Auditoría Superior de la FederaciónX
Cámara de Diputados
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Substanciación "A"
Expedientes No. DGSUB"A"/A.1/140/03/2023, DGSUB"A"/A.1/148/03/2023,
DGSUB"A"/A.1/159/04/2023, DGSUB"A"/A.1/165/04/2023, DGSUB"A"/A.1/166/04/2023, DGSUB"A"/A.1/167/04/
2023 y DGSUB"A"/A.1/172/04/2023
 
La persona moral denominada TP DE CAMPECHE S.A. DE C.V en el Procedimiento de Responsabilidad Administrativa DGSUB"A"/A.1/140/03/2023; el C. OSCAR LEONEL MARTÍNEZ HERRERA en el Procedimiento de Responsabilidad Administrativa DGSUB"A"/A.1/148/03/2023; el C. JUAN LÓPEZ SALAZAR en el Procedimiento de Responsabilidad Administrativa DGSUB"A"/A.1/159/04/2023; el C. RAÚL ADRIÁN CALDERÓN JORDÁN en el Procedimiento de Responsabilidad Administrativa DGSUB"A"/A.1/165/04/2023; el C. VÍCTOR HUGO DELGADO GUZMÁN en el Procedimiento de Responsabilidad Administrativa DGSUB"A"/A.1/166/04/2023; el C. EDGAR VEYTIA en el Procedimiento de Responsabilidad Administrativa DGSUB"A"/A.1/167/04/2023; y la C. MARÍA YOLANDA REBOLLEDO DOMINGUEZ en el Procedimiento de Responsabilidad Administrativa DGSUB"A"/A.1/172/04/2023; iniciados en su contra por la Dirección General de Substanciación "A" de la Auditoría Superior de la Federación, en los que se les señala como presuntos responsables, a la persona moral denominada TP DE CAMPECHE S.A. DE C.V en su carácter de Contratista, por la probable falta administrativa consistente en: utilización de información falsa; al C. Oscar Leonel Martínez Herrera en su carácter de Presidente Municipal de Pueblo Nuevo, Durango, por la probable falta administrativa consistente en: desvío de recursos públicos; al C. Juan López Salazar en su carácter de Rector de la Universidad Autónoma de Nayarit, por la probable falta administrativa consistente en: abuso de funciones; al C. Raúl Adrián Calderón Jordán en su carácter de Tesorero General Municipal de La Paz, Baja California Sur, por la probable falta administrativa consistente en: desvío de recursos públicos; al C. Víctor Hugo Delgado Guzmán en su carácter de Responsable de Recursos Financieros del Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública del Gobierno del Estado de Nayarit, por la probable falta administrativa consistente en: desvío de recursos públicos; al C. Edgar Veytia en su carácter de Secretario Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública del Gobierno del Estado de Nayarit, por la probable falta administrativa consistente en: abuso de funciones y a la C. María Yolanda Rebolledo Domínguez, en su carácter de Jefa de Oficina de Cuentas por Pagar de la Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, por la probable falta administrativa consistente en: desvío de recursos públicos; por lo que, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria en términos del artículo 1 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, la cual a su vez es supletoria de la Ley General de Responsabilidades Administrativas en su diverso 118; se les cita para que comparezcan personalmente a la audiencia inicial en las fechas y horarios siguientes:
 
Presunto responsable
Procedimiento de
Responsabilidad Administrativa
Fecha de
audiencia
Hora
TP DE CAMPECHE S.A. DE C.V
DGSUB"A"/A.1/140/03/2023
01 de agosto
de 2023
10:00
OSCAR LEONEL MARTÍNEZ HERRERA
DGSUB"A"/A.1/148/03/2023
10:30
JUAN LÓPEZ SALAZAR
DGSUB"A"/A.1/159/04/2023
11:00
RAÚL ADRIÁN CALDERÓN JORDÁN
DGSUB"A"/A.1/165/04/2023
11:30
VÍCTOR HUGO DELGADO GUZMÁN
DGSUB"A"/A.1/166/04/2023
12:00
EDGAR VEYTIA
DGSUB"A"/A.1/167/04/2023
12:30
MARÍA YOLANDA REBOLLEDO
DOMINGUEZ
DGSUB"A"/A.1/172/04/2023
13:00
 
Las citadas audiencias se celebrarán en las oficinas que ocupa la Dirección General de Substanciación "A" de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Auditoría Superior de la Federación, ubicadas en el sexto piso del edificio "A" situado en Carretera Picacho Ajusco número 167, Colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, C.P. 14110, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México, en la que rendirán su declaración por escrito o verbalmente y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias para su defensa; asimismo, se les informa el derecho que tienen de no declarar en contra de sí mismos ni declararse culpables, así como su derecho a defenderse personalmente o ser asistidos por un defensor perito en la materia y que de no contar con un defensor les será nombrado uno de oficio. Poniéndoseles a su disposición las copias certificadas del Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa, del Acuerdo por el que se admite y de las constancias del Expediente de Presunta Responsabilidad Administrativa que nos ocupan, en días hábiles y dentro del horario comprendido de las 9:00 a las 15:00 y de las 16:30 a las 18:30. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia, se les hace saber que en su audiencia inicial deben señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México, sede de la Auditoría Superior de la Federación, apercibidos que de no hacerlo, las que se deban practicar posteriormente, inclusive las de carácter personal, se deben llevar a cabo a través de rotulón que se fijará en los estrados de Auditoría Superior de la Federación. Si, pasado el término referido anteriormente, no comparecen a la audiencia inicial, se debe seguir el procedimiento, haciéndoseles las ulteriores notificaciones por rotulón, que se fijará en los estrados de la Auditoría Superior de la Federación, y que debe contener, en síntesis, la determinación que ha de notificarse. Ciudad de México, a doce de mayo de dos mil veintitrés. El Director de Substanciación "A.1", Dr. Alfonso Javier Arredondo Huerta.- Rúbrica.
 
(R.- 536550)