Afore Coppel S.A. de C.V.
 
Mediante oficio D00/100/309/2023 de fecha 30 de noviembre de 2023, la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro en su 4° Sesión Extraordinaria de 2023, celebrada el 29 de noviembre de 2023, hizo constar la autorización a la comisión de Afore Coppel, S.A. de C.V., de conformidad con lo dispuesto con el artículo 37, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
De acuerdo con lo dispuesto en el oficio antes referido, a continuación, se publica, en tiempo y forma en el Diario Oficial de la Federación, la comisión que Afore Coppel, S.A. de C.V., cobrará a los trabajadores a los que administre los fondos de su cuenta individual, que se encuentren invertidos en las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro básicas: Siefore Coppel Básica Inicial S.A. de C.V., Siefore Coppel Básica 0 S.A. de C.V.,Siefore Coppel Básica 55-9 S.A. de C.V., Siefore Coppel Básica 60-4 S.A. de C.V.,Siefore Coppel Básica 65-9 S.A. de C.V.,Siefore Coppel Básica 70-4 S.A. de C.V., Siefore Coppel Básica 75-9 S.A. de C.V., Siefore Coppel Básica 80-4 S.A. de C.V., Siefore Coppel Básica 85-9 S.A. de C.V. y Siefore Coppel Básica 90-4 S.A. de C.V. a partir del 1° de enero de 2024 terminando el 31 de diciembre de 2024:
 
 
Concepto
Factor
Comisión sobre saldo
0.566 % anual sobre el saldo administrado
 
Comisiones por cuota fija
Conceptos
Comisión
Estados de Estados de Cuenta Adicionales
No Aplica
Reposición de documentación de la cuenta individual
No Aplica
 
La comisión será aplicable a todos los trabajadores registrados o asignados a los que Afore Coppel, S.A. de C.V., administre los fondos de su cuenta individual a partir del 1° de enero de 2024, independientemente de la fecha en que se registre o se asigne el trabajador en lo sucesivo a esa Administradora.
 
Ciudad de México a 30 de noviembre de 2023
Afore Coppel, S.A. de C.V.
Representante Legal
Luis Gerardo Goycoolea Valencia
Rúbrica.
(R.- 545863)