ACUERDO por el que se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación, el inmueble federal denominado Patio Fiscal B, ubicado en Calzada Abelardo L. Rodríguez número 101, Colonia Alamitos, Sin Manzana, Lote sin número, Porción Oeste Fracción Este, Código Postal 21210, Municipio de Mexicali, Estado de Baja California, con Registro Federal Inmobiliario número 2-5277-7 y se autoriza su enajenación a título oneroso mediante licitación pública.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- AD-012-2023.
ACUERDO por el que se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación, el inmueble federal denominado "Patio Fiscal B", ubicado en Calzada Abelardo L. Rodríguez número 101, Colonia Alamitos, Sin Manzana, Lote sin número, Porción Oeste Fracción Este, Código Postal 21210, Municipio de Mexicali, Estado de Baja California, con Registro Federal Inmobiliario número 2-5277-7 y se autoriza su enajenación a título oneroso mediante licitación pública.
VÍCTOR JULIÁN MARTÍNEZ BOLAÑOS, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción I, 17, 26 y 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones II, IV y VII, 3 fracción III, 4 párrafos primero y segundo, 6 fracción XXI, 11 fracción I, 13, 28 fracción I, 29 fracciones I, II y VI, 84 fracción I, 85, 88, 95 y 101 fracción VI, de la Ley General de Bienes Nacionales; 4, apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y 1, 3 fracción X, 4 fracción I, inciso a) y 6 fracciones XXVI y XXXIII, del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; y
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO.- Que dentro de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación, se encuentra el inmueble federal con superficie de 17,682.55 metros cuadrados, denominado "Patio Fiscal B", ubicado en Calzada Abelardo L. Rodríguez número 101, Colonia Alamitos, Sin Manzana, Lote sin número, Porción Oeste Fracción Este, Código Postal 21210, Municipio de Mexicali, Estado de Baja California, con Registro Federal Inmobiliario número 2-5277-7.
SEGUNDO.- Que la propiedad del inmueble a que se refiere el Considerando precedente, se acredita mediante Escritura número 3 de fecha 30 de septiembre de 2003, otorgada en la Ciudad de Mexicali, Estado de Baja California, ante la fe del Licenciado Luis Alfonso Vidales Moreno, Notario Público número 5 de esa Municipalidad y del Patrimonio Inmueble Federal, inscrita en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el Folio Real número 73020 de fecha 24 de octubre de 2003.
TERCERO.- Que las medidas y colindancias del inmueble objeto del presente Acuerdo se consignan en el plano topográfico número TOP-01-MEXICALI-BC elaborado a escala 1:2000 por el Servicio de Administración Tributaria, aprobado y registrado por la entonces Dirección de Registro Público y Catastro de la Propiedad Federal, el 01 de abril de 2011, bajo el número DRPCPF-3581-2011-T/ y certificado el 30 de marzo de 2022, por la Dirección de Registro Público y Control Inmobiliario.
En el plano topográfico aludido se indica que la superficie del inmueble corresponde a 17,682.55 metros cuadrados, por lo que existe una diferencia de 0.02 metros cuadrados con la superficie de 17,682.53 metros cuadrados que se señala en el folio real 73020, sin embargo dicha diferencia corresponde al 0.00011 por ciento en relación con la superficie total del predio, por lo que se encuentra dentro del margen de tolerancia del 2% a que se refiere el criterio técnico establecido por la Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria, Unidad Administrativa del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, contenido en el documento denominado "Especificaciones Técnicas y Requisitos para la Elaboración de Planos Topográficos y Catastrales que se realicen respecto a los inmuebles que forman parte del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal", en el que se considera esta una diferencia técnicamente admisible, atendiendo a que no siempre se han utilizado los mismos métodos y equipos de medición para obtener la superficie de los inmuebles federales.
CUARTO.- Que por oficio número 401.4S.15-2022/0857 de fecha 11 de mayo de 2022, la Subdirección de Catálogo y Zonas, adscrita a la Coordinación Nacional de Monumentos Históricos del Instituto Nacional de Antropología e Historia, comunicó que el inmueble materia de este Acuerdo, no es Monumento Histórico, no colinda con Monumento Histórico y no se encuentra dentro de una Zona de Monumentos Históricos.
QUINTO.- Que mediante la constancia de publicación de fecha 12 de mayo de 2022, y con fundamento en el artículo 49 fracción II de la Ley General de Bienes Nacionales, así como el numeral 118 del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales, se hizo constar que la información relativa al inmueble materia del presente acuerdo, fue difundida a las Dependencias, Entidades y demás Instituciones Públicas, mediante su publicación en el sitio web de este Instituto durante al menos 5 días naturales contados a partir del 3 de mayo de 2022.
SEXTO.- Que por oficio número 0649-C/0534 de 12 de mayo de 2022, la Subdirección General del Patrimonio Artístico Inmueble del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, a través de la Dirección de Arquitectura y Conservación del Patrimonio Artístico Inmueble, manifestó que el inmueble materia de este Acuerdo, no cuenta con Declaratoria de Monumento Artístico o Zonas de Monumentos Artísticos con publicación mediante Decreto en el Diario Oficial de la Federación.
SÉPTIMO.- Que los integrantes del Comité de Aprovechamiento Inmobiliario de este Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en su (3ª/22) Tercera Sesión Ordinaria del Comité de Aprovechamiento Inmobiliario, celebrada el 6 de septiembre de 2022, mediante el Acuerdo número 08/2022 CAI, determinan autorizar las acciones para el mejor uso y aprovechamiento del inmueble objeto de este instrumento, para su enajenación onerosa.
OCTAVO.- Que mediante oficio número DGPGI/817/2022 de fecha 28 de noviembre de 2022, la Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria comunicó el Dictamen número DAAD/2022/009, en el cual se consideró que al no encontrarse catalogado como bien de uso común el inmueble objeto del presente, de conformidad con lo establecido por el artículo 7 de la Ley General de Bienes Nacionales, se actualiza la hipótesis normativa prevista en el artículo 84 de la Ley en cita, por lo cual podrían ser procedentes las acciones de administración y disposición establecidas en las diversas fracciones del artículo invocado.
Atendiendo al contenido del oficio en el presente considerando, en el caso concreto, resulta aplicable la fracción I del artículo 84 de la Ley General de Bienes Nacionales.
NOVENO.- Que mediante Constancia de Alineamiento Vial de Predio de fecha 16 de marzo de 2023, suscrita por el Jefe del Departamento de Catastro del H. Ayuntamiento de Mexicali, se identifica que el inmueble objeto del presente instrumento, se encuentra ubicado en Calzada Abelardo L. Rodríguez número 101, Colonia Alamitos, Sin Manzana, Lote sin número, Porción Oeste Fracción Este, Código Postal 21210, Municipio de Mexicali, Estado de Baja California.
DÉCIMO.- Que la documentación legal fue debidamente integrada y cotejada con la que obra en el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal.
DÉCIMO PRIMERO.- Que la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal de este Instituto, de conformidad con lo previsto por el artículo 11, fracción V, de su Reglamento, conoció y revisó desde el punto de vista técnico jurídico, la desincorporación del régimen de dominio público de la Federación y la autorización para enajenar el inmueble federal denominado "Patio Fiscal B". La documentación legal y técnica que sustenta la situación jurídica y administrativa del inmueble, así como de este Acuerdo, obra en el expedientillo de trámite integrado por dicha Dirección General y fue debidamente integrada y cotejada con la que obra en el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal.
Con fundamento en el artículo 9 fracción XIV del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, la Unidad Jurídica emitió opinión procedente respecto del presente Acuerdo; por lo que con base en las consideraciones referidas y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar al patrimonio inmobiliario federal el óptimo aprovechamiento, he tenido a bien expedir el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO.- Se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación y se autoriza la enajenación a título oneroso mediante licitación pública, del inmueble federal denominado "Patio Fiscal B", ubicado en Calzada Abelardo L. Rodríguez número 101, Colonia Alamitos, Sin Manzana, Lote sin número, Porción Oeste Fracción Este, Código Postal 21210, Municipio de Mexicali, Estado de Baja California, con Registro Federal Inmobiliario número 2-5277-7.
SEGUNDO.- El precio de venta será cubierto por el adquirente en una sola exhibición y no podrá ser inferior al que para tal efecto determine el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, mediante el avalúo respectivo. Si realizada la licitación pública dicho inmueble no se hubiere enajenado, se estará a lo dispuesto por el artículo 85 de la Ley General de Bienes Nacionales.
TERCERO.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, realizará a nombre y representación de la Federación, los actos correspondientes para llevar a cabo la operación que se autoriza.