto u otras estructuras para que los usuarios introduzcan datos específicos en áreas designadas
Formato
Conjunto de características técnicas y de presentación de un programa de televisión
INE/Instituto
Instituto Nacional Electoral
LGIPE
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
Metodología
Conjunto de métodos, técnicas, procesos o procedimientos sistemáticos que se utilizan en una disciplina o campo específico del conocimiento para llevar a cabo investigaciones, estudios, análisis o actividades
Moderador/ moderadora
Persona responsable de conducir y facilitar la interacción entre las candidaturas que participen en el debate
Muestra
Un subgrupo de la población objetivo de la cual se recolectarán los datos
Muestra auto ponderada
Se refiere a una selección de elementos donde cada uno tiene un peso específico basado en su propia característica o mérito intrínseco en relación con la variable que se está estudiando. En una muestra auto ponderada, los elementos individuales tienen un impacto diferenciado en el análisis o la interpretación de los resultados y este impacto se deriva directamente de su propia naturaleza o relevancia para la variable en cuestión
Muestra estratificada
Técnica de muestreo en la que la población se divide en subgrupos o estratos homogéneos basados en ciertas características relevantes para la investigación. Posteriormente, se selecciona una muestra aleatoria de cada estrato para representar proporcionalmente a toda la población. Su objetivo es asegurar que todos los subgrupos o estratos dentro de la población tengan representación en la muestra, lo que permite obtener una imagen más precisa y representativa de la diversidad de la población en estudio
PEF 2023-2024
Proceso Electoral Federal 2023-2024
PNL
Procesamiento de lenguaje natural
Preguntas generales
Son preguntas que no van dirigidas a una candidatura específica y que pueden ser contestadas por la totalidad de participantes en las mismas condiciones
Producción
Conjunto de procesos técnicos, creativos, administrativos y logísticos para conseguir la elaboración y argumentación de una pieza audiovisual
RE
Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral
Redes sociales y
plataformas digitales
Plataformas o herramientas digitales que facilitan la interacción, comunicación y conexión entre individuos, grupos o comunidades en línea. Estas plataformas permiten compartir contenido (como mensajes, imágenes, videos, enlaces, etc.), interactuar con otras y otros usuarios a través de comentarios, mensajes directos o reacciones, y construir relaciones en un entorno virtual
Reglas Básicas
Pautas o lineamientos que deben regir la organización de los debates presidenciales y que están establecidas en el artículo 307 del Reglamento de Elecciones
Representatividad
Capacidad de un conjunto de datos, una muestra o un grupo para reflejar adecuadamente las características o la diversidad de una población más amplia
Selección muestral
estratificada
Este enfoque se utiliza para garantizar que todos los subgrupos o estratos dentro de la población estén representados en la muestra final de manera proporcional a su importancia en la población general. Cada estrato se considera como una unidad separada y se toma una muestra independiente de cada uno
RI
Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral
Universo
Conjunto completo de elementos o individuos que comparten una característica común y que son objeto de estudio o análisis
 
ANTECEDENTES
I.     Inicio del Proceso Electoral Federal 2023-2024. El 7 septiembre de 2023, el Consejo General del INE llevó a cabo la sesión extraordinaria para el inicio del PEF 2023-3024.
II.     Creación de la Comisión Temporal de Debates. El 8 de septiembre de 2023, en sesión extraordinaria, el Consejo General aprobó el Acuerdo identificado con la clave INE/CG532/2023, por el que se aprobó la integración y presidencias de las comisiones permanentes y otros órganos del Instituto, así como la creación de las comisiones temporales de debates y del voto de las y los mexicanos residentes en el extranjero.
III.    Instalación de la Comisión Temporal de Debates y aprobación del Plan de Trabajo. El 22 de septiembre de 2023 se instaló la CTD y en la misma sesión se aprobó someter a consideración del Consejo General su Plan de Trabajo.
IV.   Plan de Trabajo de la Comisión Temporal de Debates. El 28 de septiembre de 2023, en sesión extraordinaria, el Consejo General aprobó el Plan de Trabajo de la CTD.
V.    Celebración del Foro Internacional de Debates 2023-2024. El 8 de noviembre de 2023, el INE llevó a cabo el Foro Internacional de Debates 2023-2024 en el que, de manera virtual, autoridades electorales y especialistas en la materia de México y el extranjero compartieron experiencias, retos y buenas prácticas en la organización de los debates electorales.
VI.   Aprobación de las Reglas Básicas y criterios objetivos para la selección de personas moderadoras por parte del Consejo General. El 16 de noviembre de 2023, en Sesión Extraordinaria, el Consejo General aprobó el Acuerdo identificado con la clave INE/CG614/2023, mediante el cual se aprobaron las Reglas Básicas para la celebración de los debates entre las candidaturas a la Presidencia de la República durante el PEF 2023-2024, así como los criterios objetivos para la selección de las y los moderadores.
VII.   Aprobación de los formatos específicos de los debates. El 7 de diciembre de 2023, el Consejo General aprobó el Acuerdo identificado con la clave INE/CG646/2023 por el que se aprueban los formatos específicos de los debates entre las candidaturas a la Presidencia de la República durante el PEF 2023-2024.
VIII.  Aprobación de formatos, sedes y obligatoriedad de los debates. El 18 de enero de 2024, el Consejo General aprobó el Acuerdo identificado con la clave INE/CG09/2024 por el que se define el formato y la sede de cada uno de los debates entre las candidaturas a la Presidencia de la República, así como los ejercicios cuya transmisión será obligatoria, en términos del artículo 218 de la LGIPE, en el PEF 2023-2024.
IX.   Aprobación por parte de la CTD. En sesión extraordinaria del pasado 6 de febrero de 2024, la CTD aprobó el anteproyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se establecen criterios específicos para el Formato A de los debates presidenciales del PEF 2023-2024
CONSIDERACIONES
El INE y su función estatal
1.     De conformidad con los artículos 41, Base V, Apartado A, párrafo primero de la CPEUM; 29, numeral 1; 30, numeral 2; 31, numeral 1, 34, numeral 1, inciso a) y 35 de la LGIPE, la organización de las elecciones es una función estatal que realiza el INE, organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio. Todas las actividades del Instituto se rigen por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad y paridad, y se realizarán con perspectiva de género.
       El Instituto es independiente en sus decisiones y funcionamiento, y profesional en su desempeño. Para el desarrollo de esta función, el INE actúa mediante su Consejo General, que es el órgano superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral.
       El artículo 41, Base V, Apartado B de la CPEUM determina las atribuciones que le corresponde desempeñar al Instituto en los procesos electorales federales y locales.
2.     De conformidad con el artículo 30, numeral 1, incisos a) y g) de la LGIPE, el Instituto tiene, entre otros fines, contribuir al desarrollo de la vida democrática, así como llevar a cabo la promoción del voto y coadyuvar a la difusión de la educación cívica y la cultura democrática.
Atribuciones del Consejo General en materia de debates
3.     El artículo 218, numerales 1 y 2 de la LGIPE establece que el Consejo General organizará dos debates obligatorios entre las candidaturas a la Presidencia de la República. Sin embargo, dicha determinación es enunciativa mas no limitativa. Para ello, este órgano tiene la facultad de definir las reglas, fechas y sedes, respetando el principio de igualdad entre las candidaturas.
4.     El artículo 307, numerales 1 y 2 del RE indica que el Consejo General creará una Comisión Temporal encargada de coordinar la realización de debates en la elección presidencial, integrada con un mínimo de tres y un máximo de cinco consejeras y consejeros electorales del Consejo General. Las y los representantes de los partidos políticos podrán participar con voz, pero sin voto.
5.     Como lo señala el artículo 44, numeral 1, incisos gg) y jj) de la LGIPE, son atribuciones del Consejo General aprobar y expedir los reglamentos, lineamientos y Acuerdos, así como dictar los Acuerdos necesarios para hacer efectivas las atribuciones señaladas en la ley.
6.     Conforme lo mandata el artículo 64, inciso t) del RI, corresponde a la CNCS del Instituto realizar, producir, difundir y supervisar la organización de los debates que se difundan en radio y televisión entre las y los candidatos a cargos de elección popular que determine el Consejo General. Por tanto, la CNCS será la instancia encargada de coordinar la producción de los debates presidenciales.
Comisión Temporal de Debates
7.     Los artículos 42, numeral 1 de la LGIPE; 10, numerales 1 y 2 del RI y 307, numeral 1 del RE señalan que el Consejo General integrará las comisiones temporales que considere necesarias para el desempeño de sus atribuciones, con tres o cinco consejeras o consejeros, atendiendo el principio de paridad de género, y siempre serán presididas por una de ellas o ellos. Asimismo, en los Acuerdos de integración o creación de las comisiones temporales, el Consejo General deberá precisar el objeto específico de la misma, sus atribuciones, así como los plazos y condiciones a los que esté sujeta su existencia.
8.     En ese sentido, como se refirió en el apartado de Antecedentes del presente instrumento, mediante Acuerdo identificado con la clave INE/CG532/2023, este Consejo General creó la CTD como la instancia encargada de coordinar la realización de debates en la elección presidencial de 2024.
9.     El artículo 304 dispone que, por debate se entienden aquellos actos públicos que únicamente se pueden realizar en el periodo de campaña, en los que participan candidaturas a un mismo cargo de elección popular con el objeto de exponer y confrontar entre sí sus propuestas, planteamientos y plataformas electorales, a fin de difundirlos como parte de un ejercicio democrático, bajo un formato previamente establecido y con observancia del principio de trato igualitario, sin que afecte la flexibilidad de los formatos.
Reglas Básicas
10.   Como se refirió en el apartado de Antecedentes, el 16 de noviembre de 2023 este Consejo General aprobó las Reglas Básicas para los debates presidenciales, con el objetivo de establecer las directrices que deberán seguir el diseño de los formatos y la ejecución de los debates presidenciales de 2024, como ejercicios que promuevan el libre intercambio de ideas con formatos flexibles e innovadores que incluyan temas que reflejen el interés de las y los mexicanos.
11.   Al aprobar las reglas básicas, el Consejo General estimó que el INE, por medio de la CTD, será la instancia que operará estos ejercicios de contraste de ideas y propuestas entre las candidaturas a la Presidencia de la República. La CTD es la encargada de la coordinación, planeación y realización de estos ejercicios. La CNCS fungirá como Secretaría Técnica de la CTD, mientras que la DEPPP participará como invitada permanente.
12.   Respecto a la participación de la ciudadanía, las Reglas Básicas establecen que el Consejo General, a propuesta de la CTD, aprobará los mecanismos para garantizar dicha actividad. Éstos se determinarán como parte de los formatos específicos de cada debate, y podrán incluir participación directa o indirecta, de manera presencial o por medio del uso de tecnología (redes sociales y/o plataformas digitales), o cualquier otro medio que haga efectiva la inclusión ciudadana desde diferentes regiones del país o del extranjero.
Formatos específicos
13.   En el Acuerdo identificado con la clave INE/CG646/2023 el Consejo General estableció para el Formato A.
Debate
Dinámica
Forma de participación de la ciudadanía
Formato A
Bolsa de tiempo con preguntas ciudadanas
Preguntas de redes sociales
 
14.   Para cada formato de debate también se establecieron los siguientes temas:
Debate
Título del debate
Temas
Formato A
La sociedad que
queremos
·  Educación y salud
·  Transparencia y combate a la corrupción
·  No discriminación, grupos vulnerables y violencia en contra de las mujeres
 
De los mecanismos de participación ciudadana
15.   Adicionalmente, en los formatos se establecieron mecanismos de participación ciudadana a través de redes sociales o a través de preguntas directas de la ciudadanía.
       En el Formato A, las preguntas que se reciban a partir de redes sociales y plataformas digitales en Internet se segmentarán por tema y región (norte, centro y sur), dependiendo de la entidad del país de la que se reciban. En uno de los bloques de cada segmento, se retomarán preguntas de una región específica.
       La regionalización establecida es la siguiente:
       Formato A
 
Norte
Centro
Sur
Baja California
Aguascalientes
Campeche
Baja California Sur
Ciudad de México
Chiapas
Chihuahua
Colima
Guerrero
Coahuila
Estado de México
Oaxaca
Durango
Guanajuato
Puebla
Nayarit
Hidalgo
Quintana Roo
Nuevo León
Jalisco
Tabasco
Sinaloa
Michoacán
Veracruz
Sonora
Morelos
Yucatán
Tamaulipas
Querétaro
 
Zacatecas
San Luis Potosí
 
 
Tlaxcala
 
 
16.   Asimismo, el Acuerdo identificado con la clave INE/CG09/2024 establece lo siguiente:
i.    Formato Asignado:
Número
Formato
Fecha
Primer debate
A
7 de abril de 2024
 
ii.   Sede:
Número
Sede
Primer debate
Oficinas centrales del Instituto Nacional Electoral
 
17.   Adicionalmente, sobre la convocatoria y el mecanismo para captar preguntas de redes sociales para el debate con Formato A, en el Acuerdo identificados con la clave INE/CG646/2023 se establece que la CTD, a propuesta de la Secretaría Técnica, aprobará los términos de la convocatoria, así como el mecanismo y los criterios para la selección de las preguntas que serán puestas a consideración de las personas moderadoras que participen en este ejercicio.
Objetivo
18.   El presente Acuerdo tiene como finalidad establecer los criterios específicos para la implementación del mecanismo de participación ciudadana determinado para el primer debate presidencial:
a.   Metodología y convocatoria para recibir y seleccionar preguntas de redes sociales por parte de la ciudadanía en el Formato A
b.   Instancia encargada de la selección y procesamiento de las preguntas
       A continuación, se desarrollará cada uno de estos criterios, objeto del presente Acuerdo.
a.   Metodología y convocatoria para recibir y seleccionar preguntas de redes sociales y plataformas digitales por parte de la ciudadanía en el Formato A
19.   El Acuerdo del Consejo General INE/CG646/2023 establece en sus considerandos 48 al 50 que la CTD, a propuesta de la Secretaría Técnica, aprobará los términos de la convocatoria, así como el mecanismo y los criterios para la selección de las preguntas que serán puestas a consideración de las personas moderadoras que participen en este ejercicio.
       En ese sentido y bajo la facultad otorgada en el referido Acuerdo del párrafo anterior, la Secretaría Técnica estima que las preguntas deberán cumplir al menos con las siguientes características:
a.   Las preguntas deben apegarse a los temas definidos para el debate
b.   La redacción de las preguntas no debe incluir: discursos de odio, inclinación partidista, ideológica, religiosa o cualquier manifestación de violencia o discriminación.
c.   Las preguntas deben redactarse de forma general y no dirigida a candidatura específica
       En la convocatoria (Anexo II) se establecerá el periodo para recibir las preguntas y la forma en la que serán registradas y procesadas.
20.   Para cumplir con lo anterior, la CNCS ha diseñado una metodología para recabar, analizar, estratificar y seleccionar las preguntas.
21.   La metodología (Anexo I) establece que la CNCS desarrollará, en coordinación con la Unidad Técnica de Servicios de Informática y la Unidad Técnica de Transparencia y Protección de Datos Personales de este Instituto, un formulario en línea que se alojará en un micrositio específico para los debates presidenciales dentro del portal del Instituto www.ine.mx a fin de recabar las preguntas de la ciudadanía provenientes de las distintas redes sociales y plataformas digitales en Internet.
22.   La promoción y difusión de la convocatoria será a través de las distintas plataformas de redes sociales del Instituto para captar las preguntas de la ciudadanía.
23.   La metodología incluye criterios generales que retoman las disposiciones establecidas en el Acuerdo en que se aprobaron los formatos específicos de los debates, junto con otras que permiten fortalecer el ejercicio y guiar la selección final de las preguntas.
       Los criterios son:
i.    Las preguntas de la ciudadanía serán recabadas a través de redes sociales y plataformas digitales en Internet
ii.   Las preguntas deben versar sobre los temas definidos para el debate del Formato A
iii.   El proceso de recolección de las preguntas deberá garantizar la certeza, transparencia y autenticidad de las mismas, así como los principios rectores de la función electoral: certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y máxima publicidad
iv.   El mecanismo para recopilar las preguntas deberá ser simple, accesible y evitar fricciones innecesarias con las personas usuarias, de tal forma que facilite la participación ciudadana
v.   En la selección de preguntas se deberá garantizar la representatividad de los temas seleccionados para el debate y la región de la ciudadanía que realice la pregunta
vi.   La selección de preguntas cumplirá criterios de frecuencia y aleatoriedad
vii.  En la selección de preguntas se privilegiarán aspectos que abonen a la coherencia argumentativa, buena sintaxis y neutralidad
24.   En términos generales, la metodología describe el proceso de selección de preguntas el cual constará de seis etapas para su tratamiento: preparación de la base de datos, obtención de la muestra estratificada y clasificación por región, selección de preguntas, revisión de preguntas, plazos establecidos e informe.
25.   Preparación de la base de datos:
       La CNCS entregará la base de datos con el total de preguntas (registros) que se recabaron, a través de cada uno de los formularios recibidos, a la institución que se determine como responsable de aplicar la metodología.
       A partir de esta base de datos, la institución deberá condensar aquellos registros que por su semántica o sintaxis correspondan a una misma pregunta, a fin de evitar repeticiones. Asimismo, desechará las preguntas que no cumplan con los criterios de redacción establecidos, como: temática seleccionada, sesgo partidista, lenguaje ofensivo, discurso de odio, discriminación y/o violencia de cualquier tipo.
26.   Obtención de la muestra estratificada y clasificación por región
       Una vez que la institución cuente con la base de datos de las preguntas condensada semánticamente -por significado- y sintácticamente -por estructura-, se realizará una selección muestral estratificada, a partir de la proporción de preguntas recabadas para cada uno de los temas previstos para este debate, los cuales se tomarán como los estratos o subgrupos sobre los que se deberá trabajar el muestreo.
       De esta forma, a partir del número de preguntas recibidas sin repeticiones se determinará el tamaño de la muestra para cada estrato, con base en los criterios estadísticos aceptados universalmente, considerando la proporción que cada uno de ellos represente del total de la población. En consecuencia, se asegurará que cada segmento de la población tenga la misma oportunidad para ser seleccionado; es decir, que tenga representatividad en la selección sin importar las diferencias en la cantidad de preguntas que lleguen sobre un tema con respecto a los otros, de forma tal que la muestra resultante sea auto ponderada.
       En un segundo momento, se requiere que la muestra obtenida se divida o clasifique en 3 grupos, dependiendo de la región de la que provienen las preguntas: norte, centro y sur del país.
27.   Selección de preguntas:
a.   Selección por frecuencia:
 
      Para obtener el primer bloque de preguntas, se deberán seleccionar las tres que más se repitan en la muestra sobre cada uno de los temas del Formato A.
      Una vez configurados los grupos por frecuencia debe privilegiarse la selección de preguntas que mejor reflejen las expresiones del universo al tema o subtema que suscriben.
Tema
Número de
preguntas
Educación
3 preguntas
Salud
3 preguntas
Combate a la corrupción
3 preguntas
Transparencia
3 preguntas
No discriminación y grupos vulnerables
3 preguntas
Violencia contra las mujeres
3 preguntas
Número total de preguntas seleccionadas por frecuencia
18 preguntas
*Este cálculo se elaboró con base en el escenario de tres candidaturas, pero se ajustará en función de del número de candidaturas definitivas.
 
b.   Selección aleatoria:
      Para elegir el segundo bloque de preguntas, la muestra deberá realizarse una selección aleatoria sobre los seis temas del debate, con el fin de seleccionar 15 preguntas diferenciadas por cada región: 5 preguntas del norte, 5 preguntas del centro y 5 preguntas del sur para cada uno de los temas.
Tema
Región del país
Número de preguntas
Educación
Norte
5 preguntas
Sur
5 preguntas
Centro
5 preguntas
Salud
Norte
5 preguntas
Sur
5 preguntas
Centro
5 preguntas
Combate a la corrupción
Norte
5 preguntas
Sur
5 preguntas
Centro
5 preguntas
Transparencia
Norte
5 preguntas
Sur
5 preguntas
Centro
5 preguntas
No discriminación y grupos
vulnerables
Norte
5 preguntas
Sur
5 preguntas
Centro
5 preguntas
Violencia contra las
mujeres
Norte
5 preguntas
Sur
5 preguntas
Centro
5 preguntas
Número total de preguntas seleccionadas por frecuencia
90 preguntas
*Este cálculo se elaboró con base en el escenario de tres candidaturas, pero se ajustará en función de del número de candidaturas definitivas.
 
28.   Revisión de preguntas:
       Tanto para el grupo de preguntas seleccionadas por el método de frecuencia como por el método aleatorio, es indispensable realizar la revisión de las 108 preguntas, a fin de que las que fueron seleccionadas cumplan con las siguientes características en su redacción:
-     Se ciñan al tema definido
-     Sean comprensibles
-     Con la posibilidad de plantearse a cualquier candidatura de forma directa.
-     Sin sesgo partidista
-     No contengan palabras ofensivas y/o expresiones en doble sentido que resten seriedad al ejercicio
-     No contengan discursos de odio, discriminación y/o violencia de cualquier tipo.
       En caso de ser necesario serán sustituidas una o varias preguntas, luego de la revisión de su redacción, por lo que deberá volverse a seleccionar de manera aleatoria o por frecuencia el mismo número de preguntas que sustituyan a las descartadas por el proceso de revisión, tantas veces como sea necesario y siempre conservando los criterios de selección por tema y regionalización.
       Será necesario que, en la entrega final de preguntas seleccionadas, se indique -si fuera el caso- el número de preguntas que fueron eliminadas en la etapa de revisión y las razones.
29.   Plazos establecidos
       Todas las etapas contempladas para el método en la selección de preguntas deberán realizarse en un plazo no mayor de 10 días naturales, contados a partir de la entrega que realice la CNSC del INE a la institución responsable de aplicar la metodología.
       Asimismo, las 108 preguntas seleccionadas por frecuencia y aleatoriedad deberán ser entregadas a las personas moderadoras durante las primeras 12 horas del miércoles previo a la realización del debate presidencial, quienes tendrán la libertad de elegir las preguntas que se formularán durante el mismo.
       La Oficialía Electoral participará en cada una de las etapas de la presente metodología, a fin de otorgar certeza a todo el proceso, dando fe pública de la totalidad de las preguntas recibidas, de aquellas depuradas mediante los criterios aprobados y entregadas por la CNCS del INE a la institución responsable de aplicar la metodología, entrega que se llevará a cabo mediante un acto público.
30.   Informe
       Al concluir los trabajos, a más tardar tres días posteriores a la celebración del debate, la instancia que realice el análisis de las preguntas deberá entregar a la CNCS, un informe detallado que muestre la trazabilidad y la posibilidad de replicación del proceso realizado. Dicho informe deberá incluir las bitácoras y descripción de cada etapa desarrollada para el cumplimiento de esta metodología. Asimismo, deberá entregar la base de datos condensada y las bases resultantes de cada uno de los procesos realizados.
b.   Instancia encargada de la selección y procesamiento de las preguntas
31.   El 24 de enero de 2024, la CTD celebró una reunión de trabajo entre las Consejerías integrantes, en la que se presentaron cinco posibles instancias para la selección de las preguntas:
·  Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, Instituto de Ciencias de Gobierno y Desarrollo Estratégico (ICGDE), Facultad de Ciencias de la Computación, Dirección General de Cómputo y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
·  Centro de Investigación en Ciencias de Información Geoespacial (Centro GEO)
·  Dr. Carlos Adolfo Piña García
·  Observatorio de Medios, adscrito a la Facultad de Estudios Profesionales (FES) de Aragón, UNAM
·  Signa Lab (Laboratorio de Innovación Tecnológica y de Estudios Interdisciplinarios Aplicados) adscrito al Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente (ITESO).
32.   Estas instancias expusieron sus mecanismos y las tecnologías que utilizarían para llevar a cabo la metodología propuesta por la CNCS para la selección de preguntas para el Formato A, con el objetivo de llevar al Consejo General la propuesta de institución responsable de aplicar la metodología.
33.   Signa Lab (Laboratorio de Innovación Tecnológica y de Estudios Interdisciplinarios Aplicados) adscrito al Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente (ITESO), cuenta con el equipo humano, las herramientas de procesamiento de grandes volúmenes de datos, así como de análisis y procesamiento de lenguaje natural a través de distintos algoritmos, para atender los requerimientos planteados en la metodología. (Se anexa documentación de la institución, así como su propuesta técnica en el Anexo III).
34.   Para llevar a cabo esta selección, Signa Lab implementará diversos procesos de análisis de datos:
 
I.    Depuración inicial y ponderación de acuerdo a criterios de elegibilidad y representatividad.
II.   Análisis inicial de las rutas semánticas y clusterización, que sigan las preguntas para arribar a las frecuencias, similitudes y discrepancias. Identificación y agrupación de tópicos comunes a partir de procesamiento de lenguaje natural (PNL), modelos de lenguaje y visualización exploratoria de texto (árboles semánticos, mapas de relaciones semánticas o embeddings, una técnica de procesamiento de lenguaje natural que convierte el lenguaje humano en vectores matemáticos).
III.   Sistematización y elaboración de selección muestral estratificada de preguntas, de la población ponderada de preguntas seleccionables, selección de preguntas para el debate, por estratos a partir de los temas previstos para el debate y su frecuencia. Revisión final, a partir de PLN y revisión manual (con criterios como frecuencia por adverbios, por ejemplo, peso de los cómo, los qué, los en dónde, etc.).
Fundamentos para la emisión del Acuerdo
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículos 1; 41, Bases III, apartados A y B; IV, segundo párrafo y V, apartados A y B.
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
Artículos 1, numeral 1; 29, numeral 1; 30, numerales 1, incisos a), g) e i) y 2; 31, numeral 1, 34, numeral 1, inciso a), 35; 40, numeral 2; 42, numeral 1, 44, numeral 1, incisos k), n), y jj); 160, numeral 1; 161, 162, numeral 1, inciso a), 164 y 184, numeral 1, inciso a).
Reglamento de Elecciones
Artículos 303, numeral 1; 305, numeral 1, incisos a) y b); 306, numeral 1; 307, numerales 1, 2, 4, y 5; y 309, numeral 1.
Reglamento Interior
Artículo 10, numerales 1 y 2; y 64, numeral 1, inciso t).
 
ACUERDO
PRIMERO.- Se aprueba la metodología y convocatoria para recibir y seleccionar preguntas de redes sociales y plataformas digitales por parte de la ciudadanía en el Formato A, descritas en los ANEXOS I y II que forman parte integral del presente Acuerdo.
SEGUNDO.- Se designa a Signa Lab (Laboratorio de Innovación Tecnológica y de Estudios Interdisciplinarios Aplicados) adscrito al Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente (ITESO), como la instancia encargada de la selección y procesamiento de las preguntas de redes sociales para el Formato A del primer debate presidencial.
TERCERO.- Se instruye a la Coordinación Nacional de Comunicación Social a la Unidad Técnica de Servicios de Informática y a la Unidad Técnica de Transparencia y Protección de Datos Personales del Instituto Nacional Electoral, a efecto de realizar los trabajos necesarios para llevar a cabo la recolección de las preguntas de la ciudadanía conforme a la metodología y convocatoria aprobadas en el presente Acuerdo.
CUARTO. - El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación.
QUINTO. - Se instruye a la Secretaría Ejecutiva para que realice las gestiones para la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.
SEXTO. - Se instruye a la Secretaría Ejecutiva a que notifique el presente Acuerdo, por conducto de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, a los partidos políticos nacionales y, en su caso, llegado el momento oportuno, a las candidaturas a la Presidencia de la República, una vez que obtengan su registro.
El presente Acuerdo fue aprobado en sesión extraordinaria del Consejo General celebrada el 8 de febrero de 2024, por votación unánime de las y los Consejeros Electorales, Maestro Arturo Castillo Loza, Norma Irene De La Cruz Magaña, Doctor Uuc-kib Espadas Ancona, Maestro José Martín Fernando Faz Mora, Carla Astrid Humphrey Jordan, Maestra Rita Bell López Vences, Maestro Jorge Montaño Ventura, Maestra Dania Paola Ravel Cuevas, Maestro Jaime Rivera Velázquez, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez y de la Consejera Presidenta, Licenciada Guadalupe Taddei Zavala.
La Consejera Presidenta del Consejo General, Lic. Guadalupe Taddei Zavala.- Rúbrica.- La Encargada del Despacho de la Secretaría del Consejo General, Mtra. Claudia Edith Suárez Ojeda.- Rúbrica.
El Acuerdo y los anexos pueden ser consultados en las siguientes direcciones electrónicas:
Página INE:
https://www.ine.mx/sesion-extraordinaria-del-consejo-general-08-de-febrero-de-2024/
Página DOF
www.dof.gob.mx/2024/INE/CGext202402_8_ap_3.pdf
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