ACUERDO que modifica el Programa Institucional 2020-2024 del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.
ACUERDO QUE MODIFICA EL PROGRAMA INSTITUCIONAL 2020-2024 DEL INSTITUTO PARA LA PROTECCIÓN AL AHORRO BANCARIO
La Junta de Gobierno del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario en cumplimiento del acuerdo número IPAB/JG/22/161.8, aprobado en la Sesión Ordinaria número 161, celebrada el ocho de diciembre de 2022, en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 y el Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo 2020-2024, y conforme con los artículos 13, 17, fracción II, 22, primer párrafo, 24, 26 Bis, 29, párrafo tercero, 30, 31, segundo párrafo y 32 de la Ley de Planeación; 2, 11, 47, 48, 49, 58, fracción II, 59, fracción II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 22 de su Reglamento; y 80, fracción XXVI de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, y
CONSIDERANDO
Que el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario elaboró el Programa Institucional 2020-2024 (PI-IPAB) del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (Instituto o IPAB), en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo 2020-2024 y el Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo 2020-2024, conforme con el Objetivo Prioritario número 5, denominado "Sistema financiero y de pensiones. Impulsar el desarrollo sostenible, la inclusión y la profundización", y de conformidad con el artículo 47 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, el artículo 22, primer párrafo de su Reglamento, y las disposiciones aplicables de la Ley de Planeación.
Que el PI-IPAB fue aprobado mediante el acuerdo número IPAB/JG/20/149.8 en la Sesión Ordinaria número 149 de la Junta de Gobierno del IPAB, celebrada el 11 de diciembre de 2020, y publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 8 de septiembre de 2021.
Que el PI-IPAB fue revisado con base en la normatividad vigente, lo que incidió en los indicadores que integran dicho Programa, determinándose su modificación, misma que fue aprobada en la Sesión Ordinaria número 157 de la Junta de Gobierno, celebrada el 27 de abril de 2022, mediante el acuerdo número IPAB/JG/22/157.6, y publicada en el DOF el 15 de septiembre de 2022.
Que, conforme al artículo 49 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, las dependencias deberán realizar las revisiones anuales a sus programas a fin de "introducir las modificaciones que las circunstancias le impongan", por lo que, se revisó el mandato del IPAB con base en las condiciones económicas y operativas que predominarán en el ejercicio 2023, por ello, se determinó su modificación con base en la legislación aplicable.
Que, en virtud de lo anterior, la Junta de Gobierno del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario aprobó el siguiente:
ACUERDO QUE MODIFICA EL PROGRAMA INSTITUCIONAL 2020-2024 DEL INSTITUTO PARA LA
PROTECCIÓN AL AHORRO BANCARIO
ARTÍCULO ÚNICO.- Se MODIFICA del numeral "4.- Análisis del estado actual", el párrafo quinto; del numeral "5.- Objetivos prioritarios", el párrafo primero; del numeral "7.- Metas para el bienestar y Parámetros", de la "Meta/Parámetro 3 para el bienestar del Objetivo prioritario 1", del apartado de "ELEMENTOS DE META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO", el nombre del apartado "Nombre" y la definición o descripción del apartado "Definición o descripción", y del apartado de "VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS", el porcentaje de la "Nota sobre la meta 2024", para quedar como sigue:
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4.- ...
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Considerando lo anterior, la misión del IPAB es garantizar los depósitos bancarios, principalmente de los pequeños y medianos ahorradores, y resolver al menor costo posible bancos con problemas financieros, contribuyendo a la estabilidad del sistema bancario y a la salvaguarda del sistema nacional de pagos.
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5.- ...
Con base en las atribuciones del IPAB establecidas en la LPAB y la LIC, en cumplimiento de la misión de: "Garantizar los depósitos bancarios, principalmente de los pequeños y medianos ahorradores, y resolver al menor costo posible bancos con problemas financieros, contribuyendo a la estabilidad del sistema bancario y a la salvaguarda del sistema nacional de pagos", y sustentado en los valores de legalidad, profesionalismo, honradez y transparencia, entre otros, el Instituto tiene tres objetivos prioritarios:
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7.- ...
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| Nombre | Visitas de inspección a bancos |
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| Definición o descripción | Revisar, verificar, validar y evaluar la información de los bancos con base en las facultades del IPAB establecidas en el artículo 7 del Reglamento del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario en Materia de Requerimientos de Información, Visitas de Inspección e Imposición de Sanciones. |
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| ... | Llevar a cabo el 85% de las visitas de inspección programadas |
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