Estados Unidos MexicanosX
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Baja California Sur
con residencia en La Paz
EDICTO
SUBASTA DE REMATE EN PRIMERA ALMONEDA.
En el juicio ejecutivo mercantil 121/2009, promovido por Edith Katerine Acevedo Núñez y Rosa Nolzuly Almodovar Gracia, en su carácter de endosatarios en procuración de HELEN JANET ANGULO MONTES DE OCA, contra Kenneth Paramore Busick, el ocho de febrero de dos mil veintitrés, se ordenó publicar pormedio de edictos que se publicarán dos veces dentro de nueve días, en un plazo no menor de cinco días entre la última publicación y la fecha de la audiencia de remate en primera almoneda; en los estrados de este juzgado, así como en el Diario Oficial de la Federación, en un periódico de cobertura nacional y en un periódico local del Estado de Baja California Sur, que contendrán una relación sucinta del proveído a notificar:
AUTO A NOTIFICAR:
La Paz, Baja California Sur, ocho de febrero de dos mil veintitrés.
Con fundamento en artículo 1077 del Código de Comercio, agréguese el escrito que presenta Jorge Ortega Barrios, apoderado de actora, con fundamento artículo 1411 Código de Comercio, en relación con 479, 480, 481 y 482 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicación supletoria, se fijan DOCE HORAS DEL DIECINUEVE DE MAYO DE DOS MIL VEINTITRÉS, para verificativo subasta de remate primera almoneda, en instalaciones este juzgado, por lo que respecta a los derechos fideicomisarios respecto del bien inmueble:
Con clave catastral 101-004-314-767, número lote 13, Manzana 04, CAT 314, superficie 179.50 m2, Fraccionamiento Privada La Posada, plano oficial de esta ciudad, registrado bajo número 787, volumen 395, primera sección, de veintiséis de noviembre de dos mil nueve.
Conforme avalúo actualizado, tiene valor comercial de $3´107,200.48 pesos (Tres millones ciento siete mil doscientos pesos con cuarenta y ocho centavos 48/100 moneda nacional), por lo que se fija como postura legal para el remate del bien detallado, la cantidad de $2´071,466.98 pesos (Dos millones setenta y un mil pesos con noventa y ocho centavos 98/100 moneda nacional), que resulta de dividir el precio fijado pericialmente y luego multiplicar la cantidad resultante por el sesenta y seis punto sesenta y seis por ciento, equivalente a las dos terceras partes de ese valor pericial.
Tal importe corresponde, a las dos terceras partes del valor comercial del bien, determinado por perito de la actora.
La subasta ordenada, en términos del artículo 1411, en relación con numeral 1068, fracción IV, Código de Comercio, deberá publicarse por edictos, que contendrá una relación sucinta del presente proveído, haciendo saber a los licitadores, que es postura legal la que cubra las dos terceras partes del avalúo comercial, así como que deberán depositar ante este Juzgado el 10% (diez por ciento) de dicho avalúo, en efectivo, cheque o billete de depósito.
Atentamente
La Paz, Baja California Sur, a 08 de febrero de 2023.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado.
Lic. Ignacio Velázquez Téllez.
Rúbrica.
(R.- 535825)