Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
EDICTO
 
CC. Poseedores y titulares de otros derechos, ubicados en el sitio conocido como Bajos del Norte localizado en el Golfo de México.
Con Aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de octubre de 2023, se puso a disposición del público en general el estudio realizado por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas para justificar la expedición del Decreto por el que se pretende declarar como área natural protegida con el carácter de parque nacional, el sitio conocido como Bajos del Norte, ubicado en el Golfo de México, mismo que posee las características que se citan a continuación para su identificación:
Categoría: Parque Nacional.
Razones que justifican el régimen de protección: La protección de más de un millón de hectáreas de zona marina en la región conocida como Banco de Campeche, en especial las zonas de reproducción y crecimiento de diversas especies, para asegurar el mantenimiento de poblaciones sanas y su desarrollo continuo, lo que coadyuva a la seguridad alimentaria de más de 3 mil familias pertenecientes a las comunidades pesqueras de la costa de Yucatán.
Salvaguardar 679 especies nativas que habitan en el área, en particular aquellas que se encuentran en alguna categoría de riesgo como: coral de estrellas rocoso (Orbicella annularis), coral cuerno de ciervo (Acropora cervicornis), coral cuerno de alce (Acropora palmata) y manta gigante (Mobula birostris), y aquellas que por su importancia y estatus de riesgo han sido enlistadas como prioritarias para la conservación como tiburón ballena (Rhincodon typus) y tortuga de carey (Eretmochelys imbricata).
Preservar el ambiente natural representativo de los arrecifes de coral de Bajos del Norte, únicos en su tipo, los cuales debido a la distancia con la línea de costa se mantienen alejados de interacción antropogénica conservando sus condiciones originales, así como sus funciones ecológicas, lo que permite la continuidad de los procesos evolutivos en uno de los ecosistemas considerados más frágiles.
Superficie: 1,304,114-89-16.00 hectáreas (un millón trescientas cuatro mil ciento catorce hectáreas, ochenta y nueve áreas, dieciséis centiáreas).
Ubicación: Golfo de México.
Localización: El polígono de la propuesta de área natural protegida se localiza en las siguientes coordenadas extremas con una proyección UTM, zona 16 Norte, con un Datum ITRF08:
 
 
 
X
Y
MÍNIMA
192,697.93
2,453,066.23
MÁXIMA
389,645.04
2,633,227.64
 
El plano de ubicación de la propuesta del área natural protegida es el siguiente:
 

Por lo antes mencionado y con fundamento en lo establecido por los artículos 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35, fracción III, 37 y 38, tercer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 297, fracción I del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, notifíquese a los poseedores y titulares de otros derechos, ubicados en el área propuesta, por edictos que serán publicados por tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en el territorio nacional, y póngase a disposición el expediente correspondiente, en el que podrá consultarse el estudio elaborado para justificar el establecimiento del área arriba mencionada, el plano de localización y el proyecto de instrumento jurídico a través del cual se propondrá su formalización, así como las prohibiciones y modalidades a las que se sujetarán las actividades asociadas a la categoría de parque nacional, de conformidad con el artículo 47 BIS de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; con la finalidad de que, dentro de un término de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al que se realice la última publicación, manifiesten por escrito lo que a su interés convenga y ofrezcan las pruebas que consideren pertinentes, lo que podrán hacer en las oficinas centrales de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, órgano desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, ubicadas en avenida Ejército Nacional Número 223, piso 12, ala A, colonia Anáhuac, I Sección, demarcación territorial Miguel Hidalgo, código postal 11320, en Ciudad de México; en la oficina de la Dirección Regional Península de Yucatán y Caribe Mexicano, ubicada en avenida Mayapán Sur sin número, planta alta Lote 1, Supermanzana 21, Manzana 4, código postal 77505, Cancún, Benito Juárez, Quintana Roo; en la oficina de la Dirección del Parque Nacional Arrecife Alacranes, ubicada en calle 59 B número 238 edificio 1 piso 4, por avenida Zamná fraccionamiento Yucalpetén, código postal 97238, Mérida, Yucatán y en la oficina de representación de la Secretaría en el estado de Yucatán, ubicada en calle 59 B número 238, edificio B, por avenida Zamná, fraccionamiento Yucalpetén, código postal 97238, Mérida, Yucatán, lugares donde se puede consultar el expediente relativo e imponerse de las subsecuentes notificaciones, en un horario de 9:00 a 14:00 horas de
lunes a viernes.
 
Atentamente
Ciudad de México, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés.
El Titular de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas
Humberto Adán Peña Fuentes
Rúbrica.
(R.- 544905)