CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de Gobernación y la Ciudad de México, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/CDMX/AC04/FGJ/062, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el ejercicio fiscal 2023.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA "CONAVIM", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR MA FABIOLA ALANÍS SÁMANO; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA JEFA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, ASISTIDA POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, MARTÍ BATRES GUADARRAMA, LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, LUZ ELENA GONZÁLEZ ESCOBAR Y LA FISCAL GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ERNESTINA GODOY RAMOS, TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE E INSTANCIA LOCAL RECEPTORA; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO"; Y CUANDO ACTÚEN CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en lo sucesivo (LGAMVLV), establece en su Título II. "Modalidades de la Violencia", Capítulo V. "De la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", que la alerta de violencia de género contra las mujeres tendrá como objetivo fundamental garantizar la seguridad de las mujeres, detener la violencia en su contra y eliminar las desigualdades producidas por una legislación que agravia sus derechos humanos, para dar cumplimiento a la obligación constitucional y convencional del Estado mexicano de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, que implica adoptar políticas y medidas específicas para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia en su contra.
De conformidad con lo señalado en el artículo 25 de la LGAMVLV, corresponde al Gobierno Federal, a través de "GOBERNACIÓN", declarar la alerta de violencia de género, al respecto notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la Entidad Federativa de que se trate, con la finalidad de detenerla y erradicarla a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por "GOBERNACIÓN" en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
El 1 de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se crea, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) con el objeto de ejercer las atribuciones que la LGAMVLV y su Reglamento le confieren a "GOBERNACIÓN", en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos.
Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2023 (PEF 2023), publicado en el DOF el 28 de noviembre de 2022, se derivan los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (DAVGM), así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario, los cuales ascienden a $110,998,792.50 (Ciento diez millones novecientos noventa y ocho mil setecientos noventa y dos pesos 50/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberán, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM, destinará los recursos previstos en el PEF 2023, para que se otorguen y apliquen en las Entidades Federativas y en la Ciudad de México en las que se haya decretado la DAVGM, así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2023 (LINEAMIENTOS) publicados en el DOF el 03 de febrero de 2023.
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 20 de enero de 2023, suscrito por Ernestina Godoy Ramos, Titular de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, el "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", solicitó en tiempo y forma a la CONAVIM recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: AVGM/CDMX/AC04/FGJ/062.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ), determinó viable el proyecto presentado, por lo que se autorizó la cantidad $5,148,366.24 (Cinco millones ciento cuarenta y ocho mil trescientos sesenta y seis pesos 24/100 M.N.) para la ejecución del proyecto AVGM/CDMX/AC04/FGJ/062. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio CONAVIM/CAAEVF/281/2023 de fecha 02 de febrero de 2023.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente instrumento, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. "GOBERNACIÓN" declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CONSTITUCIÓN); 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2. El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.3. La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN", de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y del Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009.
I.4. La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano, cuenta con facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 115, fracción V y 151 del RISEGOB.
 
I.5. Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", con número de Reporte General de Suficiencia Presupuestaria 00013.
I.6. Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Dr. José María Vértiz número 852, Piso 5, Colonia Narvarte Poniente, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
II. El "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" declara que:
II.1. La Ciudad de México es una Entidad integrante de la Federación, la cual ha adoptado para su régimen interior la forma de gobierno representativo, republicano, democrático, laico y popular bajo un sistema de división de poderes, pluralismo político y participación social, así mismo, es libre y autónoma en todo lo concerniente a su régimen interior y a su organización política y administrativa, así mismo, es capital de los Estados Unidos Mexicanos y sede de los Poderes de la Unión, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 40, 42 fracción I, 43, 44 y 122 Apartado A fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 numerales 1, 3 y 4 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 4 y 7 párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.
II.2. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 párrafo primero, 12 y 23 párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 13 y 15 fracción XVII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, la titularidad de la administración pública se le confiere a la persona denominada Jefa o Jefe de Gobierno, quien entre sus atribuciones cuenta con la facultad de celebrar Convenios de Coordinación con el Ejecutivo Federal, sus Dependencias y Entidades, los demás poderes de la unión; los gobiernos estatales; municipales y los órganos autónomos.
II. 3. La Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, en su carácter de Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, acredita su personalidad jurídica en términos de la constancia de declaratoria de mayoría expedida por la I Legislatura del Congreso de la Ciudad de México, asimismo mediante el "Bando solemne para dar a conocer a los habitantes de la Ciudad de México la Declaración de la Titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México electa", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 09 de noviembre de 2018 y en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el día 12 del mismo mes y año.
II.4. El Maestro Martí Batres Guadarrama, en su carácter de Secretario de Gobierno de la Ciudad de México, acredita su personalidad jurídica en términos del nombramiento expedido a su favor por Claudia Sheinbaum Pardo, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, el día 15 de julio de 2021; cuenta con atribuciones para asistir a la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, en términos de los artículos 33, numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2, párrafo primero, 11 fracción I, 14, 16, fracción I, 18, 20, fracciones IX y XXII y 26, fracciones XVI y XXXIX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 7, fracción I y 20, fracción XVII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.
II.5. La Licenciada Luz Elena González Escobar, en su carácter de Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, acredita su personalidad jurídica en términos del nombramiento expedido a su favor por Claudia Sheinbaum Pardo, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, el 01 de enero de 2019, se advierte que cuenta con atribuciones para asistir a la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, en términos de los artículos 33, numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2, párrafo primero, 11, fracción I, 14, 16, fracción II, 18, 20, fracciones IX y XXII y 27, fracción XL de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 7, fracción II y 20, fracción XVII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México. Quien interviene única y exclusivamente para efectos de transferir los recursos en el ámbito de su competencia, de conformidad con la normatividad aplicable en la Ciudad de México; de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
II.6. La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, de conformidad con el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 44 y 46 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1, 2, 3, y 4 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, es un órgano público constitucional autónomo, de carácter especializado e imparcial, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica, presupuestal y de gestión plena, encargado de la investigación de los delitos del orden común, asistiendo a la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión en su calidad de Instancia Local Receptora y Unidad del Gasto en términos de la normatividad aplicable.
II.7. La Licenciada Ernestina Godoy Ramos, Titular de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, acredita su personalidad jurídica mediante nombramiento de 10 de diciembre de 2019, con efectos a partir del 10 de enero del 2020, emitido por la Mesa Directiva del Congreso de la Ciudad de México; y en términos del artículo 35, fracción XVI de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, ostenta la representación legal de la Fiscalía General de Justicia y realiza todos los actos de dominio, administración, de pleitos y cobranzas a favor de la institución, conforme a la normatividad aplicable.
II.8. Para los efectos del presente instrumento, tiene como domicilio fiscal el ubicado en Avenida Fray Servando Teresa de Mier, número 77, Colonia Centro (Área 1), Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06000, Ciudad de México.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno y atribuciones, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.4. Consideran como acción para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, la Acción de Coadyuvancia siguiente: Justicia: Son las acciones y medidas destinadas a fortalecer la investigación, que proporcione elementos para sancionar con perspectiva de género y de interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres y las niñas para contribuir al acceso a la justicia pronta y expedita.
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS vigentes y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por la CONAVIM.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: AVGM/CDMX/AC04/FGJ/062, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2023; y que se encuadra en la siguiente Acción de coadyuvante:
Acción coadyuvante
Justicia: Son las acciones y medidas destinadas a fortalecer la investigación, que proporcione elementos para sancionar con perspectiva de género y de interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres y las niñas para contribuir al acceso a la justicia pronta y expedita.
 
Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, en términos del numeral Trigésimo segundo de los LINEAMIENTOS.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "GOBERNACIÓN" asignará la cantidad de $5,148,366.24 (Cinco millones ciento cuarenta y ocho mil trescientos sesenta y seis pesos 24/100 M.N), para el Proyecto: AVGM/CDMX/AC04/FGJ/062, aprobado por el COMITÉ en la Instalación y Primera Sesión Ordinaria mediante Acuerdo CEPCONAVIM/ISO/015/01022023.
Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", a través de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada a solicitud de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México para tal efecto, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), y la que se identifica con los siguientes datos:
Nombre del Beneficiario:
Gobierno de la Ciudad de México/Secretaría de Administración y Finanzas/Tesorería de la Ciudad de México.
Nombre del Proyecto:
Proyecto: AVGM/CDMX/AC04/FGJ/062
Nombre de la Institución Financiera:
Banco Santander (México), S.A.
Institución de Banca Múltiple
Grupo Financiero Santander México.
Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) de 18 dígitos:
014180655096767744
Número de Cuenta Bancaria:
65509676774
Tipo de Cuenta:
Cuenta de cheques productiva
Tipo de Moneda:
Moneda Nacional
Número de Sucursal:
5625 Cuauhtémoc Río de la Loza
Número de Plaza:
01
Fecha de apertura de la Cuenta:
09/02/2023
 
Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" haya remitido por conducto de la Unidad Responsable del Gasto, a "GOBERNACIÓN" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Vigésimo Sexto de los LINEAMIENTOS.
Para "GOBERNACIÓN", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", a través de la Unidad Responsable de Gasto, deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo a las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "GOBERNACIÓN".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de los mismos de acuerdo al PEF 2023, por lo que "GOBERNACIÓN" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "GOBERNACIÓN". El COMITÉ, comunicará oportunamente al "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos.
"GOBERNACIÓN" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "GOBERNACIÓN" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen, en el ámbito de su competencia, a lo siguiente:
a. Revisar conjuntamente el o los informes bimestrales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
b. Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO".
c. Apegarse a lo establecido en la LGCG, LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "GOBERNACIÓN". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM, se obliga a:
a. Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del numeral Vigésimo quinto de los LINEAMIENTOS.
b. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes, que de conformidad a la normativa aplicable corresponda, sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c. Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento.
d. Realizar las visitas de seguimiento en sitio, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO"; en caso de ser aplicables al Proyecto aprobado, a través de la Unidad Responsable del Gasto.
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" se compromete, a través de las Dependencias y del Organismo Constitucional Autónomo que asisten y suscriben el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cada uno en el ámbito de su competencia a:
a. Destinar, por conducto de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, los recursos asignados a través de subsidios exclusivamente destinados para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ.
b. Erogar, por conducto de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, a más tardar el 31 de diciembre de 2023.
c. Iniciar, a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
d. Realizar, por conducto de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, así como en la demás normatividad local, vigente y aplicable en la materia.
e. Requerir, a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f. Garantizar, a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g. Recabar, resguardar y conservar, a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h. Integrar y resguardar por conducto de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i. Garantizar, por conducto de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos,
perspectiva de género y en los temas del Proyecto a desarrollar.
j. Establecer una cuenta bancaria productiva específica para la administración y ejecución de los recursos federales establecidos en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, así como los rendimientos financieros que generen, en términos de la LGCG y demás disposiciones aplicables en la materia, a efecto de identificarlos y separarlos del resto de los recursos que con cargo a su presupuesto destinen a subsidios, los cuales no podrán ser transferidos a otras cuentas que no permitan identificar su aplicación, destino y rendimientos del recurso asignado al proyecto AVGM/CDMX/AC04/FGJ/062.
Para efectos del párrafo anterior, la apertura de la cuenta bancaria productiva deberá ser notificada por la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México a la CONAVIM para el seguimiento de la ejecución del recurso otorgado para el proyecto AVGM/CDMX/AC04/FGJ/062, objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Asimismo, la Unidad Responsable de Gasto deberá remitir toda la información que la CONAVIM solicite de dicha cuenta a fin de identificar en todo momento el destino y comprobación del recurso.
k. Entregar bimestralmente, a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, y por conducto del enlace designado a "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, con su debido soporte documental. Dichos informes deberán entregarse dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada bimestre.
l. Entregar, a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos E015 promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres".
m. En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "GOBERNACIÓN", a más tardar el 15 de enero de 2024, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por el Titular de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES" que suscriben el Convenio de Coordinación y Adhesión, y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2023 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en el inciso j) del numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
n. Una vez que se cumplan los objetivos del Proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo, con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, de resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente por la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México en la página de internet que para ese efecto se habilite.
ñ. Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2023, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente.
o. Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita la CONAVIM a través del COMITÉ.
SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de sus Anexos Técnicos, "LAS PARTES" designan como Enlaces a los siguientes servidores públicos:
POR "GOBERNACIÓN"
Nombre:
Susana Vanessa Otero González.
Cargo:
Coordinadora para la Articulación de Acciones para la Erradicación de la Violencia Feminicida.
Dirección:
Dr. José María Vértiz número 852, Piso 5, Colonia Narvarte Poniente, Demarcación Territorial, Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
Teléfono institucional:
52098800 extensión 30367
Correo electrónico
Institucional:
 
sotero@segob.gob.mx
 
POR EL "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO"
Nombre:
Laura Ángeles Gómez
Cargo:
Coordinadora General de Administración
Dirección:
Calle Digna Ochoa y Plácido 56, 5to piso, colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, código postal 06720, Ciudad de México.
Teléfono institucional:
55 52 00 97 60
Correo electrónico
Institucional:
 
laura_angeles@fgjcdmx.gob.mx
Nombre:
Sayuri Herrera Román
Cargo:
Coordinadora General de Investigación de Delitos de Género y Atención a Víctimas
Dirección:
Calle Digna Ochoa y Plácido 56, 5to piso, colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, código postal 06720, Ciudad de México.
Teléfono institucional:
55 53 45 51 60
Correo electrónico
Institucional:
 
sayuri_herrera@fgjcdmx.gob.mx
 
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra Parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación.
OCTAVA. INFORME DE RESULTADOS. El "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", por conducto de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México informará a "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, con su debido soporte documental, los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, y el inciso h) del numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS; dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada bimestre, a partir de la fecha del depósito del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2023, deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las
disposiciones aplicables.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.
En el caso de "GOBERNACIÓN", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2023 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral Quincuagésimo de los LINEAMIENTOS.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, dar aviso por escrito y solicitar a "GOBERNACIÓN" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "GOBERNACIÓN" otorgue la línea de captura a la Entidad, ésta deberá remitir a la CONAVIM original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, el "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "GOBERNACIÓN" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Cuadragésimo cuarto de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión y ordenará al "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Lo anterior sin perjuicio de que la CONAVIM haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "GOBERNACIÓN", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Órgano Interno de Control del "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá adicionarse o modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios correspondientes los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, y en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles a partir de dictaminación por parte de la Unidad General de Asuntos Jurídicos.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b. En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la CONAVIM en los informes que presente el "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.
Para tales efectos, se levantará una minuta en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2023. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe; por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de los Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
VIGÉSIMA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, si "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio de Coordinación y Adhesión; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación y Adhesión, y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, en un plazo de 60 (sesenta) días hábiles a partir de su dictaminación por parte de la Unidad General de Asuntos Jurídicos, y entrará en vigor a partir de la fecha de la misma.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2023.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "GOBERNACIÓN".
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en siete ejemplares en la Ciudad de México el día 13 del mes de marzo de 2023.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano.- Rúbrica.- Por el Gobierno de la Ciudad de México: la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Martí Batres Guadarrama.- Rúbrica.- La Secretaria de Administración y Finanzas, Luz Elena González Escobar.- Rúbrica.- La Fiscal General de Justicia de la Ciudad de México Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Ernestina Godoy Ramos.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación y Adhesión de fecha 13 de marzo de 2023, celebrado entre la Secretaría de Gobernación y el Gobierno de la Ciudad de México, de conformidad con el numeral Trigésimo segundo de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2023 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A. DATOS GENERALES
Entidad federativa:
CIUDAD DE MÉXICO
 
Nombre del proyecto:
AVGM/CDMX/AC04/FGJ/062
 
Acción de Coadyuvancia de acceso al Subsidio:
Justicia. Son las acciones y medidas destinadas a fortalecer la investigación, que proporcione elementos para sancionar con perspectiva de género y de interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres y las niñas para contribuir al acceso a la justicia pronta y expedita.
 
Fecha en que la Entidad Federativa solicitó el Subsidio:
20 de enero de 2023
 
Instancia Local Responsable:
Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México
 
Instancia Local Receptora:
Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México
 
B. MONTO APROBADO
Monto aprobado:
$5,148,366.24 (Cinco millones ciento cuarenta y ocho mil trescientos sesenta y seis pesos 24/100 M.N.)
 
Monto coparticipación:
No aplica
 
Fecha de inicio del Proyecto:
01 de mayo de 2023
 
Fecha estimada de conclusión que no exceda del 31 de diciembre de 2023
29 de diciembre de 2023
 
C. DESIGNACIÓN DE ENLACE
En ese sentido, en cumplimiento al Convenio de Coordinación y Adhesión, he tenido a bien designar como enlace ante CONAVIM a:
Nombre:
Laura Angeles Gómez
Cargo:
Coordinadora General de Administración
Dirección:
Calle Digna Ochoa y Plácido 156, 5to. piso, colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06720.
Teléfono institucional:
55 52 00 97 60
Correo Institucional:
laura_angeles@fgjcdmx.gob.mx
Nombre:
Sayuri Herrera Román
Cargo:
Coordinadora General de Investigación de Delitos de Género y Atención a Víctimas
Dirección:
Calle Digna Ochoa y Plácido 156, 5to. piso, colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06720.
Teléfono institucional:
55 53 45 51 60
Correo Institucional:
sayuri_herrera@fgjcdmx.gob.mx
 
 
D. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
d.1 Justificación
Medida de Atención
Acción Coadyuvante
Objetivo General
Fortalecer la eficiencia y la eficacia en la actuación, e investigación de los delitos vinculados con la violencia de género a través de informes de análisis de contexto y peritajes psicológicos y de trabajo social.
Justicia. Son las acciones y medidas destinadas a fortalecer las investigaciones, que proporcione, elementos para sancionar, con perspectiva de género e interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres y las niñas, y para contribuir al acceso a la justicia pronta y expedita.
Fortalecer el acceso a la justicia para víctimas directas e indirectas de delitos relacionados con la violencia de género a través de la realización de peritajes psicológicos y de trabajo social, así como informes de análisis de contexto.
 
Durante el ejercicio 2022, a través del proyecto AVGM/CDMX/AC1/FGE/05.2, se logró la incorporación de la perspectiva de género en la realización de los peritajes psicológicos y de trabajo social, así como el fortalecimiento de las recomendaciones en el ámbito de reparación del daño de las víctimas de delitos vinculados a la violencia de género. También se logró enriquecer el perfil multidisciplinario del equipo dedicado a la elaboración de informes de análisis de contexto a través de la contratación de personas con conocimientos en diversas disciplinas de ciencias sociales.
El otorgamiento del subsidio para el ejercicio 2023 se justifica por la importancia de dar continuidad al fortalecimiento de las áreas que realizan los informes de análisis de contexto y los peritajes en psicología y trabajo social en la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (Unidad de Análisis y Contexto de los Delitos de Género, y Centros de Atención a Víctimas).
Los informes de análisis de contexto permiten generar una comprensión más completa y sofisticada de los fenómenos criminales relacionados con la violencia de género; contribuyen a la toma de decisiones informadas dentro de la política criminal y el plan de persecución penal de esta Fiscalía General; y sirven como un insumo para la mejora de los procesos y protocolos de actuación de la institución.
La realización de peritajes psicológicos y de trabajo social, aportan elementos a las carpetas de investigación ministerial que sirven para el éxito en la resolución de los casos, la reparación del daño y la sanción a las personas agresoras.
d.2 Metodología
Objetivos específicos
Actividades
Indicadores
Medios de verificación
CENTROS DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS
Realizar peritajes psicológicos y de trabajo social que respondan a las solicitudes ministeriales en materia de Delitos vinculados a la violencia de género a fin de contribuir a la reparación del daño.
1. Realización de entrevistas y aplicación de pruebas a mujeres víctimas directas e indirectas de delitos vinculados a la violencia de género.
2.Elaboración de oficios de respuesta técnica a peticiones ministeriales de peritajes psicológicos y de trabajo social realizados a víctimas directas e indirectas de Delitos de Género.
3.Integración de los dictámenes de psicología y trabajo social realizados a víctimas directas y secundarias de Delitos de Género.
Número de peritajes realizados en psicología y trabajo social/Número de solicitudes ministeriales*100
Solicitudes por autoridades judiciales y ministeriales atendidas/solicitudes realizadas en el período *100
Número de peritajes realizados en psicología y trabajo social/Número de expedientes generados *100
Informe del desarrollo cuantitativo y cualitativo de las actividades implementadas.
Informes individuales por cada prestadora/r por honorarios que refleje el resultado cualitativo y cuantitativo de las actividades realizadas.
UNIDAD DE ANÁLISIS Y CONTEXTO DE LOS DELITOS DE GÉNERO
Aplicar una metodología de análisis de contexto a nivel agregado para generar informes integrales sobre los fenómenos criminales que atiende cada una de las fiscalías de investigación de delitos vinculados a la violencia de género contra las mujeres: violencia familiar, delitos sexuales, trata de personas, delitos contra niños, niñas y adolescentes, delitos contra grupos de atención prioritaria y feminicidio).
1. Procesamiento masivo de la información contenida en todas las carpetas de investigación de cada fiscalía, a través de herramientas informáticas y de análisis de datos.
2. Análisis e interpretación de la información procesada aplicando herramientas, conceptos y metodologías propios de las ciencias sociales de forma multidisciplinaria e interdisciplinaria.
3. Elaboración de mapas, gráficos y elementos de visualización de datos para evidenciar patrones y tendencias de los fenómenos criminales.
4. Incorporación de un enfoque interseccional con perspectiva de género y de Derechos Humanos en los análisis.
Porcentaje de avance bimestral y conclusión de 6 Informes de Análisis de Contexto a nivel agregado.
(Número de Informes concluidos/6)*100
Informe con descripción cualitativa de los avances en la elaboración de los 6 Informes de Análisis de Contexto a nivel agregado.
 
d.2.1 Pasos a desarrollar
 
 
Descripción Centros de Atención a Víctimas
1
Contratación de personas que cumplan con los perfiles requeridos bajo la modalidad de prestación de servicios por honorarios asimilables a salarios, para la elaboración de peritajes en psicología y en trabajo social a víctimas directas e indirectas de delitos vinculados con la violencia de género.
2
Asignar espacios físicos e insumos de trabajo adecuados para que las y los prestadores de servicios por honorarios asimilables a salarios puedan atender a las víctimas directas e indirectas en condiciones dignas.
3
Asignación de solicitudes ministeriales a cada persona prestadora de servicios por honorarios conforme a una carga de trabajo adecuada.
4
Coordinación y supervisión del trabajo de las personas prestadoras de servicios por honorarios en cada centro de atención a víctimas.
5
Integración de expedientes (entrevistas, pruebas, oficio técnico y dictamen) y entrega a las personas agentes del ministerio público que hicieron la solicitud del peritaje.
 
Descripción Unidad de Análisis y Contexto de los Delitos de Género
1
Contratación de personas que cumplan con los perfiles requeridos bajo la modalidad de prestación de servicios por honorarios asimilables a salarios, con el fin de fortalecer las capacidades operativas del equipo multidisciplinario que conforma la Unidad de Análisis de Contexto.
2
Asignar espacios físicos e insumos de trabajo adecuados para que las y los prestadores de servicios por honorarios asimilables a salarios puedan realizar las actividades que les correspondan para la elaboración de los Informes de Análisis de Contexto.
3
Obtención de datos sobre incidencia de delitos y contenidos de las carpetas de investigación desde la Unidad de Estadística y Transparencia.
4
Coordinación y supervisión del trabajo de las personas prestadoras de servicios para la recopilación y sistematización de información desde fuentes abiertas y literatura científica.
5
Coordinación y supervisión del trabajo de las personas prestadoras de servicios por honorarios para la aplicación de la metodología de análisis de contexto en el procesamiento y análisis de la información necesaria para la elaboración de cada informe.
6
Coordinación y supervisión del trabajo de las personas prestadoras de servicios por honorarios para la redacción, y edición de los informes.
 
d.3 Cobertura geográfica y población beneficiaria
d.4 Actores estratégicos
 
Actor
Tipo de participación
1
Unidad de Estadística y Transparencia de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.
Proporciona tablas y datos no procesados sobre incidencia delictiva y contenidos de las carpetas de investigación, los cuales son el insumo principal para el trabajo de procesa- miento y análisis de información que realizan las personas prestadoras de servicios por honorarios asimilables a salarios, contratadas para la realización de informes de análisis de contexto.
2
Personas prestadoras de servicios a través de honorarios asimilables a salarios, contratadas para la realización de dictámenes periciales en psicología y trabajo social.
Perfiles homologados de acuerdo a las funciones que se realizarán, por lo que hace en materia de psicología y trabajo social, el perfil fue presentado en la primera solicitud de alerta de violencia de género de la Ciudad de México.
3
Personas prestadoras de servicios por honorarios asimilables a salarios, contratadas para la realización de informes de análisis de contexto dentro de un equipo multidisciplinario.
Todas las personas prestadoras de servicios por honorarios trabajarán simultáneamente en cada informe de manera interdisciplinaria, intercambiando ideas y aportando sus conocimientos científicos y sus habilidades para la investigación y el análisis de información, lo que permite enriquecer la calidad y el alcance del contenido de los informes.
Se aclara que el personal contratado para elaborar análisis de contexto no brindará atención directa a víctimas ni personas usuarias.
 
d.5 Identificación de riesgos y cómo afrontarlos
 
Riesgo
Medidas de afrontamiento
Contar con los perfiles de contratación conforme a las materias señaladas para la actividad pericial.
Perfiles homologados de acuerdo con las funciones que se realizarán, por lo que hace en materia de psicología, el perfil fue presentado en la primera solicitud de alerta de violencia de género de la Ciudad de México.
Contar con espacios e insumos adecuados para el personal contratado para la actividad pericial.
Verificación de la existencia de espacios e insumos de trabajo para las personas prestadoras de servicios por honorarios, asimilables a salarios, donde se garantice la atención a víctimas en espacios dignos y conforme a las necesidades de la actividad pericial.
Contar con un equipo que incluya todos los perfiles de contratación necesarios para asegurar el enfoque multidisciplinario en la elaboración de informes de análisis de contexto.
Realizar un proceso de selección riguroso y, en la medida de lo posible, priorizar la contratación de personas que tengan conocimientos o experiencia en más de un área de las ciencias sociales.
Contar con espacios e insumos adecuados para el personal contratado para la elaboración de informes de análisis de contexto.
Asignar estaciones de trabajo con una disposición que facilite la colaboración y el intercambio de ideas entre las personas prestadoras de servicios por honorarios; así como equipo de cómputo con conexión de internet y las características de hardware y software necesarias para la elaboración de los informes de análisis de contexto.
Contagios por COVID u otras enfermedades respiratorias.
Realización de medidas sanitizantes en las áreas de trabajo, uso de cubrebocas y de gel a fin de prevenir y evitar contagios.
 
d.6 Cronograma de actividades y gasto
Durante el mes de abril del Cronograma de actividades y gasto del proyecto, se llevará a cabo el proceso de reclutamiento, selección y contratación del personal por honorarios relativo al proyecto, por parte de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.
d.7 Perfil y experiencia que deberá acreditar la o las personas físicas o morales que realizarán el proyecto, distintas a aquellas que sean servidoras públicas, así como sus antecedentes respecto a la elaboración de otros proyectos en otras entidades federativas
Tipo de perfil requerido:
ÁREAS DE
ESPECIALIZACIÓN
AÑOS DE
EXPERIENCIA MÍNIMA
REQUERIDA
GRADO O NIVEL DE
ESPECIALIZACIÓN
NÚMERO DE PERSONAS A
CONTRATAR
Derecho
1 año
Licenciatura
2
Geografía
1 año
Licenciatura
1
Antropología Social
1 año
Licenciatura
2
Criminología
1 año
Licenciatura
1
Sociología
1 año
Licenciatura
1
Psicología
1 año
Licenciatura
1
Psicología
2 años
Licenciatura
16
Trabajo Social
2 años
Licenciatura
4
 
OTRO TIPO DE PERFIL REQUERIDO:
d.7 Perfil y experiencia que deberá acreditar las personas morales que realizarán el proyecto.
PERFIL
AÑOS DE
EXPERIENCIA MÍNIMA
REQUERIDA
GRADO O NIVEL DE
ESPECIALIZACIÓN
ESPECIFIQUE
EL GRADO O
NIVEL
NÚMERO DE
PERSONAS A
CONTRATAR
 
Elija un elemento.
Elija un elemento.
 
 
 
ESQUEMA DE CONTRATACIÓN:
 
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal firman el Anexo Técnico en siete ejemplares, en términos del numeral Trigésimo segundo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto AVGM/CDMX/AC04/FGJ/062, en la Ciudad de México a 13 de marzo de 2023.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano.- Rúbrica.- Por el Gobierno de la Ciudad de México: la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Martí Batres Guadarrama.- Rúbrica.- La Secretaria de Administración y Finanzas, Luz Elena González Escobar.- Rúbrica.- La Fiscal General de Justicia de la Ciudad de México Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Ernestina Godoy Ramos.- Rúbrica.