Estados Unidos MexicanosX
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Primera Sala Regional Norte-Este del Estado de México
Expediente: 0023-2022-02- C-15-01-02-03-L
Actor: Impulsora de Técnicos y Profesionistas 180° Grados, S.A de C.V.
"EDICTO"
En los autos del juicio contencioso administrativo 0023-2022-02- C-15-01-02-03-L, el C. Jesús Jiménez Torres, en representación legal de IMPULSORA DE TÉCNICOS Y PROFESIONISTAS 180° GRADOS,S.A DE C.V, promovió demanda de nulidad contra la resolución contenida en el oficio número 500-35-00-06-02-2020-1839 de 27 de enero de 2020, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de México "1", con sede en México, del Servicio de Administración Tributaria, por medio del cual se le determinó un crédito fiscal en cantidad total de $343'162,374.05, por concepto de impuesto sobre la renta, impuesto empresarial a tasa única e impuesto al valor agregado, así como retenciones en materia de impuesto sobre la renta, por pagos provisionales, recargos y multas, correspondiente al ejercicio fiscal del 1° de enero de 2010 al 31 de diciembre de 2010, y establece la base gravable del reparto de utilidades en cantidad de $3'866,287.28.
El 27 de febrero del 2023, se dictó un acuerdo en el que ordenó emplazar a los trabajadores de la accionante, en su carácter de terceros interesados, por conducto de su representante, por medio de edictos, con fundamento en los artículos 14, penúltimo párrafo y 18 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles. Para lo cual se les hace saber que tienen un término de treinta días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la última publicación del edicto ordenado, para que comparezcan por escrito, a través de su representante quien deberá acreditar su personalidad, ante esta Primera Sala Regional Norte-Este del Estado de México, ubicada en Sor Juana Inés de la Cruz, número 18, 5to piso, Colonia Centro, Tlalnepantla de Baz, Estado de México, C.P.54000, requiriéndoles para que señalen un domicilio dentro de la jurisdicción de esta Sala y también un correo electrónico a efecto de que se les realicen los avisos respectivos, apercibidos que de no hacerlo, se tendrápor precluido su derecho para realizar manifestaciones, y las notificaciones subsecuentes se efectuarán por boletín jurisdiccional, sin el aviso previo que establece el artículo 65 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Asimismo, se les informa que las copias de los traslados respectivos, se encuentran a su disposición para que los recojan en el local que ocupa esta Sala.
Atentamente
Tlalnepantla de Baz, Estado de México a 28 de febrero de 2023.
Magistrado Instructor de la Segunda Ponencia de la Primera Sala Regional Norte-Este
del Estado de México del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Lic. Óscar Alberto Estrada Chávez
Rúbrica.
(R.- 535396)