Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Economía
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Nulidades
Nissan Jidosha Kabushiki Kaisha (Tambien haciendo negocios como Nissan Motor Co., Ltd.)
Vs.
Nephtali Bello Vera
M. 2260226 Skyline
Exped.: P.C.1886/2022(N-513)22329
Folio: 22799
"2023, Año de Francisco Villa, el revolucionario del pueblo"
Nephtali Bello Vera
NOTIFICACION POR EDICTOS
Mediante escrito y anexos enviados al Buzón en Línea habilitado por este Instituto en la página http://www.gob.mx/impi, el 29 de agosto de 2022, recibido en la oficialía de partes de esta Dirección, el día 30 del mismo mes y año, con folio de entrada 022329, Bernardo Herrerías Franco, apoderado de NISSAN JIDOSHA KABUSHIKI KAISHA, (TAMBIÉN HACIENDO NEGOCIOS COMO NISSAN MOTOR CO., LTD.), solicitó la declaración administrativa de nulidad del registro marcario citado al rubro.
Por lo anterior, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a NEPHTALI BELLO VERA, el plazo de UN MES, contado a partir del día hábil siguiente al día en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y presente dentro del mismo término, su escrito de contestación manifestando lo que a su derecho convenga; apercibida que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 342 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en los artículos 336, 367 fracción IV, 368 fracción I, 369 y 370 de la Ley Federal de Protección a Propiedad Industrial.
Atentamente
20 de junio de 2023
La Coordinadora Departamental de Nulidades.
Paola Vanessa Batalla Nuño.
Rúbrica.
(R.- 541448)