Estados Unidos MexicanosX
Juzgado Octavo de Distrito en el Estado
San Luis Potosí
EDICTO
 
En cumplimiento a lo ordenado en proveído de veintitrés de febrero de dos mil veintitrés dictado en el juicio de amparo 1044/2021-VIII, promovido por Francisco Daniel Samora García, contra actos del Juez en Materia Penal, con residencia en Monclova, Coahuila y otras autoridades, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo, se emplaza a la parte tercero interesada: Gilda Guadalupe de la Paz Saucedo, por medio de edictos y se procede a hacer una relación sucinta de la demanda de amparo con que se formó este juicio, en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo: Que el presente juicio de amparo lo promueve Francisco Daniel Samora García, contra un acto del Juez en Materia Penal, con residencia en Monclova, Coahuila y otras autoridades, que hizo consistir en: la ilegal orden de detención y aprehensión, se le hace saber por este medio que deberán presentarse ante este Juzgado Octavo de Distrito en el Estado, ubicado en la calle Palmira número 905, Fraccionamiento Desarrollos del Pedregal, Ala B, Piso 6º, código postal 78295, de la ciudad de San Luis Potosí, dentro del término de treinta días contado a partir del siguiente al de la última publicación; que queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia de la demanda de amparo y que, en caso de no comparecer, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le practicarán por medio de lista que se fije en los estrados de este tribunal.
Asimismo, hágase del conocimiento que se fijaron las ONCE HORAS DEL SEIS DE MARZO DE DOS MIL VEINTITRES, para que tenga verificativo la audiencia constitucional.
 
San Luis Potosí, San Luis Potosí, veintitrés de febrero de dos mil veintitrés.
Secretaria del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado.
Lic. Ana Laura Aguilera Mena.
Rúbrica.
(R.- 533611)