Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
EDICTO
CC. Representantes de núcleos agrarios: Aguamilpa, Bucerias, Higuera Blanca, San José del Valle, San Vicente, Sayulita, Valle de Banderas y sus Anexos San José y Corral Solo, y El Colomo y Anexos, en el municipio de Bahía de Banderas; Altavista, Bella Unión, Cándido Salazar o La Higuerita, Carrillo Puerto, Ixtlán del Rio, La Peñita de Jaltemba, Puerta de La Lima, San Francisco Zapotán, Úrsulo Galván y Zapotán, en el municipio de Compostela en el estado de Nayarit; Santa María, en el municipio de Guachinango; Zacatongo, en el municipio de Mascota; N.C.P.E. Emiliano Zapata, en el municipio de Mixtlán; Las Palmas, y Tebelchia, en el municipio de Puerto Vallarta; y Santa Cruz de Camotlán, Los Cerritos, Amatanejo, Copalitos, Estanzuela o Carrizo, La Estancia de Landeros, La Tortuga, Las Juntas, Los Reyes, San Antonio, San Felipe de Hijar, Santa Ana, Soyatan, C.I. Pueblito de San Pablo y N.C.P.A. Gobernador Sebastián Allende en el municipio de San Sebastián del Oeste, en el estado de Jalisco y demás propietarios, poseedores y titulares de otros derechos, ubicados en la Sierra de Vallejo-Río Ameca localizada en los municipios de Bahía de Banderas y Compostela, en el estado de Nayarit y en los municipios de Mascota, Mixtlán, San Sebastián del Oeste y Puerto Vallarta, en el estado de Jalisco.
Con Aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 6 de noviembre de 2023, se puso a disposición del público en general el estudio realizado por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas para justificar la expedición del Decreto por el que se pretende declarar como área natural protegida con el carácter de reserva de la biosfera Sierra de Vallejo-Río Ameca, ubicada en los municipios de Bahía de Banderas y Compostela, en el estado de Nayarit y en los municipios de Mascota, Mixtlán, San Sebastián del Oeste y Puerto Vallarta, en el estado de Jalisco, misma que posee las características que se citan a continuación para su identificación:
Categoría: reserva de la biosfera.
Razones que justifican el régimen de protección: Conservar ecosistemas como selva baja o mediana subcaducifolia, bosque de encino, selva alta o mediana subperennifolia, bosque de pino-encino, bosque de encino-pino, bosque de pino, vegetación riparia y bosque mesófilo de montaña, que son hábitat de 1,261 especies nativas, de las cuales destaca la presencia de cinco hongos, seis invertebrados, 182 plantas y 85 vertebrados endémicos; además se distribuyen 35 especies consideradas prioritarias para la conservación en México, asimismo, un hongo, 20 plantas y 64 vertebrados se encuentran en alguna categoría de riesgo como: guacamaya verde (Ara militaris), loro corona lila (Amazona finschi) y jaguar (Panthera onca) en peligro de extinción.
Superficie: 225,398-27-63.32 hectáreas (doscientas veinticinco mil trescientas noventa y ocho hectáreas, veintisiete áreas, sesenta y tres punto treinta y dos centiáreas).
Ubicación: municipios de Bahía de Banderas y Compostela en el estado de Nayarit y en los municipios de Mascota, Mixtlán, San Sebastián del Oeste y Puerto Vallarta en el estado de Jalisco.
Localización: El polígono de la propuesta de área natural protegida se localiza en las siguientes coordenadas extremas con una proyección UTM, Zona 13 Norte, con Datum Horizontal ITRF08:
| | X | Y |
| MÍNIMA | 455,551.127100 | 2,280,791.233908 |
| MÁXIMA | 552,545.025971 | 2,338,860.411400 |
El plano de ubicación de la propuesta del área natural protegida es el siguiente:
Por lo antes mencionado y con fundamento en lo establecido por los artículos 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35, fracción III, 37 y 38, tercer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 297, fracción I del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, notifíquese a los núcleos agrarios antes señalados y demás propietarios, poseedores y titulares de otros derechos, ubicados en el área propuesta, por edictos que serán publicados por tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en el territorio nacional, y póngase a disposición el expediente correspondiente, en el que podrá consultarse el estudio elaborado para justificar el establecimiento del área arriba mencionada, el plano de localización y el proyecto de instrumento jurídico a través del cual se propondrá su formalización, así como las prohibiciones y modalidades a las que se sujetarán las actividades asociadas a la categoría de reserva de la biosfera, de conformidad con el artículo 47 BIS de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; con la finalidad de que, dentro de un término de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al que se realice la última publicación, manifiesten por escrito lo que a su interés convenga y ofrezcan las pruebas que consideren pertinentes, lo que podrán hacer en las oficinas centrales de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, órgano desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, ubicadas en avenida Ejército Nacional número 223, piso 12, ala A, colonia Anáhuac, I Sección, demarcación territorial Miguel Hidalgo, código postal 11320, en Ciudad de México; en la oficina de la Dirección Regional Occidente y Pacífico Centro, ubicada en avenida Fray Antonio Alcalde número 500, Palacio Federal de Guadalajara, primer piso, colonia Centro Barranquitas, código postal 44280, Guadalajara, Jalisco; en la oficina de la Dirección del Área de Protección de Recursos Naturales Cuenca Alimentadora del Distrito Nacional de Riego 043, ubicada en boulevard Francisco Medina Ascencio, condominio Plaza Marina, locales F-19 a F-22, código postal 48334, Puerto Vallarta, Jalisco; en la Oficina de Representación de la Secretaría en el estado de Jalisco, ubicada en avenida Fray Antonio Alcalde número 500, octavo piso, colonia Centro Barranquitas, código postal 44280, Guadalajara, Jalisco, y en la Oficina de Representación de la Secretaría en el estado de Nayarit, avenida Allende número 110 oriente, segundo piso, colonia Centro, código postal 63000, Tepic, Nayarit, lugares donde se puede consultar el expediente relativo e imponerse de las subsecuentes notificaciones, en un horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes.
Atentamente
Ciudad de México, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés.
El Titular de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas
Humberto Adán Peña Fuentes
Rúbrica.
(R.- 545814)