Estados Unidos Mexicanos
Ciudad de México
Poder Judicial
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Juzgado Trigésimo Tercero de lo Civil de Proceso Escrito
Secretaría "B"
Exp.: 1038/2019
"2024, Año de Felipe Carrillo Puerto, Benemérito del Proletariado, Revolucionario y Defensor del Mayab."
EDICTO
 
En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por BANCO MULTIVA S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO MULTIVA, en contra de PURE AND HEALTH CONSTRUCTIONS S.A. DE C.V., GOMEZ LOPEZ ALFIERI Y GARCIA CARDENAS OMAR. La C. Juez Interina Licenciada MONICA HUERTA VILLASEÑOR, dictó un auto de fecha treinta de enero del año dos mil veinticuatro y auto dictado en la Audiencia de fecha dieciocho de enero del dos mil veinticuatro, primero, siete de diciembre y veintiocho de noviembre ambos del año dos mil veintitrés, en el cual ordenó la publicación de edictos para del desahogo de la prueba confesional que acontinuación se detallan:
Ciudad de México a treinta de enero de dos mil veinticuatro.
Agréguese a los autos el escrito de cuenta del apoderado legal de la parte actora y visto su contenido como él lo solicita y a fin de dar el termino prudente ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL VEINTISIETE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTICUATRO para que tenga verificativo la audiencia de ley, por lo que deberá prepararse en la forma y términos ordenados en autos... . . . . NOTIFÍQUESE.-- DOY FE. -
Ciudad de México a veintiocho de noviembre de dos mil veintitrés.
Agréguese a los autos el escrito de cuenta del apoderado legal de la parte actora y como lo solicita por corresponder al estado de los autos y que ya fueron localizados los documentos base de la acción se abre el presente juicio a desahogo de pruebas por un término de QUINCE DÍAS y procédase dictar auto admisorio de pruebas en los siguientes términos:
DE LA PARTE ACTORA: se admite las documentales marcadas con los numerales, 2, 3, 4, 5, 6.
Se admite la confesional a cargo del codemandado PURE AND HEALTH COSTRUCCION S.A. DE C.V. quien se le deberá citar personalmente, a efecto de que comparezca al local de este Juzgado a absolver posiciones, por conducto de apoderado legal o personas que legalmente se encuentre facultada para ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 1214, 1232 del código de comercio, al tenor del pliegode posiciones y previa su calificación de legales, con el apercibimiento, que en caso de no comparecer sin justa causa, se le declarará confeso de las posiciones que previamente sean calificadas de legales.
DE LA PARTE DEMANDADA: se declara perdido el derecho que dejó de ejercitar al no haber ofrecido pruebas de su parte...... NOTIFÍQUESE.- Lo proveyó y firma la C. Juez Interina Trigésimo Tercero de lo Civil Licenciada MONICA HUERTA VILLASEÑOR, ante la C. Secretaria de Acuerdos "B", Maestra LIZZET URBINA ANGUAS lo que se hace del conocimiento de las partes en términos del artículo 115 del Código de Procedimientos Civiles, quien autoriza y da fe. - DOY FE. -
En la Ciudad de México, siendo las once horas con treinta minutos del dieciocho de enero de dos mil veinticuatro, día y hora para que tenga verificativo LA AUDIENCIA DE LEY aque se refiere el auto de siete de diciembre de dos mil veintitrés, en el local del Juzgado y ante la C. Juez Interina Trigésimo Tercero de lo Civil de Proceso Escrito, Licenciada MÓNICA HUERTA VILLASEÑOR, por ante la C. Secretaria de
Acuerdos "B", Maestra LIZZET URBINA ANGUAS; y se hace constar que no comparece la actora ni la demandada o persona que justifique su inasistencia, por lo que se declara abierta la audiencia. Y toda vez que la audiencia no está debidamente preparada, porque no se publicaron los edictos ordenados en autos, se señalan las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL SIETE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTICUATRO, para que tenga verificativo la AUDIENCIA DE LEY, la cual se deberá preparar en los términos señalados en autos, por lo que deberán publicarse los edictos ordenados, y quedando subsistentes los apercibimientos decretados. Con lo que se concluye la audiencia a las once horas con cuarenta minutos del día en que se actúa, firmando la Juez Interina del Juzgado Trigésimo Tercero de lo Civil, Licenciada MÓNICA HUERTA VILLASEÑOR, por ante la C. Secretaria de Acuerdos "B", Maestra LIZZET URBINA ANGUAS, con quien actúa, autoriza y da fe. DOY FE.**
Ciudad de México a siete de diciembre de dos mil veintitrés.
Agréguese a los autos el escrito de cuenta de la parte actora y como lo solicita se aclara el nombre de la codemandada en el auto de fecha veintiocho de noviembre de do s mil veintitrés siendo lo correcto PURE AND HEALTH CONSTRUCTIONS S.A. DE C.V.. . . . . . . .
NOTIFÍQUESE.- DOY FE. -
Ciudad de México a uno de diciembre de dos mil veintitrés.
Dada cuenta con los presentes autos y toda vez que se admitió la confesional a cargo de PURE AND HEALTH CONSTRUCCION S.A. DE C.V. asi como que a dicho demandada s ele emplazo por medio de edictos, con fundamento en el artículo 118 del Código de Procedimientos Civiles, se ordena citar a la moral publicando la determinación, por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial. Elabórese el turno respectivo. NOTIFÍQUESE.- DOY FE. -
NOTA: PARA LA PUBLICACIÓN DE EDICTOS POR TRES VECES CONSECUTIVAS EN ELDIARIO OFICIAL.
 
Ciudad de México a 01 de febrero del 2024.
C. Secretaria de Acuerdos "B"
Mtra. Lizzet Urbina Anguas
Rúbrica.
(R.- 548167)