LINEAMIENTOS Generales para la elaboración de diagnósticos de cuyos resultados se obtienen propuestas de atención de programas federales.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- BIENESTAR.- Secretaría de Bienestar.
ARIADNA MONTIEL REYES, Secretaria de Bienestar, con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 43, fracción XI, de la Ley General de Desarrollo Social; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 7 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social; 1, 4 y 5, fracción XXIV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Bienestar, y Vigésimo Primero de los Lineamientos Generales para la Evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal, y
CONSIDERANDO
Que las dependencias y entidades deben elaborar un Diagnóstico que justifique la creación de nuevos programas federales que se pretendan incluir dentro del proyecto del presupuesto anual o, en su caso, que justifique la ampliación o modificación sustantiva de los programas federales existentes, precisando su impacto presupuestario y las fuentes de financiamiento;
Que la creación o permanencia de un programa federal debe fundamentarse en un Diagnóstico, que parta de la identificación del problema que se busca resolver, haga una caracterización y análisis detallado de los aspectos principales del mismo, para dar paso al planteamiento de posibles alternativas de solución y la selección de la alternativa más apropiada desarrollada en una Propuesta de Atención, y
Que para crear un nuevo programa federal la dependencia o entidad responsable del mismo, elaborará un Diagnóstico acerca de su conveniencia, viabilidad y eficiencia, siguiendo los lineamientos que determine la Secretaría de Bienestar.
He tenido a bien expedir los siguientes
LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA ELABORACIÓN DE DIAGNÓSTICOS DE CUYOS
RESULTADOS SE OBTIENEN PROPUESTAS DE ATENCIÓN DE PROGRAMAS FEDERALES
1. Objeto.
Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer los elementos que se deberán observar en la elaboración de Diagnósticos y Propuestas de Atención que justifiquen la necesidad de crear nuevos programas federales, o en su caso, mantener, ampliar o modificar sustantivamente los programas existentes, que estén a cargo de la Secretaría de Bienestar o de sus organismos sectorizados.
2. Glosario de términos.
Para efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:
· Árbol de Objetivos: Herramienta metodológica que permite identificar la situación deseada que un programa público busca alcanzar, el objetivo central del programa, identificar los fines, definir los medios y acciones que dan alternativas de solución.
· Árbol del Problema: Herramienta metodológica que permite identificar el problema central que un programa público busca resolver y examinar las causas que lo provocan, sus efectos y su interrelación.
· Causas: Los elementos que provocan una situación problemática.
· Coneval: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
· Diagnóstico: Documento de análisis que busca identificar el problema que se pretende resolver y detallar sus características relevantes, y de cuyos resultados se obtienen Propuestas de Atención.
· DGCS: Dirección General de Comunicación Social.
· DGMED: Dirección General de Monitoreo y Evaluación para el Desarrollo.
· DGPA: Dirección General de Planeación y Análisis.
· DGPB: Dirección General de Padrones de Beneficiarios.
· Efectos: Consecuencias directas o indirectas de un problema, o de llevar a cabo una acción, política o programa.
· Lineamientos: Los Lineamientos generales para la elaboración de Diagnósticos de cuyos resultados se obtienen Propuestas de Atención de programas federales.
· Marco Lógico: Metodología mediante la cual se elabora una matriz que describe el fin, propósito, componentes y actividades de un programa público; así como los indicadores, metas, medios de verificación y supuestos correspondientes.
· Población objetivo: Subconjunto de la población potencial que el programa público busca atender en un periodo determinado, considerando los cambios sustanciales, las limitaciones financieras e institucionales del programa, entre otros.
· Población potencial: Población que presenta la necesidad y/o problema. Esta justifica al programa público considerando los cambios sustanciales a partir de los cuales pudiese ser elegible para su atención.
· Poblaciones: Número de personas que se busca atender directamente.
· Programa público: Conjunto de planes, proyectos o estrategias que encauzan las acciones concretas del gobierno para atender problemas públicos, alineados a los objetivos de la planeación nacional e implementados a través de los programas federales.
· Programa federal: Categoría que permite organizar de forma representativa y homogénea las asignaciones de los recursos a los programas y acciones en materia de desarrollo social, así como aquellos relativos a funciones de gobierno, a cargo de esta Secretaría, previstos en el Presupuesto de Egresos de la Federación de cada ejercicio fiscal.
· Propuesta de Atención: Documento que, partiendo de los resultados de un Diagnóstico, identifica y propone una alternativa viable para la atención del problema público, a través de un programa federal.
· Secretaría: Secretaría de Bienestar.
· SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
· UPEPD: Unidad de Planeación y Evaluación de Programas para el Desarrollo.
· URs: Las Unidades Responsables de la operación de los programas federales.
3. Ámbito de aplicación.
Los presentes Lineamientos son de observancia general para la Secretaría y sus organismos sectorizados.
4. Áreas responsables.
Los Diagnósticos de los programas federales de la Secretaría serán elaborados por la DGPA, en colaboración con la URs.
Las Propuestas de Atención serán elaboradas por la UPEPD, pudiendo ser auxiliada por la URs, o por otras Unidades Administrativas de la Secretaría.
La aprobación y emisión de la versión definitiva de los Diagnósticos y las Propuestas de Atención será realizada por la UPEPD, quien notificará a la DGPP o la DGMED, según corresponda, para que por su conducto sea entregado a la SHCP o Coneval, en el ámbito de sus respectivas competencias, para su revisión. Después de obtener la respuesta favorable de la SHCP o Coneval, la UPEPD solicitará a la DGCS la publicación del documento en la página oficial de la Secretaría.
5. Interpretación.
La interpretación de los presentes Lineamientos, la resolución de los casos no previstos en ellos, así como la autorización de excepciones, corresponderá a la UPEPD.
6. Contenido de los Diagnósticos y Propuestas de Atención.
Los Diagnósticos y Propuestas de Atención podrán constar en documentos separados o integrados.
6.1. Los Diagnósticos deberán contener como mínimo los siguientes elementos:
6.1.1. Antecedentes.
En esta sección se describirá el entorno de política pública en el que se presenta el problema, el marco jurídico nacional y/o internacional, así como la descripción del pasado reciente de la situación a tratar.
En el caso de los programas federales con cambios sustanciales o con Aspectos Susceptibles de Mejora este apartado dará cuenta de las recomendaciones producto de la evaluación realizada al programa y su estrategia de atención.
6.1.2. Árbol del Problema.
El Diagnóstico deberá incluir un Árbol del Problema que identifique claramente el problema que se busca resolver, detallando las causas y efectos, así como la interrelación en sus niveles directos e indirectos siguiendo la Metodología de Marco Lógico.
6.1.3. Identificación del problema.
Se realizará a partir de una revisión documental relacionada con el problema en estudio, a fin de caracterizar la problemática en el tiempo y espacio recientes. El apartado deberá señalar, de ser pertinente, los casos en los que el problema presente afectaciones diferenciadas en ciertos grupos de población (mujeres, niñas, niños y adolescentes, jóvenes, adultos mayores, pueblos y comunidades indígenas y/o afromexicanas, personas con discapacidad, población rural o ámbito de residencia, entre otros).
El apartado en referencia deberá contener, como elementos mínimos, los siguientes:
· Delimitación precisa del problema que el programa busca solucionar;
· Identificación de las principales causas del problema;
· Identificación de los principales efectos del problema;
· Análisis de la interrelación entre causas, problema y efectos.
6.1.4. Magnitud de la población.
El objetivo de este apartado es proveer información que permita identificar, cuantificar y caracterizar la población del programa propuesto o los cambios sustanciales que requiere.
Se deberá analizar detalladamente la población considerando aquella que resulta factible atender. Los elementos mínimos de este apartado son:
6.1.4.1. Descripción y análisis de las poblaciones.
Con base en métricas y fuentes de información oficiales, se deberá elaborar un análisis de las principales variables asociadas al comportamiento del problema con la finalidad de conocer la magnitud poblacional que busca atender el programa federal.
6.1.4.1.1. Identificación y caracterización de la población potencial.
Se determinará la población que presenta la necesidad y/o problema y que, por tanto, pudiera ser elegible para su atención. Con base en métricas provenientes de fuentes de información oficiales, se deberán analizar las características socioeconómicas, demográficas y geográficas de la población potencial.
6.1.4.1.2. Identificación y caracterización de la población objetivo.
Se determinará como un subconjunto de la población potencial, con base en métricas provenientes de fuentes de información oficiales, se analizarán las características socioeconómicas, demográficas y geográficas o las que apliquen de la población, detallando las situaciones que obstaculicen la resolución del problema que el programa pretende atender.
Este análisis tendrá un periodo determinado y considerará las limitaciones financieras e institucionales existentes, entre otros.
6.1.4.2. Previsión de la población objetivo.
A partir de la dinámica de la población objetivo se desarrollará un análisis que explore escenarios probables que impacten en su evolución.
6.1.4.3. Frecuencia de actualización de las poblaciones.
Se determinará la frecuencia de actualización de las poblaciones en función de las fuentes de información oficiales con mayor oportunidad.
6.2. Las Propuestas de Atención deberán contener como mínimo los siguientes elementos:
6.2.1. Experiencias de atención a la problemática.
Este apartado identificará experiencias de atención al tipo de problema que se esté enfrentando, realizadas a nivel internacional, nacional o local, de implementación presente o pasada.
En su caso, se analizará la información relativa a los resultados encontrados en los programas de atención identificados.
6.2.2. Propuesta de diseño.
Se explicará de qué manera se podría contribuir a su solución mediante un programa diseñado ex-profeso, y cuáles serían las características principales de éste.
Este apartado deberá desarrollar los siguientes elementos:
6.2.2.1. Identificación de la alternativa adecuada para solucionar el problema planteado.
Se identificarán las principales alternativas para solucionar el problema, así como la justificación de la opción seleccionada. Dicha justificación se redactará en términos de eficiencia y eficacia, considerando la factibilidad de su implementación y los riesgos que pudieran obstaculizarla.
6.2.2.2. Especificación de la modalidad presupuestaria.
Se establecerá y justificará la modalidad del programa federal de acuerdo con el Manual de Programación y Presupuesto más reciente.
6.2.2.3. Descripción del diseño conceptual de la alternativa seleccionada.
Se presentará la propuesta de diseño conceptual del programa, guardando congruencia con la información proporcionada en las secciones previas del Diagnóstico, incluyendo una propuesta de:
· Árbol de objetivos;
· Matriz de Marco Lógico, al menos al nivel de resumen narrativo;
· Población objetivo, proponiendo criterios de elegibilidad;
· Criterios de selección (es decir, criterios para la priorización entre la población que resulte elegible);
· Cobertura;
· Tipos de apoyo (en relación uno a uno con los componentes de la Matriz de Marco Lógico); y
· Montos de apoyo, procurando incluir justificaciones para los mismos.
6.2.2.4. Identificación de duplicidades, complementariedades o sinergias.
Se realizará un análisis comparativo con los programas vigentes de la Administración Pública Federal identificando las duplicidades, complementariedades o sinergias que pudieran presentarse entre el programa propuesto y otros programas federales. De ser el caso, analizar las diferencias y la aportación específica de la solución propuesta.
Para el presente apartado se deberá realizar al menos un análisis comparativo de los programas en sus objetivos, población, cobertura y bien o servicio entregado.
6.2.3. Marco de actuación de la propuesta.
La Propuesta de Atención deberá especificar cómo se alinea la solución propuesta con los instrumentos de planeación nacionales, sectoriales, institucionales e internacionales, especificando en qué objetivos estratégicos, estrategias o líneas de acción contribuyen:
6.2.4. Proyecciones financieras y de metas para la solución propuesta.
Se incluirá una proyección tentativa de metas para el indicador más significativo (procurando que éste refleje el número de beneficiarios y la cobertura del programa), así como la proyección presupuestal, precisando su impacto presupuestario y las fuentes de su financiamiento.
6.2.5. Previsiones para integración y operación de Padrones.
Este apartado deberá indicar, en términos generales, cómo se prevé integrar, actualizar y operar el padrón de beneficiarios. En el caso de programas federales cuya unidad de intervención no sea el individuo o el hogar deberá preverse un padrón de dichas unidades.
La elaboración del presente apartado se realizará con base en las propuestas que efectúe la DGPB, y en coordinación con la misma.
Adicionalmente, los Diagnósticos y Propuestas de Atención deberán incluir:
6.3. Conclusiones.
Este apartado deberá contener una breve recapitulación de los principales resultados y hallazgos del documento.
6.4. Glosario.
Incluirá las definiciones de los conceptos más importantes utilizados en el documento diferenciando, siempre que sea necesario, los términos jurídicos de los administrativos, así como su uso en otros ámbitos o sectores.
6.5. Fuentes de información.
Se enlistarán y citarán adecuadamente las fuentes de información que se hayan utilizado.
6.6. Anexos.
Se incluirá toda aquella información de soporte que fortalezca y aporte evidencia sobre lo tratado en el documento. Cuando se hayan elaborado cálculos o estimaciones, se deberá especificar la metodología y bases de datos utilizadas. Asimismo, se deberá incluir la matriz de indicadores del programa federal propuesto.
TRANSITORIOS
Primero. Los presentes Lineamientos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Se abrogan los Lineamientos generales para la elaboración de diagnósticos de cuyos resultados se obtienen propuestas de atención de programas de desarrollo social, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 7 de mayo de 2009.
Dado en la Ciudad de México, a los 09 días del mes de mayo de dos mil veintitrés.- La Secretaria de Bienestar, Ariadna Montiel Reyes.- Rúbrica.