ACUERDO por el que se emite la Declaratoria del Polo de Desarrollo para el Bienestar San Blas Atempa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec.
Raymundo Pedro Morales Ángeles, Director General del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 22, primer párrafo, fracciones I y II y último párrafo, y 59, fracciones I, XII y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 4, fracciones VIII y XII, 9, fracción V, 10 y 11, fracciones V, VI y XIV del Decreto por el que se crea el organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, no sectorizado, denominado Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec y el diverso que lo reforma; 13, fracción III y último párrafo del Estatuto Orgánico del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, así como en el Acuerdo CIIT-23-E-III-4 adoptado por la Junta de Gobierno del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec en la Tercera Sesión Extraordinaria celebrada el dos de mayo de 2023, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 26, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico, el empleo, así como una justa distribución del ingreso y la riqueza, para garantizar que ésta sea integral y sustentable y que permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales. Al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la Nación;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 establece en su Eje General I. "Política y Gobierno", apartado "Cambio de Paradigma", entre otros objetivos, garantizar el empleo, la educación, la salud y el bienestar, mediante la creación de puestos de trabajo, la inversión en infraestructura y los proyectos regionales, entre los cuales se encuentra el Programa para el Desarrollo del Istmo de Tehuantepec, cuyo eje es el Corredor Multimodal Interoceánico;
Que el 14 de junio de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se crea el organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, no sectorizado, denominado Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec (Decreto), el cual fue modificado mediante diverso publicado en el mencionado órgano de difusión oficial el 14 de marzo de 2023;
Que el artículo 1 del Decreto antes mencionado señala que el objeto de dicho organismo es instrumentar una plataforma logística multimodal que integre la prestación de servicios de las administraciones del sistema portuario nacional Coatzacoalcos S.A. de C.V., Salina Cruz S.A. de C.V., Dos Bocas S.A. de C.V. y Puerto Chiapas, S.A. de C.V., y su interconexión mediante transporte ferroviario, por conducto del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., así como adquirir, desarrollar, fraccionar, comercializar, concesionar, adjudicar y, en su caso, enajenar los inmuebles que integran su patrimonio, que permita llevar a cabo el establecimiento de los polos de desarrollo para el bienestar, con base en las vocaciones productivas que se determinen para los polígonos correspondientes de la región del Istmo de Tehuantepec, con una visión integral, sustentable, sostenible e incluyente, que fomente el crecimiento económico, productivo y cultural;
Que el artículo 4, fracción VIII, del Decreto señala que para cumplir con su objeto, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec deberá emitir las declaratorias de los Polos de Desarrollo para el Bienestar;
Que el artículo 9, fracción V, del Decreto dispone que la Junta de Gobierno aprobará la declaratoria de los Polos de Desarrollo para el Bienestar, conforme a los requisitos que la propia Junta establezca, y
Que la Junta de Gobierno aprobó la presente Declaratoria mediante Acuerdo CIIT-23-E-III-4 de fecha 02 de mayo de 2023, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EMITE LA DECLARATORIA DEL POLO DE DESARROLLO PARA EL
BIENESTAR SAN BLAS ATEMPA
CAPÍTULO I
OBJETO
ARTÍCULO PRIMERO. El presente Acuerdo tiene por objeto declarar el Polo de Desarrollo para el Bienestar San Blas Atempa y delimitar el área geográfica del Istmo de Tehuantepec en donde se ubica.
CAPÍTULO II
DELIMITACIÓN DEL ÁREA GEOGRÁFICA
ARTÍCULO SEGUNDO. Se declara como Polo de Desarrollo para el Bienestar San Blas Atempa a la superficie de 331-53-74.887 ha (TRESCIENTAS TREINTA Y UN HECTÁREAS, CINCUENTA Y TRES ÁREAS, SETENTA Y CUATRO PUNTO OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE CENTIÁREAS), ubicado en el municipio de San Blas Atempa, estado de Oaxaca, de conformidad con el cuadro de construcción y el croquis de ubicación siguientes:
CUADRO DE CONSTRUCCIÓN
| Sistema de coordenadas Universal Transversal de Mercator (UTM), Zona 15Q, datum WGS84 |
| LADO | RUMBO | DISTANCIA (m) | V | COORDENADAS |
| EST. | P.V. | X | Y |
| | | | | 167 | 267,566.819 | 1,810,427.117 |
| 167 | 168 | S 00° 35´50¨W | 142.717 | 168 | 267,565.332 | 1,810,284.408 |
| 168 | 172 | S 00° 35´50¨W | 1,188.999 | 172 | 267,552.938 | 1,809,095.474 |
| 172 | 173 | S 00° 35´47¨W | 1,779.349 | 173 | 267,534.418 | 1,807,316.221 |
| 173 | 5011 | N 71° 14´08¨W | 628.279 | 5011 | 266,939.532 | 1,807,518.324 |
| 5011 | 5010 | N 31° 30´04¨W | 369.556 | 5010 | 266,746.434 | 1,807,833.416 |
| 5010 | 5006 | N 31° 29´55¨W | 350.327 | 5006 | 266,563.394 | 1,808,132.125 |
| 5006 | 5004 | N 31° 29´56¨W | 1,177.148 | 5004 | 265,948.357 | 1,809,135.821 |
| 5004 | 5001 | N 31° 29´56¨W | 408.279 | 5001 | 265,735.038 | 1,809,483.941 |
| 5001 | 5002 | N 31° 29´57¨W | 17.985 | 5002 | 265,725.641 | 1,809,499.276 |
| 5002 | 169 | N 63° 15´17¨E | 1,505.546 | 169 | 267,070.118 | 1,810,176.810 |
| 169 | 167 | N 63° 15´17¨E | 556.206 | 167 | 267,566.819 | 1,810,427.117 |
| SUPERFICIE = 331-53-74.887 hectáreas, equivalentes a 3'315,374.887 metros cuadrados |
CROQUIS DE UBICACIÓN POLO DE DESARROLLO PARA EL BIENESTAR SAN BLAS ATEMPA
ARTÍCULO TERCERO. El inmueble a que se refiere el artículo anterior cumple con los Criterios y Requisitos Generales de los Polos de Desarrollo para el Bienestar en el Istmo de Tehuantepec, aprobados por la Junta de Gobierno del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, como a continuación se indica:
I. Criterio de Macro Localización
El inmueble del Polo de Desarrollo para el Bienestar San Blas Atempa se encuentra a 4.7 km de la vía férrea correspondiente a la línea Z, en su tramo Salina Cruz, Oaxaca - Medias Aguas, Veracruz.
II. Criterio de Comunicación y Conectividad
El inmueble del Polo de Desarrollo para el Bienestar San Blas Atempa se encuentra a pie de la carretera federal MEX-185, en su tramo Juchitán Tehuantepec, se ubica a 18.4 km del Aeropuerto Internacional de Ixtepec y a 25 km del Puerto de Salina Cruz. Esta ubicación le permite un potencial de conectividad hacia otros mercados nacionales e internacionales.
III. Criterio Poblacional
El Polo de Desarrollo para el Bienestar San Blas Atempa se ubica en el municipio de San Blas Atempa, estado de Oaxaca, cuyos municipios aledaños son: San Pedro Comitancillo, Asunción Ixtaltepec, Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza, Santa María Xadani, El Espinal, Santo Domingo Tehuantepec y San Pedro Huilotepec, todos en la misma entidad federativa.
Conforme al Censo de Población y Vivienda 2020, la población total de los municipios mencionados en el párrafo anterior es mayor a 50,000 habitantes.
| Municipio Sede y Municipios Aledaños | Población Censo 2020 | Población Total Municipio Sede y Municipios Aledaños |
| San Blas Atempa | 19,696 | 241,870 |
| San Pedro Comitancillo | 4,333 |
| Asunción Ixtaltepec | 15,261 |
| Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza | 113,570 |
| Santa María Xadani | 9,234 |
| El Espinal | 8,730 |
| Santo Domingo Tehuantepec | 67,739 |
| San Pedro Huilotepec | 3,307 |
IV. Criterio de Consulta Indígena
El Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas mediante oficio DG/2021/OF/203 emitió dictamen que refiere la necesidad de implementar un proceso de consulta indígena libre previa e informada en relación con el Proyecto Polo de Desarrollo para el Bienestar San Blas Atempa.
En línea con lo anterior, habiéndose desahogado diferentes etapas del proceso de Consulta, se asienta en el Acta de Asamblea General Comunitaria para el Desahogo de la Etapa Consultiva del proceso de Consulta Previa, Libre e Informada respecto de la Implementación del Proyecto "Polo de Desarrollo para el Bienestar (PODEBI)" celebrada en la Comunidad de San Blas Atempa, estado de Oaxaca, el 09 de mayo de 2021, el siguiente acuerdo:
"Primero. En pleno ejercicio de su derecho de autonomía y libre determinación, la Asamblea General como máximo órgano de decisiones de la Comunidad-Municipio de San Blas Atempa, integrada por sus agencias de Tierra Blanca, Monte Grande, Santa Rosa de Lima, Rancho El Llano y Puente Madera, otorga su consentimiento previo, libre e informado para la implementación del Polo de Desarrollo para el Bienestar propuesto por el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec".
V. Criterio Educativo
En el municipio de San Blas Atempa, estado de Oaxaca y los municipios aledaños a este, se localizan las siguientes instituciones de educación:
Universidades e Instituciones de Educación Superior
| Municipio | Institución de Educación Superior |
| San Pedro Comitancillo | Instituto Tecnológico de Comitancillo |
| Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza | Instituto Tecnológico del Istmo |
| | |
| Santo Domingo Tehuantepec | Universidad del Istmo (UNISTMO) Campus Tehuantepec |
Instituciones de Educación Media Superior
| Municipio | Institución de Educación Media Superior |
| San Blas Atempa | Plantel Núm. 60 San Blas Atempa |
| San Pedro Comitancillo | Centro De Bachillerato Tecnológico Agropecuario Núm. 9 |
| Asunción Ixtaltepec | CECYTE EMSAD Núm. 40 "Chivela" |
| Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos Plantel Núm. 20 Asunción Ixtaltepec |
| Colegio Benito Juárez |
| Preparatoria Promoción Cultural del Istmo |
| Centro Núm. 187 Lázaro Cárdenas |
| Bachillerato Integral Comunitario de Santiago Ixtaltepec |
| Bachillerato Asunción Ixtaltepec |
| Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza | Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos Plantel Núm. 23 Juchitán |
| Bachillerato Lic. Andrés Henestrosa |
| CECYTE EMSAD Núm. 53 "La Venta" |
| Instituto Gandhi |
| Plantel Núm. 63 Juchitán |
| Colegio de Estudios Superiores y de Especialidades del Estado de Oaxaca. |
| Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios Núm. 205 |
| Bachillerato Integral Comunitario de Álvaro Obregón |
| Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica Núm. 243 "Juchitán" |
| Centro Educativo y Cultural del Istmo, Sección Bachillerato |
| Bachillerato Integral Comunitario de la Ventosa |
| Bachillerato General "Jerome Bruner" |
| Santa María Xadani | Centro Núm. 86 Santa María Xadani |
| El Espinal | Plantel Núm. 02 Espinal |
| Instituto Latinoamericano |
| Santo Domingo Tehuantepec | Colegio Santo Domingo Tehuantepec |
| Centro de Enseñanza Máximo Ramón Ortiz |
| Sor Juana Inés de la Cruz |
| Bachillerato Martin Luther King |
| Ignacio Manuel Altamirano |
| Telebachillerato Comunitario Núm. 51 |
| Instituto Nikola Tesla |
| Santo Domingo Tehuantepec | Telebachillerato Comunitario Núm. 53 |
| Colegio De Estudios Científicos Y Tecnológicos Plantel Núm. 18 Tehuantepec |
| Centro Núm. 43 El Morro Mazatan |
| Escuela Preparatoria Fray Toribio De Benavente |
| Bachillerato General Istmeña |
| Escuela Preparatoria Núm. 4 |
| Telebachillerato Comunitario Núm. 37 |
| San Pedro Huilotepec | Centro Núm. 150 San Pedro Huilotepec |
VI. Criterio Territorial
Para el desarrollo de las actividades productivas en el Polo de Desarrollo para el Bienestar San Blas Atempa son vocaciones productivas, prioritarias y potenciales las siguientes:
1. Eléctrica y electrónica.
2. Semiconductores.
3. Automotriz (electromovilidad), autopartes y equipo de transporte.
4. Dispositivos médicos.
5. Farmacéutica.
6. Agroindustria.
7. Equipo de generación y distribución de energía eléctrica (energías limpias).
8. Maquinaria y Equipo.
9. Tecnologías de la Información y la Comunicación.
10. Metales.
11. Petroquímica.
VII. Criterio de Factibilidad Industrial
El inmueble destinado al Polo de Desarrollo para el Bienestar San Blas Atempa cuenta con autorización para que se le otorgue la compatibilidad de uso de suelo de tipo industrial conforme lo asentado en el Acta de la Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 08 de marzo de 2023 correspondiente al Ayuntamiento Municipal de la Villa de San Blas Atempa, Oaxaca.
Por lo que se considera que es factible el uso de suelo industrial en el inmueble destinado para el Polo de Desarrollo para el Bienestar San Blas Atempa.
VIII. Criterio de Sostenibilidad
El inmueble se ubica fuera de la delimitación de las áreas naturales protegidas conforme al oficio número DGOR/0310/2023 de la Dirección General de Operación Regional de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.
IX. Criterio de Propiedad
El inmueble fue adquirido por el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, a través de una Compraventa.
El 22 de abril de 2022, la enajenación fue protocolizada ante la fe del Notario Público número 6 de la Vigésima demarcación en el Estado de Veracruz y del Patrimonio Inmobiliario Federal.
El inmueble se encuentra libre de gravámenes y no adeuda concepto alguno de servicios municipales.
TRANSITORIOS
ÚNICO. La presente Declaratoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a 2 de mayo de 2023.- Director General del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, Vicealmirante Raymundo Pedro Morales Ángeles.- Rúbrica.
(R.- 536140)