OFICIO mediante el cual se modifican los términos de la autorización para el establecimiento en territorio nacional de MUFG Bank, Ltd., Oficina de Representación en México.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Vicepresidencia de Normatividad.- Dirección General de Autorizaciones al Sistema Financiero.- Vicepresidencia de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros B.- Dirección General de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros E.- Oficio Núm.: 312-1/0316/2020.- Exp.: CNBV.3S.3.2, 312 (1099).

Asunto:    Se modifican los términos de la autorización para el establecimiento en territorio nacional de esa oficina de representación.
MUFG BANK, LTD., OFICINA DE
REPRESENTACIÓN EN MÉXICO
Paseo de la Reforma 250, Piso 11,
Torre Niza, Col. Juárez, Cuauhtémoc,
C.P. 06600, Ciudad de México.
AT'N.:  SR. JORGE FERNANDO DEL CASTILLO PONCE DE LEÓN
          Representante Legal
Hacemos referencia al Oficio Núm.: 312-1/0315/2020 de fecha 19 de octubre de 2020, mediante el cual esta Comisión, con fundamento en la Décima Primera, fracción VI de las Reglas de oficinas de representación de entidades financieras del exterior (las Reglas) autorizó al señor Ko Shimomura para que se desempeñe como nuevo representante de MUFG Bank, Ltd., Oficina de Representación en México, a partir de la fecha del referido oficio, en sustitución del señor Masao Sasamaya.
Como consecuencia de lo anterior, esta Comisión, con fundamento en la Cuarta, segundo párrafo de las Reglas, resuelve modificar el resolutivo PRIMERO de la "Resolución por la que se modifica la autorización otorgada a la entidad financiera del exterior The Bank of Tokyo-Mitsubishi UFJ, Ltd., para establecer una oficina de representación en México" emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante oficio UBA/033/2006 de fecha 9 de febrero de 2006, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 24 de febrero de 2006, la cual fue modificada por última vez por esta Comisión mediante oficio 312-2/66299/2018 de fecha 22 de mayo de 2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 13 de junio de 2018, para quedar redactado en los siguientes términos:
"...
PRIMERO. - La oficina de representación deberá ajustarse en todo cuanto corresponda a su funcionamiento, a lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley de Instituciones de Crédito y en las Reglas de oficinas de representación de entidades financieras del exterior y, en particular, a lo siguiente:
I.     Deberá ostentar en todo momento la denominación de MUFG Bank, Ltd., seguida de la expresión "Oficina de Representación en México".
II.     Tendrá su domicilio en la Ciudad de México.
III.    Su representante será el señor Ko Shimomura.
..."
En ese sentido, de conformidad con la Cuarta, segundo párrafo de las Reglas, MUFG Bank, Ltd., Oficina de Representación en México, deberá dar aviso al Banco de México y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de la modificación referida en el párrafo anterior, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de recepción del presente oficio, acompañando copia del mismo.
Asimismo, esta Comisión, con fundamento en los artículos 97 de la Ley de Instituciones de Crédito y 19 de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, requiere a MUFG Bank, Ltd., Oficina de Representación en México, para que informe a esta autoridad la fecha de publicación del presente oficio en el Diario Oficial de la Federación, en un plazo de diez días hábiles, contado a partir de la fecha en que se realice la referida publicación, adjuntando copia de la misma. Lo anterior, en el entendido que dicha publicación deberá tramitarse dentro de los quince días hábiles posteriores a la fecha de recepción de este oficio.
El presente oficio se emite con fundamento en los artículos 16, antepenúltimo párrafo de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; 12, 17, fracción X, 19, fracciones I, inciso f), II, III y último párrafo y 40, fracciones I y IV del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Atentamente
Ciudad de México, a 19 de octubre de 2020.- Directora General de Autorizaciones al Sistema Financiero, Lic. Aurora de la Paz Torres Arroyo.- Rúbrica.- Directora General de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros E, Lic. Gabriela Acevedo Mora.- Rúbrica.
(R.- 541348)