ACUERDO por el que se emite el Código de Conducta de la Secretaría de Economía.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.

RAQUEL BUENROSTRO SÁNCHEZ, Secretaria de Economía, con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; 6, 7 y 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; 23 de la Ley Federal de Austeridad Republicana; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 5, fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; y
CONSIDERANDO
Que el 8 de febrero de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Código de Ética de la Administración Pública Federal, aplicable y obligatorio para todas las personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, mismo que establece en sus artículos 20, fracción II, y transitorio Cuarto, como obligación institucional emitir un Código de Conducta a través de la persona que ocupe la titularidad de la dependencia o entidad, el cual debe ser elaborado a propuesta de su Comité de Ética, previa aprobación del correspondiente Órgano Interno de Control y con base en las disposiciones emitidas por la Secretaría de la Función Pública (SFP), señalando como plazo para la actualización de los Códigos de Conducta hasta el mes de julio de 2023;
Que el 10 de enero de 2023 la Unidad de Ética Pública y Prevención de Conflictos de Intereses de la SFP emitió la Guía para la elaboración del Código de Conducta en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, la cual tiene como objetivo establecer el contenido y criterios mínimos para la integración de los códigos de conducta, así como orientar su elaboración por parte de los comités de ética;
Que el Comité de Ética de la Secretaría de Economía aprobó, en su Segunda Sesión Ordinaria celebrada el 26 de mayo de 2023, mediante Acuerdo CET/SE.004/02/ORD/2023, el Código de Conducta de la Secretaría de Economía;
Que la persona titular del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía, mediante oficio número OIC 10000/104/515/2023 de fecha 30 de mayo de 2023, aprobó el proyecto del Código de Conducta de la Secretaría de Economía;
Que la Unidad de Control y Mejora de la Administración Pública Federal de la Secretaría de la Función Pública emitió la Cédula de Opinión Favorable al Código de Conducta con fecha 28 de septiembre de 2023, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EMITE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA
ÍNDICE
I.       Marco Jurídico.
II.      Glosario de Términos.
III.     Objetivo.
IV.     Ámbito de aplicación y obligatoriedad.
V.     Misión de la Secretaría de Economía.
VI.     Visión de la Secretaría de Economía.
VII.    Riesgos Éticos de la Secretaría de Economía.
VIII.   Principios constitucionales y legales que toda persona servidora pública debe observar en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o funciones.
IX.     Valores que toda persona servidora pública debe aplicar en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o funciones.
X.      Conductas o comportamientos a observar por las personas servidoras públicas, personal de servicio social, prácticas profesionales y otras personas que no se reconozcan como servidoras públicas que realicen trabajos de alguna índole dentro de las instalaciones de la dependencia.
1.     Cumplimiento del empleo, cargo o comisión en el servicio público.
2.     Uso racional y responsable de los recursos públicos.
3.     Igualdad y no discriminación.
4.     Conflicto de interés.
5.     Transparencia, rendición de cuentas y protección de datos personales.
6.     Innovación en los procesos y servicios que brinda la Secretaría.
7.     Derechos Humanos.
8.     Comportamiento digno.
9.     Ejercer la función pública con honestidad.
10.   Compromiso institucional.
XI.     Acciones de difusión y promoción.
XII.    Mecanismo de participación para su elaboración.
XIII.   Instancias de implementación (interpretación, consulta y asesoría).
XIV.   Mi compromiso con el Código de Conducta.
Al personal de la Secretaría de Economía
Presente
La Secretaría de Economía desempeña funciones fundamentales para el desarrollo de la actividad económica y el bienestar social de México, mediante la aplicación de políticas públicas y programas que incentivan la competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas, el desarrollo de la industria del país y las inversiones productivas, para contribuir a generar las condiciones económicas para lograr y mantener a México en su máximo potencial.
El Código de Conducta de la Secretaría de Economía tiene como objetivo ser una guía práctica para orientar e impulsar al personal de la institución, incluyendo el personal que preste servicio social, prácticas profesionales u otras personas que no se reconozcan como personas servidoras públicas que realicen trabajos de alguna índole dentro de las instalaciones de la Dependencia, a cumplir con la misión y visión de la misma, en estricto apego a la normatividad, actuar de acuerdo con el interés público, la transparencia y la rendición de cuentas, bajo los valores y principios definidos en el "Código de Ética de la Administración Pública Federal" y mejorar de esta manera el desempeño del servicio público en nuestro país.
Estoy convencida de que el comportamiento honesto y la conducta ética y profesional son fundamentales para el desarrollo institucional y la vida pública del país. Quienes colaboramos en esta Secretaría, tenemos un compromiso con las y los mexicanos, por lo que debemos actuar y ejercer nuestras funciones con integridad, liderazgo, respeto y cooperación, con base en valores éticos que garanticen el respeto al Estado de Derecho y contribuir con responsabilidad a maximizar las capacidades y oportunidades de desarrollo.
Por estas razones, los convoco a unirse proactivamente al compromiso de la construcción de la nueva ética pública, promoviendo en todo momento una cultura de integridad, a través de la puntual observancia de nuestro Código de Conducta y actuar en nuestro quehacer público con austeridad republicana; la identificación y gestión de conflictos de intereses y la erradicación de cualquier acto de corrupción, discriminación, hostigamiento sexual, acoso sexual y acoso laboral.
Agradezco su voluntad de participar en la transformación del país y de la gestión pública para alcanzar el desarrollo integral que merecen nuestros hijos e hijas y las generaciones futuras.
Raquel Buenrostro Sánchez
Secretaria de Economía
I.       Marco Jurídico.
1.      Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
2.      Ley General de Responsabilidades Administrativas;
3.      Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública;
4.      Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres;
5.      Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia;
6.      Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública;
7.      Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación;
8.      Ley Federal de Austeridad Republicana;
9.      Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia;
10.    Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones (DOF 20/08/2015);
11.    Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas (DOF 12/10/2018);
12.    Acuerdo por el que se emiten las disposiciones en materia de recepción y disposición de obsequios, regalos o similares, por parte de las personas servidoras públicas del Gobierno Federal (DOF 12/11/2019);
13.    Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos Generales para la integración y funcionamiento de los Comités de Ética (DOF 28/12/2020);
14.    Código de Ética de la Administración Pública Federal (DOF 08/02/2022);
15.    Lineamientos en materia de Austeridad Republicana de la Administración Pública Federal (DOF 18/09/2020);
16.    Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación (DOF 19/10/2015);
17.    Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005 Violencia Familiar, Sexual y contra las Mujeres. Criterios para la prevención y atención (DOF 16/04/1999) y su última modificación (DOF 24/03/2016); y
18.    Guía para la elaboración del Código de Conducta en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (SFP Enero/2023).
II.      Glosario de Términos.
Acoso laboral: Forma de violencia que tiene como objetivo intimidar, excluir, opacar, amedrentar o consumir emocional o intelectualmente a la víctima, causando un daño físico, psicológico, económico o laboral-profesional. Se puede presentar en forma horizontal, vertical ascendente o vertical descendente, ya sea en el centro de trabajo o fuera de éste, siempre que se encuentre vinculado a la relación laboral.
Acoso sexual: Es una forma de violencia de carácter sexual, en la que, si bien no existe una subordinación jerárquica de la víctima frente a la persona agresora, e inclusive puede realizarse de una persona de menor nivel jerárquico hacia alguien de mayor nivel o cargo, hay un ejercicio abusivo de poder por parte de quien la realiza.
Austeridad Republicana: Obligación de las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía, para contribuir en el combate de la desigualdad social, la corrupción, la avaricia y el despilfarro de los bienes y recursos nacionales, administrando los recursos con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que están destinados.
Código de Conducta: Instrumento emitido por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en el que se especifica de manera puntual y concentrada la forma en que las personas servidoras publicas aplicarán los principios, valores, reglas de integridad y compromisos contenidos en el Código de Ética, atendiendo los objetivos, misión y visión de la dependencia.
Código de Ética: Instrumento que establece los parámetros generales de valoración y actuación respecto al comportamiento al que aspira una persona servidora pública, en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión, a fin de promover un gobierno transparente, íntegro y cercano a la ciudadanía.
Conflicto de Interés: La posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de las personas servidoras públicas en razón de intereses personales, familiares o de negocios.
Corrupción: En términos del segundo párrafo del numeral 5 del Programa Nacional de Combate a la Corrupción y a la Impunidad, y de Mejora de la Gestión Pública 2019-2024, es el abuso de cualquier posición de poder, público o privado, con el objetivo de generar un beneficio indebido a costa del bienestar colectivo o individual.
Denuncia: Medio a través del cual, una persona puede hacer del conocimiento del Comité de Ética, un hecho o conducta atribuida a una o más personas servidoras públicas, y que resulta presuntamente contraria al Código de Ética de la Administración Pública Federal, al Código de Conducta de la Secretaría de Economía o a las Reglas de Integridad.
Derechos Humanos: Conjunto de prerrogativas sustentadas en la dignidad humana, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral de la persona. Este conjunto de prerrogativas se encuentra establecido en nuestra Constitución Política, en los tratados internacionales de los que México es parte y en las leyes que nos rigen.
Discriminación: Toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, restrinja, impida, menoscabe, o anule el reconocimiento, goce o ejercicio de derechos humano o libertades, debido a uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo; también se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia.
Género: Conjunto de ideas, creencias y atribuciones sociales y políticas construidas en cada cultura y momento histórico, con base en la diferencia sexual; a partir de ello, se construyen los conceptos de "masculinidad" y "feminidad", los cuales establecen normas y patrones de comportamiento, funciones, oportunidades, valoraciones y relaciones entre mujeres y hombres. Grupo al que pertenecen los seres humanos de cada sexo, entendido este desde un punto de vista sociocultural, en lugar de exclusivamente biológico.
Hostigamiento sexual: Violencia de carácter sexual en la cual hay un ejercicio abusivo de poder por parte de quien realiza, aprovechándose de que existe una subordinación jerárquica real de la víctima frente a la persona agresora. Es expresada en conductas verbales o, de hecho, físicas o visuales, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.
Igualdad de género: Situación en la cual mujeres y hombres acceden con las mismas posibilidades y oportunidades al uso, control y beneficio de bienes, servicios y recursos de la sociedad, así como a la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar.
Lenguaje incluyente y no sexista: Comunicación verbal y escrita que tiene por finalidad visibilizar a las mujeres para equilibrar las asimetrías de género, así como valorar la diversidad que compone nuestra sociedad haciendo visibles a las personas y grupos históricamente discriminados.
Personas servidoras públicas: Aquellas que desempeñan un empleo, cargo o comisión en las dependencias o entidades de la Administración Pública Federal, conforme a lo dispuesto en el artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Principio: Norma o idea fundamental que rige el pensamiento o la conducta.
Reglas de Integridad: Son las pautas de comportamiento que norman a las personas servidoras públicas en el desempeño del empleo, cargo o comisión de conformidad con los valores y principios constitucionales y legales que rigen el servicio público.
Riesgo ético: Situaciones en las que potencialmente pudieran transgredirse principios, valores o reglas de integridad, y que deben ser identificados a partir de un diagnóstico efectuado por los propios entes públicos, en términos de lo ordenado por el artículo 15 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Tratados internacionales: Tratados o convenios suscritos por los Estados Unidos Mexicanos con otros países en materia de derechos humanos.
Valores: Características que distinguen la actuación de las personas servidoras públicas tendientes a lograr la credibilidad y el fortalecimiento de las instituciones públicas y del servicio público.
III.     Objetivo.
Establecer las conductas y los comportamientos que el personal de la Secretaría de Economía, personal de servicio social, prácticas profesionales y otras personas que no se reconozcan como servidoras públicas de alguna índole dentro de las instalaciones de la Dependencia deben observar y aplicar en el desempeño de sus funciones, especialmente en su interacción con la sociedad y otras personas servidoras públicas, acorde con los principios y valores que rigen normativamente el servicio público, a fin de cumplir con los objetivos institucionales, los programas, la misión y visión de la Dependencia.
IV.     Ámbito de aplicación y obligatoriedad.
El presente Código de Conducta es un instrumento de observancia obligatoria y aplicación general para toda persona que desempeñe un empleo, cargo, comisión o función al interior de la Secretaría de Economía.
V.     Misión de la Secretaría de Economía.
Desarrollar e implementar políticas integrales de innovación, diversificación e inclusión productiva y comercial, así como de estímulo a la inversión nacional y extranjera, propiciando el aprovechamiento de los recursos minerales e impulsando la productividad y competitividad de los sectores industriales, que permitan su integración a cadenas regionales y globales de valor, con el fin de contribuir a generar bienestar para las y los mexicanos.
VI.     Visión de la Secretaría de Economía.
Ser una Dependencia que contribuya de manera decisiva a transformar la vida pública del país, facilitando, promoviendo, instrumentando políticas públicas incluyentes y responsables para el bienestar común, garantizando un crecimiento económico alto y sostenido para que nadie se quede atrás.
VII.    Riesgos Éticos de la Secretaría de Economía.
La Secretaría de Economía en su compromiso por combatir los comportamientos contrarios a la ética, ha identificado a través del Programa de Trabajo de Administración de Riesgos (PTAR) 2023, tres riesgos de corrupción que, podrían derivar los siguientes riesgos éticos:
·  Riesgo de conflictos de intereses: Situación en la que una persona debe optar entre las responsabilidades de su puesto y sus propios intereses privados.
·  Riesgo de favoritismo: Trato de favor que se da a una persona en perjuicio de otras que también lo merecían en la misma o mayor medida.
·  Riesgo de soborno: Oferta, promesa, aceptación o exigencia de un incentivo para realizar una acción ilícita o contraria a la ética.
Así mismo, los riegos éticos identificados podrían impactar de la manera siguiente:
·  El Riesgo de conflictos de intereses, puede vulnerar los principios de Honradez, Lealtad, Imparcialidad y Eficiencia.
·  El Riesgo de favoritismo, puede vulnerar los principios de Lealtad e Imparcialidad, los valores de Respeto, Liderazgo y Cooperación.
·  Finalmente, el Riesgo de soborno puede vulnerar los principios de Honradez, Legalidad, Lealtad, Eficiencia y Transparencia.
      El Diagnóstico sobre los Principales Riesgos de Integridad 2023, emitido, por el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía, concluye que los principales riesgos de integridad que pueden afectar las funciones y el buen desempeño de las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía son: Riesgo de conflictos de interés y Riesgo de favoritismo; los cuales son coincidentes con los riesgos éticos identificados en el PTAR.
VIII.   Principios constitucionales y legales que toda persona servidora pública debe observar en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o funciones.
Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía para el adecuado ejercicio del servicio público, debemos guiar nuestro desempeño bajo los principios constitucionales, a fin de fortalecer la cultura de integridad en la función pública, por lo que debemos actuar con:
1.      Respeto a los derechos humanos: Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía, desempeñamos un empleo, cargo o comisión, conforme a nuestras atribuciones y sin excepción, debemos promover, respetar, proteger y garantizar la dignidad de todas las personas.
2.      Legalidad: Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía debemos conocer y aplicar las normas que rigen nuestras funciones, actuando sólo conforme a ellas.
3.      Honradez: Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía debemos conducirnos con rectitud, sin utilizar nuestro empleo, cargo o comisión para obtener, pretender obtener o aceptar cualquier beneficio para sí o a favor de terceras personas.
4.      Lealtad: Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía debemos corresponder a la confianza que la sociedad nos ha conferido, mediante una vocación de servicio, con profesionalismo y a favor de sus necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés público.
5.      Imparcialidad: Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía debemos brindar a toda persona física y moral el mismo trato y actuar de forma objetiva, sin conceder privilegios por razón de jerarquías, influencias, intereses o cualquier otra característica o condición.
6.      Eficiencia: Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía debemos ejercer los recursos públicos con austeridad republicana, economía, racionalidad y sustentabilidad, logrando los mejores resultados a favor de la sociedad, incluyendo el cuidado de los recursos naturales.
7.      Eficacia: Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía debemos desarrollar nuestras funciones en apego a una cultura de servicio a la sociedad, con profesionalismo y disciplina, en cumplimiento a los objetivos institucionales, con base en objetivos, metas, programas de trabajo y de seguimiento, que nos permitan llevar un control de desempeño.
8.      Transparencia: Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía debemos hacer de conocimiento a la sociedad, la información generada en ejercicio de la función pública para la efectiva rendición de cuentas, con excepción de aquella que sea considerada como confidencial o reservada en términos de la normatividad aplicable.
IX.     Valores que toda persona servidora pública debe aplicar en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o funciones.
El compromiso ético del personal de la Secretaría de Economía se manifiesta de manera constante y permanente a través del ejercicio proactivo y tangible de sus valores, por lo que los aplicamos siempre en el desempeño de nuestro empleo, cargo, comisión o funciones. Estos valores comprenden:
1.      Respeto: Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía debemos brindar un trato cordial a las personas en general, incluyendo a aquellas con quienes compartimos espacios de trabajo, de todos los niveles jerárquicos, propiciando una comunicación asertiva.
2.      Liderazgo: Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía debemos ser una figura ejemplar frente a la sociedad y a nuestros equipos de trabajo, principalmente, ante quienes se encuentren a nuestro cargo.
3.      Cooperación: Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía debemos colaborar entre sí y propiciar el trabajo en equipo para alcanzar los objetivos comunes previstos en los planes y programas gubernamentales, generando así una plena vocación de servicio a la sociedad.
4.      Cuidado del Entorno Cultural y Ecológico: Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía debemos respetar y cuidar el patrimonio cultural y natural de la nación, así como el de cualquier otra.
X.     Conductas o comportamientos a observar por las personas servidoras públicas, personal de servicio social, prácticas profesionales y otras personas que no se reconozcan como servidoras públicas que realicen trabajos de alguna índole dentro de las instalaciones de la dependencia.
Con el objetivo de ampliar la comprensión de las conductas y comportamientos que el personal de la Secretaría de Economía debe mantener en el desempeño de sus funciones, se enlistan los compromisos siguientes:
1.      Cumplimiento del empleo, cargo o comisión en el servicio público.
Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía durante el desempeño de nuestro empleo, cargo o comisión, orientamos nuestras decisiones, acciones y comportamientos a brindar servicios de calidad y con total apego a la normatividad aplicable.
Debemos:
a)      Brindar en todo momento un trato expedito, digno, respetuoso y amable a las personas que requieran nuestros servicios, honrando así el principio del derecho humano a la buena administración pública.
b)     Tratar en todo momento a las personas con quienes nos relacionamos, de forma respetuosa e imparcial.
c)      Desempeñar de manera responsable las funciones y obligaciones inherentes a nuestro empleo, cargo o comisión, dentro de los plazos legales y conforme a los procedimientos previamente establecidos.
d)     Denunciar ante la autoridad competente, las irregularidades que tengamos conocimiento durante el desempeño de nuestras funciones, que afecten a la Secretaría, al patrimonio o a las finanzas públicas.
e)      Brindar asesoría, atención y/o seguimiento a las solicitudes realizadas por las personas usuarias internas y externas.
f)      Conocer y cumplir con las responsabilidades inherentes a nuestro empleo, cargo o comisión.
Evitamos:
a)      Omitir, validar, inscribir, acreditar o dictaminar de manera errónea un trámite o servicio que pueda causar pérdidas económicas a los usuarios.
b)     Formalizar o acreditar de manera indebida documentos o personas al margen de las leyes y normas aplicables.
c)      Orientar en forma errónea a los usuarios sobre los trámites o servicios que proporcionamos en la Secretaría.
d)     Asignar al personal a nuestro cargo, funciones ajenas a las que tienen asignadas, para que realice trámites, asuntos o actividades de carácter personal o familiar ajenos al servicio público.
2.      Uso racional y responsable de los recursos públicos.
Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía debemos tener un comportamiento austero y probo, dar uso racional y adecuado a los recursos humanos, financieros, materiales y de tecnologías de la información, asignados para el desempeño de nuestras funciones y utilizarlos exclusivamente para acciones que contribuyan a cumplir mandatos legales, normativos y de austeridad republicana, así como para lograr los objetivos y metas institucionales.
Debemos:
a)      Usar los recursos que son asignados y las instalaciones de la Secretaría para el desempeño eficaz y eficiente de nuestras labores, a fin de brindar un servicio de calidad y con un trato respetuoso a las personas.
b)     Cuidar los bienes muebles e inmuebles que utilicemos o estén bajo nuestro resguardo.
c)      Cuidar el uso de servicios de energía eléctrica y agua potable, apagar la iluminación en nuestras áreas de trabajo y reportar fallas o fugas de agua en instalaciones hidrosanitarias.
d)     Proponer e implementar acciones de mejora para el uso eficiente de los recursos, en el ámbito de nuestras atribuciones.
e)      Reutilizar el material de oficina para un mejor aprovechamiento de los recursos que nos hayan asignado.
f)      Ejercer de manera responsable y en total apego a la Ley Federal de Austeridad Republicana, la normatividad aplicable y el presupuesto asignado en las partidas presupuestarias para el cumplimiento de nuestro empleo, cargo o comisión.
Evitamos:
a)      Utilizar el equipo de fotocopiado, cómputo, teléfono, pantallas, proyectores u otros equipos tecnológicos de la Secretaría para fines distintos para los que fueron designados.
b)     Utilizar o sustraer materiales de oficina, papelería, bienes muebles o cualquier otro material relacionado, así como, utilizar los inmuebles de la Secretaría para un fin distinto al que están destinados.
c)      Sustraer materiales eléctricos y electrónicos tales como: extensiones eléctricas, focos, enchufes, cables de cómputo, equipo de cómputo, teléfonos, bocinas, cables telefónicos y cualquier otro material relacionado.
d)     Sustraer material de limpieza destinado a baños y oficinas.
e)      Descargar en los equipos de cómputo imágenes, videos e información ajena al desempeño de nuestro empleo, cargo o comisión.
3.      Igualdad y no discriminación.
Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía practicamos una cultura de respeto e igualdad entre mujeres y hombres. Las diferencias por motivo de género, ideología o nivel jerárquico no son obstáculo para el desarrollo profesional en la Dependencia.
Debemos:
a)      Promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres para ejercer sus derechos.
b)     Potenciar el desarrollo de las capacidades, habilidades y de crecimiento de las personas servidoras públicas que coordinamos, sin distinción de género, libre de roles que no sean congruentes con la igualdad de derechos y oportunidades.
c)      Garantizar un trato igualitario en el trabajo cotidiano y en las evaluaciones de desempeño con respeto a los derechos y obligaciones de las personas servidoras públicas.
d)     Atender en forma cordial y amable a la ciudadanía, así como a nuestras compañeras y compañeros de trabajo, sin importar edad, sexo, preferencias sexuales, condición física y/o económica o cualquier otro aspecto.
e)      Impulsar la igualdad entre mujeres y hombres para que contribuya al cumplimiento del mandato legal y de los objetivos institucionales.
Evitamos:
a)      Limitar el ejercicio de cualquier derecho.
b)     Impedir la participación en los procesos de ingreso, permanencia y ascenso laboral, en condiciones de igualdad por factores de origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otro aspecto.
c)      Limitar el acceso y permanencia a los programas de capacitación y de formación profesional.
d)     Impedir, negar o restringir el derecho a ser escuchado.
e)      Aplicar cualquier tipo de uso o costumbre que atente contra la igualdad, dignidad, integridad y el respeto a los demás.
f)      Limitar la libre expresión de las ideas e impedir el ejercicio de las libertades.
g)     Utilizar un lenguaje que ofenda la dignidad humana.
h)     Ejercer o promover al interior actos de odio, violencia, rechazo, burla, injuria, persecución y/o de exclusión.
4.      Conflicto de interés.
Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía evitamos participar en asuntos y decisiones que, por motivo de interés personal, familiar o de negocios afecte negativamente a la institución o la imparcialidad en la atención del asunto que corresponda; al mismo tiempo, cumplimos estrictamente las disposiciones jurídicas que regulan nuestras obligaciones y evitar la actuación bajo conflicto de interés.
Debemos:
a)      Excusarnos de intervenir en cualquier proceso de contrataciones, litigios, denuncias y ejecución de programas; en caso de que tengamos interés personal, familiar o de negocios y que pueda generar una ventaja o beneficio adicional al desempeño de nuestras funciones y/o terceras personas.
b)     Denunciar ante el Órgano Interno de Control, cualquier acto que indique una posible actuación bajo conflicto de interés por parte de personas servidoras públicas, sin importar cuestiones jerárquicas o de funciones.
c)      Coadyuvar conforme a la normatividad aplicable, a la satisfacción de las necesidades de la sociedad por encima de cualquier interés particular o de grupo.
Evitamos:
a)      Utilizar las atribuciones, facultades o influencia que tenga por razón de mi empleo, cargo o comisión, para que de manera directa o indirecta designen, nombren o intervengan, para que se contrate como personal de confianza, de estructura, de base o por honorarios en el servicio público a personas con las que tenga lazos de parentesco por consanguinidad hasta el cuarto grado, de afinidad hasta el segundo grado, o vínculo de matrimonio o concubinato.
b)     Brindar información privilegiada a terceros que ocasione un beneficio personal, familiar o de negocios.
c)      Ser beneficiarios directos o a través de familiares hasta el cuarto grado, de programas de subsidios o apoyos de la Dependencia en la que presta sus servicios.
d)     Permitir la entrega o entregar subsidios o apoyos de programas gubernamentales, de manera diferente a la establecida en las reglas de operación.
e)      Brindar apoyos o beneficios de programas gubernamentales a personas, agrupaciones o entes que no cumplan con los requisitos y criterios de elegibilidad establecidos en las reglas de operación.
f)      Viajar con contratistas, grandes contribuyentes, proveedores o inversionistas vinculados al servicio público desempeñado.
5.      Transparencia, rendición de cuentas y protección de datos personales.
Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía nos conducimos en congruencia con la transparencia, rendición de cuentas y la protección de datos personales, debido a que son indispensables para la sociedad con el propósito de ejercer sus derechos y evaluar la gestión pública.
Debemos:
a)      Utilizar, cuidar y resguardar la información a la que tengamos acceso con motivo del empleo, cargo o comisión, exclusivamente para el desempeño de nuestras funciones.
b)     Rendir cuentas sobre el ejercicio de los recursos públicos y los resultados de las funciones que desempeñamos.
c)      Proporcionar oportunamente la información que nos sea solicitada por las instancias competentes y las personas que la requieran, en apego a la normatividad en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales.
Evitamos:
a)      Utilizar la información a la que tengamos acceso con motivo de nuestro empleo, cargo o comisión para fines distintos al desempeño de nuestras funciones, con la finalidad de pretender beneficios económicos o de cualquier otra índole; así como, evitar el uso, sustracción, destrucción o inutilización indebida.
b)     Limitar la rendición de cuentas sobre el ejercicio de los recursos públicos, el desempeño de nuestras funciones o la transparencia de información de carácter público.
c)      Ocultar los registros y demás información relacionada con el ejercicio de nuestro empleo, cargo o comisión, de la cual pueda desprenderse alguna conducta probablemente irregular.
d)     Usar la información que contenga datos personales que este bajo nuestro resguardo para fines distintos al desempeño de nuestras funciones; así como, utilizarla de tal forma que se ponga en riesgo su difusión o mal uso.
6.      Innovación en los procesos y servicios que brinda la Secretaría.
Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía proponemos iniciativas para mejorar las actividades y procesos bajo nuestra responsabilidad, que impacten en la optimización e innovación de los servicios que ofrece la Secretaría.
Debemos:
a)      Participar activa y propositivamente en la elaboración y realización de acciones que mejoren los procesos y servicios de la Secretaría.
b)     Proponer a través de conductos correspondientes acciones para la mejora continua de los procesos y resultados.
c)      Escuchar los planteamientos de mejora continua de las personas servidoras públicas que las propongan.
d)     Propiciar el trabajo en equipo con reciprocidad solidaria para alcanzar los objetivos Institucionales.
Evitamos:
a)      No Omitir, compartir o no informar al personal de la Secretaría sobre los procesos que deberán aplicar en razón de sus actividades cuando así proceda.
b)     Dejar de aplicar las mejoras que reduzcan costos, tiempos operativos y cargas de trabajo.
c)      Afectar la atención oportuna a los trámites y servicios que correspondan de acuerdo con las funciones asignadas.
7.      Derechos Humanos.
Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía sabemos que todas las personas gozan de los derechos humanos reconocidos en la Constitución, en los tratados internacionales en los que México es parte y en las leyes del Gobierno Federal.
Debemos:
a)      Promover, respetar, proteger y garantizar en el ejercicio de nuestras funciones, los derechos humanos reconocidos por la Constitución, los tratados internacionales en los que México es parte, las leyes y las normas.
Evitamos:
a)      Excluir o tener un trato diferenciado, motivado por razones de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y anule o menoscabe los derechos y libertades de las personas.
b)     Negar u omitir la realización de trámites o servicios por causa de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, de salud, religión, opiniones, preferencias o de estado civil o de cualquier naturaleza.
c)      Incumplir la supervisión de las condiciones de operación y seguridad que puedan poner en riesgo la vida e integridad del personal.
8.      Comportamiento digno.
Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía durante el desempeño del empleo, cargo, comisión o función, nos conducimos en forma digna sin proferir expresiones ofensivas, adoptar comportamientos, usar lenguaje o realizar acciones de hostigamiento sexual, acoso sexual o acoso laboral, por lo que tienen una actitud de respeto hacia las personas con las que tienen o guardan relación en la función pública.
Debemos:
a)      Estar conscientes de que el hostigamiento sexual, acoso sexual y acoso laboral laceran gravemente la dignidad de las personas.
b)     Rechazar cualquier acción que represente o implique hostigamiento sexual, acoso sexual o acoso laboral.
c)      Mantener la postura de cero tolerancia a las conductas de hostigamiento sexual, acoso sexual o acoso laboral.
d)     Denunciar ante la autoridad competente cualquier acto de hostigamiento sexual, acoso sexual o acoso laboral.
Evitamos:
a)      Grabar o tomar fotos de compañeras o compañeros sin su consentimiento.
b)     Realizar señales sexualmente sugerentes con las manos o a través de los movimientos del cuerpo.
c)      Tener contacto físico sugestivo o de naturaleza sexual, como tocamientos, abrazos, besos, manoseo, jalones, entre otros.
d)     Dar preferencias indebidas o notoriamente diferentes o manifestar abiertamente o de manera indirecta el interés sexual por una persona.
e)      Llevar a cabo conductas dominantes, agresivas, intimidatorias u hostiles hacia una persona para que se someta a sus deseos o intereses sexuales, o al de alguna otra u otras personas.
f)      Espiar a una persona mientras ésta se cambia de ropa o está en el sanitario.
g)     Condicionar la obtención de un empleo o ascenso, su permanencia en él o las condiciones del mismo a cambio de aceptar conductas de naturaleza sexual.
h)     Obligar a la realización de actividades que no competen a sus labores u otras medidas disciplinarias, en represalia por rechazar proposiciones de carácter sexual.
i)      Condicionar la prestación de un trámite, servicio público o evaluación del desempeño a cambio de que la persona acceda a sostener conductas sexuales de cualquier naturaleza.
j)      Expresar comentarios, burlas, piropos o bromas hacia otra persona referentes a la apariencia o a la anatomía con connotación sexual, bien sean presenciales o a través de algún medio de comunicación.
k)      Realizar comentarios, burlas o bromas sugerentes respecto de su vida sexual o de otra persona, bien sean presenciales o a través de algún medio de comunicación.
l)      Expresar insinuaciones, invitaciones, favores o propuestas a citas o encuentros de carácter sexual.
m)     Emitir expresiones o utilizar lenguaje que denigre a las personas o pretenda colocarlas como objeto sexual.
n)     Preguntar a una persona sobre historias, fantasías o preferencias sexuales o sobre su vida sexual.
o)     Exhibir o enviar a través de algún medio de comunicación, carteles, calendarios, mensajes, fotografías, audios, videos, ilustraciones u objetos con imágenes o estructuras de naturaleza sexual, no deseadas ni solicitadas por la persona receptora.
p)     Difundir rumores o cualquier tipo de información sobre la vida sexual de una persona.
q)     Expresar insultos o humillaciones de naturaleza sexual.
r)      Mostrar deliberadamente partes íntimas del cuerpo a una o varias personas.
s)      Llevar a cabo conductas de acoso laboral, consistentes en ignorar, excluir, agredir, amedrentar, humillar, intimidar, amenazar, maltratar u otras conductas similares, incluyendo privar de permisos o beneficios al personal subordinado o sobre el cual cuente con relaciones de poder.
9.      Ejercer la función pública con honestidad.
Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía nos conducimos con rectitud sin utilizar el empleo, cargo o comisión para obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscamos o aceptamos para sí o nuestros familiares hasta el cuarto grado por consanguinidad o afinidad, compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios, viajes o servicios de cualquier persona u organización.
Debemos:
a)      Conducirnos con diligencia, rectitud, imparcialidad, honradez, legalidad, respeto y observar una conducta honesta y justa en los trámites y servicios que ofrecemos a los particulares.
b)     Denunciar ante la autoridad competente cualquier acto contrario a una conducta honesta.
c)      Supervisar el cumplimiento de los servicios contratados, a fin de evitar pérdidas económicas para la Dependencia.
Evitamos:
a)      Utilizar el empleo, cargo o comisión para obtener beneficios personales, a favor de terceros, económicos o de cualquier tipo.
b)     Otorgar información privilegiada de la que tengamos conocimiento con motivo de nuestras funciones, a personas que les permita agilizar algún trámite, servicio u obtener algún beneficio.
c)      Alterar registros para favorecer o evitar el otorgamiento de apoyos a terceros.
10.    Compromiso institucional.
Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía informamos a la autoridad competente, cualquier conducta, omisión o acontecimiento del que tengamos conocimiento debido a las funciones de nuestro empleo, cargo o comisión, que puedan perjudicar el patrimonio o los intereses de la Dependencia.
Debemos:
a)      Informar ante la autoridad competente, las irregularidades que se presenten durante el desempeño de nuestras funciones, que pudieran afectar a la Secretaría.
b)     Colaborar en los procedimientos derivados de una denuncia mediante la aportación de los elementos que se soliciten o de los que tengamos conocimiento.
c)      Promover y cooperar en el cumplimiento del Código de Ética de la Administración Pública Federal, Código de Conducta y las Reglas de Integridad, así como de cualquier normatividad relacionada con el servicio público.
Evitamos:
a)      Realizar cualquier trato o promesa que comprometa los intereses de la Secretaría de Economía.
b)     Usar, sustraer, destruir o inutilizar indebidamente los bienes, de manera que perjudiquemos el patrimonio o los intereses de la Dependencia.
c)      Realizar deliberadamente alguna conducta para ocultar algún acto u omisión que pudiera constituir un incumplimiento a la normatividad.
d)     Desalentar al personal de la Secretaría o a particulares a denunciar cualquier conducta, omisión o acontecimiento irregular.
e)      Obstruir bajo amenazas o presiones, la presentación de denuncias ante cualquiera de las instancias facultadas para tales efectos.
XI.     Acciones de difusión y promoción.
Las personas servidoras públicas somos responsables de la difusión del presente Código en nuestras respectivas áreas, así como, de fomentar un ambiente de confianza donde el personal de la Secretaría de Economía pueda reportar sus inquietudes sin temor a represalias.
Las personas servidoras públicas somos las principales promotoras de los valores, principios y conductas, dentro y fuera de la Secretaría, actuando conforme a lo establecido en el presente Código.
En este sentido, se elaborará material gráfico que muestre el contenido del Código de Conducta, mediante extractos del mismo, frases relevantes y de impacto visual. Dicho material se difundirá de manera electrónica utilizando tecnologías de la información.
De igual forma, se actualizará el curso en línea del Código de Conducta de la Secretaría de Economía, el cual se programará con carácter obligatorio para todo el personal de nuevo ingreso a la Dependencia, y de forma paralela cada persona servidora pública enviará su carta compromiso como reconocimiento y aplicación del Código de Conducta.
XII.    Mecanismo de participación para su elaboración.
La elaboración del Código de Conducta corresponde al Comité de Ética de la Secretaría de Economía, cuya versión vigente cuenta con la aprobación de sus integrantes y del Órgano Interno de Control, al tiempo que fue suscrito por la Titular de la Secretaría de Economía.
Para la elaboración del Código de Conducta, el Comité de Ética invitó a participar a las personas Titulares de las Unidades Responsables, con la finalidad de enriquecer dicho documento de acuerdo a diferentes enfoques, así como, la identificación de riesgos y procedimientos con mayor probabilidad de incurrir en comportamientos no éticos.
Es importante destacar, que la actualización y aprobación de este documento se llevará a cabo de manera anual o cuando se determine necesario, a través del Comité de Ética.
Para el ejercicio 2023, se solicitó al personal de la Secretaría de Economía emitir sus comentarios o sugerencias, a través de un boletín informativo de Comunicación Interna.
XIII.   Instancias de implementación (interpretación, consulta y asesoría).
El presente Código de Conducta funge como un instrumento orientador para el personal de la institución, incluyendo el personal que preste servicio social, prácticas profesionales u otras personas que no se reconozcan como personas servidoras públicas que realicen trabajos de alguna índole dentro de las instalaciones de la Dependencia.
Corresponde al Comité de Ética de la Secretaría de Economía, la interpretación del Código de Conducta.
Por lo que respecta a la asesoría y consulta en materia de conflictos de intereses, en asuntos relacionados con la observación y aplicación del Código de Conducta, será la Unidad de Ética Pública y Prevención de Conflictos de Intereses de la Secretaría de la Función Pública, la encargada de resolverlas.
De acuerdo a los artículos 21, 22, 23 y 24 del Código de Ética de la Administración Pública Federal, corresponde al Comité de Ética de la Secretaría de Economía y al Órgano Interno de Control, conforme al ámbito de sus atribuciones, la vigilancia y observancia de lo dispuesto en este Código.
Para cualquier duda, aclaración o denuncia se pone a disposición del personal de la Secretaría de Economía el correo electrónico del Comité de Ética: coco@economia.gob.mx.
XIV.   Mi compromiso con el Código de Conducta.
Quienes trabajamos en la Secretaría de Economía tenemos el compromiso de construir un buen gobierno, con una conducta íntegra en el desempeño de nuestro trabajo y en cumplimiento de las leyes. Por estas razones, sumamos voluntades y esfuerzos para hacer realidad todos los días los valores y principios que nos rigen y darle a la ciudadanía el mejor servicio público posible.
Finalmente, para fortalecer nuestro deber como personas servidoras públicas, nos comprometemos, con este instrumento a través de una Carta Compromiso, misma que se adjunta al final del presente documento y que debemos firmar de manera individual y voluntaria. Esto, sin la limitación de un pleno sentido de actuación sobre un comportamiento ético, así como, de valores y principios del servicio público.
CARTA COMPROMISO
Ciudad de México, ___ de ______ de 20__.
Por medio de la presente, quien suscribe, _______________________________________________________________________________________, en mi calidad de persona servidora pública de la Secretaría de Economía, adscrita a la __________________________________________________________________________________________________ y con el puesto de __________________________________________________________, hago constar que conozco, comprendo y cumpliré lo señalado en el Código de Conducta de la Secretaría de Economía.
Por ello, asumo el compromiso de alinear el desempeño de mi empleo, cargo o comisión a los principios, valores y conductas contenidas en dicho Código, así como a las disposiciones legales y jurídicas aplicables a mis funciones, para favorecer en todo momento el bienestar social.
Lo anterior con fundamento en el artículo 23 de la Ley Federal de Austeridad Republicana, en el numeral 8, fracción XIII, de los Lineamientos en materia de Austeridad Republicana de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 18 de septiembre de 2020 y en el artículo 20, fracción VI, del Código de Ética de la Administración Pública Federal, publicado el 08 de febrero de 2022.
__________________________
Firma
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Las denuncias en proceso de atención por parte del Comité de Ética de la Secretaría de Economía, presentadas con anterioridad a la entrada en vigor del presente Acuerdo, se sujetarán a las disposiciones vigentes al momento de haberse iniciado el procedimiento respectivo.
Ciudad de México, a 29 de noviembre de 2023.- La Secretaria de Economía, Raquel Buenrostro Sánchez.- Rúbrica.