CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Tlaxcala, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/TLAX/AC01/SG/018, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el ejercicio fiscal 2023.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR, ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA "CONAVIM", REPRESENTADA POR SU TITULAR, MA FABIOLA ALANÍS SÁMANO; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA, REPRESENTADO POR LA GOBERNADORA DEL ESTADO DE TLAXCALA, LORENA CUÉLLAR CISNEROS, ASISTIDA POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE E INSTANCIA LOCAL RECEPTORA, SERGIO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, EL SECRETARIO DE FINANZAS, DAVID ÁLVAREZ OCHOA; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), establece en su Título II. "Modalidades de la Violencia", Capítulo V. "De la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", que la alerta de violencia de género contra las mujeres tendrá como objetivo fundamental garantizar la seguridad de las mujeres, detener la violencia en su contra y eliminar las desigualdades producidas por una legislación que agravia sus derechos humanos, para dar cumplimiento a la obligación constitucional y convencional del Estado mexicano de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, que implica adoptar políticas y medidas específicas para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia en su contra.
De conformidad con lo señalado en el artículo 25 de la LGAMVLV, corresponde al Gobierno Federal, a través de "GOBERNACIÓN", declarar la alerta de violencia de género, al respecto notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la Entidad Federativa de que se trate, con la finalidad de detenerla y erradicarla a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por "GOBERNACIÓN" en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
El 1 de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se crea, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) con el objeto de ejercer las atribuciones que la LGAMVLV y su Reglamento le confieren a "GOBERNACIÓN", en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos.
Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2023 (PEF 2023), publicado en el DOF el 28 de noviembre de 2022, se derivan los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (DAVGM), así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario, los cuales ascienden a $110,998,792.50 (Ciento diez millones novecientos noventa y ocho mil setecientos noventa y dos pesos 50/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberán, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM, destinará los recursos previstos en el PEF 2023, para que se otorguen y apliquen en las Entidades Federativas y en la Ciudad de México en las que se haya decretado la DAVGM, así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2023 (LINEAMIENTOS) publicados en el DOF el 03 de febrero de 2023.
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 20 de enero de 2023, suscrito por Sergio González Hernández en su carácter de Secretario de Gobierno del "GOBIERNO DE ESTADO", solicitó en tiempo y forma a la CONAVIM recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: AVGM/TLAX/AC01/SG/018.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ), determinó viable el proyecto presentado, por lo que se autorizó la cantidad de $1, 326, 876.69 (Un millón trescientos veintiséis mil ochocientos setenta y seis pesos 69/100 M.N.) para la ejecución del proyecto AVGM/TLAX/AC01/SG/018. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio número CONAVIM/CAAEVF/237/2023 de fecha 02 de febrero de 2023.
Aunado a lo anterior, el 23 de marzo de 2023 el Secretario de Gobierno del "GOBIERNO DE ESTADO", Sergio González Hernández, mediante oficio número SGT/194/2023, informó a la CONAVIM que fungiría como Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora del Proyecto AVGM/TLAX/AC01/SG/018. Debido a lo cual, el COMITÉ en la Segunda Sesión Extraordinaria, mediante Acuerdo número CEPCONAVIM/2SE/193/17042023 aprobó por unanimidad de votos, en términos de los numerales Trigésimo quinto, Trigésimo sexto y Trigésimo octavo inciso b) de los LINEAMIENTOS que al proyecto AVGM/TLAX/AC01/SG/018 se realice la Fe de Erratas correspondiente.
En ese sentido, el COMITÉ instruyó a la Secretaría Técnica, en términos del numeral Cuadragésimo incisos d) y e) de los LINEAMIENTOS, notificar la resolución del COMITÉ al "GOBIERNO DE ESTADO", a través del Enlace designado; la cual fue realizada mediante el oficio número CONAVIM/CAAEVF/773/2023 de fecha 19 de abril de 2023.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. "GOBERNACIÓN" declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CONSTITUCIÓN); 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2. El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.3. La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN", de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y del Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009.
I.4. La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano, cuenta con facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 115, fracción V y 151 del RISEGOB.
I.5. Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", con número de Reporte General de Suficiencia Presupuestaria 00070.
I.6. Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Dr. José María Vértiz número 852, Piso 5, Colonia Narvarte Poniente, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
II. El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1. Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CONSTITUCIÓN; 1o. de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2. La Gobernadora del Estado de Tlaxcala, Lorena Cuéllar Cisneros, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 57 y 70, fracción XXX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 3 y 4 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala.
II.3. El Secretario de Gobierno y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Sergio González Hernández, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 67 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 11, 18, 34, fracción III, 35 y 36, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala, y 10, fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno del Estado de Tlaxcala.
II.4. El Titular de la Secretaría de Finanzas, David Álvarez Ochoa, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 18, 34, fracción III, 39 y 40, fracción I, inciso d) de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala; 12, fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Tlaxcala.
II.5. Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como su domicilio el ubicado en Andador Plaza de la Constitución, número 3, Colonia Centro, Código Postal 90000, Municipio de Tlaxcala, Estado de Tlaxcala.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.4. Consideran como acción para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, la Acción de Coadyuvancia siguiente: 1. Atención. Son las acciones destinadas a la atención de las mujeres y las niñas y las adolescentes, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo en el que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las niñas y la protección de las víctimas.
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por la CONAVIM.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: AVGM/TLAX/AC01/SG/018, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2023; y que se encuadra en la siguiente Acción de coadyuvancia:
| Acción coadyuvante |
| 1. Atención. Son las acciones destinadas a la atención de las mujeres y las niñas y las adolescentes, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo en el que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las niñas y la protección de las víctimas. |
Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, en términos del numeral Trigésimo segundo de los LINEAMIENTOS.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "GOBERNACIÓN" asignará la cantidad de $1,326,876.69 (Un millón trescientos veintiséis mil ochocientos setenta y seis pesos 69/100 M.N.), para el Proyecto: AVGM/TLAX/AC01/SG/018, aprobado por el COMITÉ en la Instalación y Primera Sesión Ordinaria mediante Acuerdo CEPCONAVIM/ISO/144/01022023.
Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Finanzas en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), y la que se identifica con los siguientes datos:
| Nombre del Beneficiario: | GOBIERNO DEL ESTADO DE TLAXCALA SF CEAVO AVGM/TLAX/AC01/SG/018 |
| Nombre del Proyecto: | AVGM/TLAX/AC01/SG/018 |
| Nombre de la Institución Financiera: | BANCO SANTANDER (MÉXICO), S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE GRUPO FINANCIERO SANTANDER MÉXICO |
| Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) de 18 dígitos: | 014830655096794326 |
| Número de Cuenta Bancaria: | 65509679432 |
| Tipo de Cuenta: | PRODUCTIVA-EMPRESARIAL |
| Tipo de Moneda: | NACIONAL |
| Número de Sucursal: | 5472 PRINCIPAL TLAXCALA |
| Número de Plaza: | 29001 TLAXCALA |
| Fecha de apertura de la Cuenta: | 10 DE FEBRERO DE 2023 |
Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "GOBERNACIÓN" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Vigésimo sexto de los LINEAMIENTOS.
Para "GOBERNACIÓN", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo a las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "GOBERNACIÓN".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de los mismos de acuerdo al PEF 2023, por lo que "GOBERNACIÓN" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "GOBERNACIÓN". El COMITÉ, comunicará oportunamente al "GOBIERNO DEL ESTADO" cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos.
"GOBERNACIÓN" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "GOBERNACIÓN" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a. Revisar conjuntamente el o los informes bimestrales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
b. Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
c. Apegarse a lo establecido en la LGCG, LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "GOBERNACIÓN". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM, se obliga a:
a. Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del numeral Vigésimo quinto de los LINEAMIENTOS.
b. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c. Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento.
d. Realizar las visitas de seguimiento en sitio, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DEL ESTADO"; en caso de ser aplicables al Proyecto aprobado.
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a. Destinar, por conducto de la Secretaría de Finanzas, los recursos asignados a través de subsidios exclusivamente destinados para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ.
b. Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, a más tardar el 31 de diciembre de 2023.
c. Iniciar las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
d. Realizar por conducto de la Secretaría de Gobierno las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, así como en la demás normatividad local aplicable en la materia.
e. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f. Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g. Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h. Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i. Garantizar que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de Proyecto a desarrollar.
j. Entregar bimestralmente, por conducto del enlace designado a "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validada por la Secretaría de Finanzas, con su debido soporte documental. Dichos informes deberán entregarse dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada bimestre.
k. Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos E015 promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres".
l. En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "GOBERNACIÓN", a más tardar el 15 de enero de 2024, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por el Titular de la Secretaría de Gobierno y por el Titular de la Secretaría de Finanzas, en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2023 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en el inciso j) del numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
m. Una vez que se cumplan los objetivos del Proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo, con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, de resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet que para ese efecto se habilite.
n. Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2023, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente.
ñ. Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita la CONAVIM a través del COMITÉ.
SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de sus Anexos Técnicos, "LAS PARTES" designan como Enlaces a los siguientes servidores públicos:
POR "GOBERNACIÓN"
| Nombre: | Susana Vanessa Otero González. |
| Cargo: | Coordinadora para la Articulación de Acciones para la Erradicación de la Violencia Feminicida. |
| Dirección: | Dr. José María Vértiz número 852, Piso 5, Colonia Narvarte Poniente, Demarcación Territorial, Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México. |
| Teléfono institucional: | 52098800 extensión 30367 |
| Correo electrónico Institucional: | sotero@segob.gob.mx |
POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO"
| Nombre: | Dora Delia Hernández Roldán |
| Cargo: | Directora del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación de Daño a las Víctimas y Ofendidos, para el Estado |
| Dirección: | Boulevard Guillermo Valle número 13, Colonia Centro, Código Postal 90000, Municipio de Tlaxcala, Estado de Tlaxcala. |
| Teléfono institucional: | 7498508885 |
| Correo electrónico Institucional: | dhernandez.ceavo@tlaxcala.gob.mx |
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra Parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación.
OCTAVA. INFORME DE RESULTADOS. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría de Gobierno informará a "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, y el inciso h) del numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada bimestre, a partir de la fecha del depósito del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2023, deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría de Gobierno.
En el caso de "GOBERNACIÓN", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2023 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral Quincuagésimo de los LINEAMIENTOS.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "GOBERNACIÓN" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "GOBERNACIÓN" otorgue la línea de captura a la Entidad, ésta deberá remitir a la CONAVIM original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, el "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA SEGUNDA.- RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "GOBERNACIÓN" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Cuadragésimo cuarto de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión y ordenará al "GOBIERNO DEL ESTADO" la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Lo anterior sin perjuicio de que la CONAVIM haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "GOBERNACIÓN", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Secretaría de la Función Pública del "GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá adicionarse o modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DEL ESTADO" en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles a partir de dictaminación por parte de la Unidad General de Asuntos Jurídicos.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b. En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la CONAVIM en los informes que presente el "GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos, se levantará una minuta en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2023. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe; por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de los Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
VIGÉSIMA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, si "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio de Coordinación y Adhesión; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación y Adhesión, y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala en un plazo de 60 días hábiles a partir de su dictaminación por parte de la Unidad General de Asuntos Jurídicos, y entrará en vigor a partir de la fecha de la misma.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2023.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "GOBERNACIÓN".
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México el día 29 del mes de mayo de 2023.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: la Gobernadora del Estado de Tlaxcala, Lorena Cuéllar Cisneros.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Sergio González Hernández.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, David Álvarez Ochoa.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación y Adhesión de fecha 29 de mayo de 2023 celebrado entre la Secretaría de Gobernación y el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, de conformidad con el numeral Trigésimo segundo de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2023 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A. DATOS GENERALES
Entidad federativa:
| Estado Libre y Soberano de Tlaxcala |
Nombre del proyecto:
Acción de Coadyuvancia de acceso al Subsidio:
| Atención: Son las acciones destinadas a la atención de las mujeres y las niñas y las adolescentes, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo en el que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las niñas y la protección de las víctimas. |
Fecha en que la Entidad Federativa solicitó el Subsidio:
Instancia Local Responsable:
| Secretaría de Gobierno del Estado de Tlaxcala |
Instancia Local Receptora:
| Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y Ofendidos del Estado de Tlaxcala |
B. MONTO APROBADO
Monto aprobado:
| $1,326,876.69 (Un Millón trescientos veintiséis mil ochocientos setenta y seis pesos 69/100 M.N.) |
Monto coparticipación:
Fecha de inicio del Proyecto:
Fecha estimada de conclusión que no exceda del 31 de diciembre de 2023
C. DESIGNACIÓN DE ENLACE
En ese sentido, en cumplimiento al Convenio de Coordinación y Adhesión, he tenido a bien designar como enlace ante CONAVIM a:
| Nombre: | Dora Delia Hernández Roldán |
| Cargo: | Directora del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación de Daño a las Víctimas y Ofendidos del Estado de Tlaxcala |
| Dirección: | Boulevard Guillermo Valle número 13, Colonia Centro, Código Postal 90000, Municipio de Tlaxcala, Estado de Tlaxcala. |
| Teléfono institucional: | 7498508885 |
| Correo Institucional: | dhernandez.ceavo@tlaxcala.gob.mx |
D. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
d.1 Justificación
| Medida de Atención | Acción Coadyuvante | Objetivo General |
| Fracción III de las Medidas de reparación del daño, que a la letra dice: "Establecer las medidas necesarias para garantizar el derecho de acceso a la justicia, y que se investiguen y resuelvan con la debida diligencia y exhaustividad los casos de violencia contra las mujeres principalmente los de Feminicidio, Desaparición y Trata de mujeres y niñas, eliminando cualquier conducta o práctica de revictimización, libre de estereotipos y prejuicios de conformidad con el artículo 26, fracción I de la Ley General de Acceso" | Atención: Son las acciones destinadas a la atención de las mujeres y las niñas y las adolescentes, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo en el que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las niñas y la protección de las víctimas. | Fortalecer a la Comisión Ejecutiva para brindar acompañamiento jurídico a las mujeres, niñas, niños y adolescentes víctimas en toda etapa procesal y garantizar su acceso a la atención integral con perspectiva de género; mediante asesoras jurídicas, atención médica y psicológica. |
Garantizar a las víctimas y ofendidos el acceso a la justicia mediante la asesoría jurídica especializada es fundamental para dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 20 apartado C, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como a la Ley General de Víctimas; lo anterior, a través de la implementación y coordinación de acciones y medidas necesarias para promover, respetar, proteger, garantizar y permitir el ejercicio efectivo de sus derechos.
Del mismo modo, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, tiene como objetivo fundamental garantizar a las mujeres el acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de igualdad y de no discriminación, así como para garantizar la democracia, el desarrollo integral y sustentable que fortalezca la soberanía y el régimen democrático establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Además, de establecer que todas las medidas que se deriven de la ley en comento, garantizarán la prevención, la atención, la sanción y la erradicación de todos los tipos de violencia contra las mujeres durante su ciclo de vida y para promover su desarrollo integral y su plena participación en todas las esferas de la vida
Por ello, una de las actividades primordiales de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y Ofendidos del Estado de Tlaxcala, es orientar, asesorar e intervenir en el procedimiento penal en favor de las víctimas, realizando todas las acciones legales tendientes a su defensa, incluyendo las que correspondan en materia de derechos humanos.
En este tenor, el Plan Estatal de Desarrollo 2021-2027, en su programa 10, objetivo 1, línea de acción 1 prevé "Dignificar el trato humanitario y empático con las víctimas, a través de la incorporación de la normativa internacional de derechos de las víctimas, enfocado a aspectos como recibir asesoría jurídica gratuita, ser informados sobre sus derechos y sobre el desarrollo del procedimiento penal, posibilidad de intervenir en el juicio, recibir atención médica y psicológica de urgencia, obtener reparación del daño, gozar del resguardo de identidad y garantizar su protección".
La Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres esta implementada en los sesenta municipios del estado de Tlaxcala, emitida el 18 de agosto de 2021, contempla diversas medidas a observar por parte del Gobierno del Estado, de las cuales resulta importante señalar la fracción III de las Medidas de Justicia, que a la letra dice:
"Implementar un programa de apoyo para garantizar a las hijas e hijos de mujeres víctimas de feminicidio y víctimas directas o indirectas, servicios integrales de atención temprana, servicios jurídicos, médicos y psicológicos especializados, así como de educación y alimentación, en términos de la Sección 4 del Informe que contiene el análisis e investigación de la solicitud de AVGM"
Así como la fracción III de las Medidas de reparación del daño, que a la letra dice:
"Establecer las medidas necesarias para garantizar el derecho de acceso a la justicia, y que se investiguen y resuelvan con la debida diligencia y exhaustividad los casos de violencia contra las mujeres principalmente los de Feminicidio, Desaparición y Trata de mujeres y niñas, eliminando cualquier conducta o práctica de revictimización, libre de estereotipos y prejuicios de conformidad con el artículo 26, fracción I de la Ley General de Acceso"
Tomando en consideración que la alerta de violencia de género es el conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado, sea ejercida por individuos o por la propia comunidad y que por lo tanto, tiene como objetivo fundamental garantizar la seguridad de las mismas, el cese de la violencia en su contra y eliminar las desigualdades producidas por una legislación que agravia sus derechos humanos; la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y Ofendidos del Estado de Tlaxcala, como una institución comprometida con las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, pero sobre todo comprometida con las mujeres víctimas, les ha otorgado a las víctimas y ofendidos asesoría jurídica con la finalidad de garantizar su acceso a la justicia, y atención integral para brindarles las herramientas necesarias para apoyarles a recuperar sus proyectos de vida.
En este sentido, desde el 31 de agosto de 2021 al 31 de diciembre de 2022, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y Ofendidos, ha atendido:
- 7,578 víctimas, de las cuales:
o 4,312 fueron mujeres, y
o 3,266 fueron hombres.
- Brindando en total 11,607 atenciones integrales que comprende: asesoría jurídica, atención médica, psicológica y de trabajo social.
Por otro lado, derivado de la Solicitud de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres para el Estado de Tlaxcala, se ha trabajado en:
· Proyecto de la Iniciativa de la Ley de Víctimas del Estado de Tlaxcala, mismo que está armonizado con la Ley General de Víctimas, que cuenta con lenguaje incluyente, enfoque de derechos humanos y perspectiva de género, y que para garantizar esta perspectiva de género, se incluyó en el proyecto:
- Un Capítulo en el que se adiciona una Unidad de Atención a Mujeres Víctimas mediante la cual se brindará:
- Asesoría jurídica y atención integral especializada a mujeres víctimas por mujeres profesionistas sensibilizadas y con perspectiva de género para garantizar una atención cercana y directa.
- Deberá llevar un registro estadístico de las atenciones que otorguen e ingresarlas al BANAVIM, para generar información para el desarrollo de políticas públicas.
- Realizarán acciones de difusión, con el objetivo de desarrollar un mejor y más eficaz proceso de acompañamiento.
- Tendrán una capacitación permanente que contribuya a su sensibilización y profesionalización, actualización y desarrollo en perspectiva de género.
Con esto se implementan acciones afirmativas en favor de las mujeres víctimas, se atiende la Alerta de Violencia de Género y se prevé brindar atención especializada a las más de 4,312 mujeres víctimas que han acudido a esta institución.
Para fortalecer lo anteriormente expuesto, la Comisión Ejecutiva requiere seguir brindando sus servicios a las víctimas de manera eficaz e integral y oportuna de manera cercana, en donde se encuentran las Agencias del Ministerio Público especializados en investigar delitos cometidos contra mujeres, y que al día de hoy no contamos con asesoras jurídicas en dichas agencias, de ahí la importancia de poder contar con mujeres profesionistas especializadas que puedan brindar esta atención cercana a las mujeres víctimas en donde ellas denuncian.
Con esta implementación se garantizará la atención y el acompañamiento con perspectiva de género a través del efectivo ejercicio de sus derechos, y acompañarlas en la integración de sus carpetas de investigación y una vez que se judicialicen, acompañarlas en el desarrollo de cualquier etapa del procedimiento penal, vincularlas con las medidas de ayuda y asistencia con las que cuenta esta Comisión Ejecutiva, así como proporcionarles las herramientas para lograr recuperar sus proyectos de vida.
Por lo anterior, para poder lograr los objetivos antes señalados, se requiere de por lo menos 5 mujeres asesoras jurídicas, 1 médica y 1 psicóloga, mismas que estarán en las siguientes ubicaciones:
Las 6 asesoras jurídicas, se ubicarán en:
- 1 Asesora Jurídica en el Centro de Justicia para Mujeres del Estado de Tlaxcala, para la atención, acompañamiento e integración de las carpetas de investigación y en caso de que proceda su judicialización; cito en Avenida Politécnico Nacional S/N, Col. Unitlax, Tlaxcala.
- 1 Asesora Jurídica en la Unidad de Investigación Especializada en Delitos de Violencia Intrafamiliar, ubicada en las instalaciones de la Procuraduría General de Justicia del Estado, ante la necesidad de que las víctimas cuenten con una asesora jurídica que les asista y acompañe en la denuncia e integración de las carpetas de investigación y en caso de que proceda su judicialización; cito en Libramiento Poniente S/N Col. Unitlax, Tlaxcala.
- 1 Asesora Jurídica en la Unidad de Investigación Especializada en Delitos de Violencia Intrafamiliar de la Procuraduría General de Justicia del Estado; ubicado en el Municipio de Apizaco, para la atención, acompañamiento e integración de las carpetas de investigación y en caso de que proceda su judicialización para ser turnadas a las Casas de Justicia que correspondan; cito en Boulevard la Libertad, Apizaco, Tlaxcala.
- 1 Asesora Jurídica en Casa de Justicia del Distrito Judicial de Guridi y Alcocer, donde actualmente se encuentran las Salas de Audiencias, para asesorar, acompañar y representar a las víctimas en cualquier etapa del procedimiento penal en sus Causas Judiciales; cito en Calle 10, número 3102, Col. La Loma Xicohténcatl., Tlaxcala.
- 1 Asesora Jurídica en Casa de Justicia del Distrito Judicial de Sánchez Piedras, donde actualmente se encuentran las Salas de Audiencias, para asesorar, acompañar y representar a las víctimas en cualquier etapa del procedimiento penal en sus Causas Judiciales; cito en Primera Secc, San Luis Apizaquito; Apizaco, Tlaxcala.
- 1 Asesora Jurídica en Oficinas Centrales de la Comisión Ejecutiva, para asesorar y dar el acompañamiento a las mujeres víctimas que son canalizadas a esta Comisión por parte de los Municipios donde no contamos con Módulos Regionales de Atención, por ello, es importante brindar la atención en oficinas centrales; cito en Boulevard Guillermo Valle Número 13, Col. Centro, Tlaxcala.
Las asesoras jurídicas, además del asesoramiento y acompañamiento a las víctimas mujeres, realizarán lo
siguiente:
- Generar un registro estadístico de las atenciones que otorguen e ingresarlas al BANAVIM, para generar información para el desarrollo de políticas públicas.
- Suministrar información respecto a las mujeres víctimas atendidas en el Registro Estatal de Víctimas.
- Realizar acciones de difusión, con el objetivo de desarrollar un mejor y más eficaz proceso de acompañamiento.
- Capacitación permanente que contribuya a su sensibilización y profesionalización, actualización y desarrollo en perspectiva de género.
Para brindar atención integral:
- 1 Psicóloga en Oficinas Centrales de la Comisión Ejecutiva, para brindar atención especializada con perspectiva de género a mujeres víctimas, mediante acompañamiento psicológico y servicios de atención en crisis y contención emocional; ya que actualmente en la Comisión Ejecutiva no se cuenta con Psicóloga mujer, siendo una parte importante y fundamental para la atención desde una perspectiva de género a mujeres, niñas, niños y adolescentes víctimas. Así como también brindar acompañamiento a los equipos multidisciplinarios en las audiencias de los procedimientos penales en los que nos son requeridos con perspectiva de género.
- 1 Médica en Casa de Justicia del Distrito Judicial de Sánchez Piedras de la Comisión Ejecutiva, para encaminar las acciones necesarias para lograr estabilizar la salud de las mujeres víctimas del delito, desde el primer momento de su atención hasta su restablecimiento total cuando sea posible lograrlo, a través de la vinculación con las unidades médicas con las que cuenta el Estado de Tlaxcala; ya que actualmente en Casa de Justicia del Distrito Judicial de Sánchez Piedras de la Comisión Ejecutiva no se cuenta con Médica mujer, siendo una parte importante y fundamental para la atención desde una perspectiva de género a mujeres, niñas, niños y adolescentes víctimas. Así como también brindar acompañamiento a los equipos multidisciplinarios en las audiencias de los procedimientos penales en los que nos son requeridos con perspectiva de género.
Con estas acciones, se garantiza a las mujeres, niñas, niños y adolescentes víctimas el acceso a la justicia pronta, expedita, imparcial y con perspectiva de género.
d.2 Metodología
| Objetivos específicos | Actividades | Indicadores | Medios de verificación |
| Brindar asesoría jurídica y atención integral especializada a mujeres, niñas, niños y adolescentes víctimas, por mujeres profesionistas sensibilizadas y con perspectiva de género para garantizar una atención cercana y directa a fin de garantizarles el acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de igualdad y de no discriminación | 1. Las asesoras jurídicas orientarán, asesorarán e intervendrán en el procedimiento penal en favor de las víctimas, realizando todas las acciones legales tendientes a su defensa, incluyendo las que correspondan en materia de derechos humanos. | 1. Número de asesorías jurídicas brindadas por cada asesora jurídica. 2. Número de atenciones psicológicas otorgadas. | 1. Informes mensuales de asesoras jurídicas, psicóloga y médica. 2. Reportes generados por BANAVIM. 3. Base de datos del Registro Estatal de Víctimas. 4. Fotografías de atenciones y acompañamiento brindados. |
| 2. La psicóloga brindará atención especializada con perspectiva de género a mujeres víctimas, mediante acompañamiento psicológico y servicios de atención en crisis y contención emocional. | 3. Número de intervenciones psicológicas a través del equipo multidisciplinario en el desahogo de audiencias. |
| De igual manera brindará acompañamiento a los equipos multidisciplinarios en las audiencias de los procedimientos penales en los que nos son requeridos con perspectiva de género. 3. La médica encaminará las acciones necesarias para lograr estabilizar la salud de las mujeres víctimas del delito, desde el primer momento de su atención hasta su restablecimiento total cuando sea posible lograrlo, para lo anterior, realizará la vinculación con las unidades médicas con las que cuenta el Estado de Tlaxcala. | 4. Número de atenciones médicas otorgadas. 5. Número de intervenciones médicas a través del equipo multidisciplinario en el desahogo de audiencias. 6. Número de víctimas registradas en BANAVIM. | |
| | |
| | De igual manera brindará acompañamiento a los equipos multidisciplinarios en las audiencias de los procedimientos penales en los que nos son requeridos con perspectiva de género. | 7. Número de víctimas ingresadas al Registro Estatal de Víctimas. | |
| | 4. Generar un registro estadístico de las atenciones que otorguen e ingresarlas al BANAVIM, para generar información que contribuya al desarrollo de políticas públicas por CONAVIM y el Gobierno del Estado. | | |
| | 5. Suministrar información respecto a las mujeres víctimas atendidas al Registro Estatal de Víctimas. | | |
d.2.1 Pasos a desarrollar
| | Descripción |
| 1 | Contratación del personal especializado que atienda las necesidades de las víctimas. |
| 2 | Instalar al personal especializado en los lugares específicos descritos con anterioridad, a fin de atender la Declaratoria de Alerta por Violencia de Género en el estado de Tlaxcala, con el objetivo de atender de manera integral y personalizada a las víctimas que se acerquen a recibir la atención señalada. |
| 3 | Orientar, asesorar e intervenir en el procedimiento penal en favor de las víctimas, realizando todas las acciones legales tendientes a su defensa, incluyendo las que correspondan en materia de derechos humanos. |
| 4 | Generar un registro estadístico de las atenciones que otorguen e ingresarlas al BANAVIM, para generar información para el desarrollo de políticas públicas. |
| 5 | Suministrar información respecto a las mujeres víctimas atendidas en el Registro Estatal de Víctimas. |
| 6 | Brindar acompañamiento integral y multidisciplinario en las audiencias de los procedimientos penales en los que sean requeridos con perspectiva de género. |
| 7 | Dar seguimiento a las mujeres, niñas, niños y adolescentes víctimas que sufren violencias de los diferentes municipios con Declaratoria de Alerta por Violencia de Género en el estado de Tlaxcala, que hayan sido canalizadas a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y Ofendidos. |
d.3 Cobertura geográfica y población beneficiaria
d.4 Actores estratégicos
| | Actor | Tipo de participación |
| | - Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y Ofendidos del Estado de Tlaxcala. | Brindar asesoría jurídica, así como atención médica y psicológica especializada a mujeres víctimas por mujeres profesionistas sensibilizadas y con perspectiva de género para garantizar una atención cercana y directa a fin de garantizar a las mujeres el acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de igualdad y de no discriminación. |
| | - Procuraduría General de Justicia del Estado | Contribuir en la atención cercana y oportuna a las víctimas con asesoría jurídica y acompañamiento en todas las etapas del procedimiento penal en los módulos de violencia intrafamiliar Zona Sur y Norte. |
| | - Centro de Justicia para Mujeres | Contribuir en la atención cercana y oportuna a las víctimas, con equipo multidisciplinario brindando una atención jurídica y médica y acompañamiento en la integración de su carpeta y en todas las etapas del procedimiento penal En la atención directa |
| | - Poder Judicial del Estado | Orientar, representar e intervenir legalmente a favor de las victimas en el desarrollo de todas las etapas del procedimiento penal en las Causas Judiciales |
d.5 Identificación de riesgos y cómo afrontarlos
| Riesgo | Medidas de afrontamiento |
| No contratar a perfiles correctos, y que las personas contratadas no estén suficientemente capacitadas para brindar una adecuada atención a víctimas. | Revisar los perfiles y procesos de selección; fortalecer la supervisión y evaluación de satisfacción del personal contratado. |
| No exista una adecuada difusión del fortalecimiento en la atención a víctimas. | Realizar una adecuada difusión en la entrada donde se encuentren ubicadas las asesoras jurídicas y personal de atención integral. |
d.6 Cronograma de actividades y gasto
d.7 Perfil y experiencia que deberá acreditar la o las personas físicas o morales que realizarán el proyecto, distintas a aquellas que sean servidoras públicas, así como sus antecedentes respecto a la elaboración de otros proyectos en otras entidades federativas
Tipo de perfil requerido:
| ÁREAS DE ESPECIALIZACIÓN | AÑOS DE EXPERIENCIA MÍNIMA REQUERIDA | GRADO O NIVEL DE ESPECIALIZACIÓN | NÚMERO DE PERSONAS A CONTRATAR |
| Derecho | 1 año | Licenciatura | 6 |
| Ciencias de la Salud | 1 año | Licenciatura | 1 |
| Psicología | 1 año | Licenciatura | 1 |
OTRO TIPO DE PERFIL REQUERIDO:
d.7 Perfil y experiencia que deberá acreditar las personas morales que realizarán el proyecto.
| PERFIL | AÑOS DE EXPERIENCIA MÍNIMA REQUERIDA | GRADO O NIVEL DE ESPECIALIZACIÓN | ESPECIFIQUE EL GRADO O NIVEL | NÚMERO DE PERSONAS A CONTRATAR |
| No aplica | | . | | |
ESQUEMA DE CONTRATACIÓN:
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal firman el Anexo Técnico en cuatro ejemplares, en términos del numeral Trigésimo segundo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto AVGM/TLAX/AC01/SG/018, en la Ciudad de el día 29 del mes de mayo de 2023.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: la Gobernadora del Estado de Tlaxcala, Lorena Cuéllar Cisneros.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Sergio González Hernández.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, David Álvarez Ochoa.- Rúbrica.