Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla,
con residencia en Puebla
EDICTO
 
En el juicio de amparo indirecto 762/2023 se ordenó emplazar por edictos a la tercera interesada Liliana Carrera Chavarría, lo anterior en términos de lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso b), párrafo segundo, de la Ley de Amparo, en relación con el diverso 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles; y se hace de su conocimiento que Roberto Rodrigo Gutiérrez Lemus, promovió juicio de amparo indirecto contra actos del Agente del Ministerio Público adscrito a la Unidad especializada en investigación de operaciones con recursos de procedencia ilícita de la Fiscalía General del Estado de Puebla; y otra autoridad, consistente en la emisión del oficio FGE/FEIDORPI/1690/2023/ de veintisiete de febrero de dos mil veintitrés, donde ordena al Instituto Registral y Catastral del Estado de Puebla, oficina Cholula, Puebla, realizar la inscripción marginal de aseguramiento del bien inmueble ubicado en calle Burdeos, número sesenta y tres (63), Fraccionamiento Viñedos, en el municipio de Juan C. Bonilla, Puebla; y la ejecución de esa orden. Se le previene a la tercera interesada en mención, que comparezca por escrito a este Juzgado de Distrito dentro de un plazo de treinta días hábiles siguientes al de la última publicación, y señale domicilio en esta ciudad de Puebla o en su zona conurbada (San Pedro Cholula, San Andrés Cholula o Cuautlancingo), ya que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, incluso las de carácter personal, se le harán por lista que se fije en este juzgado, sin ulterior acuerdo y el juicio de amparo seguirá conforme a derecho proceda; queda a su disposición copia simple de la demanda e impresión del auto admisorio, en las instalaciones de este juzgado. Asimismo, se le hace saber que se encuentran señaladas las diez horas con dos minutos del dieciocho de septiembre de dos mil veintitrés, para celebrar la audiencia constitucional en el referido juicio de amparo; se le informa que desde que sea emplazada, quedan a su vista los informes justificados y constancias que se han recibido en este juicio, por un plazo de ocho días, ello en términos del artículo 117 de la Ley de Amparo. Para su publicación en los periódicos "EXCÉLSIOR", "EL UNIVERSAL" o "REFORMA"; y en el Diario Oficial de la Federación, que deberán de efectuarse por tres veces consecutivas de siete en siete días.
 
En Puebla, Puebla, a veintiocho de agosto de dos mil veintitrés.
El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla.
Edgar Andrés Munive Osorio.
Rúbrica.
(R.- 542032)