Auditoría Superior de la Federación
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Substanciación "A"
Expedientes No. DGSUB"A"/A.1/226/06/2023, DGSUB"A"/A.1/262/07/2023 Y DGSUB"A"/A.1/267/07/2023
Las personas morales denominadas INTEGRACIONES PROFESIONALES, S.A. DE C.V., ÁGORA PUBLICITY, S.A. DE C.V., ALMETRI, S.A. DE C.V., BELTSITE, S.A. DE C.V., CORPORATIVO RIVELA, S.A. DE C.V., GALLARDO Y EJECUTIVOS, S.A. DE C.V., G-MOBILE PUBLICIDAD GLOBAL INTELIGENTE, S.A. DE C.V., OPERADORA INTEGRAL DE SERVICIOS N&S, S.A. DE C.V., SÁENZ ABASTECIMIENTO INDUSTRIAL Y COMERCIAL, S.A. DE C.V., SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD PRIVADA ONYX, S.A. DE C.V., SOLUCIONES MIXTAS, S.A. DE C.V. y VARCOM, S.A. DE C.V. en el Procedimiento de Responsabilidad Administrativa DGSUB"A"/A.1/226/06/2023; el C. SERGIO ALEJANDRO ASCENCIO PULIDO en el Procedimiento de Responsabilidad Administrativa DGSUB"A"/A.1/262/07/2023; y el C. RAÚL ADRIÁN CALDERÓN JORDÁN en el Procedimiento de Responsabilidad Administrativa DGSUB"A"/A.1/267/07/2023; iniciados en su contra por la Dirección General de Substanciación "A" de la Auditoría Superior de la Federación, en los que se les señala como presuntos responsables, a las personas morales denominadas INTEGRACIONES PROFESIONALES, S.A. DE C.V., ÁGORA PUBLICITY, S.A. DE C.V., ALMETRI, S.A. DE C.V., BELTSITE, S.A. DE C.V., CORPORATIVO RIVELA, S.A. DE C.V., GALLARDO Y EJECUTIVOS, S.A. DE C.V., G-MOBILE PUBLICIDAD GLOBAL INTELIGENTE, S.A. DE C.V., OPERADORA INTEGRAL DE SERVICIOS N&S, S.A. DE C.V., SÁENZ ABASTECIMIENTO INDUSTRIAL Y COMERCIAL, S.A. DE C.V., SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD PRIVADA ONYX, S.A. DE C.V., SOLUCIONES MIXTAS, S.A. DE C.V. y VARCOM, S.A. DE C.V., en sus caracteres de Proveedores, por la probable falta administrativa consistente en: utilización de información falsa; al C. Sergio Alejandro Ascencio Pulido en su carácter de Subdirector Técnico de la Comisión Estatal del Agua y Gestión de Cuencas del Gobierno del Estado de Michoacán de Ocampo, por la probable falta administrativa consistente en: abuso de funciones; y al C. Raúl Adrián Calderón Jordán en su carácter de Tesorero General Municipal del Municipio de La Paz, Baja California Sur, por la probable falta administrativa consistente en: desvío de recursos públicos; por lo que, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria en términos del artículo 1 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, la cual a su vez es supletoria de la Ley General de Responsabilidades Administrativas en su diverso 118; se les cita para que comparezcan personalmente a la audiencia inicial en las fechas y horarios siguientes:
| Presunto responsable | Procedimiento de Responsabilidad Administrativa | Fecha de audiencia | Hora |
| INTEGRACIONES PROFESIONALES, S.A. DE C.V. | DGSUB"A"/A.1/ 226/06/2023 | 10 de octubre de 2023 | 09:00 |
| ÁGORA PUBLICITY, S.A. DE C.V. | 09:30 |
| ALMETRI, S.A. DE C.V., | 10:00 |
| BELTSITE, S.A. DE C.V. | 10:30 |
| CORPORATIVO RIVELA, S.A. DE C.V. | 11:00 |
| GALLARDO Y EJECUTIVOS, S.A. DE C.V. | 11:30 |
| G-MOBILE PUBLICIDAD GLOBAL INTELIGENTE, S.A. DE C.V. | 12:00 |
| OPERADORA INTEGRAL DE SERVICIOS N&S, S.A. DE C.V. | 12:30 |
| SÁENZ ABASTECIMIENTO INDUSTRIAL Y COMERCIAL, S.A. DE C.V. | 13:00 |
| SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD PRIVADA ONYX, S.A. DE C.V. | 13:30 |
| SOLUCIONES MIXTAS, S.A. DE C.V. | 14:00 |
| VARCOM, S.A. DE C.V. | 14:30 |
| SERGIO ALEJANDRO ASCENCIO PULIDO | DGSUB"A"/A.1/ 262/07/2023 | 16:30 |
| RAÚL ADRIÁN CALDERÓN JORDÁN | DGSUB"A"/A.1/ 267/07/2023 | 17:30 |
Las citadas audiencias se celebrarán en las oficinas que ocupa la Dirección General de Substanciación "A" de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Auditoría Superior de la Federación, ubicadas en el sexto piso del edificio "A" situado en Carretera Picacho Ajusco número 167, Colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, C.P. 14110, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México, en la que rendirán su declaración por escrito o verbalmente y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias para su defensa; asimismo, se les informa el derecho que tienen de no declarar en contra de sí mismos ni declararse culpables, así como su derecho a defenderse personalmente o ser asistidos por un defensor perito en la materia y que de no contar con un defensor les será nombrado uno de oficio. Poniéndoseles a su disposición las copias certificadas del Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa, del Acuerdo por el que se admite y de las constancias del Expediente de Presunta Responsabilidad Administrativa que nos ocupan, en días hábiles y dentro del horario comprendido de las 9:00 a las 15:00 y de las 16:30 a las 18:30. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia, se les hace saber que en su audiencia inicial deben señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México, sede de la Auditoría Superior de la Federación, apercibidos que de no hacerlo, las que se deban practicar posteriormente, inclusive las de carácter personal, se deben llevar a cabo a través de rotulón que se fijará en los estrados de Auditoría Superior de la Federación. Si, pasado el término referido anteriormente, no comparecen a la audiencia inicial, se debe seguir el procedimiento, haciéndoseles las ulteriores notificaciones por rotulón, que se fijará en los estrados de la Auditoría Superior de la Federación, y que debe contener, en síntesis, la determinación que ha de notificarse. Ciudad de México, a treinta y uno de julio de dos mil veintitrés. El Director de Substanciación "A.1", Dr. Alfonso Javier Arredondo Huerta.- Rúbrica.
(R.- 540166)