Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
DC 605/2023
"EDICTOS"
AL MARGEN SUPERIOR IZQUIERDO APARECE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL Y CON EL TEXTO QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
En los autos del juicio de amparo directo DC-605/2023, del índice del Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, promovido por Lucía Lugo de Reyes, quien también se hace llamar como Lucía Lugo de la Cruz y Benjamín Reyes Figueroa, y en virtud de desconocerse el domicilio cierto y actual de los terceros interesados Rafael Martínez López y Carmen González Meza, en este juicio de amparo, se ha ordenado por auto de quince de enero de dos mil veinticuatro, emplazarlos a juicio por medio de Edictos, mismos que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, tanto en el Diario Oficial de la Federación, así como en el periódico el Sol de México, ello en atención a lo dispuesto en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo; por lo tanto, queda a disposición de dichos terceros interesadas en la Secretaría de este Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, copia simple de la demanda y sus anexos y, asimismo, se les hace saber que cuentan con el término de treinta días, los que se computarán a partir del día siguiente al de la última publicación de los edictos de mérito, para que ocurran ante este Tribunal Colegiado a hacer valer sus derechos si a su interés conviniere y, asimismo, señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad capital, apercibidas que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal, se les harán por lista de acuerdos así como por estrados de este Tribunal.
Atentamente
Ciudad de México, veintitrés de enero de dos mil veinticuatro.
El Secretario de Acuerdos del Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Lic. Alejandro Enrique Mayén Espinosa
Rúbrica.
(R.- 547697)