ACUERDO CCNO/9/2023 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de domicilio del Primer y Segundo Tribunales Laborales Federales de Asuntos Individuales en el Estado de Durango, con sede en Durango.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos.

ACUERDO CCNO/9/2023 DE LA COMISIÓN DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL CAMBIO DE DOMICILIO DEL PRIMER Y SEGUNDO TRIBUNALES LABORALES FEDERALES DE ASUNTOS INDIVIDUALES EN EL ESTADO DE DURANGO, CON SEDE EN DURANGO.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 73 y 86, fracción II de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. El artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
TERCERO. De conformidad con el artículo 42, fracción VIII, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, la Comisión de Creación de Nuevos Órganos tiene la facultad para acordar las acciones tendentes a la adecuada y pronta instalación y cambio de domicilio de los órganos jurisdiccionales, entendido este último como el cambio de ubicación del órgano jurisdiccional dentro de la misma ciudad o localidad en que se encuentra; para lo cual se dará aviso a la Comisión de Administración; y
CUARTO. El Primer y Segundo Tribunales Laborales Federales de asuntos individuales en el Estado de Durango, con sede en Durango, fueron instalados en un edificio en arrendamiento (Boulevard Francisco Villa, número 602, Colonia del Maestro, C.P. 34240, Durango, Durango). En la actualidad el nuevo domicilio (Boulevard José María Patoni, número 103-A, Colonia Predio el Tule, C.P. 34217, Durango, Durango) se encuentra habilitado para albergar la plantilla de dichos órganos jurisdiccionales de forma definitiva, por lo que resulta conveniente y necesario el cambio de domicilio.
Por lo anterior, se expide el siguiente:
ACUERDO
Artículo 1. Se autoriza el cambio de domicilio del Primer y Segundo Tribunales Laborales Federales de asuntos individuales en el Estado de Durango, con sede en Durango, a partir del 4 de enero de 2024.
Artículo 2. El nuevo domicilio de esos órganos jurisdiccionales quedará ubicado en: Boulevard José María Patoni, número 103-A, Colonia Predio el Tule, C.P. 34217, Durango, Durango.
Artículo 3. A partir del 4 de enero de 2024, toda la correspondencia, trámites y diligencias relacionados con tales Tribunales Laborales deberán dirigirse y realizarse en el domicilio señalado en el artículo 2 de este Acuerdo.
Artículo 4. Las Comisiones de Creación de Nuevos Órganos y de Administración del Consejo de la Judicatura Federal estarán facultadas para interpretar y resolver las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación del presente Acuerdo, en el ámbito de sus respectivas competencias.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y, para su mayor difusión, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal del Consejo de la Judicatura Federal en Intranet e Internet.
TERCERO. El Primer y Segundo Tribunales Laborales Federales de asuntos individuales en el Estado de Durango, con sede en Durango, deberán publicar avisos en lugares visibles para conocimiento del público, en relación con su cambio de domicilio dispuesto en el presente Acuerdo.
CUARTO. La Secretaría Ejecutiva de Administración, a través de las unidades administrativas con las que cuenta, prestará auxilio en el traslado de los órganos jurisdiccionales que cambian de domicilio.
CARLOS ALBERTO ROCHA NÉMER, SECRETARIO TÉCNICO DE LA COMISIÓN DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS, ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS, DE CONFORMIDAD CON EL OFICIO SEPLE./PLE./003/2333/2023 EMITIDO POR EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, EN SESIÓN DE 31 DE MAYO DE 2023, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/9/2023 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de domicilio del Primer y Segundo Tribunales Laborales Federales de Asuntos Individuales en el Estado de Durango, con sede en Durango, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el 5 de diciembre de 2023, por el Consejero Bernardo Bátiz Vázquez en funciones de Presidente y Celia Maya García.- Ciudad de México, 5 de diciembre de 2023.- Conste.- Rúbrica.