Estados Unidos MexicanosX
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
EDICTOS
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
SECRETARÍA DE ACUERDOS.
JUICIO DE AMPARO DIRECTO A.D.C. 814/2022.
QUEJOSOS: VÍCTOR MANUEL BOJALIL DURÁN, POR SU PROPIO DERECHO Y COMO APODERADO DE COPRINT, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
EMPLAZAMIENTO A LA TERCERA INTERESADA LEADMAN TRADE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
En cumplimiento a lo ordenado por auto de veinte de enero de dos mil veintitrés, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, procédase a CITAR, NOTIFICAR Y EMPLAZAR a la tercera interesada LEADMAN TRADE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, por medio de EDICTOS a costa de los quejosos, los cuales se publicarán por TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, como lo dispone el precepto legal en cita, haciéndole saber a la tercera interesada que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados del día siguiente al de la última publicación, ante este tribunal colegiado, a deducir sus derechos, quedando a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este tribunal, copia de la demanda de amparo relativa al expediente A.D.C. 814/2022, promovido por Víctor Manuel Bojalil Durán, por su propio derecho y como apoderado de Coprint, Sociedad Anónima de Capital Variable, contra los actos que reclaman de la Segunda Sala Civil y del Juez Vigésimo Noveno de lo Civil, ambos del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, consistentes en la sentencia dictada el diecisiete de agosto de dos mil veintidós, en el toca 443/2020/2 y su ejecución, respectivamente, lo que se hace de su conocimiento, para los efectos legalesa que haya lugar.
PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DÍAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN Y EN EL PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN EN LA REPÚBLICA, ATENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 315 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.
Ciudad de México, a 01 de febrero de 2023.
El Secretario del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.
Lic. Jesús Roberto Holguín Flores.
Rúbrica.
(R.- 534129)