Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla,
con residencia en Puebla
EDICTO
 
En el juicio de amparo indirecto 1302/2022 se ordenó emplazar por edictos a los terceros interesados Evelyn Denisse López Ramírez y Miguel Ángel López Vargas, lo anterior en términos de lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, en relación con el diverso 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles; y se hace de su conocimiento que José Francisco Sosa Vázquez, promovió juicio de amparo indirecto contra actos del Fiscal General del Estado de Puebla, y otras autoridades, consistentes en la dilación en la integración de las averiguaciones previas 286/2014/DESP/UIHST-I y su acumulada 85/2015/DGSP; 17/2015/DGSP/DGIHC-A-III-UEIDTDF y 132/2016/DGSP, la resolución de veintiuno de junio de dos mil veintiuno por medio de la cual se autorizó el no ejercicio de la acción penal de la averiguación previa 286/2014/DESP/UI4SA-I y su acumulada 85/2015/DGSP, y otros. Se le previene a los terceros interesados en mención, que comparezcan por escrito a este Juzgado de Distrito dentro de un plazo de treinta días hábiles siguientes al de la última publicación, y señalen domicilio en esta ciudad de Puebla o en su zona conurbada (San Pedro Cholula, San Andrés Cholula o Cuautlancingo), ya que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, incluso las de carácter personal, se les harán por lista que se fije en este juzgado, sin ulterior acuerdo y el juicio de amparo seguirá conforme a derecho proceda; queda a su disposición copia simple de la demanda y escritos aclaratorios, e impresión del auto admisorio, en las instalaciones de este juzgado. Asimismo, se les hace saber que se encuentran señaladas las diez horas con dos minutos del doce de septiembre de dos mil veintitrés, para celebrar la audiencia constitucional en el referido juicio de amparo; se les informa que desde que sean emplazados, quedan a su vista los informes justificados y constancias que se han recibido en este juicio, por un plazo de ocho días, ello en términos del artículo 117 de la Ley de Amparo. Para su publicación en los periódicos "EXCÉLSIOR", "EL UNIVERSAL", "REFORMA" y "EL FINANCIERO"; y en el Diario Oficial de la Federación, que deberán de efectuarse por tres veces consecutivas de siete en siete días hábiles.
 
En Puebla, Puebla, a ocho de septiembre de dos mil veintitrés.
El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla.
Edgar Andrés Munive Osorio.
Rúbrica.
(R.- 542498)