Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
EDICTO
 
CC. Propietarios, poseedores y titulares de otros derechos, ubicados en el sitio conocido como Manglares de Puerto Morelos, localizado en el municipio de Puerto Morelos, en el estado de Quintana Roo.
Con Aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 2 de noviembre de 2023, se puso a disposición del público en general el estudio realizado por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas para justificar la expedición del Decreto por el que se pretende declarar como área natural protegida con el carácter de área de protección de flora y fauna, el sitio conocido como Manglares de Puerto Morelos, ubicada en el municipio de Puerto Morelos, en el estado de Quintana Roo, mismo que posee las características que se citan a continuación para su identificación:
Categoría: área de protección de flora y fauna
Razones que justifican el régimen de protección: Conservar en el sitio conocido como Manglares de Puerto Morelos ecosistemas como manglar, selva alta o mediana subperennifolia, ciperal y palmar en los que habitan al menos 1,294 especies nativas que representa el 27 % de la biodiversidad reportada para el estado de Quintana Roo, de las cuales 59 son endémicas de México o de la Provincia Biótica Península de Yucatán y 96 están en alguna categoría de riesgo; el sitio Manglares de Puerto Morelos forma parte del "Complejo de Humedales Costeros de Puerto Morelos" considerado como la única laguna costera estacional predominante dulceacuícola localizada en la sección nororiental de Quintana Roo por su extensión y por su diversidad biológica de importancia crítica para el ecosistema costero para el mantenimiento de la biodiversidad, del flujo hídrico y la conexión entre el humedal y el sistema arrecifal.
Preservar las cuatro especies de manglar: mangle rojo (Rhizophora mangle), mangle blanco (Laguncularia racemosa), mangle negro (Avicennia germinans) y mangle botoncillo (Conocarpus erectus).
Superficie: 1,091-56-91.36 hectáreas (un mil noventa y una hectáreas, cincuenta y seis áreas, noventa y una punto treinta y seis centiáreas).
Ubicación: municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo.
Localización: El polígono de la propuesta de área natural protegida se localiza en las siguientes coordenadas extremas con una proyección UTM, zona 16 Norte, Datum ITRF08:
 
 
X
Y
MÍNIMA
508,540.252373
2,301,538.633810
MÁXIMA
513,689.839312
2,309,005.322160
El plano de ubicación de la propuesta del área natural protegida es el siguiente:
 

Por lo antes mencionado y con fundamento en lo establecido por los artículos 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35, fracción III, 37 y 38, tercer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 297, fracción I del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, notifíquese a los propietarios, poseedores y titulares de otros derechos, ubicados en el área propuesta, por edictos que serán publicados por tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en el territorio nacional, y póngase a disposición el expediente correspondiente, en el que podrá consultarse el estudio elaborado para justificar el establecimiento del área arriba mencionada, el plano de localización y el proyecto de instrumento jurídico a través del cual se propondrá su formalización, así como las prohibiciones y modalidades a las que se sujetarán las actividades asociadas a la categoría de área de protección de flora y fauna, de conformidad con el artículo 47 BIS de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; con la finalidad de que, dentro de un término de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al que se realice la última publicación, manifiesten por escrito lo que a su interés convenga y ofrezcan las pruebas que consideren pertinentes, lo que podrán hacer en las oficinas centrales de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, órgano desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, ubicadas en avenida Ejército Nacional Número 223, piso 12, ala A, colonia Anáhuac, I Sección, demarcación territorial Miguel Hidalgo, código postal 11320, en Ciudad de México; en la oficina de la Dirección Regional Península de Yucatán y Caribe Mexicano, ubicada en avenida Mayapán Sur sin número, planta alta Lote 1, supermanzana 21, manzana 4, código postal 77505, Cancún, Benito Juárez, Quintana Roo; en la oficina de la Dirección del Parque Nacional Arrecifes de Puerto Morelos, ubicada en avenida Matamoros número 7 esquina Hidalgo, código postal 77580, Puerto Morelos, Quintana Roo, y en la oficina de representación de la Secretaría en el estado de Quintana Roo, ubicada en Boulevard Kukulkán, kilómetro 4.8 Zona Hotelera,
código postal 77500, Cancún, Benito Juárez Quintana Roo, lugares donde se puede consultar el expediente relativo e imponerse de las subsecuentes notificaciones, en un horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes.
 
Atentamente
Ciudad de México, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés.
El Titular de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas
Humberto Adán Peña Fuentes
Rúbrica.
(R.- 545512)