CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Coahuila de Zaragoza, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para el fortalecimiento del Centro de Justicia y Empoderamiento para las Mujeres en Matamoros.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

CONVENIO DE COORDINACIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN", A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR, ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA "CONAVIM", REPRESENTADA POR SU TITULAR, MA FABIOLA ALANÍS SÁMANO; Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, MIGUEL ÁNGEL RIQUELME SOLÍS, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, FERNANDO DONATO DE LAS FUENTES HERNÁNDEZ Y EL SECRETARIO DE FINANZAS, BLAS JOSÉ FLORES DÁVILA, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; Y A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Conforme a lo dispuesto por el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la Constitución y los tratados internacionales de la materia de los que el Estado Mexicano sea parte, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. Asimismo, establece que todas las autoridades en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Es de considerar en el proceso que define este documento las disposiciones de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de la Organización de las Naciones Unidas, y de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención de Belém do Para", aplicables a los deberes estatales de prevención, atención, erradicación y sanción de la violencia contra las mujeres.
El 7 de agosto de 2012, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), órgano supervisor de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, después de examinar los informes periódicos séptimo y octavo combinados (CEDAW/C/MEX/7-8) en sus reuniones 1051a y 1052a, recomendó al Estado mexicano, en el documento de las observaciones finales, que se debería: i) Adoptar medidas para fomentar la denuncia de los casos de violencia contra la mujer y garantizar que existan procedimientos adecuados y armonizados para investigar, enjuiciar y sancionar a los autores de actos de violencia contra la mujer; ii) Garantizar el acceso de las mujeres a la justicia, entre otras cosas mejorando la capacidad de los Centros de Justicia para las Mujeres y poniendo estos centros al alcance de las mujeres y las muchachas que son víctimas de la violencia; y iii) Adoptar medidas para mejorar los servicios de apoyo para las mujeres y las muchachas que son víctimas de la violencia, entre otras cosas garantizando su acceso a centros de atención y refugios establecidos, entre otras.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en su artículo 1o establece la coordinación entre la Federación, las Entidades Federativas y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como para garantizar la democracia, el desarrollo integral y sustentable, con la finalidad de fortalecer la soberanía y el régimen democrático establecidos en la Constitución Federal; mientras que, la fracción XXVI del artículo 42 Bis, establece que la CONAVIM debe impulsar en coordinación con las Entidades Federativas, los Centros de Justicia para las Mujeres en todo el territorio nacional.
En virtud de lo anterior, el 1o de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, a la que de conformidad con lo que establecen las fracciones III y XIII del artículo cuarto de dicho Decreto, le corresponde formular las bases para la coordinación entre las autoridades federales, locales y municipales para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, así como celebrar convenios, que se relacionen con el ejercicio de sus atribuciones.
En ese contexto, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) prevé en su artículo 74, que los titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables.
En términos del artículo 75 de la LFPRH, los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa; incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; prever la temporalidad en su otorgamiento; y reportar su ejercicio en los informes trimestrales, incluyendo el importe de los recursos.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las entidades federativas y; en su caso, de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE), los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquéllos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan devengado o no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2023 (PEF 2023), publicado en el DOF el 28 de noviembre de 2022 establece en su artículo 22, las acciones que el Ejecutivo Federal deberá observar en el cumplimiento a la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia; a través de la incorporación de la perspectiva de género en el diseño, elaboración, aplicación, seguimiento y evaluación de resultados de los programas de la Administración Pública Federal, contemplados en el Anexo 13. Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y en el Anexo 33. Ampliaciones al Ramo 0404 Gobernación, en los cuales se señalan los montos autorizados para cada uno de los programas y actividades para promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres.
De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno de México y las entidades federativas reconocen la necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, por ello estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las mujeres en el Estado de Coahuila de Zaragoza.
De conformidad con el Oficio No CJ/0349/2023 de fecha 20 de enero de 2023, suscrito por Fernando Donato De Las Fuentes Hernández, en su carácter de Secretario de Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza, se solicitó en tiempo y forma a la CONAVIM, recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el Fortalecimiento del Centro de Justicia y Empoderamiento para las Mujeres en Matamoros, Coahuila de Zaragoza (CJM).
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los "Criterios que rigen el proceso para acceder a los subsidios para la Construcción, Equipamiento y Operación de los Centros de Justicia para las mujeres para el Ejercicio Fiscal 2023" (CRITERIOS), publicados el 05 de enero de 2023 por la CONAVIM, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ), determinó viable el proyecto denominado Fortalecimiento del Centro de Justicia y Empoderamiento para las Mujeres en Matamoros, Coahuila de Zaragoza, el (PROYECTO), por lo que aprobó la cantidad de $1'291,070.35 (Un millón doscientos noventa y un mil setenta pesos 35/100 M.N.), exclusivamente para el Fortalecimiento del CJM.
Dicha situación se notificó al "GOBIERNO DEL ESTADO" mediante oficio número CONAVIM/187/2023 de fecha 1 de marzo de 2023, suscrito por la Presidenta del COMITÉ.
El PROYECTO del CJM, se encuentra ubicado en Calzada Coahuila S/N, Fraccionamiento Valle Hermoso, Código Postal 27446, Matamoros, Coahuila de Zaragoza.
La Instancia Local Responsable del PROYECTO se compromete a cumplir el objetivo y meta del mismo, dentro del presente ejercicio fiscal, de acuerdo a lo señalado en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, a más tardar el 31 de diciembre de 2023. En caso de que la totalidad del PROYECTO se haya programado para su desarrollo en varias etapas, se obliga a conseguir los recursos presupuestales necesarios para asegurar su conclusión y adecuado funcionamiento, así como apegarse al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 y demás programas que deriven del mismo.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés en formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.     "GOBERNACIÓN" declara que:
I.1.    Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de conformidad con los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2.    De conformidad con el artículo 27, fracción VII de la LOAPF, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a derechos humanos; y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto.
I.3.    El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez, cuenta con las facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II, y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.4.    La CONAVIM es un Órgano Administrativo Desconcentrado de "GOBERNACIÓN", de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y Primero del Decreto por el que se crea como Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (DECRETO), publicado en el DOF, el 1 de junio de 2009.
I.5.    La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano, cuenta con facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación, con fundamento en el artículo Cuarto, fracción XIII del DECRETO, y 115, fracción V y 151 del RISEGOB.
I.6.    Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal número 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", con Reporte General de Suficiencia Presupuestaria número 00305.
I.7.    Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Doctor José María Vértiz número 852, piso 5, Colonia Narvarte Poniente, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal, 03020, Ciudad de México.
II.    El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.   Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como el artículo 1 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, es un estado libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior y forma parte integrante de la Federación.
II.2.   El Poder Ejecutivo del Estado conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza, cuyo ejercicio se deposita en el Gobernador del Estado de Coahuila de Zaragoza, Miguel Ángel Riquelme Solís, quien cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, de conformidad con lo previsto en los artículos 75 y 82 fracciones V y XXXI. de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, y 1, 2, 5, y 9, Apartado A, fracción XIX y Apartado B, fracción V de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza.
II.3.   Asiste a la suscripción del presente Convenio de Coordinación el Secretario de Gobierno, Fernando Donato De Las Fuentes Hernández, quien cuenta con facultades para para suscribir el presente Convenio de Coordinación, de conformidad con los artículos 86 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza; 1, 4, 18 fracción I, 19 fracción XX y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza; 1, 7 y 8 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno.
II.4.   El Secretario de Finanzas, Blas José Flores Dávila, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, de conformidad con los artículos 86 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza; artículos 1, 4, 18 fracción II, 19 fracción XX y 22 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza, y los artículos 8 y 9 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza.
II.5.   Los Centros de Justicia y Empoderamiento para las Mujeres del Estado de Coahuila de Zaragoza forman parte integrante de la Administración Pública Estatal, y son un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, sectorizado a la Secretaría de Gobierno de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto que Modifica el Decreto que Crea el Centro de Justicia y Empoderamiento para las Mujeres del Estado de Coahuila de Zaragoza, publicado en el Periodo Oficial del estado número 11, Tomo CXXV de fecha 6 de febrero de 2018.
II.6.   No cuenta con la capacidad económica presupuestal para aportar recursos de forma complementaria al PROYECTO que se describe en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ; y que acredita, en los términos de las disposiciones administrativas y presupuestales.
II.7.   Es propietario del terreno ubicado en: Calzada Coahuila S/N, Fraccionamiento Valle Hermoso, Código Postal 27440, municipio de Matamoros, del Estado de Coahuila de Zaragoza , el cual tiene una superficie de 972.74 m2, lo que se acredita con escritura pública número (379) trescientos setenta y nueve, libro doce, de fecha 04 de diciembre de 2020 pasada ante la fe del Licenciado Jesús Alberto Leopoldo Lara Escalante, Notario Público número 25, del Distrito Notarial de Saltillo, capital del Estado de Coahuila de Zaragoza, inscrita en el Instituto Registral y Catastral del Estado de Coahuila Instituto Registral y Catastral del Estado de Coahuila, con número de entrada folio único 297395/2021 y folio real número 20294, de fecha 22 de noviembre de 2021.
II.8.   Cuenta con los permisos y requerimientos técnicos necesarios para el Fortalecimiento del CJM descrito en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ.
II.9.   Para los efectos legales del presente instrumento, señala como domicilio el ubicado en calle Castelar, Sin Número, Zona Centro, Código Postal 25000, Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
III.    "LAS PARTES" declaran que:
III.1.  Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación.
III.2.  Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central garantizar el derecho de acceso a la justicia para las mujeres, en términos de la normatividad aplicable.
III.3.  Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas en el Estado de Coahuila de Zaragoza, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas preventivas y de sanción a quienes incumplen la ley, particularmente la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
III.4.  Consideran como acciones para prevenir y disminuir la violencia contra las mujeres, las encaminadas a garantizar el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia, así como las dirigidas a sancionar a quienes perpetran la violencia de género, en particular en los delitos de violencia sexual, trata de personas, violencia familiar y feminicidios u homicidios de mujeres con características de violencia de género.
III.5.  Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los CRITERIOS, que regulan el presente Convenio de Coordinación.
III.6. Se obligan a apegarse al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 y programas que se deriven del mismo.
 
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para el Fortalecimiento del CJM, en términos del PROYECTO, que permita planear, elaborar e impulsar estrategias y acciones en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres y las niñas víctimas de violencia.
El PROYECTO se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, el cual fue revisado, evaluado y aprobado por el COMITÉ para el Ejercicio Fiscal 2023, y que forma parte del presente instrumento, en el cual se establecen las características y objetivos del mismo, así como el cronograma de avance físico-financiero, que permita vigilar sus avances, ejecución y la correcta aplicación de los recursos otorgados.
En caso de que el PROYECTO descrito en el numeral 1 del Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, presente variaciones en cuanto a las necesidades técnicas o materiales durante su ejecución, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a informar a "GOBERNACIÓN" a través de la "CONAVIM" sobre cualquier diferencia que altere la estimación de la obra de referencia.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "GOBERNACIÓN", asignará la cantidad de $1'291,070.35 (Un millón doscientos noventa y un mil setenta pesos 35/100 M.N.), exclusivamente para el Fortalecimiento del Centro de Justicia y Empoderamiento para las Mujeres en Matamoros, Coahuila de Zaragoza.
Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" aportará el terreno para el Fortalecimiento del Centro de Justicia para las Mujeres descrito en la declaración II.7.
Los recursos federales se transferirán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en una ministración, a través de su Secretaría de Finanzas en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, en la que se manejarán exclusivamente los recursos federales a los que refiere la presente Cláusula, así como sus rendimientos, por lo que no podrá incorporar recursos locales ni las aportaciones que realicen, en su caso, los beneficiarios del PROYECTO, ello, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG). Dicha cuenta se identifica con los siguientes datos:
Nombre del beneficiario:
Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Nombre de la institución financiera bancaria:
BBVA México, S.A., Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero BBVA México.
Nombre del proyecto (de conformidad con el oficio de notificación de aprobación por parte del comité de Evaluación de Proyectos):
Proyecto para el Fortalecimiento del Centro de Justicia y Empoderamiento para las Mujeres en Matamoros, Coahuila de Zaragoza 2023.
Clave bancaria estandarizada (CLABE):
012078001200944558
Número de cuenta bancaria:
0120094455
Tipo de cuenta:
Cuenta CASH Management Gobierno MN Nacional
Número de sucursal:
7711
Número de plaza
078 Saltillo, Coah.
Fecha de apertura:
03 de marzo de 2023.
Nombre de las personas autorizadas para el manejo de la cuenta:
Blas José Flores Dávila
Xavier Alain Herrera Arroyo
Armando Javier Rubio Pérez
Néstor Pérez Velázquez
 
Es un requisito indispensable para la transferencia de los recursos que el "GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Instancia Local Responsable haya remitido a "GOBERNACIÓN" la factura electrónica a través del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en términos de los numerales TRIGÉSIMO PRIMERO, fracción I, CUADRAGÉSIMO SEXTO, CUADRAGÉSIMO SÉPTIMO Y CUADRAGÉSIMO OCTAVO de los CRITERIOS, que regulan el presente Convenio de Coordinación.
Para "GOBERNACIÓN", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4, fracciones XV, XVI y XVII de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, los recursos federales recibidos y rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los informes que sobre el particular deban rendirse por conducto de "GOBERNACIÓN".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas, se encuentran sujetos al presupuesto autorizado y a la disponibilidad de los mismos, en términos del PEF 2023, por lo que "GOBERNACIÓN" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos, derivado de disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a ella. La CONAVIM, a través del COMITÉ, comunicará mediante oficio al "GOBIERNO DEL ESTADO" cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos.
"GOBERNACIÓN" y la CONAVIM serán ajenas a los procedimientos de licitación, adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución del proyecto aprobado, por lo que cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones estará sujeta a las disposiciones jurídicas aplicables en la materia.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los CRITERIOS, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Apegarse a lo establecido en la LFPRH, el RLFPRH, y demás legislación aplicable en materia de subsidios;
b.    Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno de México, así como para la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO", y
c.     Revisar conjuntamente los informes mensuales que se presenten respecto del avance del PROYECTO.
CUARTA. COMPROMISOS DE "GOBERNACIÓN". Además de lo previsto en los CRITERIOS, "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM, se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación, exclusivamente para la ejecución del PROYECTO a que se refieren las cláusulas PRIMERA y SEGUNDA;
b.    Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de reportar la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento;
c.     Realizar el seguimiento de la aplicación del subsidio, así como el monitoreo del objetivo y meta establecida en el numeral 1 del Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, a través de los informes mensuales en donde se reporta el avance físico y financiero del PROYECTO;
d.    Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco de este instrumento, y
e.     Realizar, en términos de los CRITERIOS, visitas aleatorias de seguimiento al CJM, a efecto de asegurar su adecuada operación y funcionamiento, a fin de que no decaiga la calidad y eficiencia de los servicios; y en su caso, emitir observaciones y comentarios al "GOBIERNO DEL ESTADO", las cuales deberán ser atendidas, y
f.     Integrar el expediente correspondiente al PROYECTO, con la documentación justificativa y probatoria señalada en el Título Primero, Capítulo V de los CRITERIOS, el cual estará a cargo la persona Titular de la Coordinación de Vinculación Estratégica Interinstitucional de la CONAVIM.
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de lo previsto en los CRITERIOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar por conducto de la Secretaría de Finanzas, los recursos asignados vía subsidio, exclusivamente para los fines previstos en las Cláusulas PRIMERA y SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación, así como en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ;
 
b.    Aportar el inmueble a que se refiere la declaración II.7. del presente Convenio de Coordinación;
c.     Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, a más tardar el 31 de diciembre de 2023;
d.    Iniciar las acciones para dar cumplimiento al PROYECTO, dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha del depósito que indica el recibo Cuenta por Liquidar Certificada (CLC) a nombre del "GOBIERNO DEL ESTADO", expedido por la Dirección General de Programación y Presupuesto de "GOBERNACIÓN", derivado de la transferencia de los recursos federales a los que hace referencia la Cláusula SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación; lo anterior, de conformidad con el numeral Quincuagésimo Segundo de los CRITERIOS;
e.     Realizar las acciones y las adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del PROYECTO, en estricto apego a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a sus respectivos reglamentos, y demás normatividad federal y local aplicable en la materia;
f.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones, licencias o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del PROYECTO previsto en este instrumento;
g.    Garantizar que el PROYECTO que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación, cuente con la documentación legal y oficial vigente que resulte necesaria para su ejecución;
h.    Recabar, resguardar y conservar por conducto de la Secretaría de Gobierno del Estado, la documentación justificativa y probatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos;
i.     Integrar y resguardar por conducto de la Secretaría de Gobierno, los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del PROYECTO financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento;
j.     Equipar el inmueble, capacitar al personal y operar el CJM, por conducto de Secretaría de Gobierno;
k.     Entregar mensualmente a "GOBERNACIÓN", un informe de conformidad con la Cláusula SÉPTIMA del presente Convenio de Coordinación.
l.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión del Ejercicio Fiscal 2023; los cuales deberán estar cancelados con la leyenda "Operado con recursos E015 Promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres" en términos de lo previsto en el artículo 70, fracción II de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y numeral TRIGÉSIMO PRIMERO, fracción VII de los CRITERIOS;
m.    Presentar a "GOBERNACIÓN", a más tardar el 15 de enero de 2024, un Acta de Cierre y sus anexos, rubricada y firmada por la persona titular de la Secretaría de Gobierno, en la que se observe el formato base establecido por la CONAVIM, mismo que deberá contener la información señalada en el numeral QUINCUAGÉSIMO NOVENO de los CRITERIOS; así como los documentos anexos señalados en el mismo. Una vez que el CJM comience a operar, deberá llevar un registro puntual de todas las usuarias y servicios prestados en el mismo, e integrar dicha información en el mediante el reporte denominado "Informe de Mujeres Atendidas", el cual será remitido mensualmente a "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM de forma impresa y electrónica, en el formato que se proporcione para ello.
n.    Señalar expresamente la participación y apoyo del Gobierno de México, a través de "GOBERNACIÓN", por conducto de la CONAVIM, en las acciones de difusión, divulgación y promoción del CJM, y
o.    Cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la LFPRH, el RLFPRH, el PEF 2023, y el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ; así como las demás disposiciones federales aplicables a la materia.
SEXTA. ENLACES. Las personas servidoras públicas que fungirán como enlaces entre "LAS PARTES" serán, por parte del "GOBIERNO DEL ESTADO", Leticia Beatriz Charles Uribe, designada mediante el oficio número CJ/0333/2023 signado por Fernando Donato De Las Fuentes Hernández, Secretario de Gobierno del Estado así como el alcance DG/CJEM/319/2023, de conformidad con el apartado Vigésimo Cuarto, numeral 3, inciso B, punto 1 de los CRITERIOS; y por "GOBERNACIÓN" la persona servidora pública en quien recaiga la titularidad de la Coordinación de Vinculación Estratégica Interinstitucional de la CONAVIM, a cargo de la colaboración con el CJM.
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación; además, serán las y los responsables internos de las actividades encomendadas.
Asimismo, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá notificar a la CONAVIM, cualquier cambio de la persona enlace y del personal responsable del seguimiento del subsidio y del PROYECTO aprobado, en un plazo de 15 (quince) días hábiles contados a partir del cambio correspondiente, proporcionando los datos de contacto de quien asumirá dichas funciones.
SÉPTIMA. REPORTES MENSUALES. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría de Gobierno, deberá rendir de manera física y/o electrónica un informe de resultados a "GOBERNACIÓN", dirigido mediante oficio a la persona Titular de la Coordinación de Vinculación Estratégica Interinstitucional de la CONAVIM, sobre los avances físicos y financieros del PROYECTO, obra o acción autorizadas y relacionadas con el objeto del presente Convenio de Coordinación, en los términos de lo previsto en los numerales del Título Cuarto. Implementación del Proyecto, CAPÍTULO II. DE LOS INFORMES MENSUALES de los CRITERIOS, con la documentación probatoria que acredite dicho progreso, en el cual se deberá reflejar el avance en el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Coordinación, el objetivo y meta establecidos en el numeral 1 del Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ y, en su caso, los resultados de las acciones que se lleven a cabo de conformidad con éste instrumento, dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a la conclusión de cada mes establecido en la calendarización del Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ.
OCTAVA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y su Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, no pierden su carácter federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se generen en la cuenta bancaria específica con característica de productiva referenciada en la cláusula SEGUNDA del presente instrumento, así como los ahorros derivados de los procesos de contratación de la obra; deberán ser reintegrados a la TESOFE en los términos de los artículos 54, tercer párrafo de la LFPRH, y 85, párrafo segundo del RLFPRH, y de acuerdo a las disposiciones aplicables en la materia.
NOVENA. DESTINO DE LOS RECURSOS. "LAS PARTES" convienen que los recursos federales que se transferirán al "GOBIERNO DEL ESTADO", se destinarán exclusivamente para el Fortalecimiento del CJM.
DÉCIMA. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA Y PROBATORIA. El resguardo y conservación de la documentación original justificativa y probatoria correspondiente a la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría de Gobierno.
En el caso de "GOBERNACIÓN", la documentación justificativa es la que se señala en el Título Primero DE LOS SUBSIDIOS, Capítulo V. DE LA SOLICITUD DEL SUBSIDIO de los CRITERIOS y estará a cargo de la persona Titular de la Coordinación de Vinculación Estratégica Interinstitucional de la CONAVIM.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles, incluyendo los rendimientos financieros, que presente al 31 de diciembre de 2023; deberán ser reintegrados a la TESOFE a más tardar dentro de los quince (15) días naturales siguientes al cierre del Ejercicio Fiscal 2023, de conformidad con lo establecido en los artículos 54, tercer párrafo de la LFPRH y 85 del RLFPRH.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "GOBERNACIÓN" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "GOBERNACIÓN" otorgue la línea de captura a la Secretaría de Gobierno del Estado, ésta deberá remitir a la CONAVIM copia de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados. La misma obligación surgirá cuando se hayan detectado desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos de conformidad con el presente instrumento y el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, incluyendo los importes equivalentes a las cargas financieras que se generen desde la fecha en que los mismos se hayan ejercido para cubrir gastos no autorizados, así como los rendimientos generados en el ejercicio fiscal inmediato posterior al que se otorgó el recurso.
DÉCIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación del presente Convenio de Coordinación, continuará bajo la dirección y dependencia de la institución a la que pertenezca, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la otra Parte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, quedando liberada de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial y sindical que llegara a suscitarse.
DÉCIMA TERCERA. DE LA SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE RECURSOS. "GOBERNACIÓN" podrá solicitar el reintegro de los recursos que con motivo de este instrumento se asignen al "GOBIERNO DEL ESTADO", cuando se determine que los mismos se destinaron a fines distintos a los previstos en éste Convenio de Coordinación y/o en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo, previa audiencia del "GOBIERNO DEL ESTADO", de conformidad con lo previsto en el artículo 83 del RLFPRH y el numeral SEXAGÉSIMO TERCERO de los CRITERIOS.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. Los recursos del subsidio asignado para el Fortalecimiento del CJM no son presupuesto regularizables y no pierden su carácter federal al ser transferidos a las entidades federativas, por lo que su asignación, ejercicio, comprobación, registro, vigilancia y control se sujetarán a lo dispuesto en la LFPRH, el RLFPRH y el PEF 2023; así como a la Ley General de Contabilidad Gubernamental; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su Reglamento; la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y su Reglamento; la Ley Federal de Austeridad Republicana; al Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal; a los "CRITERIOS" y demás disposiciones aplicables en la materia.
Las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de la Función Pública, así como la Auditoría Superior de la Federación, los Órganos Internos de Control de las entidades federativas y los Órganos Técnicos de Fiscalización Federales y Estatales, podrán realizar actividades de fiscalización y auditoría, correspondientes al ejercicio del subsidio en el ámbito de sus respectivas competencias, sujetándose a la legislación aplicable en la materia.
Cabe destacar, que los subsidios para el Fortalecimiento del CJM, son adicionales y complementarios, y en ningún caso sustituirán a los recursos regulares dirigidos a estos fines, por lo que no podrán duplicarse subsidios para un mismo objetivo.
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por el retraso en el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Coordinación; así como por los daños y perjuicios que pudieran causarse y que resulten directa o indirectamente de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron su interrupción, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación podrá adicionarse o modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante el Convenio Modificatorio correspondiente, el cual deberá sujetarse a lo dispuesto en el numeral CUADRAGÉSIMO TERCERO de los CRITERIOS, y procederá cuando las adecuaciones a los proyectos impliquen una afectación al objetivo, meta o monto aprobado por el COMITÉ para el desarrollo del mismo en el Ejercicio Fiscal 2023, mismo que formará parte integrante del presente instrumento, y surtirá efectos a partir de la fecha de su suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar cumplido el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan, y
b.    En los casos previstos en el numeral SEXAGÉSIMO TERCERO de los CRITERIOS.
Para tales supuestos, la CONAVIM deberá hacerlo del conocimiento a la autoridad competente y/o órganos fiscalizadores para los efectos correspondientes, a través de una minuta, en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y probatoria que se haya generado hasta ese momento; y iii) se señale lo procedente respecto del reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2023. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o; en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente Convenio de Coordinación es producto de la buena fe; en razón de lo cual los conflictos que llegasen a presentarse por cuanto hace a su interpretación, formalización, ejecución y cumplimiento, serán resueltos de mutuo acuerdo por "LAS PARTES".
En el supuesto de que subsista discrepancia, "LAS PARTES" están de acuerdo en someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales con residencia en la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o legislación que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa.
VIGÉSIMA. INCUMPLIMIENTO. En el supuesto de que exista algún incumplimiento del presente Convenio de Coordinación y/o a los acuerdos que se deriven del mismo, "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, lo hará del conocimiento de las instancias competentes, sobre las acciones u omisiones que afecten el correcto ejercicio del subsidio otorgado.
VIGÉSIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD Y TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sus Reglamentos y las demás disposiciones aplicables.
Asimismo, a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación, si "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio de Coordinación; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sus Reglamentos y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA SEGUNDA. PUBLICACIÓN. Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley de Planeación, el presente instrumento será publicado en el DOF, y el "GOBIERNO DEL ESTADO" lo publicará de conformidad con su normatividad aplicable.
VIGÉSIMA TERCERA. DIFUSIÓN. "LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a del PEF 2023. De igual manera, todo gasto en la comunicación y divulgación se deberá señalar en forma expresa e idéntica, que se realiza con los recursos federales aprobados en el PEF 2023.
VIGÉSIMA CUARTA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será vía correo electrónico, o mediante oficio signado por la autoridad competente remitido por servicio de mensajería en los domicilios señalados en las Declaraciones. Por lo que hace a las comunicaciones telefónicas, la CONAVIM deberá levantar constancia de la comunicación. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra parte, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes, contados a partir del cambio correspondiente.
Leído lo que fue el presente Convenio de Coordinación, y estando enteradas las partes del contenido, valor y alcance legal de sus Cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, al 13 de junio de 2023.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador del Estado de Coahuila de Zaragoza, Miguel Ángel Riquelme Solís.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno y Titular de la Instancia Local Responsable, Fernando Donato de las Fuentes Hernández.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, Blas José Flores Dávila.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA EL FORTALECIMIENTO DEL CENTRO
DE JUSTICIA Y EMPODERAMIENTO PARA LAS MUJERES EN MATAMOROS, COAHUILA DE
ZARAGOZA
1.     NOMBRE, OBJETIVO, DESCRIPCIÓN Y META DEL "PROYECTO":
a)    Nombre o denominación: Fortalecimiento del Centro de Justicia y Empoderamiento para las Mujeres en Matamoros, Coahuila de Zaragoza
b)    Objetivo: Fortalecer la atención y el empoderamiento de mujeres víctimas de violencia mediante la construcción de aulas educativas y baños en el Centro de Justicia y Empoderamiento para las Mujeres en Matamoros, Coahuila de Zaragoza.
c)     Descripción del proyecto en su ejecución en el 2023 y meta: El presente proyecto, se realizará en una sola etapa, y se construirán aulas educativas y baños de conformidad con el proyecto arquitectónico remitido.
2.     JUSTIFICACIÓN DEL "PROYECTO":
Argumentos: El Estado de Coahuila de Zaragoza, es consciente de las violencias que viven mujeres y niñas, por ello a través de los Centros de Justicia y Empoderamiento para las Mujeres, que se encuentran en operación las 24 de horas, los 365 días del año, se les atiende de forma especializada e integral, velando en todo momento por el respeto a sus derechos humanos.
Mediante la implementación del proyecto, consistente en la construcción de aulas educativas, permitirá ampliar el número de mujeres que reciben educación en el estado en los diferentes niveles como lo es primaria, secundaria y preparatoria, ya que es de suma importancia que estas puedan lograr este empoderamiento, el cual se traduce en un empoderamiento económico.
Todo lo anterior con la finalidad de que las mujeres alcancen la independencia económica, que les permita la toma de decisiones al no depender del generador de violencia.
3.     DATOS DE CONTACTO:
Datos de la persona titular de la instancia local responsable del "PROYECTO":
a)    Nombre: Fernando Donato De Las Fuentes Hernández
b)    Cargo: Secretario de Gobierno
c)     Instancia responsable: Secretaría de Gobierno
d)    Número telefónico: (844)411-85-00
e)    Domicilio laboral para recibir notificaciones: Castelar sin número, Zona Centro, Código Postal 25000, Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
f)     Correo electrónico institucional: particularsegob@hotmail.com
Datos de la persona designada para dar seguimiento como enlace con la CONAVIM:
a)    Nombre: Leticia Beatriz Charles Uribe
b)    Cargo: Directora General.
c)     Área de adscripción: Centro de Justicia y Empoderamiento para las Mujeres del Estado de Coahuila de Zaragoza.
d)    Teléfono(s): (844) 434- 18 11 o (844) 8434- 00- 89 ext. 1073 y 1078
e)    Correo electrónico institucional: cjem@coahuila.gob.mx
3.1 Descripción de las funciones del enlace con la CONAVIM:
a)    El enlace estatal, será la persona encargada de recibir y podrá responder oportunamente a las comunicaciones emitidas por la Secretaría de Gobernación a través de la CONAVIM, una vez que se notifique de la aprobación del subsidio.
4.     NOMBRE DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE, INCLUYENDO LA DESCRIPCIÓN DE SUS RESPONSABILIDADES EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN.
·  Secretaría de Gobierno
·  Las correspondientes en las CLÁUSULAS TERCERA Y QUINTA DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN.
5.     EN CASO DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN: DESCRIPCIÓN Y UBICACIÓN DEL INMUEBLE, CONFORMADA POR:
A)    El número de escritura pública: 379 TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE, LIBRO DOCE
B)    Clave catastral: 017-003-202-002
C)    Superficie en m2 (metros cuadrados): 972.740 m²
D)    Medidas y colindancias:
       Al Este mide 19.85 metros y colinda con Calzada Coahuila,
       Al Norte mide 49.65 metros,
       Al Oeste mide 19.85 metros y colinda con Lote No. 1
       Al Sur mide 48.45 metros y colinda con el Lote No. 3
E)    Número de Certificado de Libertad de Gravamen: 62240
F) Valor catastral en moneda nacional: $1'216,430.14 (Un millón doscientos dieciséis mil cuatrocientos treinta pesos 14/100 M.N.)
G) Ubicación:
I.     Calle: Calzada Coahuila
II.     Número exterior, en su caso número interior: S/N
III.    Colonia: Fraccionamiento Valle Hermoso
IV.   Código postal: 27440
V.    Municipio o Alcaldía: Matamoros
VI.   Entidad Federativa: Coahuila de Zaragoza
 
H) Croquis de la ubicación del punto anterior, debidamente firmado por el responsable del proyecto arquitectónico.
I) Monto total del proyecto en todas sus etapas:
$1'291,070.35 (Un millón doscientos noventa y un mil setenta pesos 35/100 M.N.)
I.1) Número de etapas proyectadas hasta su conclusión:
1 etapa (2023): $1'291,070.35 (Un millón doscientos noventa y un mil setenta pesos 35/100 M.N.)
I.2) Monto de la aportación federal autorizada por el Comité de Evaluación de Proyectos en el Ejercicio Fiscal 2023:
$1'291,070.35 (Un millón doscientos noventa y un mil setenta pesos 35/100 M.N.)
I.3) Descripción y valuación de la aportación estatal al proyecto económica o en especie:
-      En caso de aportar recursos económicos: Ninguno
-      En caso de que la aportación sea en especie:
·  Descripción de la especie: Calzada Coahuila S/N, Fraccionamiento Valle Hermoso, Código Postal 27440, en el Municipio de Matamoros, Coahuila de Zaragoza, el cual tiene una superficie de 972.74 m2).
·  Avalúo de dicha aportación:
      Monto: $1'216,430.14 (Un millón doscientos dieciséis mil cuatrocientos treinta pesos 14/100 M.N.).
J) Fecha estimada para inicio del proyecto y para lo cual debe considerar que los trabajos de construcción previstos en su proyecto deberán ejecutarse a partir de la transferencia del subsidio asignado:
·  Fecha de inicio: 11 de agosto de 2023
K) Fecha estimada para la conclusión de la etapa que se construye en el 2023 y fecha estimada de conclusión de la obra en su totalidad, en el caso de considerar varias etapas en diferentes ejercicios fiscales:
·  Fecha de conclusión: 11 de noviembre de 2023
L) Cronograma de avance físico-financiero del proyecto, exclusivamente de la aportación que otorgue la CONAVIM, en el que se señale mes a mes, la duración de la obra y los conceptos de obra que se hayan programado con el subsidio otorgado:

M) Catálogo de conceptos de gastos de la etapa que se construye en 2023:
CLAVE
DESCRIPCION
UNIDAD
CANTIDAD
PRECIO UNITARIO
IMPORTE
A.
EDIFICACIÓN
 
 
 
 
1.00
PRELIMINARES Y DEMOLICIONES
 
 
 
 
1.01
TRAZO Y NIVELACIÓN GENERAL DE TERRENO NATURAL CON APARATOS TOPOGRÁFICOS, ESTABLECIENDO NIVELES Y REFERENCIAS, INCLUYE: ESTACAS, MOJONERAS, BANCO DE NIVEL, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA, P.U.O.T.
M2
65.00
$            22.60
$             1,468.77
1.02
DEMOLICION DE CONCRETO SIN ARMAR EN BANQUETAS Y/O PISOS. INCLUYE:CORTES DE CONCRETO, MANO DE OBRA, HERRAMIENTA, EQUIPO, ACACRREOS, MANIOBRAS, TRASLADOS, ANDAMIOS, LIMPIEZA CONSTANTE Y FINAL, RETIRO DE ESCOMBRO A TIRADEROS INDICADOS POR SUPERVISION Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P.U.O.T.
M3
1.00
$         1,891.80
$             1,891.80
1.03
RETIRO DE LAMPARAS Y/O LUMINARIAS SIN RECUPERACION. SE INCLUYE: HERRAMIENTA, EQUIPO, ACACRREOS, MANIOBRAS, TRASLADOS, ELEVACIONES, RETIRO DE MATERIAL SOBRANTE A TIRADEROS INDICADOS POR LA SUPERVISION, LIMPIEZA CONSTANTE Y FINAL Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P.U.O.T.
PZA
2.00
$           376.26
$              752.52
1.04
DESPALME DEL TERRENO NATURAL CON EQUIPO CUANDO EL MATERIAL SE DESPERDICIE EN UN ESPESOR DE 15 CMS ACARREO A UN RADIO NO MAYOR A 15 KM. INCLUYE: HERRAMIENTA, EQUIPO, ACARREOS, MANIOBRAS, TRASLADOS, LIMPIEZA CONSTANTE Y FINAL Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION.P.U.O.T.
M2
70.00
$            51.50
$             3,604.93
1.05
DEMOLICIONES DE MUROS DE BLOCK Y /O LADRILLO, CASTILLOS Y DALAS, A CUALQUIER ALTURA. INCLUYE: MANO DE OBRA, HERRAMIENTA, EQUIPO, ACACRREOS, MANIOBRAS, TRASLADOS, LIMPIEZA CONSTANTE Y FINAL, RETIRO DE ESCOMBRO A TIRADEROS INDICADOS POR SUPERVISION Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P.U.O.T.
M2
10.00
$           329.49
$             3,294.89
1.06
DEMOLICIONES DE MUROS DE PRETIL DE BLOCK Y /O LADRILLO, CASTILLOS Y DALAS, A CUALQUIER ALTURA. INCLUYE: MANO DE OBRA, HERRAMIENTA, EQUIPO, ACACRREOS, MANIOBRAS, TRASLADOS, LIMPIEZA CONSTANTE Y FINAL, RETIRO DE ESCOMBRO A TIRADEROS INDICADOS POR SUPERVISION Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P.U.O.T.
M2
4.00
$           445.10
$             1,780.39
1.07
CONSTRUCCION DE TAPIAL DE MADERA A BASE DE TRIPLAY DE 3ERA. DE 6 MM, BARROTES DE MADERA DE REFUERZO, A CUALQIER ALTURA. INCLUYE: MANO DE OBRA, HERRAMIENTA, EQUIPO, ACACRREOS, MANIOBRAS, TRASLADOS, LIMPIEZA CONSTANTE Y FINAL, RETIRO DE ESCOMBRO A TIRADEROS INDICADOS POR SUPERVISION Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P.U.O.T.
M2
32.00
$           398.85
$            12,763.34
1.08
RELLENO COMPACTADO CON BAILARINA Y AGUA EN CAPAS DE 20 CM UTILIZANDO MATERIAL PRODUCTO DE BANCO EN AREA DE FIRME DE CONCRETO . INCLUYE: HERRAMIENTA, EQUIPO, MANO DE OBRA, ACARREO DENTRO DE LA OBRA, MEDIDO COMPACTO Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. P. U. O. T.
M3
39.00
$           403.58
$            15,739.78
1.09
EXCAVACIÓN A MANO Y/O CON EQUIPO EN TERRENO INVESTIGADO EN OBRA CUALQUIER PROFUNDIDAD, EN ZAPATAS Y/O ZANJAS INCLUYE AFINE Y ACARREO DENTRO Y FUERA DE OBRA DE MATERIAL NO UTILIZADO. Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. P. U. O. T.
M3
11.00
$           360.49
$             3,965.42
1.10
RELLENO COMPACTADO CON BAILARINA Y AGUA EN CAPAS DE 20 CM UTILIZANDO MATERIAL PRODUCTO DE BANCO EN CIMENTACIÓN CORRIDA Y ZAPATAS . INCLUYE: HERRAMIENTA, EQUIPO, MANO DE OBRA, ACARREO DENTRO DE LA OBRA, MEDIDO COMPACTO Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. P. U. O. T.
M3
8.50
$           358.39
$             3,046.32
 
 
 
 
 
$            48,308.16
2.00
CIMENTACION
 
 
 
 
2.01
SUMINISTRO Y APLICACIÓN DE ANTITERMITA A BASE DE TERMIDOR CE. PREPARAR EMULSIÓN AL 2% O 4% DE PRODUCTO FORMULADO, LO CUAL DILUYA 2 A 4 LITROS EN 100 LITROS DE AGUA RESPECTIVAMENTE. EN CONDICIONES NORMALES DE CONTROL DE TERMITAS USAR UNA EMULSIÓN AL 2%, EN INFESTACIONES SEVERAS USAR EMULSIÓN AL 4%, LA APLICACIÓN SERA EN ASPERSIÓN DIRECTAMENTE SOBRE EL SUELO CUBRIENDO EL FONDO Y LAS PAREDES DE LAS EXCAVACIONES . INCLUYE:ACARREOS LOCALES Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. P.U.O.T
M2
85.00
$            52.55
$             4,466.75
2.02
PLANTILLA DE 5 CM. DE ESPESOR, CON CONCRETO H.O. F'C=100 KG/CM2 CON AGREGADO MÁXIMO DE 38 MM, INCLUYE: MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA, P.U.O.T.
M2
17.50
$           225.97
$             3,954.39
2.03
CIMBRA PARA CIMENTACIÓN CON MADERA DE PINO DE 3a. ACABADO COMUN, CIMBRADO Y DESCIMBRADO, INCLUYE: MATERIAL, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA,Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN P.U.O.T.
M2
13.65
$           351.03
$             4,791.61
2.04
SUMINISTRO, HABILITADO Y COLOCACIÓN DE ACERO DE REFUERZO EN CIMENTACION CUALQUIER DIÁMETRO FY=4000 KG/CM2, Y NIVEL, TRASLAPES, GANCHOS, DESPERDICIOS Y AMARRES CON ALAMBRE RECOCIDO.INCLUYE: TRASLAPES, SILLETAS, GANCHOS Y DESPERDICIO. Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION
KG
1050.00
$            60.96
$            64,005.90
2.05
CONCRETO F'C=250 KG/CM2 T.M.A. 3/4", RESISTENCIA NORMAL, PREMEZCLADO, CONSIDERANDO VIBRADO POR MEDIOS SEMI MECÁNICOS, INCLUYE: MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA, Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN P.U.O.T.
M3
4.50
$         4,330.12
$            19,485.54
2.06
FIRME DE CONCRETO PREMEZCLADO F'C=150 KG/CM2 T.M.A. 3/4", DE 10 CM DE ESPESOR. DE ESPESOR, REFORZADO CON MALLA ELECTROSOLDADA 6X6-10/10, ACABADO FLOTEADO PARA RECIBIR PISO CERAMICO. INCLUYE: MATERIALES, MANO DE OBRA, CORTE CON DISCO, EQUIPO Y HERRAMIENTA, Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN P.U.O.T.
M2
65.00
$           544.42
$            35,387.17
2.07
CONSTRUCCIÓN DE MURO DE BLOCK DE CONCRETO 15x20x40 CM ASENTADO CON MORTERO CEMENTO ARENA PROPORCIÓN 1:4 A MEZCLA CORTADA, RELLENO DE CONCRETO F'C = 200 KG/CM2. INCLUYE: SUMINISTRO DE MATERIALES, NIVELACIÓN, CORTES, DESPERDICIOS Y LIMPIEZA DURANTE LA OBRA Y FINAL. CUALQUIER ALTURA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. P. U. O. T. MURO DE ENRASE.
M2
10.50
$           656.88
$             6,897.19
 
 
 
 
 
$           138,988.55
 
 
3.00
MUROS, CADENAS Y CASTILLOS
 
 
 
 
3.01
DALA DE DESPLANTE DE CONCRETO H.O R.N. F'C=150 KG/CM2 T.M.A. 3/4" CON UNA SECCIÓN DE 15 X 20 CM. ARMADA CON 4 VARS. DEL No 3 Y ESTRIBOS DE 1/4" @ 20 CM., CIMBRA COMÚN, CIMBRADO, DESCIMBRA, INCLUYE: MATERIAL, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA, P.U.O.T.
ML
17.00
$           460.34
$             7,825.75
3.02
DALA DE CERRAMIENTO DE CONCRETO H.O R.N. F'C=150 KG/CM2 T.M.A. 3/4" CON UNA SECCIÓN DE 15 X 20 CM. ARMADA CON 4 VARS. DEL No 3 Y ESTRIBOS DE 1/4" @ 20 CM., CIMBRA COMÚN, CIMBRADO, DESCIMBRA, INCLUYE: MATERIAL, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA, P.U.O.T.
ML
17.00
$           456.66
$             7,763.21
3.03
CASTILLO DE CONCRETO H.O. R.N. F'C=200 KG/CM2 T.M.A. 3/4" CON UNA SECCIÓN DE 15 X 20 CM. ARMADA CON ACERO DE REFUERZO 4 DEL No.3 (3/8") Y ESTRIBOS DE No.2 (1/4") @ 20 CM., CIMBRA COMÚN, CIMBRADO Y DESCIMBRA, INCLUYE: MATERIAL, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA, Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P.U.O.T.
ML
15.00
$           475.05
$             7,125.78
3.04
CIMBRA PARA VIGAS Y COLUMNAS CON MADERA DE PINO DE 2a. ACABADO COMUN, CIMBRADO Y DESCIMBRADO, INCLUYE: MATERIAL, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA,Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN P.U.O.T.
M2
11.00
$           351.03
$             3,861.37
3.05
SUMINISTRO, HABILITADO Y COLOCACIÓN DE ACERO DE REFUERZO EN VIGAS Y COLUMNAS CUALQUIER DIÁMETRO FY=4000 KG/CM2, Y NIVEL, TRASLAPES, GANCHOS, DESPERDICIOS Y AMARRES CON ALAMBRE RECOCIDO.INCLUYE: TRASLAPES, SILLETAS, GANCHOS Y DESPERDICIO. Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION
KG
200.00
$            60.96
$            12,191.60
3.06
CONCRETO F'C=250 KG/CM2 T.M.A. 3/4", EN VIGAS Y COLUMNAS, RESISTENCIA NORMAL, HECHO EN OBRA, CONSIDERANDO VIBRADO POR MEDIOS SEMI MECÁNICOS, INCLUYE: MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA, Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN P.U.O.T.
M3
1.00
$         4,330.12
$             4,330.12
3.07
CONSTRUCCIÓN DE MURO DE BLOCK DE CONCRETO 15x20x40 CM ASENTADO CON MORTERO CEMENTO ARENA PROPORCIÓN 1:4 A MEZCLA CORTADA, INCLUYE: SUMINISTRO DE MATERIALES, NIVELACIÓN, CORTES, DESPERDICIOS Y LIMPIEZA DURANTE LA OBRA Y FINAL. CUALQUIER ALTURA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. P. U. O. T.
M2
62.50
$           558.08
$            34,880.06
 
 
 
 
 
$            77,977.89
4.00
LOSAS E IMPERMEABILIZACION
 
 
 
 
4.01
SUMINISTRO Y COLOCACION DE CIMBRA COMUN EN LOSA CON TRIPLAY DE 15.9 MM. INC. CORTES, DESPERDICIO Y DESCIMBRADO. Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION
M2
75.00
$           404.64
$            30,347.63
4.02
CONCRETO PREMEZCLADO F'C=250 KG/CM2 EN LOSA AGREGADO MAXIMO 3/4" . BOMBEADO, INCLUYE: COLADO, VIBRADO, REVENIMIENTO, CURADO, AFINE Y PRUEBAS DE LABORATORIO Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION
M3
13.50
$         4,571.85
$            61,719.98
4.03
SUMINISTRO Y COLOCACION DE CASETON DE POLIESTIRENO DE 0.60 x 0.60 ESPESOR DE 10A 15 CM. INCLUYE: COLOCACION,MATERIAL EQUIPO HERRAMIENTA MANO DE OBRA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA COLOCACION
M3
5.85
$         1,602.78
$             9,376.23
4.04
SUMINISTRO, HABILITADO Y COLOCACIÓN DE ACERO DE REFUERZO EN LOSA CUALQUIER DIÁMETRO FY=4000 KG/CM2, Y NIVEL, TRASLAPES, GANCHOS, DESPERDICIOS Y AMARRES CON ALAMBRE RECOCIDO.INCLUYE: TRASLAPES, SILLETAS, GANCHOS Y DESPERDICIO. Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION
KG
750.00
$            60.96
$            45,718.50
4.05
CONSTRUCCION DE MURO DE BLOCK (PRETIL) DE CONCRETO 15x20x40 CMS ASENTADO CON MORTERO CEMENTO ARENA PROPORCION 1:4, ACABADO APARENTE, INCLUYE: SUMINISTRO DE MATERIALES, NIVELACION, CORTES, DESPERDICIOS Y LIMPIEZA DURANTE LA OBRA Y FINAL. CUALQUIER ALTURA. MATERIAL NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION P.U.O.T.
M2
42.00
$           415.15
$            17,436.09
4.06
SUMINISTRO Y COL. DE BAJADA PLUVIAL A BASE DE TUBERIA DE PVC SANITARIO DE 3"MARCA DURALON O CALIDAD SIMILAR. SE INCLUYE: RANURAS, RESANES, CONEXIONES, MATERIALES, MANO DE OBRA,HERRAMIENTA, EQUIPO, ACARREOS, SELLADO, PRUEBAS, LIMPIEZA FINAL Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION.
ML
3.00
$           146.46
$              439.37
4.07
SUMINISTRO Y COLOCACION DE COLADERA PARA BAJADAS PLUVIALES HELVEX MODELO 4954. INCLUYE : HERRAMIENTA, SELLADO, NIVELACION, CONEXION ESPECIAL, ACCESORIOS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION.
PZA
1.00
$         2,496.13
$             2,496.13
4.08
CONSTRUCCION DE CHAFLAN CON MORTERO CEMENTO-CAL-ARENA PROP. 1:1:4, 5 CMS., ACABADO FLOTEADO, A CUALQUIER ALTURA INCLUYE: SUMINISTRO DE MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO, HERRAMIENTA, Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN, P.U.O.T.
ML
42.00
$            89.34
$             3,752.07
4.09
ENTORTADO DE PASTA EN AZOTEA DE 7 CM DE ESPESOR PROMEDIO, PARA DAR PENDIENTE CON MORTERO CEMENTO-ARENA 1:5, ACABADO FLOTEADO. INCLUYE: COLOCADO, DIAMANTES, AFINADO, CURADO, MATERIALES, ELEVACIÓNES, MANIOBRAS Y MANO DE OBRA, ACARREO DE MATERIALES Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION P.U.O.T.
M2
75.00
$           304.79
$            22,859.25
4.10
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE IMPERMEABILIZANTE PREFABRICADO TERMOFUSIONADO "SBS" ACABADO APARENTE, 4 MM DE ESPESOR, POLIESTER REFORZADO, INCLUYE:C/GRAVILLA, GARANTIA POR 10 AÑOS C/FIANZA, TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P.U.O.T.
M2
75.00
$           331.07
$            24,829.88
 
 
 
 
 
$           218,975.11
 
 
5.00
RECUBRIMIENTOS, MUROS Y PLAFONES
 
 
 
 
5.01
APLANADO A PLOMO Y REGLA CON MORTERO CEMENTO-ARENA 1:3, PROMEDIO DE 2.5 CMS DE ESPESOR, EN MUROS EXTERIORES. INCLUYE: REPELLADO, AFINE, FILETES, ARISTAS INTERIORES Y EXTERIORES, ANDAMIOS, TODO TIPO DE MANIOBRAS, LIMPIEZA DURANTE LA OBRA Y FINAL. CUALQUIER ALTURA, ACARREO DE MATERIALES Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P. U. O. T.
M2
150.00
$           252.24
$            37,836.00
5.02
APLANADO DE YESO MAXIMO EN MUROS A PLOMO Y REGLA, ANDAMIOS, PICADO EN CASTILLOS Y DALAS, CON MAESTRAS Y REVENTÓN, A CUALQUIER ALTURA. INCLUYE: MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA, ACARREOS, MANIOBRAS, LIMPIEZA CONSTANTE Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P.U.O.T.
M2
90.00
$           194.44
$            17,499.15
5.03
REPELLADO EN MUROS CON MORTERO CEMENTO ARENA PROPORCIÓN 1:5 DE 2 CM. DE ESPESOR CON MAESTRAS Y REVENTÓN DE HILO, CONSIDERANDO ANDAMIOS HASTA UNA ALTURA DE 0.00 A 3.00 MT, INCLUYE: MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA, Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN, P.U.O.T. EN MUROS DE BAÑOS.
M2
54.00
$           220.71
$            11,918.34
5.04
APLANADO DE YESO MAXIMO EN PLAFON A PLOMO Y REGLA, ANDAMIOS, PICADO EN CASTILLOS Y DALAS, CON MAESTRAS Y REVENTÓN, A CUALQUIER ALTURA. INCLUYE: MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA, ACARREOS, MANIOBRAS, LIMPIEZA CONSTANTE Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P.U.O.T.
M2
65.00
$           199.69
$            12,979.85
5.05
SUMINISTRO E INSTALACION DE CANTERA EN MUROS, SECCION DE 40 X 40X 2 CM, DE COLOR CAFE, DE PRIMERA CALIDAD O INDICADO POR LA SUPERVISION, ASENTADO Y REJUNTEADO CON CEMENTO CREST, EMBOQUILLADO BOQUILLEX, COLOR CAFE. INCLUYE: SUMINISTRO Y COLOCACION, HERRAMIENTAS, MANO DE OBRA, EQUIPO, ACARREOS, MANIOBRAS, DESPERDICIOS, LIMPIEZA CONSTANTE, RETIRO DE MATERIAL SOBRANTE Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P.U.O.T.
M2
20.00
$           867.08
$            17,341.50
5.05
SUMINISTRO E INSTALACION DE VITROMURO DE 1a CALIDAD, MODELO CORONE 30X60 CM, COLOR SILVER Marca: DALTILE, ASENTADO CON CEMENTO CREST O CALIDAD SIMILAR. INCLUYE:MANO DE OBRA, HERRAMIENTA, EQUIPO,CORTES, EMBOQUILLADO, LIMPIEZA CONSTANTE Y FINAL, ACARREO DE MATERIALES Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P. U. O. T.
M2
54.00
$           665.28
$            35,925.28
5.06
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PISO DE PORCELANATO 60X60 CM, COLOR BEIGE Marca: DALTILE O CALIDAD Y CARACTERISTICAS SIMILARES, ASENTADO CON CEMENTO CREST PISO SOBRE PISO O ADHESIVO CALIDAD SIMILAR. INCLUYE: PREPARACION DE LA SUPERFICIE (PICADO), EMBOQUILLADO EN COLOR ACORDE A PROYECTO. INCLUYE: COSTO DIRECTO DE LOS MATERIALES QUE INTERVIENEN, ACARREOS, TRAZO, COLOCACION, CORTES, DESPERDICIOS, LIMPIEZA Y RETIRO DE SOBRANTES FUERA DE LA OBRA, HERRAMIENTA, EQUIPO Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION, P.U.O.T.
M2
65.00
$           851.31
$            55,335.15
5.07
ZOCLO CERAMICO DE 10 X 60 CM, COLOR BEIGE Marca: DALTILE O CALIDAD Y CARACTERISTICAS SIMILARES, ASENTADO CON CEMENTO CREST PISO SOBRE PISO O ADHESIVO CALIDAD SIMILAR. INCLUYE: PREPARACION DE LA SUPERFICIE (PICADO), EMBOQUILLADO EN COLOR. INCLUYE: COSTO DIRECTO DE LOS MATERIALES QUE INTERVIENEN, ACARREOS, TRAZO, COLOCACION, CORTES, DESPERDICIOS, LIMPIEZA Y RETIRO DE SOBRANTES FUERA DE LA OBRA, HERRAMIENTA, EQUIPO Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION, P.U.O.T.
ML
30.00
$           207.05
$             6,211.41
5.08
BANQUETA DE CONCRETO SIMPLE F'c=150 KG/CM2 DE 10 CMS. DE ESPESOR, TERMINADO FLOTEADO INCLUYE; MATERIALES, MANO DE OBRA, ACARREOS,CIMBRA COMÚN EN FRONTERAS, CURADO DE CONCRETO, FORJADO DE NARIZ, OCHAVO,ASI COMO NIVELACIÓN Y COMPACTACIÓN DE TERRENO NATURAL Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. P.U.O.T.
M2
25.00
$           565.44
$            14,135.95
 
 
 
 
 
$           209,182.63
6.00
PINTURA
 
 
 
 
6.01
PINTURA VINÍLICA EN MUROS INTERIORES APLICACION SOBRE APLANADOS DE YESO Y TABLAROCA (2 MANOS) MARCA COMEX VINILICA, O CALIDAD SIMILAR COLOR SEGUN SE INDIQUE (CUALQUIER ALTURA) INCLUYE: RESTIRADO DE LA SUPERFICIE CON CEMENTO BLANCO, PREPARACION Y LIMPIEZA DE LA SUPERFICIE, LIMPIEZA CONSTANTE, ANDAMIOS Y HERRAMIENTA, ACARREOS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P. U. O. T.
M2
155.00
$            93.54
$            14,498.55
6.02
PINTURA VINÍLICA EN MUROS EXTERIORES APLICACIÓN SOBRE APLANADOS DE MORTERO (2 MANOS) MARCA COMEX VINÍLICA, O CALIDAD SIMILAR COLOR SEGÚN SE INDIQUE (CUALQUIER ALTURA) INCLUYE: RESTIRADO DE LA SUPERFICIE CON CEMENTO BLANCO, PREPARACIÓN Y LIMPIEZA DE LA SUPERFICIE, LIMPIEZA CONSTANTE, ANDAMIOS Y HERRAMIENTA, ACARREOS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. P. U. O. T.
M2
150.00
$            93.54
$            14,030.85
 
 
 
 
 
$            28,529.40
7.00
HERRERIA Y CANCELERIA DE ALUMINIO
 
 
 
 
7.01
SUMINISTRO Y COLOCACION DE PUERTA MULTYPANEL LISA DE 0.90 X 2.10 MTS. DE ALTURA, (+/- 5 CM DE VARIACIÓN), COLOR BLANCO, INCLUYE: CHAPA, MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA, Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN, P.U.O.T.
PZA
3.00
$         5,766.84
$            17,300.51
7.02
SUMINISTRO Y COLOCACION DE VENTANA DE ALUMINIO COLOR BLANCO CON PERFIL DE 2". MCA CUPRUM O CALIDAD SIMILAR, INCLUYE: VIDRIO GOTA DE AGUA O TAPIZ DE 6 MM, JALADERA CON SEGURO, TORNILLO, TAQUETES, LIMPIEZA DE VIDRIOS POR AMBAS CARAS, FELPA, VINIL, JALADERAS CON SEGURO, TAQUETES, TORNILLOS, OPERADOR, BROCHE, NIVELACION, ACARREOS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P. U. O. T.
M2
0.85
$         4,571.85
$             3,886.07
7.02
SUMINISTRO Y COLOCACION DE CANCELERIA DE ALUMINIO COLOR BLANCO CON PERFIL DE 3". MCA CUPRUM O CALIDAD SIMILAR, INCLUYE: VIDRIO CLARO DE 6 MM, TORNILLOS, TAQUETES, LIMPIEZA DE VIDRIOS POR AMBAS CARAS, NIVELACION, ACARREOS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P. U. O. T.
M2
10.80
$         4,309.10
$            46,538.28
 
 
 
 
 
$            67,724.86
 
 
8.00
INSTALACIONES ELECTRICAS
 
 
 
 
8.01
TABLERO DE ALUMBRADO O DISTRIBUCIÓN DE EMPOTRAR TIPO QO, 12 CIRCUITOS,CON ZAPATAS PRINCIPALES DE 125 A., 120/240 V, INCLUYE: CARGO DIRECTO POR EL COSTO DEL MATERIAL, MANO DE OBRA, COLOCACIÓN, FIJACIÓN, Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. P.U.O.T.
PZA
1.00
$         4,475.16
$             4,475.16
8.02
INTERRUPTOR TERMOMAGNETICO DE 1 POLOS DE 15 A 50 AMPERES. INCLUYE CERRADO DE CONEXIONES, PRUEBAS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION P.U.O.T.
PZA
2.00
$           341.58
$              683.15
8.03
INTERRUPTOR TERMOMAGNETICO DE 2 POLOS DE 15 A 50 AMPERES. INCLUYE CERRADO DE CONEXIONES, PRUEBAS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION P.U.O.T.
PZA
1.00
$           724.14
$              724.14
8.04
SALIDA ELECTRICA DE CIELO O CONTACTO INC. CAJA, TUBERIA CONDUIT 13 MM PARED GRUESA, CABLEADO SEGUN CALCULO DE CARGAS, CONEXIONES, PRUEBAS Y DESPERDICIOS. ACARREOS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P. U. O. T.
SAL
23.00
$         1,507.13
$            34,664.08
8.05
SUMINISTRO Y COLOCACION DE CONTACTO DOBLE POLARIZADO Y ATERRIZADO MARCA QUINZIÑO O SIMILAR. INCLUYE: CAJA CHALUPA DE 2X4", TAPA Y PROTECCION A FALLA DE TIERRA. ACARREOS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P. U. O. T.
PZA
2.00
$           341.58
$              683.15
8.06
SUMINISTRO Y COLOCACION DE CONTACTO DOBLE POLARIZADO Y ATERRIZADO EN PISO MARCA QUINZIÑO O SIMILAR. INCLUYE: CAJA CHALUPA DE 2X4", TAPA Y PROTECCION A FALLA DE TIERRA. ACARREOS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P. U. O. T.
PZA
6.00
$           409.89
$             2,459.34
8.07
SUMINISTRO Y COLOCACION DE APAGADOR SENCILLO MARCA QUINZIÑO O CALIDAD SIMILAR. INCLUYE TAPA. ACARREOS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P. U. O. T.
PZA
3.00
$           294.28
$              882.84
8.08
CONSTRUCCIÓN DE REGISTRO ELÉCTRICO DE 40 X 40 X 50 CM. INTERIOR A BASE DE BLOCK DE 15X20X40 CM ASENTADO CON MORTERO CEMENTO-ARENA PROP. 1:4, INCLUYE: SUMINISTRO DE MATERIALES, TERMINADO CON MORTERO CEMENTO-ARENA 1:4, PISO DE GRAVA, MARCO, CONTRA MARCO Y TAPA DE LAMINA DIAMANTADA, TERMINADO EN PINTURA DE ESMALTE DOS APLICACIONES. ACARREOS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. P. U. O. T.
PZA
1.00
$         6,647.58
$             6,647.58
8.09
SUMINISTRO E INSTALACION DE CABLE THHW-LS, DEL No. 8, COLOR SEGÚN CODIGO DE COLORES, MARCA CONDUMEX, VIAKON O CALIDAD SIMILAR. INCL. 3% DE DESPERDICIO, 3% DE PUNTAS DE CONEXION, CINTA DE AISLAR, PRUEBAS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION P.U.O.T.
ML
50.00
$            75.15
$             3,757.33
8.10
SUMINISTRO E INSTALACION DE LUMINARIA DE PARED HOLOPHANE MODELO WALL PACK DE 80 WATTS DE LEDS, UNIDAD COMPLETA, INCLUYE CONEXIONES, PRUEBAS Y TODO LO NECESARIOS PARA SU CORRECTA INSTALACION ACARREOS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P. U. O. T.
PZA
1.00
$        16,329.91
$            16,329.91
8.10
SUMINISTRO E INSTALACION DE LAMPARA LED PARA EMPOTRAR EN PLAFON, MODELO OF1095BBNA DE 40 W A 127 V Y 277V. MARCA CONSTRULITA O CALIDAD SIMILAR INCLUYE : HERRAMIENTA, EQUIPO, ACCESORIOS, MANIOBRAS, TRASLADOS, ACARREOS, PRUEBAS, DESPERDICIOS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P.U.O.T.
PZA
2.00
$         5,198.25
$            10,396.49
8.11
SUMINISTRO E INSTALACION DE LAMPARA LED PARA EMPOTRAR EN PLAFON, MODELO OF1096BBNA DE 60 W A 127 V Y 277V. MARCA CONSTRULITA O CALIDAD SIMILAR INCLUYE : HERRAMIENTA, EQUIPO, ACCESORIOS, MANIOBRAS, TRASLADOS, ACARREOS, PRUEBAS, DESPERDICIOS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P.U.O.T.
PZA
9.00
$         5,574.50
$            50,170.54
 
 
 
 
 
$           131,873.70
9.00
INSTALACIONES HIDROSANITARIAS
 
 
 
 
9.01
SALIDA DE MUEBLE SANITARIO CON TUBOPLUS Y SANITARIO PVC LISO INCLUYE: VALVULA DE CONTROL GENERAL. LA SALIDA INCLUYE TODO EL MATERIAL QUE SE INSTALE DENTRO DEL BAÑO Y/O DEL AREA DONDE SE COLOCARA EL MUEBLE SANITAROI, ACARREOS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P. U. O. T.
 
 
 
 
 
EN INODORO
SAL
2.00
$         1,703.67
$             3,407.34
 
EN LAVABOS
SAL
2.00
$         1,703.67
$             3,407.34
 
EN COLADERAS
SAL
2.00
$         1,703.67
$             3,407.34
9.02
SUMINISTRO Y COLOCACION DE MUEBLE SANITARIO INODORO DE TANQUE MODELO COLOR BLANCO, MARCA AMERICAN STANDARD, SE INCLUYE; MATERIALES, HERRAMIENTA, EQUIPO,, TUBERIA, ASIENTO, TRAMPA, SELLADO, VALVULA, PREPARACIONES PARA INSTALACION, MISCELANEOS, ACARREOS, MANIOBRAS Y TODO LO NECSARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P.U.O.T.
PZA
2.00
$         6,174.63
$            12,349.25
9.03
SUMINISTRO Y COLOCACION DE LAVABO DE PEDESTAL, COLOR BLANCO, MARCA LAMOSA, LLAVE MEZCLADORA, MARCA HELVEX DE PRIMERA CALIDAD O CALIDAD SIMILAR, SE INCLUYE; MATERIALES, CONEXIONES, ALIMENTADORES, TUBERIA, TRAMPA, SELLADO, VALVULA, PREPARACIONES PARA INSTALACIONES Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P.U.O.T.
PZA
2.00
$         8,785.31
$            17,570.62
9.04
SUMINISTRO Y COLOCACION DE COLADERA PARA PISO HELVEX MODELO 24, SE INCLUYE: SELLADO, CONEXIONES, PRUEBAS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P.U.O.T.
PZA
2.00
$         1,946.45
$             3,892.90
9.05
SUMINISTRO E INSTALACION TUBERIA TUBOPLUS EN DIAMETRO DE 1/2 " PARA ALIMENTACION. INCLUYE SANJA, MANO DE OBRA Y TODO LO NECESARIO PARA SI CORRECTA INSTALACION
ML
8.00
$           194.44
$             1,555.48
9.06
SUMINISTRO E INSTALACION TUBERIA TUBOPLUS EN DIAMETRO DE 3/4 " PARA ALIMENTACION INCLUYE SANJA, MANO DE OBRA Y TODO LO NECESARIO PARA SI CORRECTA INSTALACION
ML
4.00
$           241.82
$              967.29
9.07
LÍNEA DE DRENAJE CON TUBERÍA PVC SANITARIA DE 4" DE DIAMETRO MARCA DURALON O CALIDAD SIMILAR. INCLUYE ACCESORIOS, CONEXIONES; TRAZO, EXCAVACIÓN, PRUEBAS, RELLENO Y TODO LO NECESARIO PARA LA CORRECTA TERMINACIÓN DEL CONCEPTO.
ML
15.00
$           480.01
$             7,200.19
9.08
REGISTRO SANITARIO DE 60 X 70 CMS CON UN ALTURA DE 0.60 A 1.00 MTS. A BASE DE MURO BLOCK 15X20X40 A MEZCLA CORTADA, FIRME DE CONCRETO DE 10 CMS DE ESPESOR, APLANADO CEMENTO- ARENA REPELLADO, TAPA DE CONCRETO CON MARCO Y CONTRAMARCO METÁLICOS. INCLUYE: MATERIALES, MANO DE OBRA, HERRAMIENTA, EQUIPO, EXCAVACIONES, RELLENOS, LIMPIEZA CONSTE Y FIANL Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P.U.O.T.
PZA
2.00
$         6,274.47
$            12,548.94
9.09
SUMINISTRO Y COLOCACION DE PORTAPAPEL CON TUBO ANTIRROBO, MODELO CROMO 115. MARCA HELVEX, INCLUYE: FIJACION, TAQUETES, TORNILLERA, RESANES, LIMPIEZA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P.U.O.T.
PZA
2.00
$         2,533.96
$             5,067.92
 
 
9.10
SUMINISTRO Y COLOCACION DE DISPENSARIO DE TOALLAS, PALANCA MATIC, LEVER ACTION, MODELO PT61000 BLANCO, FABRICADA DE PLASTICO ABS CON CERRADURA DE SEGURIDAD, INCLUYE: FIJACION, NIVELACION, HERRAMIENTA, MSNO DE OBRA, LIMPIEZA CONSTANTE Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. P.U.O.T.
PZA
2.00
$         2,553.93
$             5,107.86
9.11
SUMINISTRO Y COLOCACION DE VENTILA A BASE DE TUBERIA DE PVC SANITARIO DE 2" DE DIAMETRO. INCLUYE: RANURA, TENDIDO, FIJACION, CONEXIONES, ACCESORIOS, PRUEBAS, RESANE, Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P.U.O.T.
ML
8.00
$           179.72
$             1,437.77
9.12
SUMINISTRO Y COL. DE BAJADA PLUVIAL A BASE DE TUBERIA DE PVC SANITARIO DE 4" SE INCLUYE RANURA, RESANE, CONEXIONES Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION.
ML
3.50
$           146.46
$              512.60
9.13
SUMINISTRO Y COLOCACION DE COLADERA PARA BAJADAS PLUVIALES HELVEX MODELO 4954. INCLUYE: HERRAMIENTA, SELLADO, NIVELACION, CONEXION ESPECIAL, ACCESORIOS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION.
PZA
1.00
$         3,021.63
$             3,021.63
9.14
SUMINISTRO Y COLOCACION DE ESPEJO DE 3 MM DE ESPESOR INCLUYE: MATERIALES, HERRAMIENTA, EQUIPO, NIVELACION, FIJACION, MARCO DE ALUMINIO BLANCO, SELLADO CON SILICON DE 1ra, ACARREOS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION. P. U. O. T.
M2
1.45
$         1,482.96
$             2,150.29
 
 
 
 
 
$            83,604.76
 
 
 
 
 
 
10.00
AIRE ACONDICIONADO
 
 
 
 
10.01
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE UNIDADES MINI SPLIT DE 2 TONELADAS MARCA TRANE O CALIDAD SIMILAR INCLUYE: ALIMENTACION ELECTRICA, DESAGUES, MATERIALES, MANO DE OBRA, ANDAMIOS, HERRAMIENTA, LIMPIEZA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION
PZA
1.00
$        44,667.50
$            44,667.50
 
 
 
 
 
$            44,667.50
11.00
VOZ Y DATOS
 
 
 
 
11.01
SALIDA DE VOZ Y DATOS A BASE DE POLIDUCTO DE 1/2" O 3/4" CON GUIA DE ALAMBRE GALVANIZADO. INCLUYE: COSTO DE LOS MATERIALES QUE INTERVIENEN, ACARREOS, TRAZO, RANURAS Y RESANE EN CASO DE REQUERIRSE, SOPORTERÍA, CAJA GALVANIZADA, CONECTORES, MANO DE OBRA, HERRAMIENTA Y EQUIPO. (NO INCLUYE CABLEADO)
SAL
2.00
$           922.25
$             1,844.51
11.02
CABLEADO UTP PARA SEÑAL, DE 4 PARES TORCIDOS CAL. 24 AWG, MARCA PANDUIT, COLOR GRIS PARA DATOS INCLUYE: TENDIDO DE CABLE, REMATE DE CABLE EN AMBOS EXTREMOS, ETIQUETAR (JACK Y PANEL), PRUEBAS DE RENDIMIENTO, ANDAMIOS
ML
45.00
$            39.41
$             1,773.56
11.03
CABLEADO UTP PARA SEÑAL, DE 4 PARES TORCIDOS CAL. 24 AWG, MARCA PANDUIT, COLOR AZUL PARA VOZ INCLUYE: TENDIDO DE CABLE, REMATE DE CABLE EN AMBOS EXTREMOS, ETIQUETAR (JACK Y PANEL), PRUEBAS DE RENDIMIENTO, ANDAMIOS
ML
45.00
$            39.41
$             1,773.56
11.04
SUMINISTRO E INSTALACION DE PLACA DE PARED MODULAR MAX, DE 2 SALIDAS, COLOR BLANCO. INCLUYE. HERRAMIENTA, MANO DE OBRA, EQUIPO, ACARREOS, MANIOBRAS, LIMPIEZA CONSTANTE Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN, P.U.O.T
PZA
2.00
$           184.45
$              368.90
 
 
 
 
 
$             5,760.53
12.00
VARIOS
 
 
 
 
12.01
SUMINISTRO Y COLOCACION DE LETREROS EN ACRILICO DE 6 MM MEDIDAS DE 15 X 45 CM, CON SERIGRAFIA IMPRESA SEGÚN DISEÑO Y COLORES. INCLUYE: PREPARACION DE SUPERFICIE, TRAZO, LIMPIEZA, MONTAJE, NIVELACION Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA INSTALACION. P.U.O.T.
PZA
3.00
$         1,418.85
$             4,256.55
12.02
ELABORACION DE PROYECTO EJECUTIVO, INGENIERIAS ESTRUCTURAL, ELECTRICA, MECANICA DE SUELOS. INCLUYE: ANTEPROYECTO, REVISIONES, CALCULOS, PLANOS IMPRESOS Y DIGITALES, NORMAS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION, P.U.O.T.
LOTE
1.00
$        42,045.88
$            42,045.88
12.03
PLANOS AS-BUILT. INCLUYE: IMPRESIONES, ENTREGA A UNIDAD OPERADORA COMPETENTE Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN
DOCUMENTO
3.00
$         3,678.50
$            11,035.50
 
 
 
 
 
$            57,337.93
 
 
 
 
 
 
 
SUBTOTAL DE PRESUPUESTO =
$          1,112,931.03
 
IVA (16 %) =
$           178,068.97
 
TOTAL DE PRESUPUESTO =
$          1,291,000.00
 
Monto total del proyecto: $1'291,070.35 Un millón doscientos noventa y un mil setenta pesos 35/100 M.N.
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal del Anexo Técnico, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, a los 13 días del mes de junio de 2023.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador del Estado de Coahuila de Zaragoza, Miguel Ángel Riquelme Solís.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno y Titular de la Instancia Local Responsable, Fernando Donato de las Fuentes Hernández.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, Blas José Flores Dávila.- Rúbrica.