Estados Unidos MexicanosX
Juzgado Primero de Distrito
Hermosillo, Sonora
EDICTO
Edificadora Plag, sociedad anónima de capital variable.
En el juicio de amparo número 884/2022, promovido por Víctor Guillermo Gutiérrez Ramírez, por conducto de su apoderado legal Jesús Manuel Mexía Rodríguez, contra los actos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y otras autoridades, consistentes substancialmente en todas las actuaciones relativas al embargo efectuado por las autoridades responsables, sobre el bien inmueble que el promovente defiende como propiedad de su representado Víctor Guillermo Gutiérrez Ramírez, consistente en el predio urbano con clave catastral 360020056018, lote 1, manzana VII, del fraccionamiento Arándanos Residencial, con superficie de 162.88 metros cuadrados y casa en el construida; inscrito en el Registro Público de la Propiedad y Comercio de esta ciudad, bajo el número 580398, en el volumen número 56458, de la sección Registro Inmobiliario, Libro Uno, con fecha dos de diciembre de dos mil veintiuno; por auto de quince de marzo de dos mil veintitrés, se ordenó emplazar como tercero interesado por medio de edictos, que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la república e igualmente en estrados de este juzgado, en términos del artículo 27, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria según su artículo 2°; deberá presentarse ante el Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Sonora ubicado en calle Doctor Paliza esquina con Londres número 44, colonia Centenario, en Hermosillo, Sonora, dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, para hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones personales en el lugar de residencia de este juzgado, apercibidos que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aún las personales, se le harán por medio de lista. Queda a su disposición en este órgano jurisdiccional copia simple de la demanda de amparo.
Atentamente
Hermosillo, Sonora, veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés.
Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Sonora.
Guadalupe López Gutiérrez
Rúbrica.
(R.- 535409)