Estados Unidos Mexicanos
Gobierno de México
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Dirección de Administración y Finanzas
Subdirección de Obras y Contratación
"2023, Año de Francisco Villa, el revolucionario del pueblo"
EDICTO
Kaans Administración, S.A. de C.V.
C. Luis Alberto Mata Martínez
Administrador Único y/o bien quien tenga facultades
de representación acreditables.
El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en lo sucesivo "El Instituto", a través de su representante la Lic. Almendra Lorena Ortíz Genis, en su carácter de Directora de Administración y Finanzas, quien cuenta con las facultades suficientes para sustanciar el presente procedimiento de rescisión administrativa, en términos de la fracción XIII del artículo 51 e inciso s) de la fracción VII del artículo 60, en relación con el Quinto y el Sexto Transitorios del Estatuto Orgánico del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; en la función 23 del numeral 5 del Manual de Organización General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; en lo señalado por el segundo párrafo del numeral 5.12 de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del ISSSTE, aprobadas mediante Acuerdo 35.1330.2012 de la Junta Directiva del ISSSTE y publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 2 de marzo de 2012, y quien con ese carácter expidió el "ACUERDO POR EL QUE LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, DELEGA EN LAS PERSONAS TITULARES DE LAS SUBDIRECCIONES ADSCRITAS A DICHA DIRECCIÓN, LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE SE INDICAN" y la Nota Aclaratoria a dicho Acuerdo, publicados en el Diario Oficial de la Federación de fechas 26 de junio de 2023 y 14 de julio de 2023, respectivamente, y con fundamento en el artículo Segundo, fracción II del mencionado Acuerdo Delegatorio, y función 7 del numeral 5.4 del Manual de Organización General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el Ing. Mario Alberto Herrera Zavala, Titular de la Subdirección de Obras y Contratación, le notifica la RESOLUCIÓN DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA del contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado No. DNAyF-SOC-C-014-2021, celebrado entre "El Instituto" y su representada, para los Trabajos de obra civil e instalaciones electromecánicas para la ampliación de consultorio de medicina familiar, odontología, laboratorio de química seca, sanitarios públicos, sala de espera, almacén de farmacia, R.P.B.I., casa de máquinas, cuarto de basura y remodelación de farmacia, puesto de control, remozamiento almacén, área de usos múltiples, de módulo de admisión continua, de la Unidad de Medicina Familiar (UMF 1) ubicada en San Felipe en el Municipio de Mexicali, Baja California, hasta su total terminación.
Procedimiento instruido con fundamento en lo previsto por el primero y sexto párrafos del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; último párrafo del artículo 1, fracción I del artículo 3 y artículo 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; artículo 5 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; artículos 5 y 207 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; artículos 1, fracción IV, 2, fracción IV, 61, fracción II y 62, fracción II, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, transcurrido el plazo señalado en la fracción I del artículo 61 de la Ley en cita y una vez analizadas y valoradas las constancias que obran en el expediente administrativo en que se actúa, se acreditan de manera fundada y motivada los incumplimientos a los supuestos de rescisión contractual del diverso 157, fracciones II, III, IV y XII, del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y en las fracciones II, III, IV y XV de la Cláusula Vigésima del contrato en cita, por los siguientes incumplimientos contractuales: 1. Incumplir el programa general de ejecución de los trabajos; 2. Incumplir con la ejecución de los trabajos al no realizarlos conforme a las especificaciones del contrato y no acatar las reiteradas órdenes que el Residente le giró relacionadas con los trabajos, 3. Interrumpir sin causa o razón alguna la ejecución de los trabajos y abandonar la obra, y 4. No informar a "El Instituto" el cambio de domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones, por lo que SE RESUELVE declarar administrativamente rescindido el instrumento jurídico mencionado, por causas imputables a la empresa. Procédase a la elaboración del finiquito de manera conjunta para determinar los adeudos que puedan existir tanto a favor de "El Instituto" como de la empresa, por lo que se cita a su representante legal a los siguientes eventos: el día 12 de octubre de 2023, a las 11:00 horas en la oficina de la Residencia, en el Departamento de Supervisión Zona Norte 1, para la elaboración del finiquito, presentando la documentación correspondiente, apercibiéndolo que de no asistir en dicha fecha, la Residencia formulará el finiquito respectivo con la información que obre en el expediente, y el día 31 de octubre de 2023, a las 11:00 horas, para la protocolización del finiquito, a realizarse en la Sala de Proveedores de la Dirección de Administración y Finanzas de este Instituto y fórmense los expedientes de reclamo de las fianzas de garantía de cumplimiento y de anticipo.
"El Instituto" hace del conocimiento de la empresa que la presente resolución es recurrible en términos del artículo 83 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y que la resolución administrativa que se notifica y el expediente se encuentran a su disposición en las oficinas de la Subdirección de Obras y Contratación, ubicada en Avenida San Fernando Número 547, Edificio D, P.B., Colonia Barrio de San Fernando, Código Postal 14070, Alcaldía Tlalpan, en la Ciudad de México, en un horario de 9:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes.
Ciudad de México, a 22 de septiembre de 2023.
Subdirector de Obras y Contratación
Ing. Mario Alberto Herrera Zavala
Rúbrica.
(R.- 542571)