OFICIO mediante el cual se modifican los términos de la autorización para la organización y operación de Banco Autofin México, S.A., Institución de Banca Múltiple.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Vicepresidencia de Normatividad.- Dirección General de Autorizaciones al Sistema Financiero.- Vicepresidencia de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros B.- Dirección General de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros F.- Oficio Núm.: 312-2/41875/2024.- Exp.: CNBV.3S.3.2, 312 (5405).

Asunto:    Se modifican los términos de la autorización para la organización y operación de esa entidad.
BANCO AUTOFIN MÉXICO, S.A.
INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE
Avenida Insurgentes Sur Núm. 1235
Col. Extremadura Insurgentes, Benito Juárez
03740 Ciudad de México
AT'N.:      ING. CARLOS SEPTIÉN MICHEL
Director General
Mediante oficios 312-2/94203/2023, 312-2/94204/2023, 312-2/94205/2023, todos de fecha 2 de agosto de 2023 y 312-2/94234/2023 de fecha 17 de agosto de 2023, esta Comisión aprobó a Banco Autofin México, S.A., Institución de Banca Múltiple (Autofin) la reforma al artículo séptimo de sus estatutos sociales, con motivo de cuatro aumentos a su capital social por las cantidades de $44'000,000.00, $30'000,000.00, $50'000,000.00 y $179'750,000.00, respectivamente, para quedar dicho capital en la suma de $1,269'007,230.00. Lo anterior, en términos de las actas de asambleas generales extraordinarias de accionistas de Autofin, celebradas los días 1o. de julio y 31 de diciembre de 2020, 2 de marzo de 2022 y 16 de marzo de 2023, respectivamente.
Con escritos presentados los días 20 de septiembre y 30 de noviembre de 2023, a través del correo electrónico VPSupervisionGIFB@cnbv.gob.mx y, en cumplimiento a los requerimientos contenidos en los oficios referidos en el párrafo anterior, Autofin presentó copia certificada de las escrituras públicas 192,133, 192,134 y 192,135, todas de fecha 4 de agosto de 2023 y 192,550 de fecha 23 de agosto de 2023, otorgadas ante la fe del licenciado Amando Mastachi Aguario, notario público número 121 de la Ciudad de México e inscritas en el Registro Público de Comercio de esta misma ciudad los días 5 de septiembre, 21 de agosto, 12 de septiembre y 27 de noviembre de 2023, respectivamente, en las que se formalizaron las modificaciones estatutarias de que se trata.
Por lo anterior, con fundamento en el artículo 8, último párrafo de la Ley de Instituciones de Crédito, esta Comisión tiene a bien modificar el punto Tercero de la "Resolución por la que se autoriza la organización y operación de una institución de banca múltiple denominada Banco Autofin México, S.A., Institución de Banca Múltiple", contenida en oficio 101-865 emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el 7 de diciembre de 2005 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 2006, modificada por última vez mediante oficio 312-2/14813/2021 emitido por esta Comisión el 1o. de junio de 2021 y publicado en el propio Diario el 18 de junio de 2021, para quedar en los siguientes términos:
"...
TERCERO.- El capital social pagado de Banco Autofin México, S.A., Institución de Banca Múltiple, asciende a la cantidad de $1,269'007,230.00 (mil doscientos sesenta y nueve millones siete mil doscientos treinta pesos 00/100) moneda nacional.
..."
Asimismo, con fundamento en los artículos 8, último párrafo y 97 de la Ley de Instituciones de Crédito y 19 de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, se requiere a esa entidad para que informe a esta autoridad la fecha de las publicaciones realizadas en el Diario Oficial de la Federación y en dos periódicos de amplia circulación de su domicilio social, del presente oficio de modificación, en un plazo de quince días hábiles contado a partir de la fecha de las referidas publicaciones, las cuales deberán tramitarse dentro de los quince días hábiles posteriores a la fecha de recepción de este oficio.
El presente oficio se emite con fundamento en los artículos 16, antepenúltimo párrafo de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; 14, 19, fracción X, 21, fracciones I, inciso c), II y III y último párrafo, 44, fracciones I y IV y 64, primer párrafo del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Atentamente
Ciudad de México, a 12 de enero de 2024.- Directora General de Autorizaciones al Sistema Financiero, Lic. Aurora de la Paz Torres Arroyo.- Rúbrica.- Directora General de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros F, Act. Mónica Palacios Rios.- Rúbrica.
(R.- 547164)