DECLARATORIA de utilidad pública relativa a las superficies de 2,507.3470 metros cuadrados y 2,926.6894 metros cuadrados, ubicadas en los municipios de Tultepec y Tultitlán, respectivamente, en el Estado de México, para la construcción de los puentes vehiculares denominados Canal de Castera y Prado Sur.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- COMUNICACIONES.- Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
JORGE NUÑO LARA, Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, con fundamento en lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 2o., fracción I, 26 y 36, fracción XXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., fracciones II, III Bis y XII, 2o., y 3o., de la Ley de Expropiación; 25 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario; 22 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y 1o., 3o., 4o., y 5o., fracción XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo transitorio del Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de octubre de 2021, y
CONSIDERANDO
Que conforme a las directrices del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, se llevó a cabo la construcción del Aeropuerto Internacional Civil y Militar "General Felipe Ángeles", en la Base Aérea Militar de Santa Lucía, ubicada en el municipio de Zumpango, Estado de México, como una obra de infraestructura aeroportuaria encaminada a conformar una triada de terminales aéreas con el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México y el Aeropuerto Internacional de Toluca, Estado de México. Esta situación demuestra el interés social de la instalación aérea, debido a que permitirá la prestación del servicio público de aeropuertos con un contenido social en beneficio de la población en general, lo que contribuirá al desarrollo de la industria aeroportuaria del país a través de la eficiente y eficaz administración de los recursos humanos, materiales, financieros, así como de tecnologías de la información;
Que para efectos de garantizar la conectividad desde y hacia el Aeropuerto Internacional Civil y Militar "General Felipe Ángeles", diversas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en el marco de sus respectivas competencias, participan en colaboración interinstitucional para la conectividad intermodal del citado aeródromo, mediante la construcción, modernización y ampliación de vialidades de interconexión con el aeropuerto, tales como la ampliación de la línea 1 del Tren Suburbano, la construcción de estaciones de pasajeros, así como la construcción de puentes vehiculares superiores;
Que la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, tiene a su cargo el proyecto de ampliación de la línea 1 del Tren Suburbano de la estación Lechería a Santa Lucía, en una extensión de 23 kilómetros de doble vía electrificada, que contará con seis estaciones intermedias y la estación terminal aeropuerto pasando por Nextlalpan y Centros de Transferencia Modal en cada estación, puentes vehiculares y pasos peatonales, lo que permitirá contar con un servicio ferroviario de transporte masivo de pasajeros, eléctrico, competitivo, eficiente y seguro, que reducirá los costos y tiempo de recorrido de personas que viajen de la Zona Metropolitana del Valle de México al Aeropuerto Internacional Civil y Militar "General Felipe Ángeles" y viceversa; disminuirá los accidentes y contaminación ambiental en la zona, por tratarse de un medio de transporte eléctrico, además de impulsar el desarrollo urbano, dando como resultado un mayor bienestar social a los habitantes de la región;
Que la ampliación del trazo de la línea 1 del Tren Suburbano se ubica en el Estado de México, sobre los municipios de Tultitlán, Tultepec, Nextlalpan, Zumpango y Tecámac en la parte más próxima al Aeropuerto Internacional Civil y Militar "General Felipe Ángeles", el cual estará confinado por tratarse de un sistema de tren suburbano de alta velocidad, eléctrico en su totalidad por lo que para proteger los trenes de pasajeros, así como a los peatones y vehículos de las poblaciones aledañas al sistema, se prevé el confinamiento mediante malla ciclónica a todo lo largo, lo que obliga a que los cruces vehiculares y peatonales sean mediante pasos superiores;
Que la movilidad vehicular y peatonal existente en la zona, en específico al cruce con la vía férrea, se logra actualmente a través de cruces a nivel que están en operación y son regulares, los cuales se mantendrán y mejorarán operativamente gracias a la construcción de 9 puentes vehiculares distribuidos a lo largo del trazo del tren, denominados "Avenida Uno", "Lago de Guadalupe", "Mariano Matamoros", "San Pablito", "San Pablo de las Salinas", "Prado Sur", "Canal de Castera", "Cajiga" y "Nextlalpan"; los cuales estarán conformados por una estructura convencional, cimentación y subestructura de concreto reforzado, superestructura de acero, así como superficie de rodamiento y señalización adecuada, teniendo como principales características la implementación de 2 carriles por sentido para el cruce vehicular;
Que el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, está llevando a cabo la adquisición de los terrenos necesarios para la construcción del Puente Vehicular "Canal de Castera", importante para la conectividad entre el centro de Tultepec y la comunidad San Antonio Xahuento en el mismo municipio, con la Avenida Recursos Hidráulicos, la cual a su vez conecta los municipios de Nextlalpan y Tultitlán y Puente Vehicular "Prado Sur", indispensable para la conectividad entre la comunidad San Antonio Xahuento en Tultepec, el Conjunto Habitacional Portal II y La Chinampa con la zona Oriente del municipio de Tultitlán, específicamente con el Pueblo de San Pablo de las Salinas así como con la Avenida Recursos Hidráulicos, la cual a su vez conecta los municipios de Nextlalpan y Tultitlán Zona Centro;
Que de conformidad con la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y la Ley de Expropiación, es de utilidad pública la construcción, conservación y mantenimiento de las vías férreas y de los caminos y puentes federales;
Que la Dirección General de Desarrollo Ferroviario y Multimodal de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, realizó los dictámenes técnicos y proyectos mediante los que determinó que los terrenos objeto de la presente declaratoria, ubicados en los municipios de Tultitlán y Tultepec, Estado de México, son los más apropiados e idóneos para la construcción, conservación y mantenimiento de los puentes vehiculares denominados "Canal de Castera" y "Prado Sur", en virtud de que, por su ubicación geográfica, reúnen las características específicas que se requieren para ese tipo de infraestructura, con lo que se acredita la utilidad pública para la adquisición de los terrenos objeto de esta declaratoria;
Que la Unidad de Asuntos Jurídicos en coordinación con la Dirección General de Desarrollo Ferroviario y Multimodal de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, integró el expediente de expropiación número 01/MEX/2023, en el cual constan los elementos técnicos que acreditan la idoneidad de los bienes materia de la presente declaratoria, para atender la causa de utilidad pública, como son, entre otros, estudios fotogramétricos, anteproyecto y proyecto constructivo realizados sobre los terrenos que por su ubicación son indispensables para construir los puentes vehiculares denominados "Canal de Castera" y "Prado Sur", y que conforme a las constancias que obran agregadas en el referido expediente de expropiación se deduce que los inmuebles que se pretenden adquirir tienen la naturaleza jurídica de propiedad privada, y
Que en virtud de que se cumple con la causa de utilidad pública, consistente en la construcción, conservación y mantenimiento de puentes y sus obras complementarias, y a fin de atender la necesidad de interés general que debe ser satisfecha de manera prioritaria es indispensable la construcción de obras como los puentes vehiculares que además de formar parte de la infraestructura y ampliación de la Línea 1 del Tren Suburbano Lechería-AIFA, es necesaria para garantizar la conectividad de las poblaciones aledañas a la zona, he tenido a bien expedir la siguiente:
DECLARATORIA
PRIMERO. Se declara de utilidad pública la construcción de los puentes vehiculares denominados "Canal de Castera" en el municipio de Tultepec y "Prado Sur", en el municipio de Tultitlán, Estado de México, en los inmuebles con superficie total de 2,507.3470 m², y 2,926.6894 m², respectivamente, y cuyos datos de localización con coordenadas UTM, son los siguientes:
FRACCIÓN I. 2,007.3624 metros cuadrados.
FRACCIÓN II. 919.3270 metros cuadrados.
Los planos de las áreas y el expediente formado con motivo de la presente declaratoria están a disposición de quienes justifiquen ser interesados, en la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes ubicada en Avenida Insurgentes Sur 1089, 5o. Piso, Colonia Nochebuena, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03720, Ciudad de México.
SEGUNDO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación y en un diario de la localidad y notifíquese personalmente a los titulares de los bienes y derechos, en el domicilio que de ellos conste en el expediente correspondiente. En caso de ignorar quiénes son los titulares o bien se desconozca su domicilio o localización, efectúese una segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación, para que surta efectos de notificación personal.
TERCERO. Los interesados tendrán un plazo de quince días hábiles, contados a partir de que se les notifique o bien se realice la segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación de la presente declaratoria, para manifestar ante esta Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, lo que a su derecho convenga y presentar las pruebas que se estimen pertinentes.
Dado en la Ciudad de México, a 19 de septiembre de 2023.- El Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, Jorge Nuño Lara.- Rúbrica.