CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que mediante resolución emitida dentro del expediente administrativo de revisión 637-I-010/2023, se deja sin efectos la resolución de dieciocho de septiembre de dos mil veintitrés, en autos del expediente administrativo de sanción a licitantes, proveedores y contratistas PA-021/2023, y se impone a la moral Impulsora Guimarsa del Pacífico, S.A. de C.V., una sanción administrativa consistente en inhabilitación.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Órgano Interno de Control en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Expediente: 637-I-010/2023.
OFICIALES MAYORES DE LAS DEPENDENCIAS, FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y EQUIVALENTES DE LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y DE LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS
P R E S E N T E S
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, QUE MEDIANTE RESOLUCIÓN DE VEINTINUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS, EMITIDA DENTRO DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DE REVISIÓN 637-I-010/2023, SE DETERMINÓ LO SIGUIENTE:
"SEGUNDO.- Se deja sin efectos la resolución de dieciocho de septiembre de dos mil veintitrés, pronunciada por el Titular del Área de Responsabilidades de este Órgano Interno de Control en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en autos del expediente administrativo de sanción a licitantes, proveedores y contratistas PA-021/2023, por medio del cual se le sancionó con una inhabilitación por 45 (cuarenta y cinco) meses, para que por sí misma o a través de interpósita persona, pueda participar en procedimientos de contratación, ni presentar propuestas, ni celebrar contrato alguno de los regulados por la legislación de la materia..."
TERCERO.- Con fundamento en los preceptos 59 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se impone a la moral Impulsora Guimarsa del Pacífico, S.A. de C.V., una sanción administrativa consistente en la inhabilitación por 3 (tres) meses, de los cinco años establecidos en la invocada Ley, término que se computará a partir del día subsecuente a aquél en que se publique la Circular respectiva en el Diario Oficial de la Federación; por lo que no podrá por sí misma o a través de interpósita persona, participar en procedimientos de contratación, ni presentar propuestas, ni celebrar contrato alguno de los regulados por la legislación de la materia." (sic).
Atentamente
Ciudad de México, a 29 de noviembre de 2023.- El Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Lic. Raúl Armando Morales Flores.- Rúbrica.