CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Michoacán de Ocampo, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para la segunda etapa de creación del Centro de Justicia Integral para las Mujeres Región Zamora.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
CONVENIO DE COORDINACIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN", A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR, ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA "CONAVIM", REPRESENTADA POR SU TITULAR, MA FABIOLA ALANÍS SÁMANO; Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO, ALFREDO RAMÍREZ BEDOLLA, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, CARLOS TORRES PIÑA, EL SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, LUIS NAVARRO GARCÍA, Y POR LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO, REPRESENTADA POR ADRIÁN LÓPEZ SOLÍS, FISCAL GENERAL DEL ESTADO, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; Y A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Conforme a lo dispuesto por el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la Constitución y los tratados internacionales de la materia de los que el Estado Mexicano sea parte, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. Asimismo, establece que todas las autoridades en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Es de considerar en el proceso que define este documento las disposiciones de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de la Organización de las Naciones Unidas, y de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención de Belém do Para", aplicables a los deberes estatales de prevención, atención, erradicación y sanción de la violencia contra las mujeres.
El 7 de agosto de 2012, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), órgano supervisor de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, después de examinar los informes periódicos séptimo y octavo combinados (CEDAW/C/MEX/7-8) en sus reuniones 1051a y 1052a, recomendó al Estado mexicano, en el documento de las observaciones finales, que se debería: i) Adoptar medidas para fomentar la denuncia de los casos de violencia contra la mujer y garantizar que existan procedimientos adecuados y armonizados para investigar, enjuiciar y sancionar a los autores de actos de violencia contra la mujer; ii) Garantizar el acceso de las mujeres a la justicia, entre otras cosas mejorando la capacidad de los Centros de Justicia para las Mujeres y poniendo estos centros al alcance de las mujeres y las muchachas que son víctimas de la violencia; y iii) Adoptar medidas para mejorar los servicios de apoyo para las mujeres y las muchachas que son víctimas de la violencia, entre otras cosas garantizando su acceso a centros de atención y refugios establecidos, entre otras.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en su artículo 1o establece la coordinación entre la Federación, las Entidades Federativas y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como para garantizar la democracia, el desarrollo integral y sustentable, con la finalidad de fortalecer la soberanía y el régimen democrático establecidos en la Constitución Federal; mientras que, la fracción XXVI del artículo 42 Bis, establece que la CONAVIM debe impulsar en coordinación con las Entidades Federativas, los Centros de Justicia para las Mujeres en todo el territorio nacional.
En virtud de lo anterior, el 1o de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, a la que de conformidad con lo que establecen las fracciones III y XIII del artículo cuarto de dicho Decreto, le corresponde formular las bases para la coordinación entre las autoridades federales, locales y municipales para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, así como celebrar convenios, que se relacionen con el ejercicio de sus atribuciones.
En ese contexto, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) prevé en su artículo 74, que los titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables.
En términos del artículo 75 de la LFPRH, los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa; incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; prever la temporalidad en su otorgamiento; y reportar su ejercicio en los informes trimestrales, incluyendo el importe de los recursos.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las entidades federativas y; en su caso, de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE), los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquéllos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan devengado o no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2023 (PEF 2023), publicado en el DOF el 28 de noviembre de 2022 establece en su artículo 22, las acciones que el Ejecutivo Federal deberá observar en el cumplimiento a la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia; a través de la incorporación de la perspectiva de género en el diseño, elaboración, aplicación, seguimiento y evaluación de resultados de los programas de la Administración Pública Federal, contemplados en el Anexo 13. Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y en el Anexo 33. Ampliaciones al Ramo 04 Gobernación, en los cuales se señalan los montos autorizados para cada uno de los programas y actividades para promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres.
De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno de México y las entidades federativas reconocen la necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, por ello estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las mujeres en el Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo.
De conformidad con el oficio número FGE/0269/2023 de fecha 19 de enero del 2023, suscrito por Adrián López Solís, en su carácter de Fiscal General del Estado de Michoacán de Ocampo, se solicitó en tiempo y forma a la CONAVIM, recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para la "Segunda etapa de Creación del Centro de Justicia Integral para las Mujeres Región Zamora" (CJM).
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los "Criterios que rigen el proceso para acceder a los subsidios para la Construcción, Equipamiento y Operación de los Centros de Justicia para las mujeres para el Ejercicio Fiscal 2023" (CRITERIOS), publicados el 05 de enero de 2023 por la CONAVIM, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ), determinó viable el proyecto denominado "Segunda etapa de Creación del Centro de Justicia Integral para las Mujeres Región Zamora" el (PROYECTO), por lo que aprobó la cantidad de $5´000,000.00 (Cinco millones de pesos 00/100 M.N.), exclusivamente para la Segunda etapa de Creación del Centro de Justicia Integral para las Mujeres Región Zamora.
Dicha situación se notificó al "GOBIERNO DEL ESTADO" mediante oficio número CONAVIM/331/2023 de fecha 31 de marzo de 2023, suscrito por la Presidenta del COMITÉ.
El PROYECTO del CJM, se encuentra ubicado en Calle Labastida, número exterior 1501, Fraccionamiento Ejido de la Rinconada, Código Postal 59724, Municipio de Zamora, del Estado de Michoacán de Ocampo.
La Instancia Local Responsable del PROYECTO se compromete a cumplir el objetivo y meta del mismo, dentro del presente ejercicio fiscal, de acuerdo a lo señalado en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, a más tardar el 31 de diciembre de 2023. En caso de que la totalidad del PROYECTO se haya programado para su desarrollo en varias etapas, se obliga a conseguir los recursos presupuestales necesarios para asegurar su conclusión y adecuado funcionamiento, así como apegarse al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 y demás programas que deriven del mismo.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés en formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. "GOBERNACIÓN" declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de conformidad con los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2. De conformidad con el artículo 27, fracción VII de la LOAPF, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a derechos humanos; y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto.
I.3. El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez, cuenta con las facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II, y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.4. La CONAVIM es un Órgano Administrativo Desconcentrado de "GOBERNACIÓN", de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y Primero del Decreto por el que se crea como Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (DECRETO), publicado en el DOF, el 1 de junio de 2009.
I.5. La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano, cuenta con facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación, con fundamento en el artículo Cuarto, fracción XIII del DECRETO, y 115, fracción V y 151 del RISEGOB.
I.6. Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal número 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", con el Reporte General de Suficiencia Presupuestaria número 00350 emitido por la Dirección General de Programación y Presupuesto de "GOBERNACIÓN".
I.7. Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Doctor José María Vértiz número 852, piso 5, Colonia Narvarte Poniente, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal, 03020, Ciudad de México.
II. El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1. Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 11, 12, 13 y 14 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, es un estado libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior y forma parte integrante de la Federación.
II.2. El Poder Ejecutivo del Estado conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, cuyo ejercicio se deposita en el Gobernador del Estado, Alfredo Ramírez Bedolla, quien cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, de conformidad con lo previsto en los artículos 47 y 60 fracción XXII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 3 y 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo.
II.3. Asiste a la suscripción del presente Convenio de Coordinación el Secretario de Gobierno, Carlos Torres Piña, quien cuenta con facultades para para suscribir el presente Convenio de Coordinación, de conformidad con los artículos 62 y 66 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 9, 11 y 12 fracción I, 14, 17 fracción I y 18 fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 6 y 16 fracción XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno.
II.4. El Secretario de Finanzas y Administración, Luis Navarro García, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, de conformidad con los artículos 66 y 132 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 9, 11, 12 fracción I, 14, 17 fracción II y 19 fracción LII y LXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 6 y 16 fracción XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración.
II.5. El CJM se creó como una unidad administrativa dependiente del Centro de Justicia Integral para las Mujeres de la Fiscalía General del Estado de Michoacán, mediante Acuerdo 19/2021 de 16 de noviembre de 2021 emitido por el Fiscal General del Estado y publicado en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo el 17 de noviembre de 2021. La Fiscalía General del Estado de Michoacán es un órgano autónomo, con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía financiera, presupuestaria, técnica y de gestión. El Fiscal General del Estado y Titular de la Instancia Local Responsable, Adrián López Solís, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, con fundamento en el artículo 100 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 2, 18, 21 y 30 fracciones IX, XIII y LI de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Michoacán, y el artículo 6 fracciones XV y XXIV del Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Michoacán, a la que está adscrito el Centro de Justicia Integral para las Mujeres Región Zamora.
II.6. No cuenta con la capacidad económica presupuestal para aportar recursos de forma complementaria al PROYECTO que se describe en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ.
II.7. Es propietario del terreno ubicado en Calle Labastida, número exterior 1501, Fraccionamiento Ejido de La Rinconada, Código Postal 59724, Municipio de Zamora, en el Estado de Michoacán de Ocampo, el cual tiene una superficie de 5000 m², lo que se acredita con la Escritura Pública número tres mil quinientos setenta y nueve; volumen setenta y ocho, de fecha 12 de noviembre del 2021, pasada ante la fe de del Licenciado Oscar Rebollo Loya, Notario Público adscrito a la Notaría Pública número 131 del Estado de Michoacán de Ocampo, actuando en ausencia y en Protocolo del Notario Titular el Licenciado Juan Rebollo Rico, inscrita en el Registro Público de la Propiedad del Estado de Michoacán de Ocampo, bajo el registro número 00000030, tomo 00004747, de fecha 17 de noviembre de 2021.
II.8. Cuenta con los permisos y requerimientos técnicos necesarios para la Segunda etapa de Creación del Centro de Justicia Integral para las Mujeres Región Zamora, descrito en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ.
II.9. Para los efectos legales del presente instrumento, señala como domicilio el ubicado en Av. Francisco I Madero Poniente, número exterior 63, Colonia Morelia Centro, Código Postal 58000, Municipio de Morelia, del Estado de Michoacán de Ocampo.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central garantizar el derecho de acceso a la justicia para las mujeres, en términos de la normatividad aplicable.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas en el Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas preventivas y de sanción a quienes incumplen la ley, particularmente la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en el Estado de Michoacán de Ocampo.
III.4. Consideran como acciones para prevenir y disminuir la violencia contra las mujeres, las
encaminadas a garantizar el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia, así como las dirigidas a sancionar a quienes perpetran la violencia de género, en particular en los delitos de violencia sexual, trata de personas, violencia familiar y feminicidios u homicidios de mujeres con características de violencia de género.
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los CRITERIOS, que regulan el presente Convenio de Coordinación.
III.6. Se obligan a apegarse al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 y programas que se deriven del mismo.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para la Segunda etapa de Creación del Centro de Justicia Integral para las Mujeres Región Zamora, en términos del PROYECTO, que permita planear, elaborar e impulsar estrategias y acciones en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres y las niñas víctimas de violencia.
El PROYECTO se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, el cual fue revisado, evaluado y aprobado por el COMITÉ para el Ejercicio Fiscal 2023, y que forma parte del presente instrumento, en el cual se establecen las características y objetivos del mismo, así como el cronograma de avance físico-financiero, que permita vigilar sus avances, ejecución y la correcta aplicación de los recursos otorgados.
En caso de que el PROYECTO descrito en el numeral 1 del Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, presente variaciones en cuanto a las necesidades técnicas o materiales durante su ejecución, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a informar a "GOBERNACIÓN" a través de la "CONAVIM" sobre cualquier diferencia que altere la estimación de la obra de referencia.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "GOBERNACIÓN", asignará la cantidad de $5,000,000.00 (Cinco millones de pesos 00/100 M.N.), exclusivamente para el Fortalecimiento del CJM.
Los recursos federales se transferirán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en una ministración, a través de su Secretaría de Finanzas y Administración en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, en la que se manejarán exclusivamente los recursos federales a los que refiere la presente Cláusula, así como sus rendimientos, por lo que no podrá incorporar recursos locales ni las aportaciones que realicen, en su caso, los beneficiarios del PROYECTO, ello, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG). Dicha cuenta se identifica con los siguientes datos:
| Nombre del beneficiario: | GOBIERNO DEL ESTADO DE MICHOACÁN SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN |
| Nombre de la institución financiera bancaria: | BANCA AFIRME S.A. |
| Nombre del proyecto (de conformidad con el oficio de notificación de aprobación por parte del comité de Evaluación de Proyectos): | SEGUNDA ETAPA DEL CENTRO DE JUSTICIA INTEGRAL PARA LAS MUJERES REGIÓN ZAMORA |
| Clave bancaria estandarizada (CLABE): | 062470001671191740 |
| Número de cuenta bancaria: | 167119174 |
| Tipo de cuenta: | PRODUCTIVA |
| Número de sucursal: | 067 MORELIA CENTRO HISTÓRICO |
| Número de plaza | 16 |
| Fecha de apertura: | 10/04/2023 |
| Nombre de las personas autorizadas para el manejo de la cuenta: | LUIS NAVARRO GARCÍA OMAR MURILLO NUÑEZ |
Es un requisito indispensable para la transferencia de los recursos que el "GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Fiscalía General del Estado de Michoacán haya remitido a "GOBERNACIÓN" la factura electrónica a través del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en términos de los numerales TRIGÉSIMO PRIMERO, fracción I, CUADRAGÉSIMO SEXTO, CUADRAGÉSIMO SÉPTIMO Y CUADRAGÉSIMO OCTAVO de los CRITERIOS, que regulan el presente Convenio de Coordinación.
Para "GOBERNACIÓN", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4, fracciones XV, XVI y XVII de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, los recursos federales recibidos y rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los informes que sobre el particular deban rendirse por conducto de "GOBERNACIÓN".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas, se encuentran sujetos al presupuesto autorizado y a la disponibilidad de los mismos, en términos del PEF 2023, por lo que "GOBERNACIÓN" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos, derivado de disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a ella. La CONAVIM, a través del COMITÉ, comunicará mediante oficio al "GOBIERNO DEL ESTADO" cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos.
"GOBERNACIÓN" y la CONAVIM serán ajenas a los procedimientos de licitación, adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución del proyecto aprobado, por lo que cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones estará sujeta a las disposiciones jurídicas aplicables en la materia.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los CRITERIOS, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a. Apegarse a lo establecido en la LFPRH, el RLFPRH, y demás legislación aplicable en materia de subsidios;
b. Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno de México, así como para la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO", y
c. Revisar conjuntamente los informes mensuales que se presenten respecto del avance del PROYECTO.
CUARTA. COMPROMISOS DE "GOBERNACIÓN". Además de lo previsto en los CRITERIOS, "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM, se obliga a:
a. Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación, exclusivamente para la ejecución del PROYECTO a que se refieren las cláusulas PRIMERA y SEGUNDA;
b. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de reportar la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento;
c. Realizar el seguimiento de la aplicación del subsidio, así como el monitoreo del objetivo y meta establecida en el numeral 1 del Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, a través de los informes mensuales en donde se reporta el avance físico y financiero del PROYECTO;
d. Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco de este instrumento, y
e. Realizar, en términos de los CRITERIOS, visitas aleatorias de seguimiento al CJM, a efecto de asegurar su adecuada operación y funcionamiento, a fin de que no decaiga la calidad y eficiencia de los servicios; y en su caso, emitir observaciones y comentarios al "GOBIERNO DEL ESTADO", las cuales deberán ser atendidas, y
f. Integrar el expediente correspondiente al PROYECTO, con la documentación justificativa y probatoria señalada en el Título Primero, Capítulo V de los CRITERIOS, el cual estará a cargo la persona Titular de la coordinación de Vinculación Estratégica Interinstitucional de la CONAVIM.
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de lo previsto en los CRITERIOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a. Destinar por conducto de la Secretaría de Finanzas y Administración, los recursos asignados vía subsidio, exclusivamente para los fines previstos en las Cláusulas PRIMERA y SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación, así como en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ;
b. Aportar el inmueble a que se refiere la declaración II.7. del presente Convenio de Coordinación;
c. Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, a más tardar el 31 de diciembre de 2023;
d. Iniciar las acciones para dar cumplimiento al PROYECTO, dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha del depósito que indica el recibo Cuenta por Liquidar Certificada (CLC) a nombre del "GOBIERNO DEL ESTADO", expedido por la Dirección General de Programación y Presupuesto de "GOBERNACIÓN", derivado de la transferencia de los recursos federales a los que hace referencia la Cláusula SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación; lo anterior, de conformidad con el numeral Quincuagésimo Segundo de los CRITERIOS;
e. Realizar las acciones y las adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del PROYECTO, en estricto apego a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a sus respectivos reglamentos, y demás normatividad federal y local aplicable en la materia;
f. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones, licencias o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del PROYECTO previsto en este instrumento;
g. Garantizar que el PROYECTO que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación, cuente con la documentación legal y oficial vigente que resulte necesaria para su ejecución;
h. Recabar, resguardar y conservar por conducto de la Fiscalía General del Estado de Michoacán, la documentación justificativa y probatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos;
i. Integrar y resguardar por conducto de la Fiscalía General del Estado de Michoacán, los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del PROYECTO financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento;
j. Equipar el inmueble, capacitar al personal y operar el CJM, por conducto de la Fiscalía General del Estado de Michoacán;
k. Entregar mensualmente a "GOBERNACIÓN", un informe de conformidad con la Cláusula SÉPTIMA del presente Convenio de Coordinación;
l. Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión del Ejercicio Fiscal 2023; los cuales deberán estar cancelados con la leyenda "Operado con recursos E015 Promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres" en términos de lo previsto en el artículo 70, fracción II de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y numeral TRIGÉSIMO PRIMERO, fracción VII de los CRITERIOS;
m. Presentar a "GOBERNACIÓN", a más tardar el 15 de enero de 2024, un Acta de Cierre y sus anexos, rubricada y firmada por la persona titular de la Fiscalía General del Estado de Michoacán, en la que se observe el formato base establecido por la CONAVIM, mismo que deberá contener la información señalada en el numeral QUINCUAGÉSIMO NOVENO de los CRITERIOS; así como los documentos anexos señalados en el mismo. Una vez que el CJM comience a operar, deberá llevar un registro puntual de todas las usuarias y servicios prestados en el mismo, e integrar dicha información en el mediante el reporte denominado "Informe de Mujeres Atendidas", el cual será remitido mensualmente a "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM de forma impresa y electrónica, en el formato que se proporcione para ello;
n. Señalar expresamente la participación y apoyo del Gobierno de México, a través de "GOBERNACIÓN", por conducto de la CONAVIM, en las acciones de difusión, divulgación y promoción del CJM, y
o. Cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la LFPRH, el RLFPRH, el PEF 2023, y el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ; así como las demás disposiciones federales aplicables a la materia.
SEXTA. ENLACES. Las personas servidoras públicas que fungirán como enlaces entre "LAS PARTES" serán, por parte del "GOBIERNO DEL ESTADO", Ma. Leticia Lugo Flores, designados mediante el oficio número FGE/0271/2023 signado por Adrián López Solís, de conformidad con el apartado Vigésimo Cuarto, numeral 3, inciso B, punto 1 de los CRITERIOS; y por "GOBERNACIÓN" la persona servidora pública en quien recaiga la titularidad de la Coordinación de Vinculación Estratégica Interinstitucional de la CONAVIM, a cargo de la colaboración con el CJM.
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación; además, serán las y los responsables internos de las actividades encomendadas.
Asimismo, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá notificar a la CONAVIM, cualquier cambio de la persona enlace y del personal responsable del seguimiento del subsidio y del PROYECTO aprobado, en un plazo de 15 (quince) días hábiles contados a partir del cambio correspondiente, proporcionando los datos de contacto de quien asumirá dichas funciones.
SÉPTIMA. REPORTES MENSUALES. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Fiscalía General del Estado de Michoacán deberá rendir de manera física y/o electrónica un informe de resultados a "GOBERNACIÓN", dirigido mediante oficio a la persona Titular de la Coordinación de Vinculación Estratégica Interinstitucional de la CONAVIM, sobre los avances físicos y financieros del PROYECTO, obra o acción autorizadas y relacionadas con el objeto del presente Convenio de Coordinación, en los términos de lo previsto en los numerales del Título Cuarto. Implementación del Proyecto, CAPÍTULO II. DE LOS INFORMES MENSUALES de los CRITERIOS, con la documentación probatoria que acredite dicho progreso, en el cual se deberá reflejar el avance en el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Coordinación, el objetivo y meta establecidos en el numeral 1 del Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ y, en su caso, los resultados de las acciones que se lleven a cabo de conformidad con éste instrumento, dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a la conclusión de cada mes establecido en la calendarización del Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ.
OCTAVA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y su Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, no pierden su carácter federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se generen en la cuenta bancaria específica con característica de productiva referenciada en la cláusula SEGUNDA del presente instrumento, así como los ahorros derivados de los procesos de contratación de la obra; deberán ser reintegrados a la TESOFE en los términos de los artículos 54, tercer párrafo de la LFPRH, y 85, párrafo segundo del RLFPRH, y de acuerdo a las disposiciones aplicables en la materia.
NOVENA. DESTINO DE LOS RECURSOS. "LAS PARTES" convienen que los recursos federales que se transferirán al "GOBIERNO DEL ESTADO", se destinarán exclusivamente para la Segunda etapa de Creación del Centro de Justicia Integral para las Mujeres Región Zamora.
DÉCIMA. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA Y PROBATORIA. El resguardo y conservación de la documentación original justificativa y probatoria correspondiente a la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Fiscalía General del Estado de Michoacán.
En el caso de "GOBERNACIÓN", la documentación justificativa es la que se señala en el Título Primero DE LOS SUBSIDIOS, Capítulo V. DE LA SOLICITUD DEL SUBSIDIO de los CRITERIOS y estará a cargo de la persona Titular de la Coordinación de Vinculación Estratégica Interinstitucional de la CONAVIM.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles, incluyendo los rendimientos financieros, que presente al 31 de diciembre de 2023; deberán ser reintegrados a la TESOFE a más tardar dentro de los quince (15) días naturales siguientes al cierre del Ejercicio Fiscal 2023, de conformidad con lo establecido en los artículos 54, tercer párrafo de la LFPRH y 85 del RLFPRH.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "GOBERNACIÓN" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "GOBERNACIÓN" otorgue la línea de captura a la Fiscalía General del Estado de Michoacán, ésta deberá remitir a la CONAVIM copia de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados. La misma obligación surgirá cuando se hayan detectado desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos de conformidad con el presente instrumento y el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, incluyendo los importes equivalentes a las cargas financieras que se generen desde la fecha en que los mismos se hayan ejercido para cubrir gastos no autorizados, así como los rendimientos generados en el ejercicio fiscal inmediato posterior al que se otorgó el recurso.
DÉCIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación del presente Convenio de Coordinación, continuará bajo la dirección y dependencia de la institución a la que pertenezca, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la otra Parte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, quedando liberada de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial y sindical que llegara a suscitarse.
DÉCIMA TERCERA. DE LA SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE RECURSOS. "GOBERNACIÓN" podrá solicitar el reintegro de los recursos que con motivo de este instrumento se asignen al "GOBIERNO DEL ESTADO", cuando se determine que los mismos se destinaron a fines distintos a los previstos en éste Convenio de Coordinación y/o en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo, previa audiencia del "GOBIERNO DEL ESTADO", de conformidad con lo previsto en el artículo 83 del RLFPRH y el numeral SEXAGÉSIMO TERCERO de los CRITERIOS.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. Los recursos del subsidio asignado para la Segunda etapa de Creación del Centro de Justicia Integral para las Mujeres Región Zamora del CJM no son presupuesto regularizables y no pierden su carácter federal al ser transferidos a las entidades federativas, por lo que su asignación, ejercicio, comprobación, registro, vigilancia y control se sujetarán a lo dispuesto en la LFPRH, el RLFPRH y el PEF 2023; así como a la Ley General de Contabilidad Gubernamental; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su Reglamento; la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y su Reglamento; la Ley Federal de Austeridad Republicana; al Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal; a los "CRITERIOS" y demás disposiciones aplicables en la materia.
Las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de la Función Pública, así como la Auditoría Superior de la Federación, los Órganos Internos de Control de las entidades federativas y los Órganos Técnicos de Fiscalización Federales y Estatales, podrán realizar actividades de fiscalización y auditoría, correspondientes al ejercicio del subsidio en el ámbito de sus respectivas competencias, sujetándose a la legislación aplicable en la materia.
Cabe destacar, que los subsidios para la Segunda etapa de Creación del Centro de Justicia Integral para las Mujeres Región Zamora, son adicionales y complementarios, y en ningún caso sustituirán a los recursos regulares dirigidos a estos fines, por lo que no podrán duplicarse subsidios para un mismo objetivo.
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por el retraso en el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Coordinación; así como por los daños y perjuicios que pudieran causarse y que resulten directa o indirectamente de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron su interrupción, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación podrá adicionarse o modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante el Convenio Modificatorio correspondiente, el cual deberá sujetarse a lo dispuesto en el numeral CUADRAGÉSIMO TERCERO de los CRITERIOS, y procederá cuando las adecuaciones a los proyectos impliquen una afectación al objetivo, meta o monto aprobado por el COMITÉ para el desarrollo del mismo en el Ejercicio Fiscal 2023, mismo que formará parte integrante del presente instrumento, y surtirá efectos a partir de la fecha de su suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a. Por estar cumplido el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan, y
b. En los casos previstos en el numeral SEXAGÉSIMO TERCERO de los CRITERIOS.
Para tales supuestos, la CONAVIM deberá hacerlo del conocimiento a la autoridad competente y/o órganos fiscalizadores para los efectos correspondientes, a través de una minuta, en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y probatoria que se haya generado hasta ese momento; y iii) se señale lo procedente respecto del reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2023. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o; en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente Convenio de Coordinación es producto de la buena fe; en razón de lo cual los conflictos que llegasen a presentarse por cuanto hace a su interpretación, formalización, ejecución y cumplimiento, serán resueltos de mutuo acuerdo por "LAS PARTES".
En el supuesto de que subsista discrepancia, "LAS PARTES" están de acuerdo en someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales con residencia en la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o legislación que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa.
VIGÉSIMA. INCUMPLIMIENTO. En el supuesto de que exista algún incumplimiento del presente Convenio de Coordinación y/o a los acuerdos que se deriven del mismo, "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, lo hará del conocimiento de las instancias competentes, sobre las acciones u omisiones que afecten el correcto ejercicio del subsidio otorgado.
VIGÉSIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD Y TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sus Reglamentos y las demás disposiciones aplicables.
Asimismo, a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación, si "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio de Coordinación; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sus Reglamentos y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA SEGUNDA. PUBLICACIÓN. Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley de Planeación, el presente instrumento será publicado en el DOF, y el "GOBIERNO DEL ESTADO" lo publicará de conformidad con su normatividad aplicable.
VIGÉSIMA TERCERA. DIFUSIÓN. "LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a del PEF 2023. De igual manera, todo gasto en la comunicación y divulgación se deberá señalar en forma expresa e idéntica, que se realiza con los recursos federales aprobados en el PEF 2023.
VIGÉSIMA CUARTA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será vía correo electrónico, o mediante oficio signado por la autoridad competente remitido por servicio de mensajería en los domicilios señalados en las Declaraciones. Por lo que hace a las comunicaciones telefónicas, la CONAVIM deberá levantar constancia de la comunicación. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra parte, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes, contados a partir del cambio correspondiente.
Leído lo que fue el presente Convenio de Coordinación, y estando enteradas las partes del contenido, valor y alcance legal de sus Cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, a los 7 días del mes de junio de 2023.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador del Estado, Alfredo Ramírez Bedolla.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Carlos Torres Piña.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas y Administración, Luis Navarro García.- Rúbrica.- El Fiscal General del Estado, Adrián López Solís.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN
PARA LA SEGUNDA ETAPA DE CREACIÓN DEL CENTRO DE JUSTICIA INTEGRAL PARA LAS
MUJERES REGIÓN ZAMORA
1. NOMBRE, OBJETIVO, DESCRIPCIÓN Y META DE "EL PROYECTO":
a) Nombre o denominación: Segunda etapa de Creación del Centro de Justicia Integral para las Mujeres Región Zamora.
b) Objetivo: Crear el Centro de Justicia Integral para las Mujeres Región Zamora, con el objetivo de incidir en la prevención y atención de la violencia por razones de género en la región de Zamora, Michoacán, generando condiciones de acceso a la justicia y a una vida libre de violencia para las mujeres y niñas.
c) Descripción del proyecto en su ejecución en el 2023 y meta: Construcción de Segunda etapa de Centro de Justicia Integral para las Mujeres Región Zamora, que incluye los acabados de la primera etapa y obra exterior con control de acceso. Para brindar servicios interdisciplinarios e interinstitucionales de atención integral y especializada, con perspectiva de género y de derechos humanos, para acompañar y facilitar el acceso a la justicia y la reconstrucción del proyecto de vida de las mujeres víctimas de violencia así como a sus hijas e hijos.
2. JUSTIFICACIÓN DEL "PROYECTO":
El 27 de junio de 2016 el Gobierno de la República, la Secretaría de Gobernación a través de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM), declaro la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) en catorce municipios del Estado de Michoacán: Morelia, Uruapan, Lázaro Cárdenas, Zamora, Apatzingán, Zitácuaro, Los Reyes, Pátzcuaro, Tacámbaro, Hidalgo, Huetamo (sic.), La Piedad, Sahuayo y Maravatío.
La CONAVIM emitió esta Alerta como consecuencia de la situación de violencia de género contra las mujeres en Michoacán y la falta de una articulación institucional que permitiría revertir el fenómeno y atender a sus víctimas.
La región de Zamora comprende los siguientes municipios: Chilchota, Coeneo, Ecuandureo, Huaniqueo, Ixtlán, Jacona, Jiménez, Purépero, Tangamandapio, Tangancícuaro, Tlazazalca, Vista Hermosa, Zacapu y Zamora, los cuales representan una población superior a los 571 mil 805 habitantes.
La Fiscalía General del Estado de Michoacán, implementa la política pública encabezada por la Secretaría de Gobernación, quien a través de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia en Contra de las Mujeres (CONAVIM) impulsa la organización, operación y evaluación de los Centros de Justicia para las Mujeres en toda la República.
La Fiscalía General del Estado de Michoacán, busca expandir la atención a todos los rincones de la entidad, reconociendo que se requiere del fortalecimiento institucional para que las mujeres y niñas michoacanas logren ejercer plenamente el derecho a una vida libre de violencia, sin menoscabo de su situación social, económica o geográfica, por lo que el Centro de Justicia Integral para las Mujeres Región Zamora, será una instancia especializada para atender a mujeres víctimas de delitos de género de manera integral, brindado todos los servicios necesarios bajo un mismo techo, con el firme propósito de contribuir a la erradicación de la violencia en la sociedad y a la dignificación de las mujeres, y de sus hijas e hijos. Con la Misión de otorgar servicios multidisciplinarios, interinstitucionales, integrales y especializados a mujeres víctimas de violencia, y en su caso a sus hijas e hijos menores de edad, contribuyendo así en su acceso a la justicia y a una vida libre de violencia, mientras que su visión será: Ser un Centro que contribuya a erradicar los patrones socioculturales y discriminatorios que impiden el acceso pleno de las mujeres a la justicia y favorecer el empoderamiento e inclusión social de las mujeres en el estado de Michoacán y tendrá como objetivo general el brindar servicios interinstitucionales, personalizados, especializados, de forma integral, con criterios unificados que brinden alternativas de solución a las mujeres y sus hijas e hijos que viven violencia.
De igual forma, la ubicación que se ha destinado para la edificación del Centro de Justicia Integral para las Mujeres Región Zamora, se encuentra al alcance de la población.
De igual forma, la ubicación que se ha destinado para la edificación del Centro de Justicia Integral para las Mujeres Región Zamora, se encuentra al alcance de la población.
La creación de otro Centro de Justicia para las mujeres en Michoacán, es de suma importancia, toda vez que la realidad que vive el estado se ha sumergido en la violencia de diversas índoles, lo que ha provocado que la violencia de género sea cada vez más aguda, por lo que se requiere el impulso de políticas integrales y especializadas, que permitan contrarrestar y disidir los efectos y estragos de la problemática. Contar con otro Centro de Justicia que atienda a las mujeres, generará un acceso a la justicia real y de proximidad, que permita disuadir la violencia y que las mujeres tengan una alternativa de vida distinta, a la que se ha normalizado. Por lo que seguiremos impulsando la creación y fortalecimiento de los Centros de Justicia Integral para las Mujeres en Michoacán.
3. DATOS DE CONTACTO:
Datos de la persona titular de la Instancia Local Responsable del "PROYECTO":
a) Nombre: Adrián López Solís
b) Cargo: Fiscal General
c) Instancia responsable: Fiscalía General del Estado de Michoacán
d) Número telefónico: (443) 322-36-00
e) Domicilio: Periférico Paseo de la República número 5000, colonia Sentimientos de la Nación, Código Postal 58170, Morelia, Michoacán.
f) Correo electrónico institucional: secretariatecnica@fiscaliamichoacan.gob.mx
Datos de la persona designada para dar seguimiento como enlace con la CONAVIM:
a) Nombre: Ma. Leticia Lugo Flores
b) Cargo: Coordinadora General
c) Área de adscripción: Centro de Justicia Integral para las Mujeres
d) Teléfono(s): (443) 299 81 44
e) Correo electrónico institucional: cjim@fiscaliamichoacan.gob.mx
3.1 Descripción de las funciones del enlace con la CONAVIM:
a) El enlace estatal, será la persona encargada de recibir y podrá responder oportunamente a las comunicaciones emitidas por la Secretaría de Gobernación a través de la CONAVIM, una vez que se notifique de la aprobación del subsidio.
4. NOMBRE DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE, INCLUYENDO LA DESCRIPCIÓN DE SUS RESPONSABILIDADES EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN:
· Fiscalía General del Estado de Michoacán
· Las responsabilidades correspondientes en las CLAÚSULAS TERCERA Y QUINTA DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN.
5. EN CASO DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN. DESCRIPCIÓN Y UBICACIÓN DEL INMUEBLE, CONFORMADA POR:
A) El número de escritura pública o Título de Propiedad:
B) Clave catastral: 16-1701-108-01-01-18-000-3763-000-000
C) Superficie en m² (metros cuadrados): 5000 m²
D) Medidas y colindancias:
Al Norte 122.75 m con parcela No. 124 Z-OP5/7
Al Sur 127.25 m con fracción 2 del mismo predio
Al Oriente 40.25 m con calle Labastida
Al Poniente 40.00 m con fracción 2 del mismo predio
E) Número de Certificado de Libertad de Gravamen: 00000030 (TREINTA) DEL TOMO 00004747 (CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE)
F) Valor catastral en moneda nacional: $13,466.00 (trece mil cuatrocientos sesenta y seis pesos 00/100 M.N.),
G) Ubicación:
I. Calle: Labastida
II. Numero exterior, en su caso número interior: 1501
III. Colonia: Fraccionamiento Ejido La Rinconada
IV. Código Postal: 58724
V. Municipio o Alcaldía: Zamora
VI. Entidad Federativa: Michoacán de Ocampo
H) Croquis de la ubicación del punto anterior, debidamente firmado por el responsable del proyecto arquitectónico.
I) Monto total del proyecto en todas sus etapas:
Monto Total de "El Proyecto" en todas sus etapas:
$30,000,000.00 (treinta millones de pesos 00/100 M.N.)
I.1) Número de etapas proyectadas hasta su conclusión:
Cuatro etapas.
I.2) Monto de la aportación federal autorizada por el Comité de Evaluación de Proyectos en el ejercicio fiscal 2023:
$5,000,000.00 (cinco millones de pesos 00/100 M.N.).
I.3) Descripción y valuación de la aportación estatal al proyecto económica o en especie:
· En caso de aportar recursos económicos: Ninguno.
· En caso de aportación en especie:
o Descripción de la especie : Inmueble ubicado en Calle Labastida, número exterior 1501, Fraccionamiento Ejido de la Rinconada, Código Postal 59724, Municipio de Zamora, del Estado de Michoacán de Ocampo.
Avalúo de dicha aportación: $13,466.00 (trece mil cuatrocientos sesenta y seis pesos 00/100 M.N.)
J) Fecha estimada del inicio del proyecto y para lo cual debe considerar que los trabajos de construcción previstos en su proyecto podrán ejecutarse a partir de la transferencia del subsidio asignado:
· Fecha: 01 de agosto año 2023
K) Fecha estimada para la conclusión de la etapa que se construye en el 2023 y fecha estimada de conclusión de la obra en su totalidad, en caso de considerar varias etapas en diferentes ejercicios fiscales:
Fecha estimada para la conclusión de la etapa que se construye en el 2023:
· Fecha: 31 de octubre del 2023.
Fecha estimada de conclusión de la obra en su totalidad, en caso de que el proyecto comprenda etapas adicionales al 2023:
· Fecha: 31 de octubre de 2025.
L) Cronograma de avance físico-financiero del proyecto, exclusivamente de la aportación que otorgue la CONAVIM, en el que se señale mes a mes, la duración de la obra y los conceptos de obra que se hayan programado con el subsidio otorgado:
| | Responsable del Proyecto: Fiscalía General del Estado de Michoacán |
| Ejecución de la obra: Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas |
| Nombre de la obra: 2a etapa de Creación del Centro de Justicia Integral para la Mujer Región Zamora |
| Duración de la Obra: 3 meses |
| |
| Descripción del concepto de obra | Total del monto a ejecutar con IVA | Avance | MES 1 | MES 2 | MES 3 |
| EDIFICIO | | | | |
| Acabados | $2,154,681.37 | Financiero | $853,030.89 | $856,123.63 | $445,526.85 |
| Físico | 17.06% | 17.12% | 8.91% |
| Herrería | $100,271.21 | Financiero | $4,450.68 | $54,937.04 | $40,883.49 |
| Físico | 0.09% | 1.10% | 0.82% |
| Carpintería | $229,909.09 | Financiero | $91,089.21 | $104,583.91 | $34,235.97 |
| Físico | 1.82% | 2.09% | 0.68% |
| Instalación eléctrica | $872,987.29 | Financiero | $545,076.12 | $74,885.68 | $253,025.49 |
| Físico | 10.90% | 1.50% | 5.06% |
| Instalación sanitaria | $233,559.03 | Financiero | $101,067.17 | $8,562.68 | $123,929.18 |
| Físico | 2.02% | 0.17% | 2.48% |
| Accesorios de baño | $78,520.50 | Financiero | | | $78,520.50 |
| Físico | | | 1.57% |
| Jardinería | $63,513.00 | Financiero | | $43,346.82 | $20,166.18 |
| Físico | | 0.87% | 0.40% |
| Limpieza | $31,595.63 | Financiero | $4,903.31 | $4,903.31 | $21,789.01 |
| Físico | 0.10% | 0.10% | 0.44% |
| EXTERIOR | | | | |
| Terracería en acceos y andadores | $284,519.20 | Financiero | $284,519.20 | | |
| Físico | 5.69% | | |
| Instalación pluvial | $259,808.41 | Financiero | | $259,808.41 | |
| Físico | | 5.20% | |
| Instalación eléctrica | $280,822.80 | Financiero | | $46,364.20 | $234,458.60 |
| Físico | | 0.93% | 4.69% |
| Cuarto de máquinas | $87,000.00 | Financiero | $87,000.00 | | |
| Físico | 1.74% | | |
| Caseta | $141,566.40 | Financiero | | $141,566.40 | |
| Físico | | 2.83% | |
| Cerca perimetral | $158,301.91 | Financiero | $29,966.02 | $29,966.02 | $98,369.87 |
| Físico | 0.60% | 0.60% | 1.97% |
| Limpieza | $22,944.16 | Financiero | | | $22,944.16 |
| Físico | | | 0.46% |
| | | | | | |
| Total ejercido por mes | | $2,001,102.60 | $1,625,048.10 | $1,373,849.30 |
| Porcentaje de avance físico acumulado de la obra | | 40.02% | 32.50% | 27.48% |
| Total del costo de la obra | | $5,000,000.00 |
M) Catálogo de conceptos de gastos de la etapa que se construyen en 2023:
| CJIM REGIÓN ZAMORA CATÁLOGO DE CONCEPTOS, CUANTIFICACIÓN Y PRESUPUESTO SEGUNDA ETAPA DE CREACIÓN | |
| No. | CLAVE | DESCRIPCIÓN DEL CONCEPTO | UNIDAD | CANTIDAD | P.U. | IMPORTE |
| | | EDIFICIO | | | | |
| | | ACABADOS | | | | |
| 1 | ACA-01 | SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE LOSETA CERÁMICA DE 60 CM X 60 CM, COLOR BLANCO, MODELO BRISTOL, MARCA INTERCERAMIC O SIMILAR EN CALIDAD Y PRECIO, ASENTADO CON PEGAZULEJO CREST CON ESPESOR DE 2 CM Y LECHEADO CON CEMENTO BLANCO, JUNTEADO CON BOQUILLA DE 4 MM COLOR HUESO. INCLUYE MATERIALES, ACARREOS, NIVELACIÓN, COLOCACIÓN, MANO DE OBRA, EQUIPO, HERRAMIENTA, DESPERDICIO, CORTES, DESPIECE Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. | M² | 833.05 | $839.61 | $699,437.11 |
| 2 | ACA-02 | SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE LOSETA DE CANTERA DE 60 CM X 60 CM, COLOR NEGRO O SIMILAR, ASENTADA CON PEGAZULEJO CREST CON ESPESOR DE 2 CM Y LECHEADO CON CEMENTO BLANCO, JUNTEADO CON BOQUILLA DE 4 MM COLOR HUESO. INCLUYE MATERIALES, ACARREOS, NIVELACIÓN, COLOCACIÓN, MANO DE OBRA,EQUIPO, HERRAMIENTA, DESPERDICIO, CORTES, DESPIECE Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. | M² | 59.28 | $606.18 | $35,934.35 |
| 3 | ACA-03 | MURO DIVISORIO DE TABLAROCA DE 10.00 CMS DE ESPESOR A BASE DE POSTES METALICOS DE 6.35 CMS. CAL.26, CANAL SUPERIOR E INFERIOR DE 6.35 CMS. CAL.26, CUBIERTA DE TABLAROCA DE 13 MM DE ESPESOR EN AMBAS CARAS, JUNTEADO CON COMPUESTO REDIMIX Y REFORZADO EN SUS JUNTAS CON PERFACINTA, ACARREO MATERIAL PRIMERA ESTACION 20.00 MTS. INCLUYE: MATERIALES, MANO DE OBRA,EQUIPO Y HERRAMIENTA. | M² | 841.62 | $519.46 | $437,187.93 |
| 4 | ACA-04 | PLAFÓN A BASE DE PANEL DE TABLAROCA DE 12.7 MM DE ESP, O SIMILAR EN CALIDAD Y PRECIO, CON LISTÓN Y CANALETA TERMINADO INCLUYE: REGISTROS, CON PERFACINTA, PASTA DE RESANE Y LIJADO CON SUSPENSIÓN OCULTA A BASE DE CANALETA DE CARGA CAL 22 Y CANAL LISTÓN, FIJACIÓN, SUMINISTRO DE MATERIALES, MANO DE OBRA, HERRAMIENTA Y EQUIPO. | M² | 780.05 | $385.68 | $300,849.68 |
| 5 | ACA-05 | SUMINISTRO Y APLICACIÓN DE PINTURA VINILICA VINIMEX COMEX EN MUROS, PLAFONES, COLUMNAS,TRABES. INCLUYE PREPARACIÓN DE LA SUPERFIE, UNA MANO DE SELLADOR Y DOS APLICACIONES DE PINTURA, RESANE DE JUNTAS, REBABEO, ANDAMIOS, HERRAMIENTA, EQUIPO, LIMPIEZA DE LA SUPERFICIE, MATERIALES MISCELANEOS Y MANO DE OBRA. | M² | 4,473.79 | $85.85 | $384,074.87 |
| | | | SUBTOTAL ACABADOS: | $1,857,483.94 |
| | | HERRERÍA | | | | |
| 6 | HER-01 | ELABORACIÓN Y COLOCACIÓN DE CUBIERTA EN ACCESO PRINCIPAL METÁLICA A BASE DE PTR DE ACERO DE 6" X 4" EN FORMA DE "L" DE 5.15 M DE LARGO Y 2.2 M DE ANCHO, TUBULAR RECTANGULAR PARA FORMAR PERGOLADO Y VIDRIO DE 6 MM. INCLUYE PINTURA PRIMARIO ANTICORROSIVO Y ACABADO CON PINTURA ESMALTE ACRILICO MATE, SOLDADURA, MATERIALES, ACARREOS, FIJACIÓN, MANO DE OBRA, EQUIPO, HERRAMIENTA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN Y COLOCACIÓN. | PZA | 1.00 | $31,929.98 | $31,929.98 |
| 7 | HER-02 | ELABORACIÓN Y COLOCACIÓN DE CUBIERTA EN SALIDA DE EMERGENCIA METÁLICA DE 3.65 M DE LARGO Y 1.5 M DE ANCHO A BASE DE 1 PTR DE ACERO DE 6" X 4", TUBULAR RECTANGULAR PARA FORMAR PERGOLADO Y VIDRIO DE 6 MM. INCLUYE PINTURA PRIMARIO ANTICORROSIVO Y ACABADO CON PINTURA ESMALTE ACRILICO MATE, SOLDADURA, MATERIALES, ACARREOS, FIJACIÓN, MANO DE OBRA, EQUIPO, HERRAMIENTA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN Y COLOCACIÓN. | PZA | 1.00 | $15,429.54 | $15,429.54 |
| 8 | HER-03 | SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE ESTRUCTURA METÁLICA "H" PARA RECIBIR VIDRIO EN CÁMARA GESELL. INCLUYE HERRAMIENTA, MATERIALES, CORTES, FIJACIÓN, ACARREOS, NIVELACIÓN, PLOMEO Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA COLOCACIÓN. | PZA | 1.00 | $3,836.79 | $3,836.79 |
| 9 | HER-04 | BARANDAL EN RAMPA DE ACERO INOXIDABLE AISI 304 ACABADO BRILLANTE, FORMADO POR POSTES VERTICALES DE PERFIL RECTANGULAR DE 40 X 10 MM, SEPARACIÓN DE 1.20 M, ENTREPAÑOS DE 3 BARROTES MACIZOS HORIZONTALES DE ACERO INOXIDABLE DE 16 MM DE DIÁMETRO Y PASAMANOS DE PERFIL CIRCULAR DE 42 MM. INCLUYE SUMINISTRO, COLOCACIÓN, FIJACIÓN, CORTES, MATERIALES, MANO DE OBRA, ACARREOS, HERRAMIENTA Y EQUIPO NECESARIO. | M | 13.38 | $2,634.11 | $35,244.39 |
| | | | SUBTOTAL HERRERÍA: | $86,440.70 |
| | | CARPINTERÍA | | | | |
| 10 | CAR-01 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE PUERTA CAR-01 DE TAMBOR CON MADERA DE PINO DE 1RA. DE 0.8 A 0.90 MTS. X 2.15 MTS. DE ALTURA, A BASE DE BASTIDOR DE MADERA DE 25X37 MM. Y PEINAZOS INTERMEDIOS @ 42 CMS. DE 25X37 MM. UNIDOS A BASE DE ESPIGA Y CAJA CON RESISTOL 850 Y CLAVO SIN CABEZA DE 19 MM., FORRADA CON TRIPLAY DE PINO DE 6 MM. DE ESP. EN AMBAS CARAS, INCLUYENDO CANTOS, PEGADA A PRESION CON RODILLO DE HULE.INCLUYE BISAGRAS, CHAPA, AJUSTE, TRASLADOS, FIJACIÓN, COLOCACIÓN, MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA NECESARIA. | PZA | 27.00 | $5,816.68 | $157,050.36 |
| 11 | CAR-02 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE PUERTA CAR-02 DE TAMBOR CON MADERA DE PINO DE 1RA. DE 0.75 MTS. X 2.15 MTS. DE ALTURA, A BASE DE BASTIDOR DE MADERA DE 25X37 MM. Y PEINAZOS INTERMEDIOS @ 42 CMS. DE 25X37 MM. UNIDOS A BASE DE ESPIGA Y CAJA CON RESISTOL 850 Y CLAVO SIN CABEZA DE 19 MM., FORRADA CON TRIPLAY DE PINO DE 6 MM. DE ESP. EN AMBAS CARAS, INCLUYENDO CANTOS, PEGADA A PRESION CON RODILLO DE HULE. INCLUYE BISAGRAS, CHAPA, AJUSTE, TRASLADOS, FIJACIÓN, COLOCACIÓN, MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA NECESARIA. | PZA | 2.00 | $5,816.68 | $11,633.36 |
| 12 | CAR-03 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE MÓDULO DE RECEPCIÓN HECHO A BASE DE MADERA TERMINADO FORMAICA EN MEDIDAS 1.6 M DE LARGO X 0.40 M DE ANCHO X 1.20 M DE ALTO. INCLUYE MATERIALES, REPISA INTERIOR INTERMEDIA, MANO DE OBRA, MATERIALES DE FIJACIÓN, HERRAMIENTA,EQUIPO, ACARREOS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. | PZA | 2.00 | $7,870.34 | $15,740.68 |
| 13 | CAR-04 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE MÓDULO DE RECEPCIÓN HECHO A BASE DE MADERA TERMINADO FORMAICA EN MEDIDAS 3.2 M DE LARGO X 0.50 M DE ANCHO X 1.20 M DE ALTO. INCLUYE MATERIALES, REPISA INTERIOR INTERMEDIA, MANO DE OBRA, MATERIALES DE FIJACIÓN, HERRAMIENTA,EQUIPO, ACARREOS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. LARGO X 0.50 M DE ANCHO X 1.20 M DE ALTO. INCLUYE MATERIALES, REPISA INTERIOR INTERMEDIA, MANO DE OBRA, MATERIALES DE FIJACIÓN, HERRAMIENTA,EQUIPO, ACARREOS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. | PZA | 1.00 | $13,773.09 | $13,773.09 |
| | | | SUBTOTAL CARPINTERÍA: | $198,197.49 |
| | | INSTALACION ELECTRICA | | | | |
| 14 | IE-01 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE SENSOR DE OCUPACION INFRARROJO.,CATALOGO ODCoS-I1W,PARA 1000 WATTS FLUORECENTE,MARCA LEVITON. | PZA | 6.00 | $3,313.93 | $19,883.58 |
| 15 | IE-02 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE LUMINARIO FLUORECENTE DE EMPOTRAR EN PLAFON CON CRISTAL SANDBLASTEADO AL CENTRO CON LAMPARA AHORRADORA DE 2X26W,127VOLTS/60HZ,CAT. TAD-52-E3-CC-L,MCA. L.J. ILUMINACION O TECNOLITE MOD. YDMELED 1508/65/S | PZA | 161.00 | $509.36 | $82,006.96 |
| 16 | IE-03 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE LUMINARIO TIPO ARBOTANTE,MODELO PROCYON, CAT. HLED-1178/30G,DE 10 WATTS CALIDO SUAVE, DE LEDS,MARCA TECNOLITE. O SIMILAR.SUMINISTRO Y COLOCACION DE LUMINARIO FLUORECENTE PARA MONTAJE EN PISO, DE 9WATTS,CAT. H-635/ACI,MARCA TECNOLITE O SIMILAR | PZA | 15.00 | $1,543.18 | $23,147.70 |
| 17 | IE-04 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE LUMINARIO FLUORECENTE PARA MONTAJE EN PISO, DE 9WATTS,CAT. H-635/ACI,MARCA TECNOLITE O SIMILAR | PZA | 19.00 | $819.94 | $15,578.86 |
| 18 | IE-05 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE TOMACORRIENTE DUPLEX POLARIZADO PARA 15 AMP.,CAT. 3232-1,COLOR MARFIL,GRADO RESIDENCIAL.INCLUYE CUBIERTA RESISTENTE AL IMPACTO,COLOR MARFIL,MARCA LEGRAND. | PZA | 91.00 | $173.97 | $15,831.27 |
| 19 | IE-06 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE TOMACORRIENTE DUPLEX CON PROTECCION DE FALLA A TIERRA, GFCI,PARA 15 AMP.,CAT. 1595-1,COLOR MARFIL, GRADO COMERCIAL, CUBIERTA DE NAYLON AUTOEXTINGUIBLE, INCLUYE CUBIERTA,MARCA LEGRAND. CUBIERTA,MARCA LEGRAND. | PZA | 11.00 | $551.51 | $6,066.61 |
| 20 | IE-07 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE TABLERO DE ALUMBRADO Y DISTRIBUCION CAT. NQ424AB225F, CON INTERRUPTOR GENERAL, TRIFASICO DE 100 AMP TIPO HDL.,220-127 VOLTS.60HZ,MCA. SQUARE D. | PZA | 1.00 | $38,212.86 | $38,212.86 |
| 21 | IE-08 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE CENTRO DE CARGA, CAT. QO112M100,INTERRUPTOR GENERAL,INCLUYE FRENTE CAT. QOC12UF,MARCA SQUARE D | PZA | 1.00 | $5,165.04 | $5,165.04 |
| 22 | IE-09 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE CENTRO DE CARGA, CAT. QO116M100F CON INTERRUPTOR GENERAL,INCLUYE FRENTE CAT. QOC2U100F, MARCA SQUARE D | PZA | 2.00 | $6,802.59 | $13,605.18 |
| 23 | IE-10 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE CENTRO DE CARGA, CAT. QO612L100F, ZAPATAS, MARCA SQUARE D | PZA | 2.00 | $1,434.33 | $2,868.66 |
| 24 | IE-11 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE CABLE DE COBRE TIPO THW LS,75 °C,600 VOLTS., ANTIFLAMA,CAL. No.4/0 AWG,MCA. CONDUMEX | M | 220.00 | $509.70 | $112,134.00 |
| 25 | IE-12 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE CABLE DE COBRE TIPO THW LS,75 °C,600 VOLTS., ANTIFLAMA,CAL. No.2 AWG,MCA. CONDUMEX | M | 170.00 | $134.74 | $22,905.80 |
| 26 | IE-13 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE CABLE DE COBRE TIPO THW LS,75 °C,600 VOLTS., ANTIFLAMA,CAL. No.6 AWG.MCA. CONDUMEX | M | 90.00 | $60.82 | $5,473.80 |
| 27 | IE-14 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE CABLE DE COBRE TIPO THW LS,75 °C,600 VOLTS., ANTIFLAMA,CAL. No.8 AWG.MCA. CONDUMEX | M | 250.00 | $41.53 | $10,382.50 |
| 28 | IE-15 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE CABLE DE COBRE TIPO THW LS,75 °C,600 VOLTS., ANTIFLAMA,CAL. No.10 AWG.MCA. CONDUMEX | M | 1,480.00 | $28.62 | $42,357.60 |
| 29 | IE-16 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE CABLE DE COBRE TIPO THW LS,105|°C 600 VOLTS. ANTIFLAMA, CAL. No. 12AWG.MCA. CONDUMEX | M | 2,680.00 | $20.98 | $56,226.40 |
| 30 | IE-17 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE CABLE DE COBRE DESNUDO CAL. No 1/0 AWG.MCA. CONDUMEX. | M | 125.00 | $197.73 | $24,716.25 |
| 31 | IE-18 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE CABLE DE COBRE DESNUDO CAL. No 4 AWG.MCA. CONDUMEX. | M | 70.00 | $85.25 | $5,967.50 |
| 32 | IE-19 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE CABLE DE COBRE DESNUDO CAL. No10 AWG.MCA. CONDUMEX. | M | 60.00 | $28.91 | $1,734.60 |
| 33 | IE-20 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE CABLE DE COBRE DESNUDO CAL. No 12 AWG. | M | 1,415.00 | $21.58 | $30,535.70 |
| 34 | IE-21 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE APAGADOR 3 VIAS O DE ESCALERA DE POLICARBONATO, ANTIFLAMA,, CAPACIDAD DE 15 AMP. 127 VOLTS.,BORNES PARA CONEXIÓN DE CABLE No.12 AWG., LINEA LIFE, MCA. SICA COLOR MARFIL, INCLUYE TAPA Y HERRAJES PARA UNA VENTANA | PZA | 8.00 | $212.10 | $1,696.80 |
| 35 | IE-22 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE APAGADOR SENCILLO DE POLICARBONATO, ANTIFLAMA, CAPACIDAD DE 15 AMP. 127 VOLTS., BORNES PARA CONEXIÓN DE CABLE No.12 AWG., LINEA LIFE, MCA. SICA COLOR MARFIL, INCLUYE TAPA Y HERRAJES PARA UNA VENTANA | PZA | 70.00 | $180.12 | $12,608.40 |
| 36 | IE-23 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE INTERRUPTOR TERMOMAGNETICO QOB110 .MCA. SQUARE D | PZA | 10.00 | $258.31 | $2,583.10 |
| 37 | IE-24 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE INTERRUPTOR TERMOMAGNETICO QOB115 .MCA. SQUARE D | PZA | 25.00 | $258.31 | $6,457.75 |
| 38 | IE-25 | TERMOMAGNETICO QOB115 .MCA. SQUARE DSUMINISTRO Y COLOCACION DE INTERRUPTOR | PZA | 4.00 | $258.31 | $1,033.24 |
| 39 | IE-26 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE INTERRUPTOR TERMOMAGNETICO QOB220 .MCA. SQUARE D | PZA | 1.00 | $735.78 | $735.78 |
| 40 | IE-27 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE INTERRUPTOR TERMOMAGNETICO QOB230 .MCA. SQUARE D | PZA | 2.00 | $735.78 | $1,471.56 |
| 41 | IE-28 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE INTERRUPTOR TERMOMAGNETICO TRIFASICO, CAT. HDL 36125,18KA,INCLUYE GABINETE DE SOBREPONER, CAT. J250DS, MARCA SQUARE D | PZA | 1.00 | $49,087.19 | $49,087.19 |
| 42 | IE-29 | SUMINISTRO E INSTALACION DE SOPORTERIA TIPO CAMA, PARA TUBERIA DE ALIMENTADORES GENERALES,A BASE DE ESPARRAGO,UNICANAL Y/O SOPORTE TIPO PERA, INCLUYE FIJACION, ACCESORIOS, MATERIALES, HERRAMIENTA Y MANO DE OBRA. | ML | 100.00 | $150.10 | $15,010.00 |
| 43 | IE-30 | SUMINISTRO E INSTALACION DE SOPORTERIA TIPO INDIVIDUAL, PARA TUBERIA A BASE DE SOPORTE TIPO PERA, INCLUYE: FIJACION, ACCESORIOS, MATERIALES, HERRAMIENTA Y MANO DE OBRA. | ML | 400.00 | $128.97 | $51,588.00 |
| 44 | IE-31 | VARILLA DE TIERRA TIPO COPPERWELD DE 16MM DE DIAMETRO Y 3 MTS. DE LONGITUD, INCLUYE CONECTOR . | PZA | 5.00 | $637.60 | $3,188.00 |
| 45 | IE-32 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE REGISTRO PREFABRICADO DE CONCRETO DE 35X35X40CM | PZA | 7.00 | $923.39 | $6,463.73 |
| 46 | IE-33 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE REGISTRO PREFABRICADO DE CONCRETO NORMA C.F.E. RBTB2 | PZA | 6.00 | $3,176.19 | $19,057.14 |
| 47 | IE-34 | DICTAMEN TECNICO EMITIDO POR LA UNIDAD VERIFICADORA DE LAS INSTALACIONES ELECTRICAS. | TRMTE | 1.00 | $17,831.24 | $17,831.24 |
| 48 | IE-35 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE NICHO PARA MEDICION (NORMA MMT-09), DE CONCRETO ARMADO CON ARMEX 10X10, DE 1.50X0.70, Y 40CM. DE FONDO Y 1.80 DE ALTURA, CON PESTAÑA DE 20CM. Y BANQUETA DE 50CM., INCLUYE PINTURA BLANCA VINILICA Y PUERTA DE ALUMINIO REFORZADO UNA SOLA HOJA DE 60X70CM. | PZA | 1.00 | $5,488.45 | $5,488.45 |
| 49 | IE-36 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE AIRE ACONDICIONADO PARA SITE DE 24,000 BTU DE 2 TON. INCLUYE INSTALACIÓN ELÉCTRICA, SOPORTE, MATERIALES DE FIJACIÓN, ACARREOS, ELEVACIONES, MANO DE OBRA, HERRAMIENTA, EQUIPO Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. | PZA | 1.00 | $23,474.00 | $23,474.00 |
| | | | SUBTOTAL INST. ELÉCTRICA: | $752,575.25 |
| | | INSTALACION SANITARIA | | | | |
| 50 | IS-01 | SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE TINACO MARCA ROTOPLAS TRICAPA DE 1100 LTS. INCLUYE VÁLVULA DE FLOTADOR DE 1/2", FLOTADOR DE POLIETILENO, JARROS DE AIRE, VÁLVULA, PRUEBAS, MATERIAL DE PLOMERÍA, ACARREOS, ELEVACIONES, HERRAMIENTA, MANO DE OBRA, LIMPIEZA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA INSTALACIÓN. | PZA | 3.00 | $5,888.96 | $17,666.88 |
| 51 | IS-02 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE INODORO 2 PIEZAS MODELO ED160115, DESCARGA DE 3 Y 6 LITROS, ASIENTO SLOW DOWN, MARCA GRAVITA O SIMILAR, INCLUYE: COLOCACION, MANO DE OBRA, EQUIPO, HERRAMIENTA, CONEXINES, MATERIALES DE FIJACION, ACARREOS, FLETES, RETIROS DE SOBRANTES, PRUEBAS, NIVELACIONES, ACCESORIOS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA COLOCACION | PZA | 13.00 | $3,845.44 | $49,990.72 |
| 52 | IS-03 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE LAVABO ESTARDAR GRANDE BLANCO, INCLUYE: COLOCACION, MANO DE OBRA, EQUIPO, HERRAMIENTA, CONEXIONES, MATERIALES DE FIJACION, ACARREOS, FLETES, RETIRO DE SOBRANTES, PRUEBAS NIVELACIONES, CESPOL, MEZCLADORA MARCA HELVEX MODELO MI-01-S/C O SIMILAR EN PRECIO Y CALIDAD Y TODO O NECESARIO PARA SU CORRECTA COLOCACION | PZA | 10.00 | $1,867.52 | $18,675.20 |
| 53 | IS-04 | SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE MINGITORIO ECOLÓGICO SECO, MARCA HELVEX O SIMILAR EN CALIDAD Y PRECIO. INCLUYE COLOCACIÓN, MANO DE OBRA, EQUIPO, HERRAMIENTA, CONEXIONES, MATERIALES DE FIJACIÓN, ACARREOS, FLETES, RETIROS DE SOBRANTES, PRUEBAS, NIVELACIONES, REJILLA, TRAMPA DE ACERO INOXIDABLE, ELEMENTO OST FABRICADO DE LATEX NATURAL Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA COLOCACIÓN. | PZA | 2.00 | $7,429.83 | $14,859.66 |
| 54 | IS-05 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE TARJA DE SERVICIO, 1 TINA, LÍNEA ECONÓMICA. INCLUYE LLAVE, VÁLVULA ECONOMINAZADORA, CESPOL, MATERIALES, MANO DE OBRA, ACARREO Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. | PZA | 4.00 | $2,390.95 | $9,563.80 |
| 55 | IS-06 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE COLADERA DE UNA BOCA REJILLA REDONDA SELLO HIDRAULICO, PARA PISO, MARCA HELVEX O SIMILAR, INCLUYENDO MATERIALES, MANO DE OBRA, ELEMENTOS DE FIJACION, HERRAMIENTA, EQUIPO Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA COLOCACION | PZA | 8.00 | $3,655.89 | $29,247.12 |
| 56 | IS-07 | VALVULA ANGULAR VAC-13, MCA. NACOBRE; INCLUYE: SUMINISTRO DE MATERIALES, MANO DE OBRA, HERRAMIENTA Y PRUEBA. | PZA | 23.00 | $186.82 | $4,296.86 |
| 57 | IS-08 | GANCHO DE SOBREPONER MODELO 9114 BRADEX DE BRADLEY, INCLUYE SUMINISTRO Y COLOCACION | PZA | 12.00 | $1,145.51 | $13,746.12 |
| 58 | IS-09 | MANGUERA FLEXIBLE PARA LAVABO, WC, TARJA ETC., (COFLEX) FCI-13x40, MARCA NACOBRE, INCLUYE SUMINISTRO, COLOCACION, MATERIALES, HERRAMIENTA, PRUEBAS Y MANO DE OBRA | PZA | 23.00 | $134.12 | $3,084.76 |
| 59 | IS-10 | EQUIPO HIDRONEUMÁTICO DE AGUA MARCA EVANS CON BOMBA DE 1 HP, TANQUE DE 310 LITROS O SIMILAR. INCLUYE SUMINISTRO, COLOCACIÓN, SOPORTE Y CUADRO ELÉCTRICO,MATERIALES, MANO DE OBRA, HERRAMIENTA, EQUIPO Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTO FUNCIONAMIENTO. | PZA | 1.00 | $40,212.87 | $40,212.87 |
| | | | SUBTOTAL INST. SANITARIA: | $201,343.99 |
| | | ACCESORIOS DE BAÑO | | | | |
| 60 | AB-01 | SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PORTA TOALLAS DE PAPEL PARA EMPOTRAR. MCA. JOFEL O SIMILAR, INCLUYE ELEMENTOS DE FIJACIÓN, MANO DE OBRA, ACARREOS, HERRAMIENTA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA INSTALACIÓN. | PZA | 11.00 | $2,678.31 | $29,461.41 |
| 61 | AB-02 | SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PORTA ROLLO DE PAPEL PARA EMPOTRAR. MCA. JOFEL O SIMILAR, INCLUYE ELEMENTOS DE FIJACIÓN, MANO DE OBRA, ACARREOS, HERRAMIENTA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA INSTALACIÓN. | PZA | 13.00 | $858.82 | $11,164.66 |
| 62 | AB-03 | SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE JABONERA PARA EMPOTRAR. MCA. JOFEL O SIMILAR, INCLUYE ELEMENTOS DE FIJACIÓN, MANO DE OBRA, ACARREOS, HERRAMIENTA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA INSTALACIÓN. | PZA | 11.00 | $1,819.35 | $20,012.85 |
| 63 | AB-04 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE BASE ENCHUFE PARA MEDIDOR, 13-20,CAT. MS02013J, MARCA SQUARE D | PZA | 1.00 | $7,051.17 | $7,051.17 |
| | | | SUBTOTAL ACCESORIOS DE BAÑO: | $67,690.09 |
| | | JARDINERIA | | | | |
| 64 | JAR-01 | SUMINISTRO Y COLOCACION DE TIERRA LAMA EN AREAS DE JARDIN BLANDO, EN CAPAS DE 0.20 MTS DE ESPESOR PROMEDIO, INCLUYE: MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA. | M³ | 35.32 | $845.61 | $29,866.95 |
| 65 | JAR-02 | SUMINISTRO Y PLANTACION DE PASTO EN ROLLO TIPO KIKUYO, INCLUYE: MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA.SUMINISTRO Y PLANTACION DE BUGAMBILIA,INCLUYE: MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA. | M² | 90.57 | $82.82 | $7,501.01 |
| 66 | JAR-03 | SUMINISTRO, SIEMBRA, ABONO Y MANTENIMIENTO DURANTE 30 DIAS DE ARBOL DE BUGAMBILIA DE 2.00 MTS., NO INCLUYE TIERRA VEGETAL | PZA | 4.00 | $2,674.16 | $10,696.64 |
| 67 | JAR-04 | SUMINISTRO Y PLANTACION DE ARBUSTO TIPO BUXUS ARRAYAN DE 11", INCLUYE: MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA | PZA | 80.00 | $83.60 | $6,688.00 |
| | | | SUBTOTAL JARDINERÍA: | $54,752.59 |
| | | LIMPIEZA | | | | |
| 68 | LIM-01 | LIMPIEZA PERIODICA DURANTE EL PROCESO DE LA OBRA, INCLUYE: ACARREO DE MATERIALES PRODUCTO DE LA LIMPIEZA FUERA DE LA OBRA, MANO DE OBRA Y HERRAMIENTA | M² | 897.45 | $9.42 | $8,453.98 |
| 69 | LIM-02 | LIMPIEZA FINAL GENERAL DE LA OBRA, PARA SU RECEPCION Y OCUPACION, COMPRENDE RECOLECCION DE TODA LA BASURA Y SU ACARREO FUERA DE LA OBRA (MEDIDO EN SUPERFICIE LIMPIADA), INCLUYE: MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA. | M² | 897.45 | $20.93 | $18,783.63 |
| | | | SUBTOTAL LIMPIEZA: | $27,237.61 |
| | | | | | SUBTOTAL EDIFICIO | $3,245,721.66 |
| | | | | | | |
| | | OBRA EXTERIOR | | | | |
| | | TERRACERIAS EN ACCESO Y ANDADORES | | | | |
| 70 | ACC-01 | TRAZO Y NIVELACION PARA DESPLANTE DE VIALIDADES, ESTACIONAMIENTO, JARDINES, ANDADORES, CON EQUIPO TOPOGRAFICO, INCLUYE: SUMINISTRO DE MATERIAL PARA SEÑALAMIENTO, MANO DE OBRA, HERRAMIENTA Y EQUIPO NECESARIO | M² | 1,399.14 | $5.09 | $7,121.62 |
| 71 | ACC-02 | EXCAVACIÓN DE CEPA POR MEDIOS MECÁNICOS, CON EXTRACCIÓN AL NIVEL DEL TERRENO NATURAL, EN ZONA "B", MATERIAL CLASE II, DE 1.5 M DE PROFUNDIDAD PARA MEJORAMIENTO DEL TERRENO. INCLUYE: SUMINISTRO DE LOS MATERIALES, MANO DE OBRA, AFINE DE TALUDES Y FONDO, LIMPIEZA, MAQUINARIA, EQUIPO Y HERRAMIENTA NECESARIOS. | M³ | 984.39 | $56.81 | $55,923.20 |
| 72 | ACC-03 | AFINE DE TALUDES Y FONDO DE CEPA, A MANO, PARA MEJORAR LA EXCAVACIÓN REALIZADA POR MEDIOS MECÁNICOS, EN MATERIAL "II" SECO. | M² | 592.56 | $6.66 | $3,946.45 |
| 73 | ACC-04 | CARGA POR MEDIOS MECÁNICOS Y ACARREO EN CAMIÓN AL PRIMER KILOMETRO Y DESCARGA, DE MATERIAL FINO O GRANULAR, PRODUCTO DE LA EXCAVACIÓN DEL TERRENO. INCLUYE MANO DE OBRA, HERRAMIENTA, MAQUINARIA Y EQUIPOS NECESARIOS. | M³ | 1,319.10 | $102.91 | $135,748.58 |
| 74 | ACC-05 | RIEGO ASFÁLTICO DE IMPREGNACIÓN A RAZÓN DE 1.5 LT/ M², EMPLEANDO ASFALTO REBAJADO TIPO FM1 Ó EMULSIÓN ASFÁLTICA DE ROMPIMIENTO MEDIO. | M² | 984.39 | $32.59 | $32,081.27 |
| 75 | ACC-06 | POREO DE ARENA PARA SELLADO DE IMPREGNACIÓN, INCLUYE: ARENA EQUIPO Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION | M² | 984.37 | $8.52 | $8,386.83 |
| 76 | ACC-07 | BARRIDO DE LA BASE IMPREGNADA, RETIRANDO EL EXCEDENTE DE ARENA DEL RIEGO DE IMPREGNACION CON EMULSION ASFALTICA Y POREO CON ARENA, INCLUYE CARGA Y MATERIAL EXCEDENTE, ACARREOS HORIZONTALES Y VERTICALES DENTRO DE OBRA | M² | 984.39 | $2.10 | $2,067.22 |
| | | | SUBTOTAL ACCESO Y ANDADORES: | $245,275.17 |
| | | INSTALACION PLUVIAL | | | | |
| 77 | IP-01 | REGISTRO PLUVIAL DE 40 X 60 X 80 CMS.DE PROF. PROMEDIO, FORJADO CON TABIQUE ROJO RECOCIDO 7 X 14 X 28 DE 14 CMS, ASENTADO CON MORTERO CEMENTO-CAL-ARENA 1:2:6 REPELLADO Y PULIDO EN EL INTERIOR CON MORTERO CEMENTO-CAL-ARENA CERNIDA EN PROPORCION 1:2:6, FIRME DE CONCRETO SIMPLEF'C=150 KG/C M² T.M.A. 3/4" DE 10 CMS. DE ESPESOR. INCLUYE: EXCAVACIÓN, MARCO Y CONTRAMARCO DE SOLERA DE 1 1/2" X 1/4" Y TAPA DE CONCRETO ARMADA CON ALAMBRON @ 10 CMS AMBOS SENTIDOS Y COLADA CON CONCRETO F'C=150 KG/C M² T.M.A. 3/4". | PZA | 8.00 | $4,095.64 | $32,765.12 |
| 78 | IP-02 | TRAZO Y NIVELACIÓN TOPOGRÁFICA DE TERRENO PARA IDENTIFICAR TRAYECTORIA DE CEPA PARA TUBERÍA. INCLUYE SUMINISTRO DE MATERIAL PARA SEÑALAMIENTO, MANO DE OBRA, HERRAMIENTA Y EL EQUIPO NECESARIOS. | ML | 111.34 | $4.98 | $554.47 |
| 79 | IP-03 | EXCAVACIÓN DE CEPA POR MEDIOS MECÁNICOS, CON EXTRACCIÓN AL NIVEL DEL TERRENO NATURAL, EN ZONA "B", MATERIAL CLASE II, DE 1.5 M DE PROFUNDIDAD PARA MEJORAMIENTO DEL TERRENO. INCLUYE: SUMINISTRO DE LOS MATERIALES, MANO DE OBRA, AFINE DE TALUDES Y FONDO, LIMPIEZA, MAQUINARIA, EQUIPO Y HERRAMIENTA NECESARIOS. | M³ | 20.04 | $56.81 | $1,138.47 |
| 80 | IP-04 | CARGA POR MEDIOS MECÁNICOS Y ACARREO EN CAMIÓN AL PRIMER KILOMETRO Y DESCARGA, DE MATERIAL FINO O GRANULAR, PRODUCTO DE LA EXCAVACIÓN DEL TERRENO. INCLUYE MANO DE OBRA, HERRAMIENTA, MAQUINARIA Y EQUIPOS NECESARIOS. | M³ | 26.85 | $102.91 | $2,763.13 |
| 81 | IP-05 | TENDIDO DE CAMA DE ARENA PARA TUBERIAS, INCLUYE APISONADO, ACOSTILLADO, MATERIAL, MANO DE OBRA, ACARREOS, HERRAMIENTA Y EQUIPO NECESARIO | M³ | 6.68 | $612.39 | $4,090.77 |
| 82 | IP-06 | RELLENO CON TEPETATE COMPACTADO POR MEDIOS SEMI MECANICOS, EN CAPAS DE 20 CMS. AL 90% PVSM, INCLUYE: MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA. | M³ | 6.68 | $445.34 | $2,974.87 |
| 83 | IP-07 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE TUBO DE PVC 6" (150 MM) SANITARIO REFORZADO EXTREMOS LISOS. INCLUYE MATERIALES, CONEXIONES, CORTES, UNIONES, MANO DE OBRA, PRUEBAS, HERRAMIENTA, EQUIPO Y TODO LO NECESARIO, PARA SU CORRECTA COLOCACIÓN. | ML | 111.34 | $315.68 | $35,147.81 |
| 84 | IP-08 | CISTERNA HECHA EN OBRA DE 10,000 LITROS PARA ALMACENAR AGUA PLUVIAL. INCLUYE TRAZO Y NIVELACIÓN, COMPACTACIÓN Y NIVELACIÓN, EXCAVACIÓN, TRABAJOS DE ALBAÑILERÍA, ACABADOS, ACARREOS, CONEXIÓN, MATERIALES, LIMPIEZA, EQUIPO, MANO DE OBRA, HERRAMIENTA NECESARIA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA CONSTRUCCIÓN Y FUNCIONAMIENTO. | PZA | 1.00 | $144,538.12 | $144,538.12 |
| | | | SUBTOTAL INST. PLUVIAL: | $223,972.77 |
| | | INSTALACION ELÉCTRICA | | | | |
| 85 | IEE-01 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE LUMINARA SOLAR MODELO CNX-LS30-150 CON LÁMPARA DE LEDS DE 2500 LM CON POTENCIA DE 30 W, MÓDULO SOLAR DE 150 W, PARA OPERACIÓN TODA LA NOCHE, GABINETE METÁLICO PARA BATERÍA Y CONTROL APROPIADO PARA INTEMPERIE, POSTE RECTO DE 6 M DE ALTURA, BATERÍA LIBRE DE MANTENIMIENTO PARA 6 DÌAS DE AUTONOMÍA, MARCA COMERMEX. INCLUYE ACARREOS, MANO DE OBRA, CONEXIÓN, PRUEBAS, HERRAMIENTA, EQUIPO Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTO FUNCIONAMIENTO Y COLOCACIÓN. | PZA | 4.00 | $43,407.57 | $173,630.28 |
| 86 | IEE-02 | SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE ACOMETIDA ELÉCTRICA. INCLUYE MATERIAL, MANO DE OBRA, HERRAMIENTA Y EQUIPO NECESARIOS. (NO INCLUYE MURETE DE MEDICIÓN) | PZA | 1.00 | $2,491.49 | $2,491.49 |
| 87 | IEE-03 | REGISTRO ELECTRICO DE 0.40 X 0.40 X 0.60 MTS. MEDIDAS INTERIORES, FORJADO CON TABIQUE DE 7 X 14 X 28 CMS. DE 14 CMS. DE ESPESOR, ASENTADO CON MORTERO CEMENTO-CAL-ARENA 1:3:12, CONSIDERANDO REPELLADO INTERIOR, TAPA DE CONCRETO F'C=150 KG/C M², MARCO Y CONTRAMARCO DE 1/8" X 11/4", CON FONDO Y CAMA DE ARENA DE 10 CMS, INCLUYE: MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMENTA P.U.O.T. | PZA | 15.00 | $2,498.51 | $37,477.65 |
| 88 | IEE-04 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE ILUMINACIÓN EN EXTERIOR A BASE DE REFLECTORES DE LED BLANCO PARA INTEMPERIE ALIMENTADO CON ENERGÍA SOLAR. INCLUYE INSTALACIÓN, MANO DE OBRA, FLETES, HERRAMIENTA, EQUIPO, SOPORTES Y LO NECESARIO PARA SU CORRECTO FUNCIONAMIENTO. | PZA | 8.00 | $3,561.15 | $28,489.20 |
| | | | SUBTOTAL INST. ELÉCTRICA: | $242,088.62 |
| | | CUARTO DE MÁQUINAS | | | | |
| 89 | CM-01 | CUARTO DE MÁQUINAS DE 2.5 X 2.5 M FORJADO CON MUROS DE TABIQUE Y LOSA DE CONCRETO DE 8 CM DE ESPESOR. INCLUYE CIMENTACIÓN, CASTILLOS, DALAS, FIRME, APLANADOS, PINTURA, CANCELERÍA, HERRERÍA, LOSETA, INSTALACIÓN ELÉCTRICA, INSTALACIÓN HIDROSANITARIA, MANO DE OBRA, EQUIPO, HERRAMIENTA, MATERIALES, ACARREOS, LIMPIEZA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA CONSTRUCCIÓN. | PZA | 1.00 | $75,000.00 | $75,000.00 |
| | | | SUBTOTAL CUARTO DE MÁQUINAS: | $75,000.00 |
| | | CASETA | | | | |
| 90 | CAS-01 | CASETA DE ACCESO DE 3.00 X 3.9 M FORJADO CON MUROS DE TABIQUE Y LOSA DE CONCRETO DE 8 CM DE ESPESOR. INCLUYE CIMENTACIÓN, CASTILLOS, DALAS, FIRME, APLANADOS, PINTURA, CANCELERÍA, HERRERÍA, LOSETA, INSTALACIÓN ELÉCTRICA, INSTALACIÓN HIDROSANITARIA, MANO DE OBRA, EQUIPO, HERRAMIENTA, MATERIALES, ACARREOS, LIMPIEZA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA CONSTRUCCIÓN. | PZA | 1.00 | $122,040.00 | $122,040.00 |
| | | | SUBTOTAL CASETA: | $122,040.00 |
| | | CERCA PERIMETRAL | | | | |
| 91 | CP-01 | TRAZO Y NIVELACIÓN (EN ÁREAS EXTERIORES Y TERRACERÍAS) DEL ÁREA DE EDIFICACIÓN CON EQUIPO TOPOGRÁFICO, ESTABLECIENDO EJES Y REFERENCIAS, INCLUYE: MATERIALES, MANO DE OBRA, HERRAMIENTA Y EQUIPO. | M² | 39.75 | $5.09 | $202.33 |
| 92 | CP-02 | EXCAVACIÓN A MANO EN CEPAS DE 0.00 A 3.50 M DE PROFUNDIDAD EN MATERIAL TIPO II, MEDIDO EN BANCO INCLUYE: AFINE DE TALUDES Y FONDO, ACARREOS HORIZONTALES, MANO DE OBRA Y HERRAMIENTA. | M³ | 14.31 | $222.28 | $3,180.83 |
| 93 | CP-03 | CARGA Y ACARREO FUERA DE LA OBRA A TIRO LIBRE DE MATERIAL PRODUCTO DE EXCAVACIÓN EN CAMIÓN VOLTEO; INCLUYE: CARGA CON MÁQUINA, HERRAMIENTA Y EQUIPO. | M³ | 18.60 | $102.91 | $1,914.13 |
| 94 | CP-04 | PLANTILLA DE CIMENTACIÓN SIMPLE F´C=100 KG/C M² DE 5 CMS DE ESPESOR, ACABADO FINO CON LLANA DE MADERA. INCLUYE NIVELADO, ACARREO INTERNO CON CARRETILLA, VACIADO, ACOMODO, CIMBRA, DESCIMBRA COMUN EN FRONTERA Y PARA FORMAR TABLEROS, MERMAS, DESPERDICIOS, HERRAMIENTA, EQUIPO, LIMPIEZA, MANO DE OBRA NECESARIA Y TODO LO NECESARIO PARA SU EJECUCIÓN. | M² | 5.96 | $167.01 | $995.38 |
| 95 | CP-05 | ZAPATA AISLADA PARA CIMENTACIÓN DE 0.60 X 0.60 X 0.15 M DE CONCRETO F'C=250 KG/C M² T.M.A. 3/4". ARMADA CON VARILLAS DE 3/8" A CADA 15 CMS EN AMBOS SENTIDOS, CON PLANTILLA DE CONCRETO F'C=100 KG/C M² T.M.A. 3/4" DE 5 CM DE ESPESOR. INCLUYE CIMBRA, DESCIMBRA, MATERIAL, MANO DE OBRA, EQUIPO, HERRAMIENTA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. | PZA | 12.00 | $963.29 | $11,559.48 |
| 96 | CP-06 | CASTILLO DE CONCRETO ARMADO DE 15 X 15 CMS DE ESPESOR DE CONCRETO F´C=150 KG/C M², ARMADO CON 4 VARILLAS DE 3/8" Y ESTRIBOS DE 1/4" @15 CM. INCLUYE MATERIALES, HERRAMIENTA, EQUIPO, LIMPIEZA, CIMBRA, DESCIMBRA, COLADO, VIBRADO, MANO DE OBRA, ARMADO, ACARREO DE MATERIALES, DESPERDICIOS Y TODO LO NECESARIO PARA LA CORRECTA REALIZACIÓN DEL TRABAJO. | ML | 8.40 | $356.11 | $2,991.32 |
| 97 | CP-07 | RODAPIE CON TABICON DE 10 X 14 X 28 CM DE 14 CM DE ESPESOR, EN CIMENTACIÓN, ASENTADO CON MORTERO CEMENTO ARENA 1:4. INCLUYE MATERIAL, MANO DE OBRA, HERRAMIENTA, EQUIPO, DESPERDICIOS Y TODOLO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. | M² | 27.83 | $444.16 | $12,360.97 |
| 98 | CP-08 | CADENA DE DESPLANTE DE CONCRETO F'C=150 KG/C M² DE 15X20 CMS. ARMADA CON 4 VARILLAS DEL #3 (3/8") Y ESTRIBOS DEL #2 (1/4") @20 CMS, ACABADO COMÚN. INCLUYE SUMINISTRO DE MATERIAL, MANO DE OBRA, HERRAMIENTA, EQUIPO, CIMBRA, DESCIMBRA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. | ML | 39.75 | $400.40 | $15,915.90 |
| 99 | CP-09 | RELLENO Y COMPACTACIÓN DE MATERIAL DE BANCO (GREÑA CEMENTADA) EN CAPAS DE 10 CMS DE ESPESOR CON BAILARINA. INCLUYE TRASPALEO, EXTENDIDO, INCORPORACIÓN DE AGUA, ACARREO, HERRAMIENTA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. | M³ | 8.94 | $284.69 | $2,545.13 |
| 100 | CP-10 | PUERTA DE ACCESO PEATONAL DE 1.2 X 2.4 DE 1 HOJA ABATIBLE DE MARCO DE ÀNGULO DE 1 1/2" X 3/16" FORRADO DE LÀMINA CAL. 18 CON TIRANTES DE CUADRADO DE 1/2", TEJUELOS CON BIVELES DE 1 1/2" Y BATIENTE DE SOLERA DE 1 1/2" X 3/16", PASADOR Y PICAPORTE, TERMINADO EN PRIMARIO COLOR GRIS. INCLUYE MANO DE OBRA DE FABRICACIÓN Y MONTAJE, MATERIALES, ACARREOS, HERRAMIENTA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA FABRICACIÓN Y COLOCACIÓN. | PZA | 1.00 | $7,236.95 | $7,236.95 |
| 101 | CP-11 | PORTON VEHICULAR DE 6 X 2.4 EN 2 HOJAS A BASE DE MARCO DE PTR 3" X 1 1/2" CAL. 14 REMARCADO CON ÁNGULO DE 3/4" X 1/8" FORRADO DE TABLERO CAL. 18 CON TIRANTES DE CUADRADO DE 1/2", TEJUELOS CON BIVELES DE 1 1/2" Y BATIENTE DE SOLERA DE 1 1/2" X 3/16", PASADOR Y DOS PICAPORTES, TERMINADO EN PRIMARIO COLOR GRIS. INCLUYE MANO DE OBRA DE FABRICACIÓN Y MONTAJE, MATERIALES, ACARREOS, HERRAMIENTA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA FABRICACIÓN Y COLOCACIÓN. | PZA | 1.00 | $25,804.86 | $25,804.86 |
| 102 | CP-12 | CERCA PERIMETRAL EN EL FRENTE CON PANEL ELECTROSOLDADO DE EUROREJA GALVANIZADO DE ALAMBRE CAL. 9 DE 2.00 X 2.00 M, CON PINTURA EN POLVO TERMOENDURECIDA COLOR A ELEGIR. INCLUYE MANO DE OBRA DE MONTAJE, MATERIALES DE FIJACIÓN, POSTES, ACARREOS, HERRAMIENTA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA COLOCACIÓN. | ML | 32.26 | $1,604.46 | $51,759.88 |
| | | | SUBTOTAL CERCA PERIMETRAL: | $136,467.15 |
| | | LIMPIEZA | | | | |
| 103 | LIPE-01 | LIMPIEZA FINAL GENERAL DE LA OBRA, PARA SU RECEPCION Y OCUPACION, COMPRENDE RECOLECCION DE TODA LA BASURA Y SU ACARREO FUERA DE LA OBRA (MEDIDO EN SUPERFICIE LIMPIADA), INCLUYE: MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA. | M² | 3,622.61 | $5.46 | $19,779.45 |
| | | | SUBTOTAL LIMPIEZA: | $19,779.45 |
| | | | | | SUBTOTAL OBRA EXTERIOR | $1,064,623.16 |
| | | | | | | |
| | | | | | SUBTOTAL: | $4,310,344.83 |
| | | | | | I.V.A.: | $689,655.17 |
| | | | | | TOTAL: | $5,000,000.00 |
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal del Anexo Técnico, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, a los 7 días del mes de junio de 2023.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador del Estado, Alfredo Ramírez Bedolla.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Carlos Torres Piña.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas y Administración, Luis Navarro García.- Rúbrica.- El Fiscal General del Estado, Adrián López Solís.- Rúbrica.