CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Chihuahua, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/CHIH/AC02/ICHM/052, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el ejercicio fiscal 2023.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR, ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA "CONAVIM", REPRESENTADA POR SU TITULAR, MA FABIOLA ALANÍS SÁMANO; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, REPRESENTADO POR LA GOBERNADORA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, MARÍA EUGENIA CAMPOS GALVÁN, ASISTIDA POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, SANTIAGO DE LA PEÑA GRAJEDA; EL SECRETARIO DE HACIENDA, JOSÉ DE JESÚS GRANILLO VÁZQUEZ, Y POR LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO CHIHUAHUENSE DE LAS MUJERES Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE E INSTANCIA LOCAL RECEPTORA, NEYRA GEORGINA REGALADO GUTIÉRREZ, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), establece en su Título II. "Modalidades de la Violencia", Capítulo V. "De la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", que la alerta de violencia de género contra las mujeres tendrá como objetivo fundamental garantizar la seguridad de las mujeres, detener la violencia en su contra y eliminar las desigualdades producidas por una legislación que agravia sus derechos humanos, para dar cumplimiento a la obligación constitucional y convencional del Estado mexicano de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, que implica adoptar políticas y medidas específicas para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia en su contra.
De conformidad con lo señalado en el artículo 25 de la LGAMVLV, corresponde al Gobierno Federal, a través de "GOBERNACIÓN", declarar la alerta de violencia de género, al respecto notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la Entidad Federativa de que se trate, con la finalidad de detenerla y erradicarla a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por "GOBERNACIÓN" en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
El 1 de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se crea, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) con el objeto de ejercer las atribuciones que la LGAMVLV y su Reglamento le confieren a "GOBERNACIÓN", en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos.
Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2023 (PEF 2023), publicado en el DOF el 28 de noviembre de 2022, se derivan los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (DAVGM), así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario, los cuales ascienden a $110,998,792.50 (Ciento diez millones novecientos noventa y ocho mil setecientos noventa y dos pesos 50/100 M.N.)
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberán, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM, destinará los recursos previstos en el PEF 2023, para que se otorguen y apliquen en las Entidades Federativas y en la Ciudad de México en las que se haya decretado la DAVGM, así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2023 (LINEAMIENTOS) publicados en el DOF el 03 de febrero de 2023.
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 20 de enero de 2023, suscrito por Neyra Georgina Regalado Gutiérrez, en su carácter de Directora General del Instituto Chihuahuense de las Mujeres del "GOBIERNO DEL ESTADO", solicitó en tiempo y forma a la CONAVIM recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: AVGM/CHIH/AC02/ICHM/052.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ), determinó viable el proyecto presentado, por lo que se autorizó la cantidad de $2,680,306.14 (Dos millones seiscientos ochenta mil trescientos seis pesos 14/100 M.N.) para la ejecución del proyecto, AVGM/CHIH/AC02/ICHM/052. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio CONAVIM/CAAEVF/271/2023 de fecha 02 de febrero de 2023.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.       "GOBERNACIÓN" declara que:
I.1.    Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CONSTITUCIÓN); 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2.    El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.3.    La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN", de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y del Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009.
I.4.    La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano, cuenta con facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación y
Adhesión, con fundamento en los artículos 115, fracción V y 151 del RISEGOB.
I.5.    Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", con número de Reporte General de Suficiencia Presupuestaria 00011.
I.6.    Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Dr. José María Vértiz número 852, Piso 5, Colonia Narvarte Poniente, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
II.      El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.   Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CONSTITUCIÓN, artículo 1º, 2º y 30 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2.   La Gobernadora Constitucional del Estado, María Eugenia Campos Galván, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 31 fracción II y 93, fracción XLI de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; artículo 1° fracción III y 20 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua.
II.3.   El Secretario General de Gobierno, Santiago de la Peña Grajeda, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 94 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 2 fracción I, 9, 24 fracción I, 25 fracción XXVIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua; 1, 2, 7, fracciones VII y XIV del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.
II.4.   El Secretario de Hacienda, José de Jesús Granillo Vázquez, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 94 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 24 fracción II, 26 fracción III y LVI de Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua; 4, 9, fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda.
II.5.   La Directora General del Instituto Chihuahuense de las Mujeres y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Neyra Georgina Regalado Gutiérrez, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 1, 2, 3 fracciones VIII y XV, 4 fracción I, 5, 6, fracción II y 15, fracción XI de la Ley del Instituto Chihuahuense de las Mujeres
II.6.   Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como su domicilio el ubicado en Avenida Venustiano Carranza, Número 601, Colonia Obrera, Código Postal 31350, Municipio de Chihuahua, Estado de Chihuahua.
III.     "LAS PARTES" declaran que:
III.1.   Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2.   Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3.   Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.4.   Consideran como acción para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, la Acción de Coadyuvancia siguiente: 2. Prevención. Son las acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida y agravio comparado, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres y las niñas.
III.5.   Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por la CONAVIM.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: AVGM/CHIH/AC02/ICHM/052, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2023; y que se encuadra en la siguiente Acción de coadyuvancia:
 
Acción coadyuvante
2. Prevención. Son las acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida y agravio comparado, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres y las niñas.
 
Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, en términos del numeral Trigésimo segundo de los LINEAMIENTOS.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "GOBERNACIÓN" asignará la cantidad de $2,680,306.14 (Dos millones seiscientos ochenta mil trescientos seis pesos 14/100 M.N.), para el Proyecto: AVGM/CHIH/AC02/ICHM/052, aprobado por el COMITÉ en la Instalación y Primera Sesión Ordinaria mediante Acuerdo CEPCONAVIM/ISO/016/01022023.
Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Hacienda en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), y la que se identifica con los siguientes datos:
 
Nombre del Beneficiario:
Gobierno del Estado de Chihuahua, Secretaria de Hacienda (Alerta de Violencia de Genero contra las Mujeres, AVGM/CHIH/AC02/ICHM/052
Nombre del Proyecto:
AVGM/CHIH/AC02/ICHM/052
Nombre de la Institución Financiera:
Banco Mercantil del Norte S.A. (072) Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte
Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) de 18
dígitos:
072 150 01218272014 5
Número de Cuenta Bancaria:
1218272014
Tipo de Cuenta:
Cuenta Productiva Especial
Tipo de Moneda:
01 Moneda Nacional
Número de Sucursal:
Chihuahua Aldama CR. (7002)
Número de Plaza:
Chihuahua (150)
Fecha de apertura de la Cuenta:
08 de febrero de 2023
Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "GOBERNACIÓN" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Vigésimo sexto de los LINEAMIENTOS.
Para "GOBERNACIÓN", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo a las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "GOBERNACIÓN".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de los mismos de acuerdo al PEF 2023, por lo que "GOBERNACIÓN" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "GOBERNACIÓN". El COMITÉ, comunicará oportunamente al "GOBIERNO DEL ESTADO" cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos.
"GOBERNACIÓN" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "GOBERNACIÓN" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.      Revisar conjuntamente el o los informes bimestrales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
b.      Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
c.      Apegarse a lo establecido en la LGCG, LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "GOBERNACIÓN". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM, se obliga a:
a.      Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del numeral Vigésimo quinto de los LINEAMIENTOS.
b.      Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.      Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento.
d.      Realizar las visitas de seguimiento en sitio, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DEL ESTADO"; en caso de ser aplicables al Proyecto aprobado.
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.      Destinar, por conducto de la Secretaría de Hacienda, los recursos asignados a través de subsidios exclusivamente destinados para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ.
b.      Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, a más tardar el 31 de diciembre de 2023.
c.      Iniciar las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
d.      Realizar por conducto del Instituto Chihuahuense de la Mujeres las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, así como en la demás normatividad local aplicable en la materia.
e.      Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f.       Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g.      Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.      Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.       Garantizar que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de Proyecto a desarrollar.
j.       Entregar bimestralmente, por conducto del enlace designado a "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validada por la Secretaría de Hacienda, con su debido soporte documental. Dichos informes deberán entregarse dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada bimestre.
k.      Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos E015 promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres".
l.       En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "GOBERNACIÓN", a más tardar el 15 de enero de 2024, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por la Directora General del Instituto Chihuahuense de las Mujeres, y por el Secretario de Hacienda, en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2023 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en el inciso j) del numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
m.     Una vez que se cumplan los objetivos del Proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo, con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, de resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet que para ese efecto se habilite.
n.      Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2023, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente.
ñ.      Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita la CONAVIM a través del COMITÉ.
SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de sus Anexos Técnicos, "LAS PARTES" designan como Enlaces a los siguientes servidores públicos:
POR "GOBERNACIÓN"
 
Nombre:
Susana Vanessa Otero González.
Cargo:
Coordinadora para la Articulación de Acciones para la Erradicación de la Violencia Feminicida.
Dirección:
Dr. José María Vértiz número 852, Piso 5, Colonia Narvarte Poniente, Demarcación Territorial, Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
Teléfono institucional:
52098800 extensión 30367
Correo electrónico
Institucional:
 
sotero@segob.gob.mx
 
POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO"
 
Nombre:
Alberto Sánchez Santana
Cargo:
Jefe del Departamento de Gestión y Control de Recursos Federales
Dirección:
Calle Primero de Mayo, Numero 1802, Colonia Pacifico Código Postal 31020. Chihuahua, Chihuahua
Teléfono institucional:
614 4293505 Ext. 15332
Correo electrónico
institucional:
 
alberto.sanchez@chihuahua.gob.mx
 
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra Parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación.
OCTAVA. INFORME DE RESULTADOS. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto del Instituto Chihuahuense de las Mujeres informará a "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, y el inciso h) del numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada bimestre, a partir de la fecha del depósito del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2023, deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través del Instituto Chihuahuense de las Mujeres.
En el caso de "GOBERNACIÓN", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2023 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral Quincuagésimo de los LINEAMIENTOS.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "GOBERNACIÓN" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "GOBERNACIÓN" otorgue la línea de captura a la Entidad, ésta deberá remitir a la CONAVIM original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, el "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA SEGUNDA.- RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "GOBERNACIÓN" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Cuadragésimo cuarto de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión y ordenará al "GOBIERNO DEL ESTADO" la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Lo anterior sin perjuicio de que la CONAVIM haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "GOBERNACIÓN", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Secretaría de la Función Pública del "GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá adicionarse o modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DEL ESTADO" en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles a partir de dictaminación por parte de la Unidad General de Asuntos Jurídicos.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.      Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b.      En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la CONAVIM en los informes que presente el "GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos, se levantará una minuta en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2023. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe; por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de los Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
VIGÉSIMA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, si "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio de Coordinación y Adhesión; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación y Adhesión, y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial del Estado en un plazo de 60 días hábiles a partir de su dictaminación por parte de la Unidad General de Asuntos Jurídicos, y entrará en vigor a partir de la fecha de la misma.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2023.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "GOBERNACIÓN".
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México el día 31 del mes de marzo de 2023.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: la Gobernadora Constitucional del Estado, María Eugenia Campos Galván.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Santiago de la Peña Grajeda.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda, José de Jesús Granillo Vázquez.- Rúbrica.- La Directora General del Instituto Chihuahuense de las Mujeres y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Neyra Georgina Regalado Gutiérrez.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación y Adhesión de fecha 31 de marzo de 2023 celebrado entre la Secretaría de Gobernación y el Gobierno del Estado de Chihuahua, de conformidad con el numeral Trigésimo segundo de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2023 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A. DATOS GENERALES
Entidad federativa:
 
Estado Libre y Soberano de Chihuahua
 
Nombre del proyecto:
 
AVGM/CHIH/AC02/ICHM/052
 
Acción de Coadyuvancia de acceso al Subsidio:
 
Prevención. Son las acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida y agravio comparado, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres y las niñas.
 
Fecha en que la Entidad Federativa solicitó el Subsidio:
 
20 de enero de 2023
 
Instancia Local Responsable:
 
Instituto Chihuahuense de las Mujeres
 
Instancia Local Receptora:
 
Instituto Chihuahuense de las Mujeres
 
B. MONTO SOLICITADO
Monto solicitado:
 
$2,680,306.14 (Dos millones seiscientos ochenta mil, trescientos seis pesos 14/100 M.N.)
 
Monto coparticipación:
 
No aplica
 
Fecha de inicio del Proyecto:
 
01 de abril de 2023
 
Fecha estimada de conclusión que no exceda del 31 de diciembre de 2023
 
31 de diciembre de 2023
 
C. DESIGNACIÓN DE ENLACE
En ese sentido, en cumplimiento al lineamiento décimo octavo he tenido a bien designar como enlace ante CONAVIM a:
 
Nombre:
Alberto Sánchez Santana
Cargo:
Jefe del Departamento de Gestión y Control de Recursos Federales
Área de adscripción:
Departamento de Gestión y Control de Recursos Federales
Dirección:
Calle Primero de Mayo, Numero 1802, Colonia Pacifico Código Postal 31020. Chihuahua, Chihuahua
Teléfono institucional:
614-429-35-05 Ext. 15332
Correo Institucional:
alberto.sanchez@chihuahua.gob.mx
 
D. DESTINO DEL PROYECTO
d.1 Justificación
Con el presente proyecto se atenderán algunas de las recomendaciones emitidas en el informe del grupo de trabajo conformado para atender las solicitudes de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, dando prioridad a la contratación eventual de personal especializado en perspectiva de género, con enfoque de derechos humanos, interculturalidad e interseccionalidad y con el perfil requerido para cada una de las actividades especificadas más adelante.
 
Las recomendaciones que se abarcaran son:
"Fortalecer las capacidades del Instituto Chihuahuense de las Mujeres, para facilitar su función de atención y seguimiento a la Política Estatal en materia de violencia contra las mujeres, con personal especializado y con experiencia que ha consolidado el Instituto, brindándoles permanencia y las condiciones laborales para su permanencia..."
"Garantizar un pronto acceso a medidas especiales de protección de la integridad física y psicológica de las mujeres objeto de amenazas de violencia; y garantizar la eficacia de tales medidas. Así como garantizar los derechos de las víctimas, a modo de promover la protección y las garantías judiciales, principalmente mejorando los mecanismos que garanticen que las partes afectadas tengan acceso a información sobre la evolución de la investigación y sobre sus derechos en los procesos administrativos y/o judiciales, así como desarrollar las posibilidades de obtener asistencia jurídica cuando sea necesario para llevar adelante tales procedimientos"
"Garantizar los recursos necesarios para el completo funcionamiento de los Módulos de Atención Inmediata y las Instancias Municipales de las Mujeres en los municipios con solicitud de declaratoria de Alerta."
"Gestionar el incremento de los recursos necesarios para garantizar el fortalecimiento de todas las instancias encargadas de garantizar a las mujeres y las niñas el acceso a la justicia. "
Lo anterior, se llevará a cabo a través de la contratación de servicios profesionales especializados en ciencias jurídicas para fortalecer la Unidad de Violencia Laboral, quienes brindarán atención de primer contacto a mujeres en situación de violencia y en su caso, a sus hijas e hijos, garantizando a las mujeres una atención con enfoque de género, además, a pesar de contar con la sensibilización y capacitación adecuada, se impulsará la constante actualización y profesionalización a través de los programas federales a los que accede año con año el ICHMUJERES.
Respecto al Municipio de Guadalupe y Calvo, se hará una coordinación entre Presidencia Municipal y el ICHMUJERES, con la finalidad de establecer en dicho municipio una unidad fija de atención, esto a través de la contratación de una trabajadora social y una psicóloga, quienes brindaran sus servicios especializados para llevar a cabo las atenciones requeridas por mujeres y en su caso a sus hijas e hijos.
El objetivo principal que nos ocupa ante la Declaratoria de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, es establecer las bases para la creación de acciones afirmativas, políticas públicas, programas o cualquier otra acción gubernamental para la prevención, atención y sanción de la violencia contra las mujeres de cualquier edad en el ámbito público o privado, a través de la coordinación institucional entre los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como con los gobiernos municipales.
El Instituto Chihuahuense de las Mujeres, siempre se ha preocupado por atender los casos de violencia contra las mujeres, y como parte de este compromiso se han analizado los casos de violencia laboral que se han presentado, particularmente en la Administración Pública Estatal, ya que en las dependencias, organismos e instituciones estas prácticas negativas de Acoso sexual y de Hostigamiento Sexual, en las y los servidores públicos persisten y constituyen violencia laboral, por lo cual era necesario construir culturas organizacionales democráticas, igualitarias, inclusivas y respetuosas de los derechos de las mujeres, a efecto de favorecer condiciones que garantizaran un ambiente de trabajo libre de violencia laboral entre servidoras y servidores públicos, ya que se ha determinado que estos actos constituyen violaciones a los siguientes derechos:
·  Derecho de las mujeres a una vida libre de violencia
·  Derecho a la igualdad ante la ley y no discriminación, y
·  Derecho al trabajo y a una vida digna.
Por lo anterior, es que el Instituto Chihuahuense de las Mujeres conforma una Unidad Especial en el año 2015 denominada "Acoso y Hostigamiento Sexual", con la finalidad de atender Casos de Acoso y Hostigamiento Sexual en la Administración Pública del Estado de Chihuahua, ya que es importante señalar que nuestra Entidad es reconocida a nivel nacional por sus avances en la armonización legislativa en materia de derechos humanos de las mujeres y también por el avance logrado en lo que se refiere a la institucionalización de la perspectiva de género. Chihuahua fue el primer estado a nivel nacional que aprobó la Ley del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (aprobada por el H. Congreso del Estado en diciembre de 2006 y puesta en vigor en enero de 2007). También fue el primer estado que incorporó la perspectiva de género en su Plan Estatal de Desarrollo 2010-2016. En lo que toca a la erradicación de la violencia contra las mujeres también Chihuahua ha sido punta de lanza creando el primer modelo de atención itinerante a mujeres víctimas de violencia y el Primer Centro de Justicia para Mujeres, mismos que han sido replicados en otras entidades del país.
Sin embargo, cabe señalar, que de acuerdo con las experiencias recabadas durante la implementación de la unidad de "Acoso y Hostigamiento Sexual" (en el año 2015) y al avance de la normatividad en materia de derechos humanos de las mujeres y violencia laboral, se identificó que debían ser ampliados los términos, considerando a otros tipos y modalidades de violencia, circunscritas al ámbito laboral, como los son el acoso laboral, el abuso sexual y la discriminación, las cuales también constituyen violencia laboral, por lo cual se decidió cambiar el nombre a la Unidad como actualmente se denomina "Unidad de Atención a Casos de Violencia Laboral", en donde se atienden casos de violencia laboral tanto de la administración pública del Estado como del sector privado, cuya función es dar asesoría, acompañamiento y/o representación jurídica a las mujeres víctimas de estas conductas, para poder interponer los procedimientos idóneos para cada caso, ya sea un Procedimiento Administrativo Disciplinario ante la Secretaría de la Función Pública, Queja ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos, Denuncia y/o Querella ante La Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito Por Razones de Genero (FEM); en virtud que estas son las instituciones facultadas por ley para la imposición de sanciones por las violaciones a derechos humanos causados. De igual manera la Unidad se encarga de brindar capacitaciones a personas servidoras públicas y de la iniciativa privada en temas de "Acoso y Hostigamiento Sexual", "Derechos Humanos", "Violencia Laboral", "Perspectiva de Género", lo anterior a efecto de sensibilizar sobre la problemática de la violencia de género desde el enfoque de los derechos humanos y la perspectiva de género, para de esta manera fomentar una cultura institucional Democrática e igualitaria, inclusiva y respetuosa de los derechos humanos de las mujeres, así como de garantizar ambientes de trabajo libres de violencia laboral y sobre todo libres de acoso y Hostigamiento Sexual, instaurando herramientas de prevención, atención y sanción de estas violencias en contra de las mujeres.
La presencia de la Unidad, es de vital importancia para seguir culturizando sobre esta problemática, que ha sido normalizada conforme el pasar de los años, e incentivar a las mujeres a solicitar apoyo a las instituciones correspondientes, interponiendo quejas y/o denuncias respectivamente, para comenzar a erradicar este tipo de conductas, y sobre todo para seguir instaurando herramientas de prevención, atención y sanción de estas violencias en contra de las mujeres, para de esta manera lograr climas laborales libres de violencia que permitan a la Administración Pública Estatal y al sector privado, tener mejores resultados al interior y al exterior de ella, en beneficio de la ciudadanía y sobre todo de las mujeres, transformando de esta manera los conceptos propios del quehacer institucional y el paradigma de la construcción de género, que colocan en una situación de desigualdad a las mujeres frente a los hombres, tanto en el ámbito privado como en el público.
El Instituto Chihuahuense de la Mujer ha continuado con la tarea de realizar avances en materia de violencia laboral contra las mujeres, en lo que respecta de nuestro Estado, llevándose a cabo diversas investigaciones que identifiquen los indicadores relativos a casos de violencia laboral.
En el año 2011 se realizó el Diagnóstico de Cultura Institucional para la Igualdad Laboral entre Mujeres y Hombres en la Administración Pública del Estado de Chihuahua, en la cual se identificó la existencia y condiciones en las que se presentan el Hostigamiento y el Acoso Sexual en mujeres y hombres, y por el cual constituyó un primer acercamiento a la problemática por parte de quienes laboran en las dependencias y entidades. Sus principales resultados fueron los siguientes: si le han inferido algún comentario sexista, el 10% del total de personas aludieron que sí había recibido un comentario de este tipo, representadas por el 71% las mujeres y el 29% hombres; mientras que la mayoría de las personas, mencionaron que no los han recibido. En segundo término, se cuestionó si alguien le ha ejercido contacto físico sin su consentimiento, resultando que el 3% respondió afirmativamente a esta pregunta. En tercer lugar, el 52% de las mujeres y el 48% de los hombres admitieron haber recibido proposiciones sexuales, es decir, el 3% de la muestra total, infiriendo que el 97% no han sido objeto de estas proposiciones. En cuarto lugar, a la pregunta sobre si alguien ha hecho comentarios gráficos sobre su cuerpo el 65% de las mujeres y el 35% de los hombres, han recibido comentarios de esta clase, que nos hace visible, entonces, el grupo de 11% de las personas encuestadas objeto de dichos comentarios, el resto representado por el 89%, afirmó no haber sido persona receptora. En quinto lugar, el 63% de las mujeres han recibido insinuaciones, en similar dato con los hombres con el 37%, esto es, el 8% de las personas encuestadas han recibido alguna insinuación en el ámbito laboral, en contraste con el 82% restante que no los han recibido. Los resultados obtenidos reflejan que los piropos dentro del trabajo son el tipo de práctica más común, toda vez que el 35% del personal participante manifestó haber recibido un piropo, de los cuales las mujeres representan un porcentaje de 75% y los hombres un porcentaje de 25%. Entonces, realizando el análisis general se desprende que el 35% de las personas afirmaron haber recibido piropos, y en contraste el 65% de las personas no han sido objeto de estos actos.
Además, se cuestionó sobre si existen mecanismos para denunciar los casos de hostigamiento o acoso sexual y los resultados fueron los siguientes: el 24% del personal considera que sí hay mecanismos de denuncia y el 30% que no, y un 46% no lo sabe. Por otra parte, se cuestionó si en el centro de trabajo han sido víctimas de Hostigamiento o Acoso Sexual, a lo que el 6% de las personas encuestadas lo manifestó que sí, por lo que el 88% no ha sufrido este tipo de violencia y el 5% manifestó que no lo sabe.
Esto permite observar que existen datos estadísticos desde el año 2011 en el Estado de Chihuahua sobre la situación de violencia laboral contra las mujeres, aquellos tipos de violencia con mayor incidencia y los temas prioritarios en los que se deben realizar un abordaje integral de la problemática.
Así mismo y tomando como base los datos Estadísticos sobre la incidencia de la violencia laboral en el Estado de Chihuahua, referente a la Violencia Laboral en la Encuentra Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares ENDIREH 2021, elaborada por el instituto Nacional de Estadísticas y Geografía (INEGI), que es una encuesta que permite dimensionar y caracterizar la dinámica de las relaciones que mantienen las mujeres con las personas que integran sus hogares, particularmente con su esposo o pareja, así como sobre las relaciones que han establecido en los centros educativos y laborales o en el espacio comunitario. Lo anterior a efecto de identificar si han experimentado situaciones adversas como agresiones de cualquier tipo, amenazas, coerción, intimidación, privación de la libertad, abusos verbales, físicos, sexuales, económicos o patrimoniales que les causaron daño directo o tuvieron la intención de hacerlo.
En esa misma encuesta se pudo observar que: de las mujeres que han trabajado, 27 de cada 100 ha experimentado algún acto violento, principalmente de tipo sexual y de discriminación por razones de género o por embarazo. El tipo de violencia más frecuente en el trabajo es la discriminación, las agresiones sexuales y las de tipo emocional como las humillaciones, degradación e intimidación. El 10.3% de las mujeres señalan que, en los últimos 12 meses, tuvieron menos oportunidades que un hombre para ascender en su trabajo y un 9.2% menor salario que un hombre que hace el mismo trabajo o tiene el mismo puesto que ellas. Entre 2011 y 2016 al 11.8% les pidieron prueba de embarazo, mientras que al 1.8% las despidieron, no las contrataron o les bajaron el salario por estar embarazadas. El/ la compañero (a) de trabajo (35.2%) y el patrón o jefe (19.3%) son los agresores más frecuentes en el ámbito laboral. La violencia ejercida contra las mujeres en el ámbito laboral en los últimos 12 meses, ocurrió principalmente en las instalaciones del trabajo (79.1%), y en menor medida en las inmediaciones como calle, parque o lugar público (11.5%). Las agresiones ocurridas en las instalaciones del trabajo, los últimos 12 meses fueron: 48.4% emocionales, 47.9% agresiones sexuales y 3.7% agresiones físicas. La prevalencia nacional de violencia en el ámbito laboral es de 26.6% y las entidades con las prevalencias más altas son: Chihuahua (36.8%), Coahuila (54.1%), Querétaro (33.6%), Baja California (32.2%) y Quintana Roo (31.2%).
Fue así como a principios de 2016 se hizo un análisis de los casos que fueron atendidos en 2015, visibilizando que no solo se habían atendido casos de la Administración Pública Estatal, ya que había necesidad de atención por parte de usuarias de la iniciativa privada, además de que no sólo se presentaban casos de acoso y Hostigamiento Sexual, sino casos de discriminación y acoso laboral de las cuales eran víctimas las mujeres chihuahuenses en el ámbito laboral.
Siendo así, que se amplió el espectro de atención que inicialmente brindaba la Unidad de Atención a Casos de Acoso y Hostigamiento Sexual en la Administración Pública Estatal, modificando su nombre a Unidad de Atención a Casos de Hostigamiento Sexual y Violencia Laboral.
Y en la actualidad, se realizó de nueva cuenta un cambio de denominación, quedando de la siguiente manera: "Unidad de Atención a casos de Violencia Laboral", toda vez y en atención a los resultados arrojados por la encuesta mencionada con antelación, podemos observar que el Estado de Chihuahua aún se encuentra dentro de los primeros lugares en Distribución de mujeres de 15 años y más, que han trabajado, según condición y tipo de violencia laboral en los últimos 12 meses, demostrando que la modalidad de violencia laboral continua, por lo que debe seguir en continuidad los programas y apoyos a esto. Tan es así, que la presencia de la Unidad, es de vital importancia para seguir culturizando sobre esta problemática, que ha sido naturalizada conforme el pasar de los años, e incentivar a esas mujeres a solicitar apoyo a las instituciones correspondientes, interponiendo quejas y/o denuncias respectivamente, para comenzar a erradicar este tipo de conductas, y sobre todo para seguir instaurando herramientas de prevención, atención y sanción de este tipo de conductas en contra de las mujeres.
Durante el año en curso, se realizó la impartición de 10 eventos, divididos en talleres y conferencias, dirigidos para los servidores y/o funcionarios (as) públicos de la APE, así como a la iniciativa privada, y la Milicia. Todos encaminados a la difusión y sensibilización en el tema de hostigamiento y Acoso sexual y violencia laboral en las dependencias.
Dichos Talleres y/o conferencias fueron sobre "violencia laboral y derechos humanos", "Acoso y Hostigamiento Sexual", en donde tuvimos la participación tanto de hombres como mujeres, y donde se trataron temas relevantes como los son: ¿Que es la violencia?, la perspectiva de género, la igualdad, la equidad, tipos de violencia, modalidades de violencia, y la violencia laboral en concreto, que es acoso laboral, el acoso sexual, el Hostigamiento Sexual, el abuso sexual y la discriminación; así como las vías de acción jurídicas y no jurídicas que existen, también se vio el tema referente a ¿Que Son Los Derechos Humanos? Y su marco de referencia, ¿Qué son los Delitos?, que conductas son consideradas delitos, y los artículos del Código Penal del Estado referente a dichos delitos que son Hostigamiento Sexual, abuso sexual y discriminación; y concluyendo con lo referente a la ley federal del trabajo y sus respectivos artículos que hablan sobre el acoso y Hostigamiento Sexual. Dichos talleres se realizaron con la finalidad de instaurar herramientas de prevención, atención y sanción de conductas de violencia laboral, de los cuales ha existido avances significativos a lo largo de estos años, pretendiendo que esto siga avanzando, y que exista el fortalecimiento de políticas institucionales y la transversalización de la perspectiva de género, así como también se pretende con estos talleres promover que se incorpore la perspectiva de derechos, de género, interculturalidad, discapacidad e interseccionalidad en la atención de casos para reducir los factores de riesgo y eliminar la situación de violencia en que se encuentran las víctimas, así como reducir el impacto de las problemáticas en los centros de trabajo, obteniéndose con la impartición de los mismos muy buenos resultados.
La violencia feminicida es de acuerdo con la LGAMVLV, la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos. Enfrentar la violencia feminicida en el ámbito municipal, remite a todas las acciones de índole preventiva de la violencia contra las mujeres, de atención a las mujeres víctimas de tal violencia y de acceso a la justicia que de manera jurisdiccional compete a la Fiscalía atender en el municipio, y es importante destacar que no se cuenta hasta este momento en el municipio de Guadalupe y Calvo con la presencia de una Fiscalía Especializada en donde se cuente con el personal idóneo para abordar este delito, por lo que es de suma importancia la continuidad de la Unidad Fija por parte del Proyecto de AVGM, para la atención de las mujeres, niñas y adolescentes en dicha municipalidad. Respecto de las capacidades institucionales en Guadalupe y Calvo para atender casos y denuncias de violencia contra las mujeres en modalidades no especificadas, se refiere que se cuenta con un Centro de Salud, una instancia municipal de la mujer y una instancia de seguridad pública. Contrasta el número de oficinas que atienden y reciben denuncias con otros municipios del Estado que cuentan con 6 u 8 instancias. De igual modo, se reporta que el personal que labora en la instancia municipal de las mujeres es de sólo dos personas y un tercero que es psicólogo apoya con terapias psicológicas, número que contrasta con las 35 personas asignadas para Chihuahua y 34 para Juárez. Es importante destacar que las circunstancias de dicho municipio ante la delincuencia organizada, la vulnerabilidad económica, e imposibilidad de acceso a una atención primaria y en su caso el acceso al sistema de atención y justicia, es necesaria la permanencia de la atención brindada por parte de las profesionistas especializadas a las mujeres, niñas ya adolescentes. Con esta creación de Unidad Fija de Atención se garantiza que los recursos ordinarios tengan un impacto diferenciado para la población, particularmente, se beneficie a mujeres y niñas. Asimismo, es fundamental una distribución del presupuesto, municipal, acorde a problemáticas diferenciadas como ocurre con Juárez, Hidalgo del Parral y Guadalupe y Calvo.
Por último, con la Unidad de atención al sector manufacturero, Chihuahua se destaca por ser el Estado que más empleos genera a través de dicha industria en el país y es el tercer Estado con mayor número de empresas de ese giro en el país.
En México tres de cada diez colaboradores (personas empleadas) en el país son mujeres. En Ciudad Juárez, la ciudad con mayor población del Estado de Chihuahua y la octava en el país de acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), hay 320 maquiladoras que emplean a aproximadamente 400,000 personas.
En Ciudad Juárez, la presencia de las mujeres en la industria manufacturera se reflejó en una encuesta realizada a una muestra de 88,100 empleados encuestados, el 48% (42,288) son mujeres. De 10,520 colaboradores administrativos, el 32% (3,366) también son mujeres. Solo existen 13 mujeres en puestos directivos de 190 en total encuestado. En el caso de la ciudad de Chihuahua y Cuauhtémoc existen 81 empresas manufactureras, generando un aproximado de 79,373 empleos, de los cuales el 52% son mujeres (41,274) y solo dos mujeres ocupan puestos directivos.
La presencia de las mujeres en la industria manufacturera en el estado está concentrada en los puestos operativos, realizando jornadas laborales generalmente de 3 turnos entre semana, y turno de fin de semana.
El perfil de las mujeres que colaboran en la industria manufacturera en su generalidad es de mujeres jóvenes entre de 18 años y menores de 40 años, con ingresos de salario mínimo, en edad reproductiva que habitan en colonias de altos índices delictivos e infraestructura deficiente en cuanto a servicios públicos, en su mayoría utilizan el trasporte público y el trasporte privado que ofrecen sus empleadores.
La rutina de las mujeres que colaboran en la industria no es fácil, cuando se trata de cubrir el primer turno las operadoras tiene que trasportarse de madrugada para estar a tiempo en la parada de camión, donde las recoge el trasporte de personal de la empresa, esperando a las 4:30 A.M. ya que en la mayoría de las empresas el inicio de la jornada diurna es a las 6:00 o 6:30 A.M., terminando la jornada a las 3:30 P.M., sin embargo cuando se requiere trabajar tiempo extra la salida se puede retrasar hasta las 6:00 P.M. Los puntos de espera del camión son muchas veces lotes baldíos, escenarios indignos para la espera, enfrentando el sinuoso clima de la ciudad, con deficiente alumbrado público, muchas veces sin presencia de los cuerpos policiacos, en colonias periféricas generalmente con altos índices delictivos, vulnerando la seguridad de las mujeres trabajadoras.
Las colaboradoras de la industria consideran una buena prestación el trasporte y la comida que se les brinda diariamente por parte de la empresa, ya que el promedio actual en relación al pago semanal oscila entre los $1,160.00 pesos más bonos de despensa, promediando $1,300 aproximadamente semanal en Ciudad Juárez, ya que en Chihuahua y la parte Sur del Estado tiene a bajar hasta un 15% menos el ingreso.
Si bien la empresa se encarga de cubrir algunos de los gastos, la gran mayoría de las madres de familia tienen que pagar por el cuidado de sus hijas e hijos en guarderías privadas o con particulares, ya que las guarderías establecidas en muchos casos no se ajustan a los horarios laborales o limitan las edades de los infantes. Esta problemática genera que las madres de familia, en un alto porcentaje madres solteras por generaciones, se vean obligadas a dejar solos a sus menores o bien, a cargo de familiares o vecinos para asistir a trabajar, situación que vulnera la seguridad de las familias de las mujeres trabajadoras de la industria. Con la llegada del COVID 19 y el cierre de las escuelas, la problemática se agravó generando alzas significativas en los índices de abuso sexual infantil, embarazo en adolescentes y accidentes ocasionados por la falta de adecuada supervisión.
En Chihuahua, 7 de cada 10 mujeres y niñas han sido víctimas de algún tipo de violencia, ya sea física, sexual, económica, patrimonial y/o psicológica principalmente al interior de su hogar, pero también en trabajos, escuelas, calles o transporte público.
Según datos del INEGI presentadas en el marco del Día Mundial para la Prevención del Suicidio, se reveló que Chihuahua es uno de los Estados con mayor índice de suicidio en México, por lo cual a través de este programa se abona a la prevención de la doble presencia, fenómeno psicosocial que genera ansiedad, estrés, depresión y un incremento en los accidentes laborales, baja en la productividad, ausentismo y rotación.
Ante estos panoramas, las mujeres trabajadoras no tiene la disponibilidad de tiempo ni de recursos para acudir a organismos gubernamentales, cuyos horarios son limitados, en busca de servicios que atiendan su problemática o la de su familia, así mismo, su acceso a la justicia es limitado ya que se ve obligada a ausentarse de su jornada laboral descontando el día de trabajo, para ir en búsqueda de información o servicios jurídicos afectando su economía familiar, razón por la cual la mayoría desiste de llevar a cabo trámites o procesos jurídicos.
Al llevar a los centros de trabajo los servicios de atención psicológica para mujeres víctimas de violencia brindamos la posibilidad de ser atendida sin salir de su centro de trabajo, evitando costos y tiempos de traslado.
De acuerdo con los datos dados a conocer por el Secretariado Ejecutivo de Sistema Nacional de Seguridad Pública, en los últimos siete años 5,440 mujeres fueron víctimas de feminicidio (diciembre 2021).
Durante los últimos 10 años en los municipios de Ciudad Juárez, Chihuahua, Cuauhtémoc, Hidalgo del Parral y Guadalupe y Calvo fueron asesinadas más de 2,400 mujeres, es decir, una mujer cada dos días.
El municipio en que más feminicidios se cometieron en 2021 fue Ciudad Juárez, Chihuahua, el punto del país que puso en la mira internacional los asesinatos por razón de género que se comenten en México.
En el primer semestre del 2021, Chihuahua fue el estado del cual se recibieron más llamadas de emergencia al 911 en todo el país, por violencia contra mujeres. Chihuahua se colocó como la tercera entidad con más homicidios dolosos de mujeres y como la segunda con la tasa más alta por el delito de violación. Información sobre violencia contra las mujeres; Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública; https://drive.google.com/file/d/1AqE7zgLlRJH2q0FzvP5Q8q7ZjlYoRtj/view) ; (noviembre 2021).
Los diferentes temas de capacitación en educación en género que se ofertan a las empresas abonan a generar un cambio positivo en las conductas y en la normalización de las violencias, condición que vulnera la seguridad de las mujeres trabajadoras generando la expresión más extrema de la violencia de género, el feminicidio. Con esta intervención se pretende coadyuvar a incidir en la baja de los índices de feminicidio generando a su vez la cultura de la prevención y atención a las violencias, además de poner a disposición a discreción los servicios de los refugios confidenciales para mujeres en situación de violencia que califiquen para su resguardo, salvaguardando así la integridad y la vida de las mujeres y sus familias. Con la implementación del programa, las mujeres de la industria tienen la oportunidad de ser atendidas, ya que se les proporcionara el servicio de asesoría jurídica en los centros de trabajo, si tienen que acudir a los juzgados familiares, el programa proporciona un avance en el proceso jurídico de la usuaria, además de darle la asesoría adecuada para hacer valer sus derechos.
Se presenta una acción "juntas en tu empresa" donde el Instituto Chihuahuense de las Mujeres acercará a los centros de trabajo los servicios de capacitación, trabajo social, psicología y jurídicos. Chihuahua, al tener gran inversión de la industria maquiladora, resulta de vital importancia brindar atención a las trabajadoras de dicha industria, toda vez que representan una población en situación de vulnerabilidad, más aún con los horarios que las maquiladoras implementan, ya que dichos horarios impiden a las mujeres contar con tiempo suficiente que les permita salir y acudir a los centros de atención para una intervención adecuada de cada caso, por lo tanto, se ve frustrado el acceso a sus derechos.
Para llevar los servicios de atención a las mujeres trabajadoras en las maquilas, se llevará a cabo la celebración de convenios de colaboración entre el Instituto Chihuahuense de las Mujeres con Índex Chihuahua e Índex Juárez; Índex es una asociación civil que agremia a la industria manufacturera. El objeto de dichos convenios contempla la colaboración de la Secretaria General de Gobierno a través del Registro Civil, la Secretaría de Seguridad Pública en el Estado, la Secretaria de Trabajo y Previsión Social, así como instancias municipales como Instituto Municipal de las Mujeres de Cd. Juárez, El Instituto Municipal de las mujeres de Cd. Chihuahua y la dirección de seguridad pública municipal de ambos municipios en el programa dentro de la esfera de sus atribuciones y capacidad técnica y administrativa, para promover acciones y programas en materia de prevención, atención y erradicación de violencia contra las mujeres y sus familias, especialmente las de mayor vulnerabilidad, que forman parte del sector de la industria manufacturera de exportación. Y en coordinación y colaboración mutua, llevar los servicios y programas correspondientes a las dependencias participantes, a cada una de las empresas asociadas o afiliadas a Índex Juárez, e Índex Chihuahua a través de los departamentos de recursos humanos y de conformidad a la agenda establecida por el Instituto Chihuahuense de las Mujeres previo acuerdo de las dependencias participantes.
Chihuahua y Juárez serán los 2 municipios a donde el ICHMUJERES llevará los servicios, a continuación, se presentan los totales de empresas que están afiliadas a Índex, con la finalidad de dar una visión amplia de las posibles empresas participantes, como proyecto piloto se pretende abarcar una muestra del total de empresas, toda vez que el tiempo de ejecución resulta insuficiente para abarcar el universo completo.
Existen más de 70 empresas manufactureras agremiadas a Índex en los municipios de Chihuahua y Cuauhtémoc, por lo que hace evidente y latente el riesgo de sufrir las violencias el sector ya referido, en consecuencia, es que el instituto tuvo la intervención de campo por el proyecto Juntas por tu Empresa, en el periodo de junio del año 2022 a diciembre del 2022 operado con recurso de AVGM, teniendo un impacto de 3798 atenciones por parte de dicho proyecto en el Estado. Por lo que resulta sumamente relevante mantener este tipo de acciones a favor en materia de prevención.
 
Medida de Atención
Acción Coadyuvante
Objetivo General
Medida de prevención:
XI. Garantizar el desarrollo de las capacidades institucionales de cada una de las instancias estatales, políticas públicas, instancias de atención y procuración de justicia y mecanismos de coordinación, así como de todo personal que deba de operar las obligaciones del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, como es el personal de seguridad pública, con el objetivo de que: a) el personal que ahí atienda sea el suficiente, cumpla con el perfil especializado, garantice una atención integral e interdisciplinaria, y tenga las garantías laborales adecuadas para sostener su trabajo con la calidad que establece la ley, entre ellas la capacitación y actualización permanente para prevenir y erradicar toda forma de violencia institucional; b) cada instancia cuente con los recursos presupuestales sostenidos y la infraestructura necesaria para operar sistemática y adecuadamente a lo largo del tiempo.
Prevención. Son las acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida y agravio comparado, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres y las niñas.
B) Establecer una estrategia educativa en derechos humanos y perspectiva de género, que impulse la transformación de patrones culturales en todos los ámbitos.
Llevar cabo acciones que atienden las recomendaciones del Informe elaborado por el Grupo de Trabajo, a consecuencia de la Declaratoria de la Violencia de Género contra las Mujeres en nuestro Estado, basados en el fortalecimiento institucional, a través de las acciones preventivas y de atención a las mujeres niñas y adolescentes.
 
d.2 Metodología
 
OBJETIVOS
ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
INDICADORES
MEDIOS
DE VERIFICACIÓN
1.Fortalecer la Unidad de Atención a la Violencia Laboral, a través de la contratación de los profesionistas que brinden servicios de atención jurídica para garantizar una adecuada atención a las mujeres que viven situación de violencia laboral.
1.1. Pago de prestación de servicios para operar la Unidad Atención a la Violencia Laboral.
Contratación de personal: tres Lic. En Derecho
TNMTAP/TNMAUVL
Número de mujeres trabajadoras en la administración pública.
Número de mujeres trabajadores atendidas en la Unidad de Violencia Laboral
Informe Mensual
Cuantitativo y cualitativo por profesionista.
Informe Final, con los resultados obtenidos.
Formato de listas de asistencia.
Formato del plan de trabajo.
Fotografías.
2. Brindar revisión y seguimiento a los informes de las y los profesionistas contratadas para el proyecto y presentar los informes bimensuales y final ante el CONAVIM.
2.1. Pago de prestación de servicios para coordinar al personal contratado y dar seguimiento a la ejecución del proyecto a través de la concentración de la información que se va a presentar a la CONAVIM, contracción de personal:
Una Lic. Humanidades.
Concentrar los informes mensuales y finales de las y los profesionistas contratados en todas las actividades
Acumulado de atenciones desagregado por sexo
Expedientes digitales de cada profesionista
Expedientes digitales de los procesos de adquisición del recurso material
3.Operación de la unidad fija para brindar servicios de primer contacto para mujeres en situación de violencia en el Municipio de Guadalupe y Calvo
3.1. Pago de prestación de servicios para la operación de la Unidad Fija de Atención, contratación de personal:
Una Lic. psicología,
Una trabajadora social,
a las Mujeres en el Municipio de Guadalupe y Calvo.
TMHMAVGM/TMAAVGM
Número de mujeres, adolescentes y niñas
Número de atenciones
- Informe mensual cualitativo y cuantitativo por profesionista
- Informe final con los resultados obtenidos por Centro
4.Fortalecer la capacidad operativa de las y los profesionistas que brindan atención a través de adquisición de recurso material para la ejecución del proyecto en municipios
4.1. Adquisiciones de Recursos Materiales (impresión de flyers, posicionamiento de espectacular) para la Ejecución del Proyecto en los Municipios.
Expediente en compra net
-Estudio de Mercado
-Comprobantes fiscales
5.Ofrecer atención psicológica, asesoría jurídica y trabajo social en los centros de trabajo a las mujeres colaboradoras de la industria manufacturera bajo los enfoques de derechos humanos, interculturalidad e interseccionalidad de los municipios de Chihuahua y Juárez, para atender, acompañar y canalizar a las mujeres trabajadoras víctimas de violencia.
5.1. Pago de prestación de servicios para la atención al sector manufacturero a través de la contratación de personal:
Dos Lic. psicología,
Dos trabajadoras sociales,
Dos Lic. Derecho,
Dos Facilitadoras, que lleve los servicios hasta las maquiladoras donde laboran Mujeres en los Municipios de Chihuahua, Juárez.
TMHMAVGM/TMAAVGM
Numero de maquilas,
Número de mujeres, adolescentes y niñas
- Informe mensual cualitativo y cuantitativo por profesionista
- Informe final con los resultados obtenidos por Centro
- Formato de listas de asistencia
- Formato de plan de trabajo para centros de trabajo
- Lista de atención de asesoría jurídica
- Cuestionarios de trabajo social
- Bitácora de atención psicológica
 
d.2.1 Pasos a desarrollar
 
PASO
DESCRIPCIÓN
1
Reclutamiento de personal (capacitación a servidores y servidoras públicas de los municipios alertados y Gobierno del Estado- atención Unidad Fija Guadalupe y Calvo y Unidad de atención al sector manufacturero, unidad de atención a la violencia laboral)
2
Sensibilización y capacitación de nuevo ingreso (capacitación a servidores y servidoras públicas de los municipios alertados y Gobierno del Estado - atención Unidad Fija Guadalupe y Calvo, Unidad de atención al sector manufacturero, unidad de atención a la violencia laboral)
3
Celebración de contratos de prestadoras de servicios (capacitación a servidores y servidoras públicas de los municipios alertados y gobierno del estado - atención integral Unidad Fija Guadalupe y Calvo, Unidad de atención al sector manufacturero, unidad de atención a la violencia laboral)
4
Brindar la Atención y seguimiento de los casos (atención integral Unidad Fija Guadalupe y Calvo, Unidad de atención al sector manufacturero, unidad de atención a la violencia laboral)
5
Presentación de informes mensuales cualitativos y cuantitativos
6
Firmar convenio de colaboración con el Municipio de Guadalupe y Calvo (atención Unidad Fija Guadalupe y Calvo)
7
Mantener la Unidad Fija (atención Unidad Fija Guadalupe y Calvo)
9
Agenda de visitas a plantas en los municipios participantes (Unidad de atención al sector manufacturero)
10
Elaboración y revisión del plan de trabajo por empresa (Unidad de atención al sector manufacturero)
11
Visitas a plantas productivas (Unidad de atención al sector manufacturero)
13
Seguimiento de Indicadores (Unidad de atención al sector manufacturero)
14
Seguimiento a usuarias del programa (Unidad de atención al sector manufacturero)
15
Agenda de capacitaciones en los municipios alertados (capacitación a servidores y servidoras públicas de los municipios alertados y Gobierno del Estado)
16
Seguimiento a usuarias de las capacitaciones por medio de la Unidad de Violencia Laboral (capacitación a servidores y servidoras públicas de los municipios alertados y gobierno del estado)
17
Presentación de Informes finales cualitativos y cuantitativos (capacitación a servidores y servidoras públicas de los municipios alertados y gobierno del estado- atención Unidad Fija Guadalupe y Calvo, Unidad de atención al sector manufacturero y unidad de atención a la violencia laboral)
18
Entrega de evidencias finales al cierre de los programas (capacitación a servidores y servidoras públicas de los municipios alertados y Gobierno del Estado,-atención Unidad Fija Guadalupe y Calvo y Unidad de atención al sector manufacturero y unidad de atención a la violencia laboral)
 
d.3 Cobertura geográfica y población beneficiaria
d.4 Actores estratégicos
 
No.
ACTOR
TIPO DE PARTICIPACIÓN
1.
Índex A.C.
Promoción y difusión de los servicios del ICHMujeres hacia las empresas manufactureras
2.
Secretaria del Trabajo y Previsión Social
La secretaría del trabajo en cuanto canalizaciones para poder acceder a sus servicios de bolsa de trabajo
3.
Dirección de Registro Civil
Instancias municipales de la mujer
Donación de actas de nacimiento a las beneficiarias del programa que así lo requieran
Ofrecen capacitación en temas de equidad de género y promoción de sus programas de prevención y promoción de sus servicios.
4.
Unidad Fija de Guadalupe y Calvo los actores estratégicos con los que se tendrá vinculación son:
Fiscalía General del Estado (FGE) y Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres
Víctimas del Delito por Razones de Género. (FEM)
Desarrollo integral de la familia
Juzgados Familiares
Instituto/Instancia Municipal de las Mujeres
Seguridad Pública Municipal
Comisión Estatal para los Pueblos Indígenas
Comisión Estatal de Derechos Humanos
Todos los actores estratégicos enunciados se encuentran contemplados en la participación directa de las Recomendaciones de la Alerta de Violencia de Genero contra las Mujeres.
Los siguientes actores estratégicos de las atenciones directas de la Unidad Fija, actuaran dentro del ámbito de su competencia mediante oficios girados y en algunos casos la intervención de acompañamiento a usuarias de alto riesgo según sea el caso
Fiscalía General del Estado (FGE) y Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres - a través del cumplimiento y/o girar órdenes de protección
Instituto/Instancia Municipal de las Mujeres - canalizaciones
Seguridad Pública Municipal - a través del cumplimiento y/o girar órdenes de protección
Desarrollo integral de la familia - acciones coordinadas mediante oficios
Víctimas del Delito por Razones de Género. (FEM) - seguimiento de casos
Juzgados Familiares - seguimiento de casos
 
d.5 Identificación de riegos y cómo afrontarlos
 
RIESGO
MEDIDAS DE AFRONTAMIENTO
Falta de sensibilización por parte de los actores estratégicos de las dependencias y ejecutivos por parte de la iniciativa privada de Recursos Humanos en temas de prevención y atención a las violencias.
Al inicio del programa se ofrece una capacitación en el tema: Protocolo de atención a víctimas y tipos de violencia dirigida al equipo de Recursos Humanos para sensibilizar al personal en temas de prevención y atención a las violencias y brindar herramientas para canalizar adecuadamente.
Cambio de semáforo por la pandemia COVID-19 y restricciones sanitarias para llevar a cabo las visitas y/o brindar atención presencial, por lo tanto, puede reducir el total de mujeres atendidas.
Los servicios se pueden adecuar para llevarse a cabo de manera virtual, telefónica, adecuando las evidencias y los formatos a la modalidad electrónica.
 
 
d.6 Cronograma de actividades y gasto
 
d.7 Perfil y experiencia que deberá acreditar la o las personas físicas o morales que realizarán el proyecto, distintas a aquellas que sean servidoras públicas, así como sus antecedentes respecto a la elaboración de otros proyectos en otras entidades federativas
Tipo de perfil requerido:
 
ÁREAS DE
ESPECIALIZACIÓN
AÑOS DE
EXPERIENCIA
MÍNIMA REQUERIDA
GRADO O NIVEL DE
ESPECIALIZACIÓN
NÚMERO DE PERSONAS A
CONTRATAR
Ciencias Jurídicas
1 año
Licenciatura
5
Psicología
1 año
Licenciatura
3
Trabajo Social
1 año
Licenciatura
3
Otro
1 año
Licenciatura
3
 
OTRO TIPO DE PERFIL REQUERIDO:
d.7 Perfil y experiencia que deberá acreditar la o las personas físicas o morales que realizarán el proyecto, distintas a aquellas que sean servidoras públicas, así como sus antecedentes respecto a la elaboración de otros proyectos en otras entidades federativas
 
PERFIL
AÑOS DE
EXPERIENCIA MÍNIMA
REQUERIDA
GRADO O NIVEL DE
ESPECIALIZACIÓN
ESPECIFIQUE
EL GRADO O
NIVEL
NÚMERO DE
PERSONAS A
CONTRATAR
PUBLICIDAD
1 AÑO
Licenciatura
 
1
 
ESQUEMA DE CONTRATACIÓN:
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal firman el Anexo Técnico en cuatro ejemplares, en términos del numeral Trigésimo segundo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto AVGM/CHIH/AC02/ICHM/052, en la Ciudad de México el día 31 del mes de marzo de 2023.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: la Gobernadora Constitucional del Estado, María Eugenia Campos Galván.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Santiago de la Peña Grajeda.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda, José de Jesús Granillo Vázquez.- Rúbrica.- La Directora General del Instituto Chihuahuense de las Mujeres y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Neyra Georgina Regalado Gutiérrez.- Rúbrica.