Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Delegación Michoacán
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
 
En cumplimiento a los acuerdos dictados dentro de los autos de las diversas carpetas de investigación, de las cuales se decretó el aseguramiento ministerial de diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 82 fracción III 131 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto, a quien o quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, de los siguientes bienes afectos a las indagatorias que a continuación se describen: 1.- Carpeta de investigación FED/MICH/APAT/0000317/2023 iniciada por el delito de Posesión Ilícita de Hidrocarburo, previsto y sancionado en el artículo 9 fracción II, inciso d) de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, en la cual el 19 de febrero de 2023 se decretó el aseguramiento de la siguiente embarcación menor: Embarcación menor con casco color gris, de 8.20 metros de eslora, 2.45 metros de manga y 0.95 metros de puntal, sin control de mando, con un motor fuera de borda marca Yamaha de 200 HP, por ser instrumento del delito investigado. 2.- Carpeta de investigación FED/MICH/URU/0000742/2023, iniciada por el delito de Portación de arma de fuego sin licencia, previsto en el artículo 81 en relación con los diversos 9 y 10; todos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 23 de marzo de 2021 se decretó el aseguramiento del siguiente vehículo: automotor marca vento, tipo motocicleta, color negro, con faltante de placas de circulación, numero de identificación LXYPCKL03G0219489, modelo 2016, por ser objeto del delito investigado.. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Lo anterior a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se apercibe, para que se abstengan de ejercer actos de dominio sobre dichos bienes asegurados y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dichos bienes causarán abandono en favor del Gobierno Federal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales, haciendo del conocimiento que los referidos bienes se encuentran a disposición jurídica y material del agente del Ministerio Público de la Federación, Delegación en el estado Michoacán, con domicilio en calle Batalla Monte de las Cruces, número 65, colonia Lomas de Hidalgo, Morelia, estado de Michoacán de Ocampo.
 
Atentamente.
Morelia, Michoacán; a 18 de mayo de 2023
El Delegado de la Fiscalía General de la República en Michoacán
Lic. Jesús López Trujillo.
Rúbrica.
(R.- 540342)