Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles
con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República Mexicana
Concurso Mercantil 60/2023-III
EDICTO
 
En los autos del concurso mercantil 60/2023-III, promovido por Almacenes Principado de Veracruz Sociedad Anónima de Capital Variable, el uno de diciembre de dos mil veintitrés, se dictó sentencia que declaró en concurso mercantil a la comerciante Almacenes Principado de Veracruz Sociedad Anónima de Capital Variable, y declaró abierta la etapa de conciliación; se estableció como fecha de retroacción el seis de marzo de dos mil veintitrés, para los acreedores que no corresponden al grado de subordinados; y el nueve de junio de dos mil veintidós, para los acreedores que se clasifican dentro del grado de subordinados; se determinó que dicha resolución produce efectos de arraigo para la persona o las personas responsables de la administración de la comerciante, para el solo efecto de que no pueda separarse del lugar de su domicilio sin dejar, mediante mandato, apoderado suficientemente instruido y expensado; asimismo, se prohibió a la comerciante realizar operaciones de enajenación o gravamen de los bienes principales de su empresa y de realizar transferencias de recursos o valores a favor de terceros; se ordenó a la comerciante poner de inmediato a disposición del conciliador a fin de que supervise conforme a su función, los libros, registros y demás documentos de las comerciantes solicitantes, así como los recursos necesarios para sufragar las publicaciones y gastos de registro previstos en la ley en consulta; se ordenó a la comerciante suspender el pago de los adeudos contraídos con anterioridad a la fecha en que comience a surtir efectos esta resolución de concurso mercantil, salvo los que sean indispensables para la operación ordinaria de la empresa; se ordenó que durante la etapa de conciliación se suspenda todo mandamiento de embargo o ejecución contra los bienes y derechos de las comerciantes, con las excepciones a que se refiere el artículo 65, de la Ley de Concursos Mercantiles. El Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, designó como conciliador a Armando Vargas Ramos, quien señaló como domicilio para el cumplimiento de obligaciones el ubicado en Avenida Insurgentes Sur No. 730, Piso 1, Oficina A, Colonia del Valle, Alcaldía Benito Juárez, en esta Ciudad de México, y se le ordenó que inicie el reconocimiento de créditos, lo que se hace del conocimiento de los acreedores de la concursada para que aquellos que así lo deseen, le presenten solicitud de reconocimiento de sus créditos. La publicación de este edicto surte efectos de notificación para quienes aún no hayan sido notificados en alguna forma diferente, ordenada en la propia sentencia.
 
Atentamente.
Ciudad de México, 19 de diciembre de 2023.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito de Concursos Mercantiles
con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República Mexicana.
Lic. Diana Hernández Pico
Rúbrica.
(R.- 546566)