CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Durango, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/DUR/AC01/IEM/094, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el ejercicio fiscal 2023.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR, ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA "CONAVIM", REPRESENTADA POR SU TITULAR, MA FABIOLA ALANÍS SÁMANO; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE DURANGO, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO, ESTEBAN ALEJANDRO VILLEGAS VILLARREAL, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, HÉCTOR EDUARDO VELA VALENZUELA; LA SECRETARIA DE FINANZAS Y DE ADMINISTRACIÓN, BERTHA CRISTINA ORRANTE ROJAS Y POR LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL DE LAS MUJERES, ALEJANDRA ELIZABETH TERRONES OCHOA, TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE E INSTANCIA LOCAL RECEPTORA; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), establece en su Título II. "Modalidades de la Violencia", Capítulo V. "De la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", que la alerta de violencia de género contra las mujeres tendrá como objetivo fundamental garantizar la seguridad de las mujeres, detener la violencia en su contra y eliminar las desigualdades producidas por una legislación que agravia sus derechos humanos, para dar cumplimiento a la obligación constitucional y convencional del Estado mexicano de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, que implica adoptar políticas y medidas específicas para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia en su contra.
De conformidad con lo señalado en el artículo 25 de la LGAMVLV, corresponde al Gobierno Federal, a través de "GOBERNACIÓN", declarar la alerta de violencia de género, al respecto notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la Entidad Federativa de que se trate, con la finalidad de detenerla y erradicarla a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por "GOBERNACIÓN" en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
El 1 de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se crea, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) con el objeto de ejercer las atribuciones que la LGAMVLV y su Reglamento le confieren a "GOBERNACIÓN", en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos.
Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2023 (PEF 2023), publicado en el DOF el 28 de noviembre de 2022, se derivan los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (DAVGM), así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario, los cuales ascienden a $110,998,792.50 (Ciento diez millones novecientos noventa y ocho mil setecientos noventa y dos pesos 50/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberán, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM, destinará los recursos previstos en el PEF 2023, para que se otorguen y apliquen en las Entidades Federativas y en la Ciudad de México en las que se haya decretado la DAVGM, así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2023 (LINEAMIENTOS) publicados en el DOF el 03 de febrero de 2023.
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 02 de febrero de 2023, suscrito por Alejandra Elizabeth Terrones Ochoa en su carácter de Directora General del Instituto Estatal de las Mujeres del "GOBIERNO DE ESTADO" y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, solicitó en tiempo y forma a la CONAVIM recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: AVGM/DUR/AC01/IEM/094.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ), determinó viable el proyecto presentado, por lo que se autorizó la cantidad de $1,344,000.00 (Un millón trescientos cuarenta y cuatro mil pesos 00/100 M.N) para la ejecución del proyecto AVGM/DUR/AC01/IEM/094. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio CONAVIM/CAAEVF/313/2023 de fecha 02 de febrero de 2023.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.       "GOBERNACIÓN" declara que:
I.1.    Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CONSTITUCIÓN); 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2.    El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.3.    La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN", de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y del Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009.
I.4.    La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano, cuenta con facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación y
Adhesión, con fundamento en los artículos 115, fracción V y 151 del RISEGOB.
I.5.    Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", con número de Reporte General de Suficiencia Presupuestaria 00018.
I.6.    Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Dr. José María Vértiz número 852, Piso 5, Colonia Narvarte Poniente, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
II.      El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.   Que de conformidad con lo establecido por los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CONSTITUCIÓN, 60 y 62, párrafo tercero de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango, es una Entidad Federativa Libre y Soberana que forma parte integrante de la federación con territorio y población, así como libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2.   El Gobernador del Estado, Esteban Alejandro Villegas Villarreal, acredita la personalidad con la que comparece mediante el Bando Solemne que lo declara como Gobernador del Estado de Durango, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango, número 17 EXT, de fecha 13 de septiembre de 2022, y cuenta con facultades para celebrar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión de conformidad en lo establecido por los artículos 98, fracciones X y XXXVIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango; 5, fracciones XII y XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango.
II.3.   El Secretario General de Gobierno, Héctor Eduardo Vela Valenzuela, acredita la personalidad con la que comparece mediante nombramiento otorgado a su favor el día 15 de septiembre de 2022, por el Gobernador del Estado, y cuenta con las facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión de conformidad con lo establecido por los artículos 99 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango, 19, fracción I y 20, fracciones VI y XLII de Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango.
II.4.   La Secretaria de Finanzas y de Administración, Bertha Cristina Orrante Rojas, acredita la personalidad con la que comparece mediante nombramiento otorgado a su favor el día 15 de septiembre de 2022, por el Gobernador del Estado y cuenta con las facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión de conformidad con lo establecido por los artículos 99 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango; 19, fracción II y 21 fracciones XX y LXXXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango.
II.5.   La Directora General del Instituto Estatal de las Mujeres, Alejandra Elizabeth Terrones Ochoa, y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 19, fracciones XI y XVIII de la Ley del Instituto Estatal de las Mujeres.
II.7.   Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como su domicilio el ubicado en Boulevard Felipe Pescador, número 800 Poniente, Victoria de Durango Centro, Código Postal 34000, en la Ciudad de Durango, Estado de Durango.
III.     "LAS PARTES" declaran que:
III.1.   Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2.   Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3.   Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.4.   Consideran como acción para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, la Acción de Coadyuvancia siguiente: 1. Atención: Son las acciones destinadas a la atención de las mujeres y las niñas y las adolescentes, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo en el que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las niñas y la protección de las víctimas.
III.5.   Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por la CONAVIM.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: AVGM/DUR/AC01/IEM/094, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2023; y que se encuadra en la siguiente Acción de coadyuvancia:
Acción coadyuvante
1. Atención: Son las acciones destinadas a la atención de las mujeres y las niñas y las adolescentes, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo en el que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las niñas y la protección de las víctimas.
 
Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, en términos del numeral Trigésimo segundo de los LINEAMIENTOS.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "GOBERNACIÓN" asignará la cantidad de $1,344,00.00 (Un millón trescientos cuarenta y cuatro mil pesos 00/100 M.N,) para el Proyecto: AVGM/DUR/AC01/IEM/094, aprobado por el COMITÉ en la Instalación y Primera Sesión Ordinaria mediante Acuerdo CEPCONAVIM/ISO/041/01022023.
Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Finanzas y de Administración en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), y la que se identifica con los siguientes datos:
 
Nombre del Beneficiario:
Gobierno del Estado de Durango
Nombre del Proyecto:
AVGM/DUR/AC01/IEM/094
Nombre de la Institución Financiera:
Banco Santander (México) S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Santander México.
Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) de 18
dígitos:
014190655096732921
Número de Cuenta Bancaria:
65509673292
Tipo de Cuenta:
Productiva
Tipo de Moneda:
Nacional
Número de Sucursal:
3762
Número de Plaza:
Durango 1001
Fecha de apertura de la Cuenta:
08 de febrero de 2023
 
Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "GOBERNACIÓN" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Vigésimo sexto de los LINEAMIENTOS.
Para "GOBERNACIÓN", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo a las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "GOBERNACIÓN".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de los mismos de acuerdo al PEF 2023, por lo que "GOBERNACIÓN" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "GOBERNACIÓN". El COMITÉ, comunicará oportunamente al "GOBIERNO DEL ESTADO" cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos.
"GOBERNACIÓN" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "GOBERNACIÓN" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Revisar conjuntamente el o los informes bimestrales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
b.     Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
c.     Apegarse a lo establecido en la LGCG, LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "GOBERNACIÓN". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM, se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del numeral Vigésimo quinto de los LINEAMIENTOS.
b.     Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.     Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento.
d.     Realizar las visitas de seguimiento en sitio, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DEL ESTADO"; en caso de ser aplicables al Proyecto aprobado.
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar, por conducto de la Secretaría de Finanzas y de Administración, los recursos asignados a través de subsidios exclusivamente destinados para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ.
b.     Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, a más tardar el 31 de diciembre de 2023.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
d.     Realizar por conducto del Instituto Estatal de las Mujeres las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, así como en la demás normatividad local aplicable en la materia.
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f.     Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g.    Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.    Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.      Garantizar que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de Proyecto a desarrollar.
j.     Entregar bimestralmente, por conducto del enlace designado a "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validada por la Secretaría de Finanzas y de Administración, con su debido soporte documental. Dichos informes deberán entregarse dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada bimestre.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos E015 promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres".
l.      En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "GOBERNACIÓN", a más tardar el 15 de enero de 2024, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por la Titular del Instituto Estatal de las Mujeres y por la Titular de la Secretaría de Finanzas y de Administración, en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2023 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en el inciso j) del numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
m.    Una vez que se cumplan los objetivos del Proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo, con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, de resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet que para ese efecto se habilite.
n.     Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2023, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente.
ñ.    Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita la CONAVIM a través del COMITÉ.
SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de sus Anexos Técnicos, "LAS PARTES" designan como Enlaces a los siguientes servidores públicos:
POR "GOBERNACIÓN"

Nombre:
Susana Vanessa Otero González.
Cargo:
Coordinadora para la Articulación de Acciones para la Erradicación de la Violencia Feminicida.
Dirección:
Dr. José María Vértiz número 852, Piso 5, Colonia Narvarte Poniente, Demarcación Territorial, Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
Teléfono institucional:
52098800 extensión 30367
Correo electrónico
Institucional:
 
sotero@segob.gob.mx
 
POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO"

Nombre:
Giselle Morales Rivas
Cargo:
Directora de Atención a la Mujer
Dirección:
Calle Zaragoza número 528 Sur, Colonia Zona Centro, Código Postal 34000, Ciudad de Durango, Estado de Durango.
Teléfono institucional:
618 1374611 ext. 74611
Correo electrónico
Institucional:
 
giselle.morales@durango.gob.mx
 
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra Parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación.
OCTAVA. INFORME DE RESULTADOS. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto del Instituto Estatal de las Mujeres informará a "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, y el inciso h) del numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada bimestre, a partir de la fecha del depósito del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2023, deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través del Instituto Estatal de las Mujeres.
En el caso de "GOBERNACIÓN", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2023 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral Quincuagésimo de los LINEAMIENTOS.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "GOBERNACIÓN" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "GOBERNACIÓN" otorgue la línea de captura a la Entidad, ésta deberá remitir a la CONAVIM original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, el "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA SEGUNDA.- RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "GOBERNACIÓN" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Cuadragésimo cuarto de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión y ordenará al "GOBIERNO DEL ESTADO" la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Lo anterior sin perjuicio de que la CONAVIM haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "GOBERNACIÓN", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Secretaría de Contraloría del "GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá adicionarse o modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DEL ESTADO" en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles a partir de dictaminación por parte de la Unidad General de Asuntos Jurídicos.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b.     En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la CONAVIM en los informes que presente el "GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos, se levantará una minuta en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2023. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe; por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de los Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
VIGÉSIMA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, si "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio de Coordinación y Adhesión; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación y Adhesión, y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial del Estado de Durango en un plazo de 60 días hábiles a partir de su dictaminación por parte de la Unidad General de Asuntos Jurídicos, y entrará en vigor a partir de la fecha de la misma.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2023.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "GOBERNACIÓN".
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México el día 15 del mes de marzo de 2023.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador del Estado, Esteban Alejandro Villegas Villarreal.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Héctor Eduardo Vela Valenzuela.- Rúbrica.- La Secretaria de Finanzas y de Administración, Bertha Cristina Orrante Rojas.- Rúbrica.- La Directora General del Instituto Estatal de las Mujeres y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Alejandra Elizabeth Terrones Ochoa.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación y Adhesión de fecha 15 de marzo de 2023 celebrado entre la Secretaría de Gobernación y el Gobierno Estado Libre y Soberano de Durango, de conformidad con el numeral Trigésimo segundo de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2023 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A. DATOS GENERALES
Entidad federativa:
Gobernación y el Estado Libre y Soberano de Durango,
 
Nombre del proyecto:
AVGM/DUR/AC01/IEM/094
 
Acción de Coadyuvancia de acceso al Subsidio:
Atención: Son las acciones destinadas a la atención de las mujeres y las niñas y las adolescentes tendientes a disminuir las condiciones de riesgo en el que se encuentran así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres las niñas y la protección de las víctimas.
 
Fecha en que la Entidad Federativa solicitó el Subsidio:
20 de enero de 2023
 
Instancia Local Responsable:
Instituto Estatal de las Mujeres
 
Instancia Local Receptora:
Instituto Estatal de las Mujeres
 
B. MONTO APROBADO
Monto aprobado:
$1,344,000.00 (Un millón trescientos cuarenta y cuatro mil pesos 00/100 M.N.)
 
Fecha de inicio del Proyecto:
02 de mayo de 2023
 
Fecha estimada de conclusión que no exceda del 31 de diciembre de 2023
31 de diciembre de 2023
 
C. DESIGNACIÓN DE ENLACE
En ese sentido, en cumplimiento al Convenio de Coordinación y Adhesión, he tenido a bien designar como enlace ante CONAVIM a:
Nombre:
Giselle Morales Rivas
Cargo:
Directora de Atención a la Mujer
Dirección:
Calle Zaragoza 528 sur, zona centro, Durango, Dgo. C.P. 34,000.
Teléfono institucional:
6181374611 ext. 74611
Correo Institucional:
giselle.morales@durango.gob.mx
 
D. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
d.1 Justificación
Medida de Atención
Acción Coadyuvante
Objetivo General
La creación o fortalecimiento de puntos de atención inmediata a mujeres en situación de violencia que consideren las dinámicas sociales de la población y la distribución de las comunidades. Su funcionamiento deberá contemplar asistencia directa o canalizada, de carácter multidisciplinaria en materia de asistencia jurídica psicológica, salud y el respectivo protocolo de actuación de las y los servidores públicos encargados de brindar los servicios correspondientes. Estos puntos de atención deberán trabajar en coordinación con el número de emergencia nacional 911 para brindar protección inmediata y pertinente en casos de violencia.
Atención: Son las acciones destinadas a la atención de las mujeres y las niñas y las adolescentes, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo en el que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las niñas y la protección de las víctimas.
B) Garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos especializados y gratuitos para la atención de las víctimas directas o indirectas.
Fortalecer los espacios de atención especializada a mujeres en situación de violencia, por medio del programa ESMERALDA y el CJM en el municipio de Gómez Palacio, Dgo.
 
La violencia de género contra las mujeres, es una problemática social que se define desde los marcos internacionales, la CEDAW (Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer) no propiamente habla del término de violencia, pero sí, marca a la discriminación contra la mujer como toda la distinción, exclusión y restricción basada en el sexo que como resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil; mientras que La convención interamericana para prevenir Sancionar y Erradicar la violencia contra la mujer (Convención de Belem do Pará) específica y da a entender que esto es cualquier acción o conducta, que cause sufrimiento físico, emocional y/o psicológico a las mujeres, por razones de género; y se pueden presentar en los espacios públicos y privados; También hace mención que la violencia contra las mujeres contraviene el derecho a ser tratada con dignidad y respeto, en un entorno libre de violencia y discriminación; esta convención establece por primera vez el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia. Este tratado Internacional ha dado pauta para la adopción de leyes y políticas sobre prevención, erradicación y sanción de la violencia contra las mujeres en los Estados parte de la convención; formulación de planes nacionales; organización de campañas e implementación de protocolos y de servicios de atención, entre otras iniciativas; además en el capítulo III Deberes de los Estados, en su Artículo 8. Dice que los Estados Partes convienen en adoptar, en forma progresiva, medidas específicas, inclusive programas para: Fomentar la educación y capacitación del personal en la administración de justicia, policial y demás funcionarios encargados de la aplicación de la ley, así como el personal cuyo cargo este la aplicación de las políticas de prevención, sanción y eliminación de la violencia contra la mujer.
Por su parte el Estado Mexicano, por medio de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), que tiene por objetivo establecer la coordinación entre la Federación, las entidades federativas, la ciudad de México y los municipios para prevenir sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como los principios y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de igualdad y de no discriminación, así como garantizar la democracia, el desarrollo integral y sustentable que fortalezca la soberanía y el régimen democrático. Así mismo menciona en su ARTÍCULO 6. Los tipos de violencia contra las mujeres son: I. La violencia Psicológica, II. La Violencia física, III. La violencia patrimonial, IV. Violencia económica y V. La violencia sexual; dentro de la ley en la Sección Décima Segunda en el ARTICULO 50 el cual corresponde a los municipios, de conformidad y las leyes locales en la materia y acorde con la perspectiva de género, la siguiente atribución: Promover, en coordinación con las Entidades Federativas, cursos de capacitación a las personas que atienden víctimas.
En México, se cuenta con la Encuesta Nacional sobre la dinámica de las Relaciones en los Hogares 2016, de acuerdo a las estadísticas de violencia contra las mujeres, indica que 66.1% de las mujeres mayores de 15 años en México, han sufrido al menos un incidente de violencia emocional, 5 económica, física, sexual o discriminación a lo largo de su vida en al menos un ámbito y ejercida por cualquier agresor; las mujeres, que han realizado un tipo de denuncia ante las autoridades correspondientes o solicitado apoyo institucional solo es el 9.4% y el 91.6% no lo realizaron por vergüenza, consideraron que eran situaciones sin importancia o aisladas, que no creerían o era su culpa, amenazas, miedo a estas, no saber en dónde poner una denuncia y ni el cómo. (ENDIREH, 2016), como se puede observar en los datos antes mencionados, la situación de violencia que viven las mujeres no se resuelve en las instancias a favor de brindar algún tipo de servicio a mujeres en alguna situación de violencia.
Mientras que en el estado de Durango, a través de la ENDIREH (2016), sitúa a la entidad por encima de la media nacional (66.1%) con un 66.6% de mujeres mayores a los 15 años que han estado en situación de violencia; reconoce como los contextos con más prevalencia de violencia las zonas urbanas (13.1) y casi en igualdad de condiciones las rurales (10.8); en la entidad la principal persona que realiza agresiones contra las mujeres, al menos en los tipo de violencia psicológica (39.8%) y sexual (21.9%) es el cónyuge o la pareja.
La ley del Instituto Estatal de las mujeres, en el Artículo 2. Hace mención que el instituto es un órgano descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonios propios, con autonomía de gestión y tiene por objeto promover políticas y acciones que permitan garantizar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, en los ámbitos educativo, laboral, político, económico y social; en su Artículo 6, párrafo VIII. Hace mención de promover la capacitación y actualización de servidores públicos, responsables de emitir políticas públicas de cada sector del Estado y los municipios, en materia de diseño, ejecución y evaluación de políticas desde la perspectiva de género; las atribuciones concedidas por la actual ley que le brinda como una de sus atribuciones.
Por otra parte, en el 2018 la secretaria de gobernación, a través de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM), emitió la declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres (AVGM) en el estado de Durango en 16 municipios de la entidad, siendo los siguientes: Durango, Gómez Palacio, Lerdo, Mezquital, Pueblo Nuevo, Poanas, Tamazula, Canatlán, General Simón Bolívar, Mapimí, Nombre de Dios, Rodeo, Tlahualilo, Vicente Guerrero, Santiago Papasquiaro y Guadalupe Victoria.
Por lo cual el estado debe coordinar acciones interinstitucionales de seguridad, con la finalidad de implementar las medidas necesarias para cesar la violencia contra las mujeres, atendiendo las condiciones culturales, sociales e institucionales que obstaculicen el libre ejercicio de sus derechos humanos, particularmente el derecho a una vida libre de violencias y discriminación por razón de género.
Por ello, como lo marca el Resolutivo de la secretaria de Gobernación Respecto a las solicitudes AVGM/05/2017 y AVGM/10/2017 de Alerta de Violencia de Género Contra La Mujeres para el estado de Durango, en la medida de atención en el punto número 1. La creación o fortalecimiento de puntos de atención inmediata a mujeres en situación de violencia que consideren las dinámicas sociales de la población y la distribución de las comunidades. Su funcionamiento deberá contemplar asistencia directa o canalizada, de carácter multidisciplinaria en materia de asistencia jurídica psicológica, salud y el respectivo protocolo de actuación de las y los servidores públicos encargados de brindar los servicios correspondientes. Estos puntos de atención deberán trabajar en coordinación con el número de emergencia nacional 911 para brindar protección inmediata y pertinente en casos de violencia.
Lo antes en mención, es en referencia a Fortalecer los espacios de atención especializada a mujeres en situación de violencia, por medio del programa ESMERALDA y el CJM en el municipio de Gómez Palacio, Dgo; brindando servicios de orientación y atención especializada en trabajo social, psicológica y jurídica.
d.2 Metodología
Objetivos específicos
Actividades
Indicadores
Medios de verificación
Brindar servicios de orientación, acompañamiento, traslado y rescate a las mujeres en situaciones de violencia por medio de servicios del Programa ESMERALDA
Orientación, acompañamiento, traslado y rescate a las mujeres en situaciones de violencia por medio de servicios especializados de Psicología
No. de mujeres atendidas/No. de mujeres planeadas concluido*100
Reporte de informe mensual, trimestral y semestral por área y unidad.
Brindar servicios de orientación, acompañamiento, traslado y rescate a las mujeres en situaciones de violencia por medio de servicios del Programa ESMERALDA
Orientación, acompañamiento, traslado y rescate a las mujeres en situaciones de violencia por medio de servicios especializados de atención jurídica
No. de mujeres atendidas/No. de mujeres planeadas concluido*100
Reporte de informe mensual, trimestral y semestral por área y unidad.
Brindar servicios de atención especializada en atención de trabajo social, asignada a los servicios del CJM en Gómez Palacio.
Atención y acompañamiento en trabajo social especializado a mujeres, hijas e hijos en situación de violencia.
No. de mujeres atendidas/No. de mujeres planeadas concluido*100
Reporte de informe mensual, trimestral y semestral por área y unidad.
Informe de grado de satisfacción, calidad y utilidad de los servicios por la unidad.
Brindar servicios de atención especializada en atención psicológica, asignada a los servicios del CJM en Gómez Palacio.
Atención y acompañamiento psicológico especializado a mujeres, hijas e hijos en situación de violencia a través de las modalidades individual y grupal.
Proporcionar apoyo y contención emocional a familiares víctimas de violencia Feminicida.
No. de mujeres atendidas/No. de mujeres con proceso concluido*100
Reporte de informe mensual, trimestral y semestral por área y unidad.
Brindar servicios de atención especializada en atención jurídica, asignada a los servicios del CJM en Gómez Palacio.
Atención y acompañamiento jurídico especializado a mujeres, en situación de violencia
No. de mujeres atendidas/No. de mujeres con proceso concluido*100
Reporte de informe mensual, trimestral y semestral por área y unidad.
Dar seguimiento a la correcta ejecución del proyecto, así como coordinar a las y los profesionistas contratados
Coordinar las unidades de atención inmediata del CJM y Programa ESMERALDA (Subsidio Federal)
No de visitas de seguimiento a las unidades de atención
 
Informe mensual de seguimiento a las unidades de atención
Sistematización de resultados
 
d.2.1 Pasos a desarrollar
No.
Descripción
1
Contratación de profesionistas. Se realizará proceso de reclutamiento y selección de profesionistas en las áreas de trabajo social, psicología, jurídico con experiencia comprobable en atención a casos de violencia contra las mujeres. Así como, la capacitación de protocolos de actuación por parte de la IMEF y en vinculación con las instancias a fortalecer (Programa Esmeralda y CJM de Gómez Palacio); se contemplará la contratación de un perfil del área jurídica para coordinar los trabajos de las y los profesionistas especializados.
2
Asignación de profesionistas. Asignar con personal capacitado y especializado a fortalecer el Programa ESMERALDA y el CJM de Gómez Palacio con el propósito de brindar atención especializada a mujeres, sus hijas e hijos en situaciones de violencia, además de las personas familiares víctimas de violencia Feminicida.
3
Vinculación. Establecer acuerdos con órdenes de gobierno municipal y estatal a fin de proporcionar servicios integrales, como: asistencia social, médica, desarrollo económico, bolsas de empleo, medidas cautelares y de protección, entre otras.
4
Difusión. Desarrollar por medios informativos digitales y otros medios de la difusión de los servicios, así como, propiciar que las dependencias a fortalecer repliquen la información con el fin de contribuir a que las mujeres, sus hijas e hijos en situaciones de violencia accedan a los servicios de las unidades. Entre ellos se deben de puntualizar en los medios de contacto, ubicación y tipos de servicios a prestar.
 
 
5
Atención, orientación y canalización. Se brindará atención especializada a mujeres de acuerdo a los protocolos de actuación contemplados por las dependencias y programas a fortalecer, en específico al documento o modelo que rige a los Centros de Justicia para las Mujeres y el Programa Esmeralda en la asistencia de urgencia a mujeres en situaciones de violencia, en el caso de ESMERALDA. Para el personal que se asignará en la atención en el CJM, las funciones por área de trabajo social serán:
·  Acompañamiento dentro de las instalaciones y áreas del centro a las que la usuaria sea asignada por la ruta crítica.
·  Informar y dar a conocer los servicios del Centro;
·  Realizar una retroalimentación sobre la situación de violencia en la que se encuentra la mujer que hace uso de los servicios de la unidad;
·  Recibir y canalizar usuarias durante la estancia dentro del Centro,
·  Canalizar y apoyarse de servicios integrales por medio de dependencias municipales, estatales u Organismos de la Sociedad Civil;
·  Llevar a cabo estudio socioeconómico de las usuarias.
·  Acompañamiento y traslados a refugios temporales locales y/o nacionales.
·  Visitas Domiciliarias.
Por su parte las acciones del área de psicología, se proporcionarán a las mujeres, sus hijas e hijos servicios de terapia individual y/o grupal dependiendo de las características y situación de las mujeres, además de complementar sus servicios con los siguientes:
·  trabajar sobre su sistema de creencias, en especial acerca de sus ideas sobre los roles y estereotipos de género.
·  Analizar la historia de violencia en la familia de origen, su rol como hija (si ha sido o es una persona en situación de violencia ya sea de manera directa o indirecta).
·  Trabajar el sentimiento de vergüenza y culpa que le genera estar en una situación de violencia.
·  Analizar el miedo al agresor, así como la dependencia, lo que necesita y como desea ser ayudada.
·  Estimular su propia autonomía y desarrollo.
·  Favorecer el desarrollo de su autoestima.
·  Favorecer la ampliación o formación de redes de apoyo familiares y sociales.
·  Elaborar proyecto de vida a corto y mediano plazo.
Las acciones y servicios proporcionados en el Programa ESMERALDA, se basan principalmente, en la solicitud de servicios por medio del 911 y su transferencia a dicha estrategia para la atención, acompañamiento y orientación a mujeres en situaciones de violencia, sus funciones a desarrollar durante el programa son:
1.-Recibir la llamada e identificar las necesidades de atención más urgentes a través de entrevista.
2.- Brindar atención, contención y canalización a la usuaria a través de la llamada.
3.- Identificar las situaciones de riesgo a efecto de determinar las medidas de protección a implementar, salvaguardando su integridad lo anterior mediante la entrevista.
4-. Informarle sobre las instancias que prestan servicios a la población, según corresponda la necesidad.
5.-Brindar el acompañamiento y traslado a las instancias correspondiente a través de la unidad móvil (vehículo oficial de seguridad pública, asignado al programa Esmeralda) e informarle respecto a la existencia del plan de seguridad, tipos de violencia y ciclo de la violencia en caso de que así lo estime conveniente la usuaria.
6.-Registrar a la usuaria en la base de datos para el programa Esmeralda, en la cual deberá establecer:
·  Datos personales de la usuaria.
·  Identificar redes de apoyo.
·  Datos de la persona agresora.
·  Nombre de sus hijos.
·  Domicilio de la usuaria.
En caso de que el solicitante del servicio decida o permita la canalización al área psicológica se intervendrá mediante:
1.- Establecer rapport, encuadre, recopilación de datos, respecto a su necesidad, así como identificación de antecedentes previos al acontecimiento.
2.- Identificar y analizar las emociones y conductas ante el suceso que está viviendo con fines de llevar a cabo un acompañamiento de calidad y calidez.
3.- En caso de estar ante una situación de violencia, desnaturalizar la violencia. (Psicoeducación: ciclo de la violencia, tipos de violencia, consecuencias, estar dentro de sí misma: contactar emociones, pensamientos; dar tiempo y espacio para que fluyan).
4.- Identificar codependencia: responsabilizar a través de la identificación de sus consecuencias. Psicoeducación: qué es, cómo y en qué situaciones se manifiesta.
Siempre respetando la decisión de las mujeres que hagan uso del servicio y en ambos espacios a fortalecer por medio de profesionales especializados se recurrirá a un trabajo basado en la perspectiva de género, los derechos de las mujeres y el evitar la re victimización.
6
Coordinación de profesionistas especializados que brindan atención. 1.-Dar seguimiento a los trabajos que realizarán las y los profesionistas en CJM y Programa ESMERALDA, con sede en el municipio de Gómez Palacio, Dgo.
2.-Sistematizar información generada a partir de los informes de las y los profesionistas.
3.-Seguimiento de la captura en el Banco Nacional de datos e Información sobre casos de violencia contra las Mujeres (BANAVIM) de los casos de mujeres en situación de violencia atendidas por las y los profesionistas.
4.- Realizar acciones de supervisión, asesoría, orientación y acompañamiento a las y los profesionistas en la atención a mujeres víctimas de violencia; y en su caso a la vinculación a las dependencias que proporcionan servicios integrales a las mujeres.
5-Realizar rutas y planes de trabajo para la atención efectiva y/o atención a casos de mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos, en su caso.
 
d.3 Cobertura geográfica y población beneficiaria
d.4 Actores estratégicos
No.
Actor
Tipo de participación
1
Secretaría de Salud
Atención médica en casos de violencia extrema o situaciones médicas específicas
2
Secretarías Nacional y Estatal de Bienestar social
Acceso a programas federales y estatales de apoyo a las mujeres
3
Secretaría de Desarrollo Económico y Dirección de Fomento económico
Acceso a programas federales y estatales de apoyo a las mujeres
4
Fiscalía General del Estado de Durango
Apoyo a espacios de atención por medio del Centro de Justica para las Mujeres de Gómez Palacio y servicios complementarios de peritaje psicológico, médicos legistas, interponer denuncias ante los Ministerios Públicos.
5
Secretaría de Seguridad Pública del Estado
Apoyo en espacios y línea telefónica a través del Programa ESMERALDA en Gómez Palacio.
 
d.5 Identificación de riesgos y cómo afrontarlos
Riesgo
Medidas de afrontamiento
Que no se cuente con apertura de las dependencias de los 3 órdenes de gobierno para la atención integral de las usuarias
Firmas de acuerdos de colaboración
Resistencia de la población de las comunidades para recibir los servicios de atención
Sensibilización, difusión y promoción de los derechos de las mujeres
Abstención de solicitud de las mujeres a denunciar a su agresor
Trabajo por medio de las orientaciones y atenciones psicológicas con el fin de concientizar en el sistema de creencias de las mujeres que puede posibilitar o limitar una denuncia en caso de requerirse la denuncia por violencia contra las mujeres.
Los servicios de atención especializada jurídica, psicológica y de trabajo social se pueden ver afectados debido a las diferentes situaciones sanitarias que se han vivido a raíz del COVID-19 o bien la influenza, lo anterior puede llegar a afectar en las metas a cumplir al finalizar el proyecto.
Los servicios especializados de atención jurídica, psicológica y de trabajo social se pueden otorgar considerando las medidas sanitarias necesarias para evitar contagios, así como brindar atención vía telefónica y dudas solventadas a través de las páginas oficiales del IEM.
 
d.6 Cronograma de actividades y gasto
 

 
d.7 Perfil y experiencia que deberá acreditar la o las personas físicas o morales que realizarán el proyecto, distintas a aquellas que sean servidoras públicas, así como sus antecedentes respecto a la elaboración de otros proyectos en otras entidades federativas
Tipo de perfil requerido:
Áreas de especialización
Años de experiencia
mínima requerida
Grado o nivel de
especialización
Número de personas a
contratar
Trabajo Social
1 año
Licenciatura
2
Psicología
1 año
Licenciatura
4
Ciencias Jurídicas
1 año
Licenciatura
5
 
OTRO TIPO DE PERFIL REQUERIDO:
d.7 Perfil y experiencia que deberá acreditar las personas morales que realizarán el proyecto.
Perfil
Años de experiencia
mínima requerida
Grado o nivel de
especialización
Especifique el
grado o nivel
Número de
personas a
contratar
No aplica
No aplica
No aplica
No aplica
No aplica
 
ESQUEMA DE CONTRATACIÓN:
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal firman el Anexo Técnico en cuatro ejemplares, en términos del numeral Trigésimo segundo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto AVGM/DUR/AC01/IEM/094, en la Ciudad de México a los 15 días del mes de marzo de 2023.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador del Estado, Esteban Alejandro Villegas Villarreal.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Héctor Eduardo Vela Valenzuela.- Rúbrica.- La Secretaria de Finanzas y de Administración, Bertha Cristina Orrante Rojas.- Rúbrica.- La Titular del Instituto Estatal de las Mujeres y Titular de la Instancia Local Responsable y Receptora, Alejandra Elizabeth Terrones Ochoa.- Rúbrica.