Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
EDICTO
CC. Representantes del núcleo agrario El Largo y Anexos, y demás propietarios, poseedores y titulares de otros derechos, ubicados en Cotorra Serrana Occidental que se localiza en el municipio de Madera, en el estado de Chihuahua.
Con Aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 8 de noviembre de 2023, se puso a disposición del público en general el estudio realizado por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas para justificar la expedición del Decreto por el que se pretende declarar como área natural protegida con el carácter de santuario Cotorra Serrana Occidental, ubicada en el municipio de Madera, en el estado de Chihuahua, misma que posee las características que se citan a continuación para su identificación: Categoría: santuario.
Razones que justifican el régimen de protección: Proteger Cotorra Serrana Occidental considerado el sitio más importante para la conservación de la cotorra serrana occidental (Rhynchopsitta pachyrhyncha), ubicado en la sierra madre occidental, ya que alberga la mayor concentración de parejas reproductivas para dicha especie y es donde se ha registrado el mayor número de nidos activos. Conservar bosques maduros en clímax esenciales para garantizar la supervivencia de la cotorra serrana occidental (Rhynchopsitta pachyrhyncha) y otras especies de gran valor ecológico como puma (Puma concolor), venado cola blanca (Odocoileus virginianus) y gato montés (Lynx Rufus), especies dependientes de este hábitat. Además, la preservación de la diversidad y los procesos ecológicos en estos bosques contribuyen a mantener la integridad de los ecosistemas y los servicios ambientales. En Cotorra Serrana Occidental se encuentran 341 especies nativas de la cuales 34 especies son endémicas y 33 especies se enlistan en alguna categoría de riesgo.
Superficie: 418-66-39.99 hectáreas (cuatrocientas dieciocho hectáreas, sesenta y seis áreas, treinta y nueve punto noventa y nueve centiáreas).
Ubicación: municipio de Madera, estado de Chihuahua.
Localización: El polígono de la propuesta de área natural protegida se localiza en las siguientes coordenadas extremas con una proyección UTM, zona 12 Norte, con un Datum ITRF08:
| | X | Y |
| MÍNIMA | 769,151.444300 | 3,245,333.484600 |
| MÁXIMA | 774,361.542800 | 3,247,854.429700 |
El plano de ubicación de la propuesta del área natural protegida es el siguiente:
Por lo antes mencionado y con fundamento en lo establecido por los artículos 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35, fracción III, 37 y 38, tercer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 297, fracción I del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, notifíquese al núcleo agrario El Largo y Anexos, y demás propietarios, poseedores y titulares de otros derechos, ubicados en el área propuesta, por edictos que serán publicados por tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en el territorio nacional, y póngase a disposición el expediente correspondiente, en el que podrá consultarse el estudio elaborado para justificar el establecimiento del área arriba mencionada, el plano de localización y el proyecto de instrumento jurídico a través del cual se propondrá su formalización, así como las prohibiciones y modalidades a las que se sujetarán las actividades asociadas a la categoría de santuario, de conformidad con el artículo 47 BIS de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, con la finalidad de que, dentro de un término de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al que se realice la última publicación, manifiesten por escrito lo que a su interés convenga y ofrezcan las pruebas que consideren pertinentes, lo que podrán hacer en las oficinas centrales de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, órgano desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, ubicadas en avenida Ejército Nacional número 223, piso 12, ala A, colonia Anáhuac, I Sección, demarcación territorial Miguel Hidalgo, código postal 11320, Ciudad de México; en la oficina de la Dirección Regional Norte y Sierra Madre Occidental, ubicada en calle Guadalupe Victoria número 1001, colonia Centro, código postal 31000, Chihuahua, Chihuahua; en la oficina de la Dirección del Área de Protección de Flora y Fauna Campo Verde, ubicada en calle 8a, sin número, entre calles Allende y Ahumada, colonia Centro, código postal 31940, Casa de la Cultura, municipio de Madera, Chihuahua y en la Oficina de Representación de la Secretaría en el estado de Chihuahua, ubicada en calle Urano número 4503, entrada calle Ciprés, colonia Satélite, código postal 31104, Chihuahua, Chihuahua, lugares donde se puede consultar el expediente relativo e imponerse de las subsecuentes notificaciones, en un horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes.
Atentamente
Ciudad de México, a los ocho días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés.
El Titular de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas
Humberto Adán Peña Fuentes
Rúbrica.
(R.- 545818)