Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Delegación en el Estado de Guerrero
Equipo de Investigación y Litigación
Célula B-IV-1
Acapulco, Gro.
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
 
En cumplimiento a los acuerdos dictados dentro de los autos de las diversas carpetas de investigación, de las cuales se decretó el aseguramiento ministerial de diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 82 fracción III 131 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto, a quien o quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, de los siguientes bienes afectos a las indagatorias que a continuación se describen: 1.- Carpeta de investigación FED/GRO/ACAP/0001397/2018, iniciada por el delito de Posesión de Hidrocarburo en su hipótesis al que sin derecho y sin consentimiento de asignatarios, contratistas, permisionarios, distribuidores o de quien pueda disponer de ellos con arreglo a la ley; previsto y sancionado por el Artículo 9 fracción II de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos y contra la salud, previsto y sancionado en el artículo 194 fracción I del Código Penal Federal, en la cual el 06 de noviembre de 2018, se decretó el aseguramiento de una embarcación menor, marca YAMAHA, tipo LANCHA, de fibra de vidrio, sin nombre, ni número de matrícula, casco e interior de color gris con blanco, con eslora aproximada de 09.20 metros, manga 3.18 metros, cuenta con dos motores: 1.- motor ubicado en el extremo izquierdo de la popa (a babor), de la marca YAMAHA 200AET 6G6 X 1067700 YAMAHA MOTOR CO., LTD MADE IN JAPAN PAYS D' ORIGEN JAPON", y 2.- motor ubicado en el extremo derecho de la popa (a estribor), marca YAMAHA L200AET 6K1 X 1013009 YAMAHA MOTOR CO., LTD MADE IN JAPAN PAYS D' ORIGEN JAPON; por ser instrumento de los delitos investigados; - - - - - - - - - - - - - Lo anterior a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se apercibe, para que se abstengan de ejercer actos de dominio sobre dichos bienes asegurados y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dichos bienes causarán abandono en favor del Gobierno Federal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales, haciendo del conocimiento que los referidos bienes se encuentran a disposición jurídica y material del Agente del Ministerio Público de la Federación, en la Subdelegación de Procedimientos Penales "B" con domicilio en Calle Mar Mediterráneo, número 18 Fraccionamiento Las Anclas, Acapulco de Juárez, Guerrero.
 
Atentamente.
Acapulco de Juárez, Guerrero a 22 de mayo de 2023.
La Agente del Ministerio Público de la Federación
Titular de la Célula BIV-C1 Acapulco
Estado de Guerrero
Lic. Alejandra Garcia Mellado.
Rúbrica.
(R.- 540348)