CONVENIO de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, para el ejercicio fiscal 2022, que celebran el Instituto de Salud para el Bienestar y el Estado de Sinaloa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SALUD.- Secretaría de Salud.- Instituto de Salud para el Bienestar.

INSABI-FAM-CCTR-SIN-25/2022
CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022, EN ADELANTE "EL PROGRAMA", QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR, AL QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "EL INSABI", POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, MTRO. JUAN ANTONIO FERRER AGUILAR, ASISTIDO POR EL DR. JUAN JOSÉ MAZÓN RAMÍREZ, COORDINADOR DE ATENCIÓN A LA SALUD, POR MTRO. CANDELARIO PÉREZ ALVARADO, TITULAR DE LA COORDINACIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y REGULARIZACIÓN DE PERSONAL Y POR EL M. EN AUD. VICENTE REYES MAGAÑA, DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL FIDEICOMISO, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SINALOA AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL LIC. ENRIQUE INZUNZA CÁZAREZ, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. ENRIQUE ALFONSO DÍAZ VEGA, SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, DR. CUITLÁHUAC GONZÁLEZ GALINDO, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA Y LA DRA. MARIA GUADALUPE RAMÍREZ ZEPEDA, SECRETARIA DE TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.     La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4o, párrafo cuarto, el derecho humano de toda persona a la protección de la salud, disponiendo que la Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud.
II.     El artículo 7o, fracción II de la Ley General de Salud, establece que corresponde a la Secretaría de Salud, en su carácter de coordinadora del Sistema Nacional de Salud, coordinar los programas de servicios de salud de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como los agrupamientos por funciones y programas afines que, en su caso, se determinen, en el entendido de que tratándose de la prestación gratuita de los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados que requieran las personas sin seguridad social, a que se refiere el Título Tercero Bis del referido ordenamiento, se auxiliará de "EL INSABI".
III.    "EL PROGRAMA" se alinea directamente con el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019 el que en el apartado II Política Social establece el Eje Construir un país con bienestar, del que se destaca el siguiente objetivo prioritario:
·  Salud para toda la población.
IV.   "EL PROGRAMA" interviene en la ejecución de los compromisos intersectoriales establecidos en el Programa Sectorial de Salud 2019-2024. Por ello, se alinea con sus Objetivos prioritarios, estrategias y acciones puntuales que a continuación se mencionan:
Objetivo prioritario 1.- Garantizar los servicios públicos de salud a toda la población que no cuente con seguridad social y, el acceso gratuito a la atención médica y hospitalaria, así como exámenes médicos y suministro de medicamentos incluidos en el Compendio Nacional de Insumos para la Salud.
Estrategia prioritaria 1.3 Brindar a la población sin seguridad social, especialmente a quienes habitan en regiones con alta o muy alta marginación, acciones integrales de salud que ayuden a prolongar su vida con calidad, evitar la ocurrencia de enfermedades o en su caso, detectarlas tempranamente a través de la participación de todas las instituciones del Sistema Nacional de Salud, en las acciones puntuales.
Acción 1.3.3 Acercar los servicios de salud a la población, a través de Jornadas de Salud Pública y esquemas itinerantes para brindar acciones integrales de salud, especialmente en zonas con mayores dificultades de acceso a las instituciones del Sistema Nacional de Salud.
Estrategia prioritaria 1.5 Fomentar la participación de comunidades en la implementación de programas y acciones, bajo un enfoque de salud comunitaria para salvaguardar los derechos de niñas, niños, adolescentes, jóvenes, personas adultas mayores, mujeres, comunidad LGBTTTI, personas con discapacidad, comunidades indígenas y afromexicanas, en las acciones puntuales.
Acción 1.5.5 Implementar Caravanas de la Salud y brigadas de atención ambulatoria para brindar servicios a población afectada por contingencias emergentes, que viven en localidades alejadas de las ciudades o que transitan en condición migrante.
V.    El Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022, en su Anexo 25 establece que "EL PROGRAMA" estará sujeto a Reglas de Operación.
VI.   Con "EL PROGRAMA" se da continuidad a la estrategia federal que inicia en 2007 como Programa Caravanas de la Salud, el cual posteriormente cambia su denominación a Programa Unidades Médicas Móviles, para que a través de transferencias de recursos presupuestarios federales se coadyuve a que las entidades federativas proporcionen la atención primaria a la salud en aquellas localidades con menos de 2,500 personas y que se encuentren sin acceso a los servicios de salud por falta de infraestructura física.
VII.   "EL PROGRAMA" tiene como misión ser un programa que coadyuve con las Entidades Federativas con la aportación de recursos presupuestarios federales y recursos humanos destinados a la prestación de servicios de atención primaria a la salud en las áreas de enfoque potencial identificadas como localidades que no cuentan con servicios de salud por falta de infraestructura, carentes de recursos para otorgar atención permanente, y con una población menor a 2,500 personas.
DECLARACIONES
I.     DE "EL INSABI":
I.1    Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propio sectorizado a la Secretaría de Salud en términos de los artículos 1o, párrafo tercero, 3o., fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 77 bis 35, párrafo primero de la Ley General de Salud, cuyo objeto en términos del segundo párrafo del precepto legal citado en último término es proveer y garantizar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social, así como impulsar, en coordinación con la Secretaría de Salud en su calidad de órgano rector, acciones orientadas a lograr una adecuada integración y articulación de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.
I.2    Su Director General tiene la facultad y legitimación para suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 77 bis 35 B, fracción II, 77 bis 35 G, párrafo segundo y 77 bis 35 H de la Ley General de Salud, así como 22, fracciones I y II y 59, fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, cargo que se acredita con copia del nombramiento respectivo.
I.3    El Titular de la Coordinación de Atención a la Salud de "EL INSABI", cargo que acredita con la respectiva copia de su nombramiento, participa en la celebración del presente instrumento jurídico en asistencia del Director General de dicho organismo, en suplencia por ausencia del Titular de la Coordinación Nacional Médica de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo Sexagésimo sexto del Estatuto Orgánico de "EL INSABI", considerando las atribuciones que se confieren a la referida Unidad de Coordinación Nacional Médica en el artículo Trigésimo octavo, fracciones I, II y III del mencionado Estatuto Orgánico.
I.4    El Titular de la Dirección de Administración Financiera del Fideicomiso de "EL INSABI", cargo que acredita con la respectiva copia de su nombramiento, participa en la celebración del presente instrumento jurídico en asistencia del Director General de dicho organismo, en suplencia por ausencia del Titular de la Coordinación de Financiamiento de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo Sexagésimo sexto del Estatuto Orgánico de "EL INSABI", considerando las atribuciones que se confieren a la referida Coordinación de Financiamiento en el artículo Cuadragésimo octavo del mencionado Estatuto Orgánico.
I.5    El Titular de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal de "EL INSABI", cargo que acredita con la respectiva copia de su nombramiento, participa en la celebración del presente instrumento jurídico en asistencia del Director General de dicho organismo en atención a las facultades que se le confieren en el artículo Cuadragésimo noveno, fracciones I, II, III y VI del Estatuto Orgánico de "EL INSABI".
I.6    Cuenta con atribuciones para proveer y garantizar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social, así como impulsar en coordinación con la Secretaría de Salud en su calidad de Órgano Rector, acciones orientadas a lograr una adecuada integración y articulación de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.
I.7    El objetivo general de "EL PROGRAMA", es el de contribuir con las Entidades Federativas para brindar de forma efectiva acceso y prestación de los servicios de atención primaria a la salud en localidades menores a 2,500 personas, carentes de servicios de salud, mediante la transferencia de recursos federales, personal médico y unidades médicas móviles de diferente capacidad resolutiva, y dentro de sus objetivos específicos, se encuentra como uno de los más importantes, el de contribuir con las entidades federativas para que cuenten con unidades médicas móviles equipadas de conformidad con la tipología correspondiente y su respectivo personal capacitado, conforme a las Reglas de Operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, para el Ejercicio Fiscal 2022, en adelante las "REGLAS", publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2021.
I.8    Cuenta con recursos presupuestarios autorizados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio fiscal 2022, para hacer frente a las obligaciones derivadas de la suscripción del presente instrumento jurídico.
I.9    Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio de Colaboración señala como domicilio el ubicado en el número 54 de la Calle Gustavo E. Campa, Colonia Guadalupe Inn, Demarcación Territorial Álvaro Obregón, C.P. 01020, en la Ciudad de México.
II.     DE "LA ENTIDAD":
II.1   El Lic. Enrique Inzunza Cázarez, Secretario General de Gobierno, acredita tener facultades para suscribir el presente Convenio de Colaboración, de conformidad con los artículos 66 y 72 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 1, 3, 11 y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 1, 2, 7, 15 fracción I, 16 fracción X y 35 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 1, 9 fracción X y 10 fracción VII, XX y XXIII del Reglamento Interior de la Secretaria General de Gobierno cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento expedido a su favor el 1 de noviembre de 2021.
II.2   El Lic. Enrique Alfonso Díaz Vega, Secretario de Administración y Finanzas, acredita tener facultades para suscribir el presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con los artículos 66 y 72 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 1º, 3º, 11, y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 1, 2, 7, 15 fracción II, 17 y 35 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 1, 8, 9 fracción I y 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración y Finanzas, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia de su nombramiento expedido a su favor el 1 de noviembre de 2021.
II.3   El Dr. Cuitláhuac González Galindo, fue designado por el Gobernador Constitucional del Estado de Sinaloa, mediante nombramiento de fecha 11 de mayo de 2022, Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Sinaloa, y por tanto acredita tener facultades para suscribir el presente Convenio de Colaboración, de conformidad con los artículos 66 y 72 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 1, 3, 4, 11, 21 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 1, 2, 7, 15 fracción X, 25 y 35 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 1, 2, 5 fracción II, 9 y 10 del Decreto que crea el Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Sinaloa; 1, 2, 4, 6, 7, 8, 9 fracciones l, ll y III y 10 fracción XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 1, 2, 3, 14 y 16 fracción X y XVII del Reglamento Interior de los Servicios de Salud de Sinaloa, cargos que quedaron debidamente acreditados con la copias de sus nombramientos.
II.4   La Dra. María Guadalupe Ramírez Zepeda, Secretaria de Transparencia y Rendición de Cuentas, acredita tener facultades para suscribir el presente Convenio de Colaboración, de conformidad con los artículos 66 y 72 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 1, 3, 11 y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 1, 2, 15, fracción XII y 27 y 35 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 2, 4 y 7, fracción I; 8, fracciones XI y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia de su nombramiento expedido a su favor el 1 de noviembre de 2021.
II.5.  Sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento jurídico son: Otorgar servicios de promoción y prevención de la salud, así como de atención médica y odontológica a la población de las localidades del área de enfoque de "EL PROGRAMA", que se especifica en el Anexo 5 del presente instrumento jurídico.
II.6.  Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio de Colaboración señala como su domicilio el ubicado en Palacio de Gobierno, Insurgentes s/n, Colonia Centro Sinaloa, Planta Baja, C.P. 80129, Culiacán Rosales, Sinaloa.
Una vez expuesto lo anterior, y en virtud de que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las Dependencias y, en su caso de las Entidades, se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación; que éstos se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables, así como a las reglas de operación que se emitan para el ejercicio fiscal correspondiente, y que dichos subsidios y transferencias se sujetarán a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan y, asimismo considerando lo dispuesto por los artículos 4o, párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1o; 1o Bis; 2o, fracciones I, II y V; 3o, fracciones II y II bis; 5o; 6o, fracción I y 7o, fracción II, párrafo segundo de la Ley General de Salud; "LAS PARTES" celebran el presente Convenio, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio y sus Anexos, que firmados por "LAS PARTES", forman parte integrante del mismo, tienen por objeto:
a.     Transferir a "LA ENTIDAD" recursos presupuestarios federales, con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de operación de "EL PROGRAMA" en el ejercicio fiscal 2022, en los conceptos y con los alcances estipulados en este instrumento jurídico, y de manera específica para realizar algunos de los gastos que se deriven de la operación de las unidades médicas móviles otorgadas a "LA ENTIDAD" para el desarrollo de "EL PROGRAMA", mediante los contratos de comodato suscritos en años anteriores entre la Secretaría de Salud y "LA ENTIDAD", así como los correspondientes convenios modificatorios por los que se prorroga la vigencia de éstos, de conformidad con los Anexos del presente instrumento jurídico.
b.    Que "EL INSABI", con cargo a los recursos de "EL PROGRAMA" y sujeto a la disponibilidad presupuestaria del mismo, apoye a "LA ENTIDAD", con la contratación y asignación de (i) las personas con formación de medicina general que formarán parte de los Equipos de Salud Itinerantes de "EL PROGRAMA"; (ii) la plantilla operativa correspondiente a dichos equipos (personal de enfermería, odontología y de promoción), y (iii) el personal gerencial del Programa (coordinadores, supervisores y enlaces administrativos), en los términos previstos en las "REGLAS".
Para efecto de lo anterior, "LAS PARTES" convienen expresamente en sujetarse a lo previsto en los artículos 74, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176 y 181 de su Reglamento y demás disposiciones aplicables, así como a lo estipulado en las "REGLAS" y en el presente Convenio.
SEGUNDA. TRANSFERENCIA. - Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico, "EL INSABI" transferirá a "LA ENTIDAD", en una ministración, un importe de hasta $450,636.19 (Cuatrocientos cincuenta mil seiscientos treinta y seis pesos 19/100 M.N.), conforme al capítulo de gasto y partida que se señalan en el Anexo 1 del presente Convenio.
Los recursos presupuestarios federales a que se refiere el párrafo anterior, serán transferidos por "EL INSABI" a "LA ENTIDAD", dentro del periodo que para tal efecto se precisa en el Anexo 2.
Para tal efecto, "LA ENTIDAD", a través de su Secretaría de Administración y Finanzas, procederá a abrir, en forma previa a su radicación, una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio, en la institución de crédito bancaria que determine, con la finalidad de que dichos recursos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
Una vez radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Administración y Finanzas, ésta se obliga a ministrarlos íntegramente junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción, a los Servicios de Salud de Sinaloa, que tendrá el carácter de Unidad Ejecutora para efectos del presente Convenio. La Unidad Ejecutora, deberá informar a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a aquél en que concluya el plazo anterior, el monto, la fecha y el importe de los rendimientos generados que le hayan sido ministrados. Para tal efecto, "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dará aviso a la Unidad Ejecutora de esta transferencia.
La Unidad Ejecutora procederá a la apertura de una cuenta bancaria productiva única y específica a nombre del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, para recibir de la Secretaría de Administración y Finanzas los recursos señalados en este Convenio, lo que permitirá mantener los recursos plenamente identificados para la recepción, ejercicio, comprobación y cierre presupuestario; notificando por escrito a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, los datos de identificación de dicha cuenta.
La no ministración de estos recursos a la Unidad Ejecutora en el plazo establecido en el párrafo cuarto de esta Cláusula, se considerará incumplimiento de este instrumento jurídico y será causa para solicitar el reintegro de los recursos transferidos, así como el de los rendimientos financieros obtenidos, a la Tesorería de la Federación.
Secretaría de Administración y Finanzas, y la Unidad Ejecutora, deberán remitir a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, la documentación correspondiente a la apertura de las cuentas a que se refiere esta Cláusula, en la que se especifique que el destino final de los recursos es el Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica.
Los recursos presupuestarios federales que se transfieran en los términos de este Convenio de Colaboración no pierden su carácter federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables.
Queda expresamente acordado, que la transferencia presupuestaria otorgada en el presente Convenio garantiza la operación anual y no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo al Ejecutivo Federal, para complementar cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo.
Los recursos presupuestarios federales que "EL INSABI" se compromete a transferir a "LA ENTIDAD", estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES. - Para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados, "LAS PARTES" convienen en sujetarse a lo siguiente:
I.     "EL INSABI", por conducto de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dentro del marco de sus atribuciones y a través de los mecanismos que esta última implemente para tal fin, verificará (i) el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño a que se refiere la Cláusula Cuarta de este Convenio, y (ii) que los recursos presupuestarios federales señalados en la Cláusula Segunda sean destinados únicamente para cubrir el objeto del presente instrumento jurídico, de conformidad con los Anexos 3, 7 y 7 A, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal.
II.     Las acciones de verificación de la aplicación de los recursos que "EL INSABI" realice en los términos estipulados en el presente instrumento jurídico, no implicará en modo alguno que éste pueda participar en los procesos de aplicación de los mismos, en virtud de lo cual deberá abstenerse de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD" para cumplir con "EL PROGRAMA", así como de interferir de forma alguna en el procedimiento y mecanismo de supervisión externo que defina "LA ENTIDAD" durante la aplicación de los recursos presupuestarios destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de "LA ENTIDAD".
III.    "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, considerando su disponibilidad de personal y presupuestaria, podrá practicar visitas de supervisión de acuerdo al Modelo de Supervisión y formatos que establezca "EL INSABI" para este fin, conforme al periodo de visitas determinado en el Anexo 11, a efecto de verificar la correcta operación de "EL PROGRAMA", el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento jurídico, así como el seguimiento del ejercicio de los recursos y la presentación de informes a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, tales como: los informes de avances financieros, los informes de rendimientos financieros generados con motivo de los recursos presupuestarios federales transferidos, conforme al Anexo 9, relaciones de gasto, estados de cuenta bancaria y las conciliaciones bancarias.
       En caso de que, con motivo de las visitas de supervisión, "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, detecte incumplimientos a los compromisos establecidos a cargo de "LA ENTIDAD", deberá dar vista a las instancias federales y locales competentes, para que procedan conforme a sus atribuciones.
IV.   "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, solicitará a "LA ENTIDAD" la entrega del reporte de indicadores de desempeño de prestación de servicio, así como la certificación de gasto, conforme al formato que se incluye en el Anexo 4, mediante los cuales se detallan las erogaciones del gasto y por los que "LA ENTIDAD" sustente y fundamente la correcta aplicación de los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda del presente instrumento jurídico. Para los efectos de verificación anteriormente referidos, "LA ENTIDAD" deberá exhibir la documentación soporte (original en su caso) y archivos electrónicos que así lo acrediten.
V.    "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, podrá en todo momento verificar en coordinación con "LA ENTIDAD" la documentación que permita observar el ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", así como sus rendimientos financieros generados y podrá solicitar a esta última los documentos que justifiquen y comprueben el ejercicio de dichos recursos. El ejercicio de los recursos deberá reflejarse en el formato de certificación de gasto, conforme a lo establecido en el Anexo 4 del presente Convenio; la documentación soporte deberá adjuntarse en archivos electrónicos en la plataforma informática correspondiente.
CUARTA. OBJETIVOS, METAS E INDICADORES DE DESEMPEÑO. - Los recursos presupuestarios federales que se transfieran a "LA ENTIDAD" para la operación de "EL PROGRAMA", así como los recursos humanos que se le asignen para tal fin en los términos previstos en las "REGLAS" y el presente Convenio, tendrán los objetivos, metas e indicadores de desempeño que a continuación se mencionan:
OBJETIVO: Transferir recursos presupuestarios federales a "LA ENTIDAD", así como asignar a ésta, los recursos humanos necesarios para la operación de "EL PROGRAMA", para contribuir con ésta a que brinde en su circunscripción territorial, a través de la Unidad Ejecutora, de forma efectiva, acceso y prestación de los servicios de atención primaria a la salud en localidades menores a 2,500 personas, carentes de servicios de salud.
META: Atender a las localidades integradas en el Anexo 5 de este Convenio.
INDICADORES DE DESEMPEÑO: En el Anexo 6 se describen los indicadores y las variables a las que se compromete "LA ENTIDAD" que permitirán evaluar el desempeño y el cumplimiento de los compromisos descritos en este instrumento jurídico.
QUINTA. APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales a que alude la Cláusula Segunda de este instrumento jurídico, se destinarán en forma exclusiva para cubrir los conceptos de gasto mencionados en los Anexos 3 y 7 para la operación de "EL PROGRAMA" en el ejercicio fiscal 2022; no podrán destinarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital; se devengarán conforme a lo establecido en el artículo 175, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; se registrarán por "LA ENTIDAD" en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal.
Los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestarios a que se refiere el párrafo anterior, podrán destinarse, previa autorización de "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, a "EL PROGRAMA" objeto del presente Convenio, de conformidad con lo estipulado en el Anexo 7, así como las partidas estipuladas en el Anexo 7 A.
"LA ENTIDAD" presentará un informe de los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestarios federales transferidos en virtud del presente instrumento, conforme al Anexo 9.
El seguimiento del ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos en virtud del presente instrumento, así como de los rendimientos financieros que éstos generen deberá hacerse conforme con los Anexos 4 y 10.
Los remanentes de (i) los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", y (ii) de los rendimientos financieros generados, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, al cierre del ejercicio fiscal, en los términos del artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, debiendo informarlo a "EL INSABI", por conducto de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, de manera escrita y con los documentos soportes correspondientes.
SEXTA. GASTOS ADMINISTRATIVOS. - Los gastos administrativos diferentes a los que se mencionan en el Anexo 7 y, en su caso, en el Anexo 7 A del presente Convenio, deberán ser erogados por "LA ENTIDAD" con cargo a sus recursos propios.
SÉPTIMA. ASIGNACIÓN DE RECURSOS HUMANOS. Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, "LAS PARTES" convienen en que "EL INSABI", con cargo a los recursos de "EL PROGRAMA" y sujeto a la disponibilidad presupuestaria del mismo, asignará a "LA ENTIDAD", la plantilla de personal que se detalla en el Anexo 8 de este Convenio de Colaboración.
Para efecto de lo anterior, queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que la contratación del personal que se realice para ocupar la plantilla a que se hace mención en el párrafo anterior, será efectuada por "EL INSABI", a través de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal, conforme al tabulador que se contiene en el Anexo 12 de este instrumento jurídico.
Para tal fin, "LAS PARTES" acuerdan sujetarse a las bases siguientes:
A.    "LAS PARTES" acuerdan que cada una de las plazas comprendidas en la plantilla de personal a que se refiere esta Cláusula, correspondientes a (i) las personas con formación de medicina general que formarán parte de los Equipos de Salud Itinerantes de "EL PROGRAMA", y (ii) la plantilla operativa correspondiente a dichos equipos (personal de enfermería, odontología y de promoción) estará vinculada de manera permanente e irrevocable a una unidad médica móvil en particular.
B.    Las plazas asignadas a la plantilla de personal a que se refiere esta Cláusula, referentes a (i) las personas con formación de medicina general que formarán parte de los Equipos de Salud Itinerantes de "EL PROGRAMA"; (ii) la plantilla operativa correspondiente a dichos equipos (personal de enfermería, odontología y de promoción), y (iii) el personal gerencial de "EL PROGRAMA" (coordinadores, supervisores y enlaces administrativos), deberán estar comprendidas dentro de las categorías y cumplir con los perfiles de puestos previstos en el numeral 6.5.2. de las "REGLAS".
C.    La ocupación de las plazas que conforma la plantilla a que se refiera esta Cláusula se realizará, por cuanto hace a (i) las personas con formación de medicina general que formarán parte de los Equipos de Salud Itinerantes de "EL PROGRAMA", y (ii) la plantilla operativa correspondiente a dichos equipos (personal de enfermería, odontología y de promoción), con base en las propuestas que formule "LA ENTIDAD", por conducto del Director General de de los Servicios de Salud de Sinaloa. En el caso de la ocupación de las plazas del personal gerencial de "EL PROGRAMA", relativas a coordinadores y supervisores, éstos serán designados con base en la convocatoria que se emita de conformidad con el numeral 6.5.1 de las "REGLAS", mientras que los enlaces administrativos serán designados a propuesta directa de "EL INSABI", en los términos previstos en la misma disposición.
       En este tenor, las personas que se propongan para ocupar las plazas que integran la plantilla laboral a que se refiere esta Cláusula, deberán cumplir con los criterios de selección siguientes:
a.   Ser de nacionalidad mexicana, salvo en el supuesto de que no existan personas mexicanas que puedan desarrollar el servicio respectivo.
      Quienes sean extranjeros deberán acreditar, en los términos previstos en la Ley General de Población y demás disposiciones que de la misma derivan, la condición de estancia que les permita llevar a cabo la prestación de los servicios inherentes a la plaza a ocuparse.
b.   Acreditar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
c.   Contar con Clave Única de Registro de Población.
d.   Acreditar los conocimientos o escolaridad que requiere el perfil del puesto a ocuparse, conforme a lo señalado en el numeral 6.5.2. de las "REGLAS".
      En el caso de que el perfil del puesto requiera que éste sea ocupado por persona que cuente con estudios profesionales, deberá exhibirse la cédula profesional correspondiente expedida por la autoridad educativa competente. Tratándose de plazas que deban ocuparse por profesionales de la salud que cuenten con especialidad médica, deberá exhibirse adicionalmente a su cédula profesional, el certificado vigente expedido por el Consejo de Especialidad a que se refiere el artículo 81 de la Ley General de Salud.
e.   No estar inhabilitado para desempeñar un empleo o cargo, en el servicio público.
f.    La demás información que determine "EL INSABI", a través de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal.
       Bajo ninguna circunstancia se podrá requerir a las personas que se propongan para la ocupación de alguna de las plazas que integran la plantilla de personal a que se refiere esta Cláusula, (i) prueba médica o certificado de no gravidez para verificar embarazo, ni (ii) prueba de VIH/SIDA.
D.    Para efectos de la continuidad de la contratación del personal a que se refiere la presente cláusula, serán considerados los resultados de la evaluación de productividad con base en los indicadores descritos en el Anexo 6 del presente instrumento, así como los informes de asistencia e incidencias del personal a que se refiere el inciso E de la presente cláusula.
E.    "LAS PARTES" convienen en que "LA ENTIDAD", a través del servidor público designado por "LA ENTIDAD" en el párrafo segundo de la Cláusula Décima de este instrumento jurídico, coadyuvará con el "EL INSABI" en la administración del personal que conforma la plantilla laboral a que se refiere esta Cláusula, para lo cual deberá:
a.   Establecer los mecanismos a que se sujetará el control de asistencia de las personas que ocupen las plazas objeto de este Convenio de Colaboración, en los que se deberán considerar, al menos, los registros de asistencia y conclusión de las jornadas de trabajo y rendir a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal, los informes que ésta le requiera, con la periodicidad y bajo los criterios que por oficio le notifique.
b.   Generar, con la periodicidad y conforme a los criterios que determine "EL INSABI", a través de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal, los informes de asistencias e incidencias de la plantilla de personal a que se refiere esta Cláusula, con la finalidad de que esta última esté en posibilidad de dispersar con oportunidad el pago de la nómina correspondiente a dicha plantilla de personal.
c.   Documentar, mediante el levantamiento de actas circunstanciadas, los hechos que pudiesen constituir incumplimiento de las obligaciones de los trabajadores que integran la plantilla laboral a que se refiere esta Cláusula, y dar lugar a la terminación de los efectos de su nombramiento o a la aplicación de medidas disciplinarias, y hecho esto, remitirla a "EL INSABI", por conducto de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal, para que ésta realice las acciones conducentes.
      El levantamiento de dichas actas, correrá a cargo del servidor público designado por "LA ENTIDAD" en el párrafo segundo de la Cláusula Décima de este instrumento jurídico, con la participación del Coordinador de "EL PROGRAMA" en "LA ENTIDAD" y ante la presencia de dos testigos de asistencia. En dicho instrumento deberá darse intervención al trabajador involucrado en los hechos que dan lugar al levantamiento del acta.
      "EL INSABI", por conducto de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de
Personal, podrá establecer criterios específicos para el levantamiento de las referidas actas circunstanciadas, mismos que serán notificados por oficio a "LA ENTIDAD"
OCTAVA. OBLIGACIONES DE "LA ENTIDAD".- Adicionalmente a los compromisos establecidos en otras Cláusulas del presente Convenio de Colaboración, "LA ENTIDAD" se obliga a:
I.        Vigilar el cumplimiento estricto de las disposiciones legales aplicables en el ejercicio del gasto público federal, dando aviso ante las instancias respectivas por cualquier anomalía detectada al respecto, y conforme a lo establecido en las "REGLAS", por conducto de la Unidad Ejecutora, responsable ante "EL INSABI" del adecuado ejercicio y comprobación de los recursos objeto del presente instrumento jurídico.
II.       Responder por la integración y veracidad de la información técnica y financiera que presenten para el cumplimiento de los compromisos establecidos en el presente instrumento jurídico, particularmente, de aquélla generada con motivo de la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos presupuestarios federales transferidos, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
III.       Aplicar los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros, sujetándose a los objetivos, metas e indicadores de desempeño a que se refiere el presente Convenio.
IV.      Remitir por conducto de la Secretaría de Administración y Finanzas a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción de la ministración de recursos que se detalla en los Anexos 1 y 2 del presente Convenio, los comprobantes que acrediten la recepción de dicha ministración, conforme a la normativa aplicable. La documentación comprobatoria a que se refiere este párrafo deberá remitirse en archivo electrónico con el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
          Así mismo, la Unidad Ejecutora deberá remitir a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones realizadas por parte de la Secretaría de Administración y Finanzas, los comprobantes que acrediten la recepción de dichas ministraciones, conforme a la normativa aplicable.
V.       Mantener bajo su custodia la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por "EL INSABI" y, en su caso por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o de la Secretaría de la Función Pública y/o de los órganos fiscalizadores competentes, así como la información adicional que estas últimas le requieran.
VI.      Verificar que la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, cumpla con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, entre otros, aquéllos que determinan los artículos 29 y 29-A, del Código Fiscal de la Federación, los que deberán expedirse a nombre de "LA ENTIDAD", para lo cual, se deberá remitir archivo electrónico CFDI, salvo en los casos de excepción establecidos en la legislación y normativa de la materia, en cuyo caso se deberán atender las disposiciones especiales para su comprobación. Así mismo, deberá remitir a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, el archivo electrónico con la verificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
VII.      Reintegrar a la Tesorería de la Federación dentro de los quince (15) días naturales siguientes en que los requiera "EL INSABI", los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros, que después de radicados a la Secretaría de Administración y Finanzas, no hayan sido ministrados a la Unidad Ejecutora, o que una vez ministrados a esta última, no sean ejercidos en los términos del presente Convenio o que se mantengan ociosos.
VIII.     Realizar con recursos propios de "LA ENTIDAD", el aseguramiento de las unidades médicas móviles asignadas en comodato o adquiridas con recursos de Nuevas Modalidades por "LA ENTIDAD" para el desarrollo de "EL PROGRAMA". Para el caso de unidades médicas móviles otorgadas en comodato la póliza de aseguramiento respectiva deberá expedirse a favor de la Tesorería de la Federación.
          Dicho aseguramiento deberá comprender, adicionalmente, a los ocupantes y equipamiento de las referidas unidades médicas móviles, con cobertura amplia y para casos de desastres naturales, garantizando que quede cubierto el presente ejercicio fiscal. Dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la contratación del aseguramiento, "LA ENTIDAD" deberá enviar a "EL INSABI", por conducto de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, copia de las pólizas respectivas.
IX.      Realizar las acciones necesarias para el mantenimiento preventivo y correctivo de las unidades médicas móviles. "LA ENTIDAD" deberá remitir trimestralmente, a "EL INSABI", por conducto de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dentro de los quince (15) días naturales siguientes al trimestre que se reporte, el informe correspondiente que acredite el mantenimiento preventivo y correctivo de dichas unidades, resguardando la documentación comprobatoria.
X.       Realizar con recursos propios de la "LA ENTIDAD", el pago de emplacamiento (placas de circulación), tenencia y/o derechos federales o locales que correspondan a las unidades médicas móviles.
XI.      Informar de manera trimestral a "EL INSABI", a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, por conducto de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad Ejecutora, dentro de los diez (10) primeros días hábiles siguientes al trimestre que se reporta, utilizando las plataformas electrónicas desarrolladas para tal fin, la aplicación y comprobación de los recursos transferidos, los rendimientos financieros, con base en los avances financieros, relaciones de gasto, estados de cuenta bancarios y conciliaciones bancarias, respecto de los recursos presupuestarios federales transferidos con motivo de este instrumento jurídico, conforme a los Anexos 4 y 9 del presente Convenio, debiendo adjuntar archivos electrónicos con la documentación soporte correspondiente.
XII.      Estampar en la documentación comprobatoria, el sello con la leyenda "Operado con recursos presupuestarios federales, para el Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica del Ejercicio Fiscal 2022".
XIII.     Reportar y dar seguimiento trimestralmente, por conducto de la Unidad Ejecutora, dentro de los quince (15) primeros días hábiles de los meses de abril, julio y octubre correspondientes al ejercicio 2022 y enero del siguiente año, el avance en el cumplimiento de indicadores de desempeño y el resultado de las acciones que lleve a cabo, de conformidad con este instrumento jurídico.
XIV.    La Unidad Ejecutora deberá informar a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, sobre el cierre del ejercicio presupuestario de los recursos federales asignados a "LA ENTIDAD" para la operación de "EL PROGRAMA", mediante el formato descrito en el Anexo 10, incluyendo como documentación soporte los estados de cuenta, conciliaciones bancarias y cancelación de las cuentas abiertas por ambas instancias. Dicho informe será entregado a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores al cierre del ejercicio fiscal vigente.
XV.     Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño, para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos, con base en los resultados y supervisiones realizadas.
XVI.    Informar sobre la suscripción de este Convenio, al órgano técnico de fiscalización de la legislatura local en "LA ENTIDAD", por conducto de la Secretaría de Salud y de la Unidad Ejecutora.
XVII.    Realizar las gestiones para la publicación del presente instrumento jurídico en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD", así como en su página de Internet, por conducto de la Secretaría de Salud y de la Unidad Ejecutora.
XVIII.   Realizar las acciones necesarias para la promoción de la Contraloría Social de "EL PROGRAMA" con base en los documentos de Contraloría Social que la Secretaría de la Función Pública autorice, así como en las "REGLAS" de "EL PROGRAMA" y en los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social.
Al efecto, los mecanismos y acciones para impulsar y apoyar la implementación de la Contraloría Social que se utilizarán son:
 
a.      Difusión. Instancia Normativa y "LA ENTIDAD".
b.      Capacitación y asesoría a servidores públicos. Instancia Normativa y "LA ENTIDAD";
c.      Capacitación a integrantes de Comités. "LA ENTIDAD".
d.      Recopilación de Informes y atención a quejas y denuncias. "LA ENTIDAD".
XIX.    Supervisar en todo momento, a través del servidor público designado por "LA ENTIDAD" en el párrafo segundo de la Cláusula Décima de este instrumento jurídico, con la participación del Coordinador de "EL PROGRAMA" en "LA ENTIDAD", que las personas que integran la plantilla de personal asignada para la operación de "EL PROGRAMA", cumplan cabalmente con las funciones inherentes a sus puestos, así como que, en el cumplimiento de las mismas, se apeguen a lo previsto en las disposiciones jurídicas aplicable.
XX.     Responder por la integración y veracidad de la información que recabe respecto de las personas que proponga para ocupar las plazas que se asignen a "EL PROGRAMA".
NOVENA. OBLIGACIONES DE "EL INSABI". - Adicionalmente a los compromisos establecidos en otras Cláusulas del presente Convenio de Colaboración, "EL INSABI" se obliga a:
I.        Transferir a "LA ENTIDAD", a través de la Coordinación de Financiamiento, con el carácter de subsidios, los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente Convenio, conforme al periodo de ministración establecido en su Anexo 2.
II.       Verificar, a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, que los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento jurídico se transfieran, sean aplicados únicamente para la realización del objeto del mismo, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y/o de "LA ENTIDAD".
III.       Practicar periódicamente, a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dependiendo de su disponibilidad de personal y presupuestaria, visitas de supervisión de acuerdo con el calendario y planeación que para tal efecto se establezca con "LA ENTIDAD", conforme al formato de visitas establecido en el Anexo 11, con el propósito de verificar el uso adecuado de los recursos y el estado general que guarden los bienes dados en comodato.
IV.      Solicitar a "LA ENTIDAD", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dentro de los primeros quince días hábiles de los meses de abril, julio y octubre correspondientes al ejercicio 2022 y enero del siguiente año, el avance en el cumplimiento de indicadores de desempeño Anexo 6 y el resultado de las acciones que lleve a cabo, de conformidad con este instrumento jurídico.
V.       Dar seguimiento, a través de la Coordinación de Atención a la Salud, al ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos y rendimientos financieros, con base en lo reportado en el Anexo 9, así como en el Anexo 4.
VI.      Solicitar, a través de la Coordinación de Atención a la Salud, la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales transferidos, que "LA ENTIDAD" debe presentar a "EL INSABI", en términos de lo estipulado en el presente Convenio.
VII.      Presentar el Informe de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio.
VIII.     Dar seguimiento trimestral, a través de la Coordinación de Atención a la Salud, en coordinación con "LA ENTIDAD", sobre el avance en el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico.
IX.      Realizar, en el ámbito de su competencia, a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, la verificación y seguimiento de los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento serán ministrados a "LA ENTIDAD", de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público federal.
X.       Verificar a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, de manera aleatoria, que las unidades médicas móviles estén cubriendo la totalidad de rutas previamente planeadas y avaladas, así como prestando los servicios establecidos en las "REGLAS".
XI.      Realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación.
XII.      Difundir en la página de Internet de "EL INSABI", el presente instrumento jurídico en el que se señalan los recursos presupuestarios federales transferidos para la operación "EL PROGRAMA", en los términos de las disposiciones aplicables.
XIII.     Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño, para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos.
XIV.    Realizar, por conducto de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal, las acciones conducentes para llevar a cabo la contratación de las personas que habrán de ocupar la plantilla de personal que se asignará a "LA ENTIDAD", para la operación de "EL PROGRAMA", en los términos previstos en las "REGLAS" y el presente instrumento jurídico.
DÉCIMA. ACCIONES DE VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO. - La verificación y seguimiento al ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos por "EL INSABI" a "LA ENTIDAD" con motivo del presente instrumento jurídico, corresponderá a "EL INSABI" a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, en los términos de las disposiciones aplicables y estipulaciones del presente Convenio. En lo que respecta a la contratación del personal que se asignará a "LA ENTIDAD" para la operación de "EL PROGRAMA", dicha responsabilidad corresponderá al titular de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal.
Por lo que respecta a "LA ENTIDAD", la verificación y seguimiento al correcto ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos por "EL INSABI" a "LA ENTIDAD", así como el seguimiento de las acciones que realice el personal que se asigne a esta última para la operación de "EL PROGRAMA", estará a cargo de la persona titular de la Dirección de Atención Médica de los Servicios de Salud de Sinaloa.
Cuando los servidores públicos que participen en la ejecución del Convenio, detecten que los recursos presupuestarios federales transferidos han sido utilizados para fines distintos a los que se señalan en el Convenio, o que el personal asignado a "LA ENTIDAD", realice acciones distintas a las previstas en las "REGLAS" y el presente instrumento jurídico, deberán hacerlo del conocimiento, en forma inmediata, de la Auditoría Superior de la Federación y de la Secretaría de la Función Pública y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación.
DÉCIMA PRIMERA. RELACIÓN LABORAL.- Queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquélla que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación o demanda, que su personal pretendiese entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar.
DÉCIMA SEGUNDA. VIGENCIA. - El presente Convenio surtirá sus efectos anuales a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2022.
DÉCIMA TERCERA. MODIFICACIONES AL CONVENIO.- "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".
En circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, "LAS PARTES" acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas eventualidades. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del Convenio Modificatorio correspondiente.
DÉCIMA CUARTA. El presente Convenio podrá darse por terminado de manera anticipada por cualquiera de las causas siguientes:
I.        Por acuerdo de "LAS PARTES".
II.       Por no existir la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos que adquiere "EL INSABI".
III.       Por caso fortuito o fuerza mayor.
DÉCIMA QUINTA. CAUSAS DE RESCISIÓN.- El presente Convenio podrá rescindirse, por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente instrumento jurídico.
DÉCIMA SEXTA. INTERPRETACIÓN Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES convienen en que las controversias que se originen con motivo de la interpretación o cumplimiento del presente Convenio serán resueltas por las mismas de común acuerdo. En el caso de subsistir la controversia, convienen en someterse a los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, renunciando en consecuencia, a cualquier otra jurisdicción que pudiere corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros.
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman por quintuplicado, en la Ciudad de México, a los doce días del mes de mayo de dos mil veintidós.- Por el INSABI: el Director General, Mtro. Juan Antonio Ferrer Aguilar.- Rúbrica.- Firma en suplencia por ausencia del Titular de la Unidad de Coordinación Nacional Médica del Instituto de Salud para el Bienestar, con fundamento en lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo sexagésimo sexto del Estatuto Orgánico del Instituto de Salud para el Bienestar: el Coordinador de Atención a la Salud, Dr. Juan José Mazón Ramírez.- Rúbrica.- Firma en suplencia por ausencia del Titular de la Coordinación de Financiamiento del Instituto de Salud para el Bienestar, con fundamento en lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo sexagésimo sexto del Estatuto Orgánico del Instituto de Salud para el Bienestar: el Director de Administración Financiera del Fideicomiso, M. en Aud. Vicente Reyes Magaña.- Rúbrica.- El Coordinador de Recursos Humanos y Regularización de Personal, Mtro. Candelario Pérez Alvarado.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario General de Gobierno, Lic. Enrique Inzunza Cázarez.- Rúbrica.- El Secretario de Administración y Finanzas, Lic. Enrique Alfonso Díaz Vega.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Sinaloa, Dr. Cuitláhuac González Galindo.- Rúbrica.- La Secretaria de Transparencia y Rendición de Cuentas, Dra. María Guadalupe Ramírez Zepeda.- Rúbrica.
ANEXO 1 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS
 
CAPÍTULO Y PARTIDA DE GASTO
APORTACIÓN FEDERAL
4000 "Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas"
43801 "Subsidios a las Entidades Federativas y Municipios.
$450,636.19
TOTAL
$450,636.19
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $450,636.19 (Cuatrocientos cincuenta mil seiscientos treinta y seis pesos 19/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, por conducto de la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Administración y Finanzas, la Secretaría de Salud del Estado, los Servicios de Salud de Sinaloa y la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas.
ANEXO 1A DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, DEL PROGRAMA S200 FORTALECIMIENTO
A LA ATENCIÓN MÉDICA
ASIGNACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
 
ASIGNACIÓN DE RECURSOS HUMANOS*
CONTRATACIÓN CENTRALIZADA INSABI
1000 "Servicios Personales"
Médicos Residentes para trabajo Comunitario Itinerante
$10,674,907.87
1000 "Servicios Personales"
Contratación de personal operativo y gerencial
$22,061,099.75
TOTAL
$32,736,007.62
 
*Recurso que se destinará hasta por la cantidad señalada en el cuadro, dicha cantidad podrá ser menor con base en las vacancias, faltas, retardos y/o criterios que determine la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $450,636.19 (Cuatrocientos cincuenta mil seiscientos treinta y seis pesos 19/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, por conducto de la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Administración y Finanzas, la Secretaría de Salud del Estado, los Servicios de Salud de Sinaloa y la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas.
ANEXO 2 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
PERIODO PARA MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES Y ASIGNACIÓN DE RECURSOS
HUMANOS
 
CONCEPTO
PERIODO:
Transferencia de recursos
4000 "Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas"
43801 "Subsidios a las Entidades Federativas y
Municipios.
ENERO-MAYO
Asignación de personal
1000 "Servicios Personales"
Médicos Residentes para el trabajo social comunitario
itinerante
Contratación de personal operativo y gerencial
A PARTIR DE ENERO
A PARTIR DE FEBRERO
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $450,636.19 (Cuatrocientos cincuenta mil seiscientos treinta y seis pesos 19/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, por conducto de la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Administración y Finanzas, la Secretaría de Salud del Estado, los Servicios de Salud de Sinaloa y la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas.
ANEXO 3 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
DISTRIBUCIÓN DEL GASTO POR CONCEPTO Y PARTIDA DE GASTO
PARA LA APLICACIÓN DE LOS RECURSOS TRANSFERIDOS A "LA ENTIDAD"
 
GASTOS DE OPERACIÓN ANUALES PARA 21 UMM
TOTAL 2022
3700      "SERVICIOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS" (*)
$383,040.76
33604    "IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES" (**)
$67,595.43
TOTAL
$450,636.19
 
* Los recursos presupuestarios transferidos en el concepto de gasto 3700, podrán ser ejercidos por la entidad federativa en cualquiera de las partidas presupuestarias señaladas en el Anexo 7 de este Convenio y los rendimientos financieros derivados de esta transferencia, podrán ser aplicados a las partidas presupuestarias señaladas en el Anexo 7A.
En caso de que personal de "EL PROGRAMA" en la entidad federativa, realice comisiones oficiales, en las cuales genere gastos por concepto de otros impuestos y derechos, podrá comprobar el gasto en la partida 39202.
** Los recursos presupuestarios transferidos para la partida presupuestal 33604, deberán ser ejercidos para cubrir los gastos de los servicios de impresión y elaboración de material informativo para su uso en la contraloría social.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $450,636.19 (Cuatrocientos cincuenta mil seiscientos treinta y seis pesos 19/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, por conducto de la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Administración y Finanzas, la Secretaría de Salud del Estado, los Servicios de Salud de Sinaloa y la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas.
 

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL ANEXO 4 FORMATO DE CERTIFICACIÓN DE GASTO 2022 PARA "GASTOS
DE OPERACIÓN"
INSTRUCTIVO
Se deberá anotar lo siguiente:
1
Entidad Federativa.
2
Monto por concepto de gasto
3
Concepto de Gasto de Aplicación
4
Nombre del Concepto de Gasto
5
Fecha de elaboración del certificado
6
Partida Específica de gasto
7
Número del Comprobante Fiscal Digital por Internet(CFDI)
8
Número de la Clave Única de Establecimientos de Salud (CLUES)
9
Póliza Cheque y/o Transferencia Electrónica del pago efectuado
10
Fecha de la Póliza de Cheque y/o Transferencia Electrónica
11
Siglas de la modalidad de adquisición (conforme a la LAASSP)
12
Especificar si es contrato o pedido
13
Proveedor o Prestador de Servicios
14
Importe del CFDI (incluye IVA) y/o ISR.
15
Observaciones Generales
16
Total del gasto efectuado.
17
Nombre del Responsable de elaborar la comprobación.
18
Cargo del Responsable de elaborar la comprobación.
19
Titular de la Dirección Administrativa de los Servicios de Salud (o equivalente).
20
Titular de la Secretaría de Salud Estatal o Titular de los Servicios de Salud de la Entidad Federativa (o su equivalente)
21
Mes en que se reporta
 
NOTA: ES IMPORTANTE MENCIONAR QUE DEBERÁ EMITIRSE UN FORMATO DE CERTIFICACIÓN DE GASTO POR CADA CONCEPTO DE GASTO COMPROBADO (EJERCIDO), ASÍ COMO PARA EL CASO DE LOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS, DE ACUERDO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS ASIGNADOS A LA ENTIDAD FEDERATIVA.
LA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA DEL GASTO DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES OBJETO DE ESTE CONVENIO DE COLABORACIÓN, DEBERÁ CUMPLIR CON LOS REQUISITOS FISCALES ESTABLECIDOS EN LAS DISPOSICIONES FEDERALES APLICABLES, COMO SON ENTRE OTROS LOS DISPUESTOS POR LOS ARTÍCULOS 29 Y 29-A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, LOS CUALES DEBERÁN EXPEDIRSE A NOMBRE DE "LA ENTIDAD" (SEGÚN CORRESPONDA), ESTABLECIENDO DOMICILIO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC), CONCEPTOS DE PAGO, ETC., PARA LO CUAL DEBERÁ REMITIR ARCHIVO ELECTRÓNICO DEL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET (CFDI), SALVO LOS CASOS DE EXCEPCIÓN ESTABLECIDOS EN LA LEGISLACIÓN Y NORMATIVA DE LA MATERIA QUE ASÍ LO ESTABLEZCA, EN CUYO CASO SE DEBERÁN ATENDER LAS DISPOSICIONES ESPECIALES PARA SU COMPROBACIÓN. ASIMISMO, DEBERÁ REMITIR ARCHIVO ELECTRÓNICO CON LA VERIFICACIÓN DE COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET, EMITIDO POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT). ASIMISMO, SE DEBE DAR CUMPLIMIENTO A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 66 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $450,636.19 (Cuatrocientos cincuenta mil seiscientos treinta y seis pesos 19/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, por conducto de la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Administración y Finanzas, la Secretaría de Salud del Estado, los Servicios de Salud de Sinaloa y la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas.
ANEXO 5 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
RUTAS 2022
ENTIDAD FEDERATIVA: SINALOA
No. de unidades Beneficiadas: 11 UMM-0, 3 UMM-1, 7 UMM-2 y 0 UMM-3.
 
Dirección General de Información en Salud
Localidades en ruta
Población
Objetivo
(INEGI)
Personal
Jornada de
la Unidad
Móvil
Red de Atención
CLUES
Nombre de la UMM
Tipo de
UMM y año
Municipio
Centro de Salud ANCLA (para las
Tipo 0)
Unidad de 2° Nivel (Emergencias
Obstétricas)
Clave
Nombre
Clave
Nombre
Localidad
CLUES
Nombre
CLUES
Nombre
 
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070233
Techobampo de Los Montes
90
médico(a)
general, un
odontólogo(a),
un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070288
Los Cauques
24
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070696
La Piedra Bola
31
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070013
Agua Nueva
18
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070241
Toipaqui
111
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070775
Las Urracas
14
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070324
Nogalitos
4
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070275
El Altillo
6
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070245
Último Vado
123
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070712
Las Presitas
38
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070146
El Muerto
64
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070382
Huillachapa (Buenavista)
47
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
 
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070047
Las Canoas (Huillachapa)
2
médico(a)
general, un
odontólogo(a),
un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070977
Arroyo Coscomate
4
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070979
Boca del Arroyo del Orito
*
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070067
Coscomate
*
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070243
El Trigo
76
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070187
El Reparo
201
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070884
Las Ciruelas
8
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070990
Juibaca
4
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070292
Las Colmenas
86
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070183
Las Rastras
154
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070093
El Guayabito
367
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070202
San José de Los Portillo
233
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
007
Choix
250070748
El Saucillo
15
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017850
Caravanas de Salud Tipo 2 Toypaqui
UMM-2, 2007
1
 
25
1,720
4
Lunes -
Viernes 8 h
0
0
1
1
SLSSA017985
Caravana de la Salud Tipo 0 Jahuara Primero (Los Leyva)
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100482
Jahuara Primero (Los Leyva)
532
médico(a)
general, un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
SLSSA001202
Adolfo López Mateos
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017985
Caravana de la Salud Tipo 0 Jahuara Primero (Los Leyva)
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100289
Las Flores
15
SLSSA001202
Adolfo López Mateos
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017985
Caravana de la Salud Tipo 0 Jahuara Primero (Los Leyva)
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250101250
El Cajón
1
SLSSA001202
Adolfo López Mateos
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017985
Caravana de la Salud Tipo 0 Jahuara Primero (Los Leyva)
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100513
La Mina
*
médico(a)
general, un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
SLSSA001202
Adolfo López Mateos
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017985
Caravana de la Salud Tipo 0 Jahuara Primero (Los Leyva)
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250101254
Campo Cortez
4
SLSSA001202
Adolfo López Mateos
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017985
Caravana de la Salud Tipo 0 Jahuara Primero (Los Leyva)
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250101267
Campo Virgen de Guadalupe (Camp o Parnas)
3
SLSSA001202
Adolfo López Mateos
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017985
Caravana de la Salud Tipo 0 Jahuara Primero (Los Leyva)
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250010771
Campo Ruelas (Campo Karina)
4
SLSSA001202
Adolfo López Mateos
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017985
Caravana de la Salud Tipo 0 Jahuara Primero (Los Leyva)
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250101361
Campo de Ramón López
5
SLSSA001202
Adolfo López Mateos
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017985
Caravana de la Salud Tipo 0 Jahuara Primero (Los Leyva)
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100254
Balácachi
15
SLSSA001202
Adolfo López Mateos
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017985
Caravana de la Salud Tipo 0 Jahuara Primero (Los Leyva)
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100305
Loma de Los Patos
120
SLSSA001202
Adolfo López Mateos
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017985
Caravana de la Salud Tipo 0 Jahuara Primero (Los Leyva)
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100272
La Cañada
8
SLSSA001202
Adolfo López Mateos
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017985
Caravana de la Salud Tipo 0 Jahuara Primero (Los Leyva)
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100126
El Mezquital
86
SLSSA001202
Adolfo López Mateos
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017985
Caravana de la Salud Tipo 0 Jahuara Primero (Los Leyva)
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100523
Rancho de Los Pachecos
88
SLSSA001202
Adolfo López Mateos
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017985
Caravana de la Salud Tipo 0 Jahuara Primero (Los Leyva)
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100145
El Opochi
35
SLSSA001202
Adolfo López Mateos
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017985
Caravana de la Salud Tipo 0 Jahuara Primero (Los Leyva)
UMM-0, 2009
1
 
14
916
3
Lunes -
Viernes 8 h
1
1
1
1
SLSSA017990
Caravana de la Salud Tipo 0 Carricitos
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100386
El Carricito
1,118
médico(a)
general, un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
SLSSA001190
Constancia
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017990
Caravana de la Salud Tipo 0 Carricitos
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100540
El Ranchito
615
SLSSA001190
Constancia
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017990
Caravana de la Salud Tipo 0 Carricitos
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100024
El Bajío
47
SLSSA001190
Constancia
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017990)
Caravana de la Salud Tipo 0 Carricitos
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100696
Rancho del Mundo Murrieta
5
 
 
SLSSA001190
Constancia
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017990
Caravana de la Salud Tipo 0 Carricitos
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100732
Rancho Peña
*
SLSSA001190
Constancia
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017990
Caravana de la Salud Tipo 0 Carricitos
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100470
Las Higueras de Los Natoches
1,694
SLSSA001190
Constancia
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017990
Caravana de la Salud Tipo 0 Carricitos
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100111
La Línea
369
SLSSA001190
Constancia
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017990
Caravana de la Salud Tipo 0 Carricitos
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100730
Rancho Zavala (La Laguna)
34
SLSSA001190
Constancia
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA017990
Caravana de la Salud Tipo 0 Carricitos
UMM-0, 2009
1
 
8
3,882
3
Lunes -
Viernes 8
h
1
1
1
1
SLSSA018002
Caravana de la Salud Tipo 0 El Teroque Viejo
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100625
Téroque Viejo
1,276
médico(a)
general, un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
SLSSA001190
Constancia
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA018002
Caravana de la Salud Tipo 0 El Teroque Viejo
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100694
Natoches
3
SLSSA001190
Constancia
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA018002
Caravana de la Salud Tipo 0 El Teroque Viejo
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100569
Jupare (El Mezquital)
205
SLSSA001190
Constancia
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA018002
Caravana de la Salud Tipo 0 El Teroque Viejo
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100686
La Ladrillera
60
SLSSA001190
Constancia
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA018002
Caravana de la Salud Tipo 0 El Teroque Viejo
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100395
Rosales Viejo
2
SLSSA001190
Constancia
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA018002
Caravana de la Salud Tipo 0 El Teroque Viejo
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100284
La Choya
47
SLSSA001190
Constancia
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA018002
Caravana de la Salud Tipo 0 El Teroque Viejo
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250101340
La Chivera de Leyva
2
SLSSA001190
Constancia
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA018002
Caravana de la Salud Tipo 0 El Teroque Viejo
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250101239
El Sufragio
329
SLSSA001190
Constancia
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA018002
Caravana de la Salud Tipo 0 El Teroque Viejo
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100343
El Tubo
77
SLSSA001190
Constancia
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA018002
Caravana de la Salud Tipo 0 El Teroque Viejo
UMM-0, 2009
010
El Fuerte
250100318
La Mariposa
4
SLSSA001190
Constancia
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis
SLSSA018002
Caravana de la Salud Tipo 0 El Teroque Viejo
UMM-0, 2009
1
 
10
2,005
3
Lunes -
Viernes 8
h
1
1
1
1
SLSSA017973
Caravana de la Salud Tipo 3 Los Hornillos
UMM-2, 2009
010
El Fuerte
250100097
Los Hornillos
396
médico(a)
general, un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis.
SLSSA017973
Caravana de la Salud Tipo 3 Los Hornillos
UMM-2, 2009
010
El Fuerte
250100236
Los Musos
95
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis.
SLSSA017973
Caravana de la Salud Tipo 3 Los Hornillos
UMM-2, 2009
010
El Fuerte
250170006
Agua Blanca
438
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis.
SLSSA017973
Caravana de la Salud Tipo 3 Los Hornillos
UMM-2, 2009
010
El Fuerte
250170363
Sarabia
452
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis.
SLSSA017973
Caravana de la Salud Tipo 3 Los Hornillos
UMM-2, 2009
010
El Fuerte
250170159
El Mezquite
313
 
 
SLSSA000024
H.G. de Los Mochis.
 
SLSSA017973
Caravana de la Salud Tipo 3 Los Hornillos
UMM-2, 2009
1
 
5
1,694
4
Lunes -
Viernes 8
h
0
0
1
1
SLSSA017845
Caravanas de la Salud Tipo 1 El Caracol
UMM-1, 2007
011
Guasave
250110707
El Coloradito
371
médico(a)
general, un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017845
Caravanas de la Salud Tipo 1 El Caracol
UMM-1, 2007
011
Guasave
250110695
El Caracol
902
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017845
Caravanas de la Salud Tipo 1 El Caracol
UMM-1, 2007
011
Guasave
250110723
Las Culebras
547
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017845
Caravanas de la Salud Tipo 1 El Caracol
UMM-1, 2007
011
Guasave
250110562
Las Flores
273
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017845
Caravanas de la Salud Tipo 1 El Caracol
UMM-1, 2007
1
 
4
2,093
3
Lunes -
Viernes 8
h
0
0
1
1
SLSSA018043
Caravana de la Salud Tipo 1 La Brecha
UMM-1, 2009
011
Guasave
250110287
Valle de Huyaqui (Los Solares)
208
médico(a)
general, un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018043
Caravana de la Salud Tipo 1 La Brecha
UMM-1, 2009
011
Guasave
250110386
Boca del Río
563
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018043
Caravana de la Salud Tipo 1 La Brecha
UMM-1, 2009
011
Guasave
250110751
Las Glorias
35
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018043
Caravana de la Salud Tipo 1 La Brecha
UMM-1, 2009
011
Guasave
250110563
La Pitahaya
58
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018043
Caravana de la Salud Tipo 1 La Brecha
UMM-1, 2009
011
Guasave
250110042
Alamito Caimanero
274
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018043
Caravana de la Salud Tipo 1 La Brecha
UMM-1, 2009
011
Guasave
250110706
Las Colonias (Colonia Ángel Flores)
516
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018043
Caravana de la Salud Tipo 1 La Brecha
UMM-1, 2009
011
Guasave
250110248
San Pascual
97
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018043
Caravana de la Salud Tipo 1 La Brecha
UMM-1, 2009
1
 
7
1,751
3
Lunes -
Viernes 8
h
0
0
1
1
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170527
Potrero de Los Félix
106
médico(a)
general, un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171030
Zapote de Báez
8
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171570
Los San Juanes
*
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171531
La Ciénega
*
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171079
La Ciénega de Los Castro
10
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171483
Piedra Azul
5
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171620
El Amapal
18
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171100
Los Limones
80
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171637
Los Limones Número Dos
12
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171084
El Coyonqui
*
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170931
Los Rosarios
23
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171463
El Guasimal
*
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171143
El Chalate
2
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171553
Piedras Blancas
*
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170518
Guayarina (Guyarina)
24
médico(a)
general, un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170558
La Estancia
9
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170120
La Higuerita
*
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171736
La Vainillita
16
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171740
Los Girasoles
*
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171484
La Ciruela
3
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170324
El Zapote
182
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171572
El Sauce
16
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171135
La Canoa
6
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171550
La Noria
31
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170825
El Melón
38
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171693
Palo de Yesca
0
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170175
La Palma
26
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171638
El Llano
20
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171078
Las Cuchillas
10
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170318
Ventura de Gerardo
93
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
 
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170147
Mapiri
24
 
 
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170379
Las Guacapas
68
 
 
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170563
Rancho Viejo
61
 
 
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170582
Las Cañadas
4
 
 
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170938
El Salto
8
 
 
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171016
Los Veneros
*
 
 
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170131
Iripa
75
 
 
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170378
San José del Álamo
89
 
 
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170789
La Huerta
157
 
 
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170528
Las Moras
5
 
 
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171555
Los Placeres
1
 
 
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171513
El Puerto
10
 
 
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170902
Potrerillos
24
médico(a)
general, un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171569
El Sabino
16
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171640
La Palma
26
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171645
Rancho Nuevo
1
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170090
Chicorato
14
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171632
El Guamúchil
3
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171639
La Noria
2
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171655
El Tulito
4
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170986
El Tarahumarito
*
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171732
Los Plátanos
3
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171733
Tocana
*
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171689
La Cruz de Piedra
3
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171730
Basurina
6
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170537
Pueblo Viejo
112
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171633
Las Higueritas
2
médico(a)
general, un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170977
La Soledad
8
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171207
El Sabino
2
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170326
Zapotillo
5
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171121
Los Veneros
1
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171149
Las Higueras
1
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170769
Las Guásimas
1
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170677
La Cacachila
48
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170289
La Tasajera
2
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170163
Las Moras
*
SLSSA002194
Buena Vista
SLSSA001255
H.G de Guasave
 
SLSSA018031
Caravana de la Salud Tipo 0 Potrero de Los Félix
UMM-0, 2009
1
 
66
1,524
3
Lunes -
Viernes 8
h
1
1
1
1
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250170212
El Potrero (de Soto)
364
médico(a)
general, un
odontólogo(a),
un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250171536
Rancho Nuevo (Los Tejabanes)
11
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250170013
El Aguajito
0
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250170191
La Pila (N° 1)
12
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250170903
Los Potrerillos
0
médico(a)
general, un
odontólogo(a),
un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250170599
El Polvorín (Potrerillos)
5
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250170976
La Soledad
5
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250170257
San Isidro
14
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250170878
El Perihuete
55
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250170692
Chapotito
4
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250171214
Los Cerquitos (La Pila Dos)
179
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250171686
El Batamote
13
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250170271
Santa Ana
336
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250170944
San Francisco
4
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250170481
El Chapote
85
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250170712
El Coche
73
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250170424
El Guamúchil
11
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250170870
El Papachal
7
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250171622
El Carrizo Viejo
3
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250170693
El Carrizo
7
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250170132
El Junco
84
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250170670
Las Brisas
26
médico(a)
general, un
odontólogo(a),
un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250170635
El Álamo
30
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250170059
La Carrerita
8
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250170626
El Aguajito
92
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250170727
Cuatro Caminos
15
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250170583
Las Ciruelitas
1
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
017
Sinaloa
250170947
San Francisco de Los Aprietos
*
 
 
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA017862
Caravanas de la Salud Tipo 2 Potrero de Soto
UMM-2, 2007
1
 
28
1,444
4
Lunes -
Viernes 8
h
0
0
1
1
SLSSA018014
Caravana de la Salud Tipo 0 Palotal
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170358
El Toruno
115
médico(a)
general, un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
SLSSA002211
Estación Naranjo
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018014
Caravana de la Salud Tipo 0 Palotal
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170356
Playa Segunda
554
SLSSA002211
Estación Naranjo
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018014
Caravana de la Salud Tipo 0 Palotal
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171642
La Pitahayita
9
SLSSA002211
Estación Naranjo
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018014
Caravana de la Salud Tipo 0 Palotal
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171138
El Campito (Campo Zamora)
101
SLSSA002211
Estación Naranjo
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018014
Caravana de la Salud Tipo 0 Palotal
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170311
Tres Reyes
242
SLSSA002211
Estación Naranjo
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018014
Caravana de la Salud Tipo 0 Palotal
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170310
Tres Marías (Las Vinoramas)
275
SLSSA002211
Estación Naranjo
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018014
Caravana de la Salud Tipo 0 Palotal
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170581
Campo Seis
188
SLSSA002211
Estación Naranjo
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018014
Caravana de la Salud Tipo 0 Palotal
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170975
Granja La Lomita
0
SLSSA002211
Estación Naranjo
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018014
Caravana de la Salud Tipo 0 Palotal
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171010
El Tule
0
SLSSA002211
Estación Naranjo
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018014
Caravana de la Salud Tipo 0 Palotal
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170308
Campo Torreón
106
SLSSA002211
Estación Naranjo
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018014
Caravana de la Salud Tipo 0 Palotal
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170924
Melchor Ocampo (Rancho Nuevo)
247
SLSSA002211
Estación Naranjo
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018014
Caravana de la Salud Tipo 0 Palotal
UMM-0, 2009
1
 
11
1,837
3
Lunes -
Viernes 8
h
1
1
1
1
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170305
Tezcalama (Tescalama de Arriba)
54
médico(a)
general, un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170477
El Camichín
9
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170282
El Tablón
67
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170575
El Amapal del Llano
6
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170690
La Cantera
20
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170720
Corral Falso
17
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170724
El Coyote
7
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170913
El Quelele
1
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170726
La Crucita
2
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171000
Tezcalama de Abajo
14
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170571
El Limón
49
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170711
Los Ciruelos
*
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170201
Las Pocitas
2
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170137
Lagunillas
98
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170272
Santa Fe
21
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
 
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170568
San Joaquín (San Joaquín Viejo)
175
médico(a)
general, un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171071
La Bebelama
14
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170952
San José
30
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170260
San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
527
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170325
Zapotillo
53
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170470
El Chino Gordo
24
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170880
La Peña
28
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170513
El Sauce
13
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170942
San Antonio
4
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170268
San Miguel de San Joaquín (San Miguel)
100
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170134
Laguna de Los Valdez
76
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170009
Agua Escondida
75
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170101
Las Flores
2
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170122
La Higuerita
13
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170956
San Pedro
16
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170224
Ranchito de Los Cota
38
 
 
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170849
Cruz del Negro
36
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171009
La Tranquilidad
74
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170980
Tabalopa
26
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171002
Tierra Blanca
192
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170206
Potrerillos
84
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171177
Seis de Enero
124
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250171583
Campo de San Lázaro
0
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170873
La Pasadita
7
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
017
Sinaloa
250170657
El Barranco
5
SLSSA002235
Llano Grande
SLSSA001255
H.G de Guasave
SLSSA018026
Caravana de la Salud Tipo 0 San Joaquín (San Joaquín Nuevo)
UMM-0, 2009
1
 
40
2,103
3
Lunes -
Viernes 8
h
1
1
1
1
SLSSA017886
Caravanas de Salud Tipo 2 La Higuerita
UMM-2, 2007
003
Badiraguato
250130634
Santiago de Comanito (Comanito)
466
médico(a)
general, un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017886
Caravanas de Salud Tipo 2 La Higuerita
UMM-2, 2007
003
Badiraguato
250130173
Majada de Abajo
391
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017886
Caravanas de Salud Tipo 2 La Higuerita
UMM-2, 2007
003
Badiraguato
250030845
Jurisdicción de Arriba
76
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017886
Caravanas de Salud Tipo 2 La Higuerita
UMM-2, 2007
003
Badiraguato
250030730
La Higuerita
127
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017886
Caravanas de Salud Tipo 2 La Higuerita
UMM-2, 2007
003
Badiraguato
250030743
La Majada de Arriba
76
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017886
Caravanas de Salud Tipo 2 La Higuerita
UMM-2, 2007
1
 
5
1,136
4
Lunes -
Viernes 8
h
0
0
1
1
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250030178
Morirato
121
médico(a)
general, un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250030892
Chinacates
16
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250030939
La Mora
1
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250032092
Boca de arroyo
5
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250030298
El Terrero (San Antonio de los Buenos)
6
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250030636
El Pueblito
32
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250030568
La Vainilla
17
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250031125
La Mezcla
9
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250030425
Las higueritas
8
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250030688
Cariatapa
123
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250030961
Las Presitas (rancho nuevo)
22
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250030769
El Platanar
9
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250031144
Los Zapotes de Arriba
10
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250030540
Los Zapotes de Abajo
12
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250030308
La Vainilla
33
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
 
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250030601
Tierra Blanca
8
 
 
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250030614
Los Chinos
6
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250031133
El arroyo de la vainilla
4
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250030143
La Lapara
120
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250030670
El Cajón
12
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250030283
El Tabachín
2
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250031002
Los Veneros
24
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250031119
San Antonio
8
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250031118
Los rebajes
4
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250030181
Los Naranjos
21
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
003
Badiraguato
250031106
El Pueblito
82
SLSSA000251
C.S.R.C. Badiraguato.
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018060
Caravana de la Salud Tipo 0 San Antonio de los Buenos
UMM-0, 2009
1
 
26
715
3
Lunes -
Viernes 8
h
1
1
1
1
SLSSA018072
Caravana de la Salud Tipo 0 San Rafael
UMM-0, 2009
006
Culiacán
250050338
Higueras de Jacopa
11
médico(a)
general, un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
SLSSA018376
C.S.R.D. Cosala
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018072
Caravana de la Salud Tipo 0 San Rafael
UMM-0, 2009
006
Culiacán
250050119
El Ranchito
309
SLSSA018376
C.S.R.D. Cosala
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018072
Caravana de la Salud Tipo 0 San Rafael
UMM-0, 2009
006
Culiacán
250060092
Abuya
53
SLSSA000893
C.S.R.D. Tacuichamona
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018072
Caravana de la Salud Tipo 0 San Rafael
UMM-0, 2009
006
Culiacán
250050061
Las Habas
184
SLSSA000893
C.S.R.D. Tacuichamona
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018072
Caravana de la Salud Tipo 0 San Rafael
UMM-0, 2009
006
Culiacán
250050099
Palmar de Los Ceballos
84
SLSSA000601
C.S.R.D. Santa Cruz De Alaya
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018072
Caravana de la Salud Tipo 0 San Rafael
UMM-0, 2009
006
Culiacán
250050047
Chapala
303
SLSSA000601
C.S.R.D. Santa Cruz De Alaya
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018072
Caravana de la Salud Tipo 0 San Rafael
UMM-0, 2009
1
 
6
944
3
Lunes -
Viernes 8
h
2
2
1
1
SLSSA017833
Caravanas de Salud Tipo 1 Caimanes II
UMM-1, 2007
008
Elota
250080143
Benito Juárez
138
médico(a)
general, un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017833
Caravanas de Salud Tipo 1 Caimanes II
UMM-1, 2007
008
Elota
250080145
El Limoncito
73
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017833
Caravanas de Salud Tipo 1 Caimanes II
UMM-1, 2007
008
Elota
250080028
Ejido Culiacán (Culiacancito)
995
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017833
Caravanas de Salud Tipo 1 Caimanes II
UMM-1, 2007
008
Elota
250080013
Caimanes II
1,017
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017833
Caravanas de Salud Tipo 1 Caimanes II
UMM-1, 2007
008
Elota
250080122
Los Difuntos
55
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017833
Caravanas de Salud Tipo 1 Caimanes II
UMM-1, 2007
008
Elota
250080031
Emiliano Zapata
970
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017833
Caravanas de Salud Tipo 1 Caimanes II
UMM-1, 2007
008
Elota
250080080
Santa Rita
4
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017833
Caravanas de Salud Tipo 1 Caimanes II
UMM-1, 2007
1
 
7
3,252
3
Lunes -
Viernes 8
h
0
0
1
1
SLSSA017874
Caravanas de Salud Tipo 2 El Castillo
UMM-2, 2007
018
Navolato
250180041
El Castillo
2,811
médico(a)
general, un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017874
Caravanas de Salud Tipo 2 El Castillo
UMM-2, 2007
018
Navolato
250180006
Altata
2,137
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017874
Caravanas de Salud Tipo 2 El Castillo
UMM-2, 2007
018
Navolato
250180126
Yameto
176
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017874
Caravanas de Salud Tipo 2 El Castillo
UMM-2, 2007
018
Navolato
250180434
El Tetuán Nuevo
299
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017874
Caravanas de Salud Tipo 2 El Castillo
UMM-2, 2007
018
Navolato
250180131
Las Aguamitas
1,648
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017874
Caravanas de Salud Tipo 2 El Castillo
UMM-2, 2007
018
Navolato
250180162
Batauto (Laguna de Batauto)
2,863
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017874
Caravanas de Salud Tipo 2 El Castillo
UMM-2, 2007
018
Navolato
250180322
Las Puentes (Guadalupe Victoria)
1,212
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017874
Caravanas de Salud Tipo 2 El Castillo
UMM-2, 2007
1
 
7
11,146
4
Lunes -
Viernes 8
h
0
0
1
1
SLSSA018084
Caravana de la Salud Tipo 0 La Presita
UMM-0, 2009
006
Culiacán
250061061
La Campana
644
médico(a)
general, un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
SLSSA000753
Culiacán (Col. Rosales)
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018084
Caravana de la Salud Tipo 0 La Presita
UMM-0, 2009
006
Culiacán
250060132
La Anona
303
SLSSA000753
Culiacán (Col. Rosales)
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018084
Caravana de la Salud Tipo 0 La Presita
UMM-0, 2009
006
Culiacán
250061350
Dos Arroyos
208
SLSSA000753
Culiacán (Col. Rosales)
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018084
Caravana de la Salud Tipo 0 La Presita
UMM-0, 2009
006
Culiacán
250060547
El Peñasco
85
SLSSA000753
Culiacán (Col. Rosales)
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018084
Caravana de la Salud Tipo 0 La Presita
UMM-0, 2009
006
Culiacán
250060486
Mirasoles
25
SLSSA000753
Culiacán (Col. Rosales)
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018084
Caravana de la Salud Tipo 0 La Presita
UMM-0, 2009
006
Culiacán
250060539
Paredones
337
SLSSA000753
Culiacán (Col. Rosales)
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018084
Caravana de la Salud Tipo 0 La Presita
UMM-0, 2009
006
Culiacán
250060143
Los Ayales
99
SLSSA000753
Culiacán (Col. Rosales)
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018084
Caravana de la Salud Tipo 0 La Presita
UMM-0, 2009
006
Culiacán
250060201
La Campanera
67
SLSSA000753
Culiacán (Col. Rosales)
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018084
Caravana de la Salud Tipo 0 La Presita
UMM-0, 2009
006
Culiacán
250061128
La Cupía
11
SLSSA000753
Culiacán (Col. Rosales)
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018084
Caravana de la Salud Tipo 0 La Presita
UMM-0, 2009
006
Culiacán
250061166
La Nanchi
42
SLSSA000753
Culiacán (Col. Rosales)
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018084
Caravana de la Salud Tipo 0 La Presita
UMM-0, 2009
006
Culiacán
250061103
Las Brisas
277
SLSSA000753
Culiacán (Col. Rosales)
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018084
Caravana de la Salud Tipo 0 La Presita
UMM-0, 2009
006
Culiacán
250061474
La Palmita y Anexos (La Presita)
1,157
SLSSA000753
Culiacán (Col. Rosales)
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018084
Caravana de la Salud Tipo 0 La Presita
UMM-0, 2009
006
Culiacán
250061659
Coyotes
38
SLSSA000753
Culiacán (Col. Rosales)
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018084 (*)
Caravana de la Salud Tipo 0 La Presita
UMM-0, 2009
1
 
13
3,293
3
Lunes -
Viernes 8
h
1
1
1
1
SLSSA017891
Caravanas de Salud Tipo 2 Las Habas
UMM-2, 2007
005
Cosalá
250060468
El Manguito
249
médico(a)
general, un
odontólogo(a),
un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017891
Caravanas de Salud Tipo 2 Las Habas
UMM-2, 2007
005
Cosalá
250060724
Las Tres Gotas de Agua
752
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017891
Caravanas de Salud Tipo 2 Las Habas
UMM-2, 2007
005
Cosalá
250060360
Ejido La Flor
710
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017891
Caravanas de Salud Tipo 2 Las Habas
UMM-2, 2007
005
Cosalá
250061521
Ejido Rebeca Dos (Metesaca)
252
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017891
Caravanas de Salud Tipo 2 Las Habas
UMM-2, 2007
005
Cosalá
250060478
Ejido Mezquitillo (Chapeteado)
1,460
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017891
Caravanas de Salud Tipo 2 Las Habas
UMM-2, 2007
005
Cosalá
250061508
Ejido Rebeca Uno (Primero de Mayo)
517
 
 
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017891
Caravanas de Salud Tipo 2 Las Habas
UMM-2, 2007
005
Cosalá
250061362
San Rafael
147
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017891
Caravanas de Salud Tipo 2 Las Habas
UMM-2, 2007
005
Cosalá
250062849
Sección San Rafael (Las Casitas)
63
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA017891
Caravanas de Salud Tipo 2 Las Habas
UMM-2, 2007
005
Cosalá
250062073
Ejido Canán
446
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
 
SLSSA017891
Caravanas de Salud Tipo 2 Las Habas
UMM-2, 2007
1
 
9
4,596
4
Lunes -
Viernes 8 h
0
0
1
1
SLSSA018055
Caravana de la Salud Tipo 0 Higuera de los Vega
UMM-0, 2009
013
Mocorito
250130184
El Mezquite
593
médico(a)
general, un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
SLSSA001733
Cerro Agudo
SLSSA018113
H.G. de Guamuchil
SLSSA018055
Caravana de la Salud Tipo 0 Higuera de los Vega
UMM-0, 2009
013
Mocorito
250130338
El Tule de Arriba
52
SLSSA001733
Cerro Agudo
SLSSA018113
H.G. de Guamuchil
SLSSA018055
Caravana de la Salud Tipo 0 Higuera de los Vega
UMM-0, 2009
013
Mocorito
250130113
El Gallo
114
SLSSA001733
Cerro Agudo
SLSSA018113
H.G. de Guamuchil
SLSSA018055
Caravana de la Salud Tipo 0 Higuera de los Vega
UMM-0, 2009
013
Mocorito
250130026
Bacamopa
121
SLSSA001733
Cerro Agudo
SLSSA018113
H.G. de Guamuchil
SLSSA018055
Caravana de la Salud Tipo 0 Higuera de los Vega
UMM-0, 2009
013
Mocorito
250130102
Los Chinos
187
SLSSA001733
Cerro Agudo
SLSSA018113
H.G. de Guamuchil
SLSSA018055
Caravana de la Salud Tipo 0 Higuera de los Vega
UMM-0, 2009
013
Mocorito
250130381
Lo de Flores
3
SLSSA001733
Cerro Agudo
SLSSA018113
H.G. de Guamuchil
SLSSA018055
Caravana de la Salud Tipo 0 Higuera de los Vega
UMM-0, 2009
013
Mocorito
250130138
La Huerta
275
SLSSA001733
Cerro Agudo
SLSSA018113
H.G. de Guamuchil
SLSSA018055
Caravana de la Salud Tipo 0 Higuera de los Vega
UMM-0, 2009
013
Mocorito
250130122
Guamúchiles Altos
43
SLSSA001733
Cerro Agudo
SLSSA018113
H.G. de Guamuchil
SLSSA018055
Caravana de la Salud Tipo 0 Higuera de los Vega
UMM-0, 2009
013
Mocorito
250130486
Bebelama
20
SLSSA001733
Cerro Agudo
SLSSA018113
H.G. de Guamuchil
SLSSA018055
Caravana de la Salud Tipo 0 Higuera de los Vega
UMM-0, 2009
013
Mocorito
250130217
La Palma
16
SLSSA001733
Cerro Agudo
SLSSA018113
H.G. de Guamuchil
SLSSA018055
Caravana de la Salud Tipo 0 Higuera de los Vega
UMM-0, 2009
013
Mocorito
250130617
El Reparo de Los Galindo
19
SLSSA001733
Cerro Agudo
SLSSA018113
H.G. de Guamuchil
SLSSA018055
Caravana de la Salud Tipo 0 Higuera de los Vega
UMM-0, 2009
013
Mocorito
250130177
Mautillos
12
médico(a)
general, un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
SLSSA001733
Cerro Agudo
SLSSA018113
H.G. de Guamuchil
SLSSA018055
Caravana de la Salud Tipo 0 Higuera de los Vega
UMM-0, 2009
013
Mocorito
250130131
La Higuera Caída
27
SLSSA001733
Cerro Agudo
SLSSA018113
H.G. de Guamuchil
SLSSA018055
Caravana de la Salud Tipo 0 Higuera de los Vega
UMM-0, 2009
013
Mocorito
250130275
El Recodo
39
SLSSA001733
Cerro Agudo
SLSSA018113
H.G. de Guamuchil
SLSSA018055
Caravana de la Salud Tipo 0 Higuera de los Vega
UMM-0, 2009
013
Mocorito
250130328
El Tempizque
7
SLSSA001733
Cerro Agudo
SLSSA018113
H.G. de Guamuchil
SLSSA018055
Caravana de la Salud Tipo 0 Higuera de los Vega
UMM-0, 2009
013
Mocorito
250130569
Las Milpas de Los Valenzuela
16
SLSSA001733
Cerro Agudo
SLSSA018113
H.G. de Guamuchil
SLSSA018055
Caravana de la Salud Tipo 0 Higuera de los Vega
UMM-0, 2009
013
Mocorito
250130657
La Laguna de Los Bojórquez
94
SLSSA001733
Cerro Agudo
SLSSA018113
H.G. de Guamuchil
SLSSA018055
Caravana de la Salud Tipo 0 Higuera de los Vega
UMM-0, 2009
013
Mocorito
250130163
Lo de Gabriel
153
SLSSA001733
Cerro Agudo
SLSSA018113
H.G. de Guamuchil
SLSSA018055
Caravana de la Salud Tipo 0 Higuera de los Vega
UMM-0, 2009
013
Mocorito
250130610
San Miguel
6
SLSSA001733
Cerro Agudo
SLSSA018113
H.G. de Guamuchil
SLSSA018055
Caravana de la Salud Tipo 0 Higuera de los Vega
UMM-0, 2009
013
Mocorito
250130406
El Potrero de Las Perdices
31
SLSSA001733
Cerro Agudo
SLSSA018113
H.G. de Guamuchil
SLSSA018055
Caravana de la Salud Tipo 0 Higuera de los Vega
UMM-0, 2009
013
Mocorito
250130172
El Magistral
27
SLSSA001733
Cerro Agudo
SLSSA018113
H.G. de Guamuchil
SLSSA018055
Caravana de la Salud Tipo 0 Higuera de los Vega
UMM-0, 2009
1
 
21
1,855
3
Lunes -
Viernes 8
h
1
1
1
1
SLSSA018101
Caravana de la Salud Tipo 3 Chirimoyos
UMM-2, 2009
004
Concordia
250040053
Chirimoyos
223
médico(a)
general, un
odontólogo(a),
un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
 
 
SLSSA000473
Hospital Integral de
Concordia
SLSSA018101
Caravana de la Salud Tipo 3 Chirimoyos
UMM-2, 2009
004
Concordia
250140287
El Matadero
933
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018101
Caravana de la Salud Tipo 3 Chirimoyos
UMM-2, 2009
004
Concordia
250160067
Duranguito
478
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018101
Caravana de la Salud Tipo 3 Chirimoyos
UMM-2, 2009
004
Concordia
250080051
Loma de Tecuyo
165
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018101
Caravana de la Salud Tipo 3 Chirimoyos
UMM-2, 2009
004
Concordia
250080146
Tecuyo
40
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018101
Caravana de la Salud Tipo 3 Chirimoyos
UMM-2, 2009
004
Concordia
250080153
Buenavista
208
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018101
Caravana de la Salud Tipo 3 Chirimoyos
UMM-2, 2009
004
Concordia
250080272
Nuevo Tecuyo (Tepalcates)
9
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018101
Caravana de la Salud Tipo 3 Chirimoyos
UMM-2, 2009
004
Concordia
250080061
Paredón Colorado
264
 
 
 
 
SLSSA017606
Hospital de La Mujer
SLSSA018101
Caravana de la Salud Tipo 3 Chirimoyos
UMM-2, 2009
1
 
8
2,320
4
 
0
0
3
3
SLSSA018096
Caravana de la Salud Tipo 0 San Juan de Jacobo
UMM-0, 2009
004
Concordia
250040249
Las Guacamayas
60
médico(a)
general, un
odontólogo(a),
un(a)
enfermero(a)
y un(a)
promotor(a)
de la salud-
polivalente
Lunes -
Viernes 8 h
SLSSA000560
El Verde
SLSSA000473
Hospital Integral de
Concordia
SLSSA018096
Caravana de la Salud Tipo 0 San Juan de Jacobo
UMM-0, 2009
004
Concordia
250040046
Cuatantal
101
SLSSA000560
El Verde
SLSSA000473
Hospital Integral de
Concordia
SLSSA018096
Caravana de la Salud Tipo 0 San Juan de Jacobo
UMM-0, 2009
004
Concordia
250040136
EL Purgatorio
3
SLSSA000560
El Verde
SLSSA000473
Hospital Integral de
Concordia
SLSSA018096
Caravana de la Salud Tipo 0 San Juan de Jacobo
UMM-0, 2009
004
Concordia
250040277
EL Tule
6
SLSSA000560
El Verde
SLSSA000473
Hospital Integral de
Concordia
SLSSA018096
Caravana de la Salud Tipo 0 San Juan de Jacobo
UMM-0, 2009
004
Concordia
250040109
Los Naranjos
136
SLSSA000560
El Verde
SLSSA000473
Hospital Integral de
Concordia
SLSSA018096
Caravana de la Salud Tipo 0 San Juan de Jacobo
UMM-0, 2009
004
Concordia
250040146
Santa Catarina
357
SLSSA000560
El Verde
SLSSA000473
Hospital Integral de
Concordia
SLSSA018096
Caravana de la Salud Tipo 0 San Juan de Jacobo
UMM-0, 2009
004
Concordia
250040142
San Juan de Jacobo
284
SLSSA000560
El Verde
SLSSA000473
Hospital Integral de
Concordia
SLSSA018096
Caravana de la Salud Tipo 0 San Juan de Jacobo
UMM-0, 2009
004
Concordia
250040205
Platanar del Tesgüino
1
SLSSA000560
El Verde
SLSSA000473
Hospital Integral de
Concordia
SLSSA018096
Caravana de la Salud Tipo 0 San Juan de Jacobo
UMM-0, 2009
004
Concordia
250040227
Agua Caliente de Jacobo
127
SLSSA000560
El Verde
SLSSA000473
Hospital Integral de
Concordia
SLSSA018096
Caravana de la Salud Tipo 0 San Juan de Jacobo
UMM-0, 2009
1
 
9
1,075
3
Lunes -
Viernes 8
h
1
1
1
1
21
21
21
 
21
 
329
51,301
70
Lunes -
Viernes 8
h
11
11
23
23
 
*Notas: En el ejercicio 2022, las UMM-3 operarán como UMM-2, de conformidad con lo establecido en el numeral 5.9, fracción IV de las Reglas de Operación vigentes.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $450,636.19 (Cuatrocientos cincuenta mil seiscientos treinta y seis pesos 19/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, por conducto de la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Administración y Finanzas, la Secretaría de Salud del Estado, los Servicios de Salud de Sinaloa y la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas.
ANEXO 6 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2022
 
Entidad Federativa
 
 
Consultas de
primera vez por
diagnóstico y/o
tratamiento
reportadas en
IG* en el
periodo
Consultas de
primera vez por
diagnóstico y/o
tratamiento
reportadas en
DGIS*
Consultas
subsecuentes
reportadas en IG*
en el periodo
Consultas
subsecuentes
reportadas en
DGIS*
Acciones al
individuo +
acciones a la
comunidad
reportadas en
IG* en el
periodo
Acciones al
individuo +
acciones a la
comunidad
reportadas en
DGIS*
Muertes
maternas
por lugar de
origen en el
periodo
Trimestre:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TABLA 1. PIRÁMIDE POBLACIONAL (COBERTURA OBJETIVO
UNIDADES MÉDICAS MÓVILES)
 
Cobertura
Operativa por
trimestre
 
Hombres
Rango de
Edad
Mujeres
Hombres+Mujeres
 
 
 
70 y más
 
 
 
1er
 
 
 
 
 
 
 
 
 
65 a 69
 
 
 
2do
 
 
 
 
 
 
 
 
 
60 a 64
 
 
 
3er
 
 
 
 
 
 
 
 
 
55 a 59
 
 
 
4to
 
 
 
 
 
 
 
 
 
50 a 54
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
 
 
 
 
45 a 49
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
40 a 44
 
 
 
Causa de diferencia entre cifras de IG* (Informe Gerencial) y plataforma de la DGIS* (Dirección General de Información en Salud)
 
35 a 39
 
 
 
Consultas de 1ra
vez por diagnóstico
o tratamiento
 
 
30 a 34
 
 
 
 
25 a 29
 
 
 
 
20 a 24
 
 
 
Consultas
subsecuentes
 
 
15 a 19
 
 
 
 
10 a 14
 
 
 
 
5 a 9
 
 
 
Acciones al
individuo y
acciones a la
comunidad
 
 
2 a 4 años
 
 
 
 
1 año
 
 
 
 
< de 1 año
 
 
 
 
Fecha de la consulta en DGIS (ddmmaa):
 
 
Total
 
 
 
Otros
comentarios
 
 
 
 
 
 
Población de Anexo 5
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
______________________________                                         ________________________________
Supervisor Estatal (nombre y firma)                                          Coordinador Estatal (nombre y firma)
Responsable de Integración                                                        Responsable de Validación
ANEXO 6 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2022
 
 
 
Entidad Federativa:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Trimestre:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Fecha de revisión INSABI:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
I. Control Nutricional
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerado
r (N)
Denominado
r (D)
(N/D) *100
Numerado
r (N)
Denominador
(D)
1.1
Porcentaje de niños con obesidad y sobrepeso
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.2
Porcentaje de niños con peso para la talla normal
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.3
Porcentaje de niños con desnutrición leve
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.4
Porcentaje de niños con desnutrición moderada
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.5
Porcentaje de niños con desnutrición grave
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.6
Porcentaje de niños con recuperados de desnutrición
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
II. Enfermedades Diarreicas Agudas en menores de cinco años
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerado
r (N)
Denominado
r (D)
(N/D) *100
Numerado
r (N)
Denominador
(D)
2.1
Porcentaje de enfermedades diarreicas agudas de primera vez en menores de cinco años
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
2.2
Porcentaje de casos de enfermedades diarreicas agudas en menores de cinco años que requirieron plan A
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
2.3
Porcentaje madres capacitadas en enfermedades diarreicas agudas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
III. Enfermedades Respiratoria Agudas en menores de cinco años
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerado
r (N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerado
r (N)
Denominador
(D)
3.1
Porcentaje de infecciones respiratorias agudas en menores de cinco años
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
3.2
Porcentaje de casos de infecciones respiratorias agudas en menores de cinco años que requirieron antibiótico
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
3.3
Porcentaje madres capacitadas en infecciones respiratorias agudas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
IV. Diabetes Mellitus
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerado
r (N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerado
r (N)
Denominador
(D)
4.1
Porcentaje de pacientes con Diabetes Mellitus en tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
4.2
Porcentaje de pacientes con Diabetes Mellitus controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
4.3
Porcentaje de casos nuevos de Diabetes Mellitus
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
4.4
Porcentaje de detecciones para Diabetes Mellitus
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
V. Hipertensión Arterial Sistémica
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerado
r (N)
Denominado
r (D)
(N/D) *100
Numerado
r (N)
Denominador
(D)
5.1
Porcentaje de pacientes con Hipertensión Arterial Sistémica en tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
5.2
Porcentaje de pacientes con Hipertensión Arterial Sistémica controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
5.3
Porcentaje de casos nuevos de Hipertensión Arterial Sistémica
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
5.4
Porcentaje de detecciones para Hipertensión Arterial Sistémica
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VI. Obesidad
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerado
r (N)
Denominado
r (D)
(N/D) *100
Numerado
r (N)
Denominador
(D)
6.1
Porcentaje de pacientes con Obesidad en tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6.2
Porcentaje de pacientes con Obesidad controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6.3
Porcentaje de casos nuevos de Obesidad
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6.4
Porcentaje de detecciones para Obesidad
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VII. Dislipidemias
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerado
r (N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerado
r (N)
Denominador
(D)
7.1
Porcentaje de pacientes con Dislipidemias en tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
7.2
Porcentaje de pacientes con Dislipidemias controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
7.3
Porcentaje de casos nuevos de Dislipidemias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
7.4
Porcentaje de detecciones para Dislipidemias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VIII. Síndrome Metabólico
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerado
r (N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerado
r (N)
Denominador
(D)
8.1
Porcentaje de pacientes con Síndrome metabólico en tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
8.2
Porcentaje de pacientes con Síndrome metabólico controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
8.3
Porcentaje de casos nuevos de Síndrome metabólico
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
IX. Cáncer Cervicouterino
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerado
r (N)
Denominado
r (D)
(N/D) *100
Numerado
r (N)
Denominador
(D)
9.1
Porcentaje de detecciones oportunas de cáncer cérvico uterino
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9.2
Porcentaje de detecciones de Virus de Papiloma Humano
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9.3
Cobertura de tamizaje en mujeres de 25 a 64 años con citología o prueba de VPH
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9.4
Porcentaje de casos nuevos de Displasia (leve, moderada y severa)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9.5
Tasa de detección de cáncer cérvico uterino
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
X. Cáncer de Mama
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerado
r (N)
Denominado
r (D)
(N/D) *100
Numerado
r (N)
Denominador
(D)
10.
1
Cobertura de tamizaje en mujeres de 25 a 39 años con exploración clínica de mama
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
10.
2
Tasa de detección de cáncer de mama
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XI. Control Prenatal y Puerperio
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerado
r (N)
Denominado
r (D)
(N/D) *100
Numerado
r (N)
Denominador
(D)
11.
1
Porcentaje de detecciones de mujeres embarazadas en el primer trimestre de gestación
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11.
2
Proporción de consultas a mujeres embarazadas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11.
3
Porcentaje de mujeres con embarazo de alto riesgo de primera vez
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11.
4
Porcentaje de mujeres con embarazo de alto riesgo de primera vez referidas a segundo o tercer nivel
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11.
5
Proporción de consultas de seguimiento a puérperas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XII. Prevención de defectos al nacimiento
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerado
r (N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerado
r (N)
Denominador
(D)
12.
1
Porcentaje de mujeres en edad fértil que recibieron Ácido Fólico
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XIII. Planificación Familiar
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerado
r (N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerado
r (N)
Denominador
(D)
13.
1
Porcentaje de usuarios activos de planificación familiar
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
13.
2
Porcentaje de puérperas aceptantes de planificación familiar
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XIV. Atención Odontológica
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerado
r (N)
Denominado
r (D)
(N/D) *100
Numerado
r (N)
Denominador
(D)
14.
1
Proporción del uso de consultorios dentales
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
14.
2
Porcentaje de acciones preventivas odontológicas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
14.
3
Porcentaje de acciones curativas odontológicas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XV. Vacunación
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerado
r (N)
Denominado
r (D)
(N/D) *100
Numerado
r (N)
Denominador
(D)
15.
1
Porcentaje de vacunación en embarazadas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
15.
2
Porcentaje de vacunación en menores de 9 años
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ANEXO 6 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2022
 
 
 
CAUSAS POR LAS QUE SE OBTUVIERON LOS RESULTADOS
ACCIONES PARA MEJORAR RESULTADOS OBTENIDOS
I
1.1
 
 
1.2
 
 
1.3
 
 
1.4
 
 
1.5
 
 
1.6
 
 
II
2.1
 
 
2.2
 
 
2.3
 
 
III
3.1
 
 
3.2
 
 
3.3
 
 
IV
4.1
 
 
4.2
 
 
4.3
 
 
4.4
 
 
V
5.1
 
 
5.2
 
 
5.3
 
 
5.4
 
 
VI
6.1
 
 
6.2
 
 
6.3
 
 
6.4
 
 
VII
7.1
 
 
7.2
 
 
7.3
 
 
7.4
 
 
VIII
8.1
 
 
8.2
 
 
8.3
 
 
IX
9.1
 
 
9.2
 
 
9.3
 
 
9.4
 
 
9.5
 
 
X
10.1
 
 
10.2
 
 
XI
11.1
 
 
11.2
 
 
11.3
 
 
11.4
 
 
11.5
 
 
XII
12.1
 
 
XIII
13.1
 
 
13.2
 
 
XIV
14.1
 
 
14.2
 
 
14.3
 
 
XV
15.1
 
 
15.2
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $450,636.19 (Cuatrocientos cincuenta mil seiscientos treinta y seis pesos 19/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, por conducto de la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Administración y Finanzas, la Secretaría de Salud del Estado, los Servicios de Salud de Sinaloa y la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas.
ANEXO 7 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
GASTOS ADMINISTRATIVOS POR PARTIDA PRESUPUESTARIA
 
PARTIDA DE GASTO
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR CONCEPTO DE:
33604
IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES
Asignaciones destinadas a cubrir el gasto por los servicios de impresión y elaboración de material informativo para su uso en contraloría social.
37101*
PASAJES ÁEREOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37103*
PASAJES ÁEREOS NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37104*
PASAJES ÁEREOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37101 Pasajes aéreos nacionales para labores en campo y de supervisión, 37102 Pasajes aéreos nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37103 Pasajes aéreos nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37201*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Incluye los gastos para pasajes del personal operativo que realiza funciones de reparto y entrega de mensajería, y excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37203*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37204*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37201 Pasajes terrestres nacionales para labores en campo y de supervisión, 37202 Pasajes terrestres nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37203 Pasajes terrestres nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37501*
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, derivado de la realización de labores de campo o supervisión e inspección, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37101 y 37201.
37503*
VIÁTICOS NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37103 y 37203.
37504*
VIÁTICOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en lugares distintos a los de su adscripción, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37501, 37502, 37503, 37104 y 37204. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos.
37901*
GASTOS PARA OPERATIVOS Y TRABAJOS DE CAMPO EN ÁREAS RURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos que realizan las dependencias y entidades, por la estadía de servidores públicos que se origina con motivo del levantamiento de censos, encuestas, y en general trabajos en campo para el desempeño de funciones oficiales, cuando se desarrollen en localidades que no cuenten con establecimientos que brinden servicios de hospedaje y alimentación, y no sea posible cumplir con los requisitos de otorgamiento de viáticos y pasajes previstos en las partidas del concepto 3700.
39202
OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS
Asignaciones destinadas a cubrir otra clase de impuestos y derechos tales como gastos de escrituración, legislación de exhortos notariales, de registro público de la propiedad, tenencias y canje de placas de vehículos oficiales, diligencias judiciales, derechos y gastos de navegación de aterrizaje y despegue de aeronaves, de verificación, certificación y demás impuestos y derechos conforme a las disposiciones aplicables. Excluye el impuesto sobre la renta que las dependencias retienen y registran contra las partidas correspondientes del Capítulo 1000 "Servicios Personales".
* PARTIDAS DEL CONCEPTO 3700 SERVICIOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS, SE AUTORIZA LA APLICACIÓN DE RECURSOS PARA CUBRIR LOS GASTOS DE ESTAS PARTIDAS PARA COORDINADOR, SUPERVISORES Y ENLACE ADMINISTRATIVO. EN EL CASO DEL PERSONAL OPERATIVO, SE PODRÁ HACER USO DE ESTAS PARTIDAS, SIEMPRE Y CUANDO SEA CONVOCADO POR "EL INSABI" (UCNM).
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $450,636.19 (Cuatrocientos cincuenta mil seiscientos treinta y seis pesos 19/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, por conducto de la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Administración y Finanzas, la Secretaría de Salud del Estado, los Servicios de Salud de Sinaloa y la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas.
ANEXO 7 A DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA APLICACIÓN DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS POR PARTIDA
PRESUPUESTARIA
 
PARTIDA DE GASTO
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR CONCEPTO DE:
21101
MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA
Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales y artículos diversos de oficina, para el uso en las unidades médicas móviles federales, tales como: artículos papelería, libretas, carpetas, útiles de escritorio como engrapadoras, perforadoras, sacapuntas, entre otros.
26102
COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS
Asignaciones destinadas a la adquisición de gasolina para vehículos federales (unidades médicas móviles) del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
27101
VESTUARIO Y UNIFORMES
Asignaciones destinadas a la adquisición de prendas y accesorios de vestir: camisas, pantalones, calzado; uniformes e insignias para el personal de las unidades médicas móviles federales del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
29501
REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO
Asignaciones destinadas a la adquisición de refacciones y accesorios para todo tipo de aparatos e instrumentos médicos y de laboratorio (electrocardiógrafos, ultrasonido, piezas de mano de alta y baja velocidad dentales, esterilizadores (autoclave), equipo de rayos x dental, baumanómetro, fonodetectores de latidos fetales, estuche de diagnóstico), entre otros correspondientes a las unidades médicas móviles federales del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
29601
REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE
Asignaciones destinadas a la adquisición de autopartes de equipo de transporte tales como: llantas, suspensiones, sistemas de frenos, partes eléctricas, alternadores, distribuidores, partes de suspensión y dirección, marchas, embragues, retrovisores, tapetes, limpiadores, volantes, gatos hidráulicos o mecánicos de las unidades médicas móviles federales del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
33401
SERVICIOS PARA CAPACITACIÓN A SERVIDORES PÚBLICOS
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios profesionales que se contraten con personas físicas y morales por concepto de preparación e impartición de cursos de capacitación y/o actualización de los servidores públicos, en territorio nacional, en cumplimiento de los programas anuales de capacitación que establezcan en el Programa conforme al numeral 6.5.3 de la Reglas de Operación 2022.
33604
IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de impresión y elaboración de material informativo (folletos, calcomanías, trípticos, carteles, manuales, reglas de operación, etc.) que forma parte de los instrumentos de apoyo para la realización de los programas presupuestarios de las dependencias y entidades distintos a los de comunicación social y publicidad.
35401
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico y de laboratorio (electrocardiógrafos, ultrasonido, piezas de mano de alta y baja velocidad dentales, esterilizadores (autoclave), equipo de rayos x dental, baumanómetro, fonodetectores de latidos fetales, estuche de diagnóstico, entre otros), de las unidades médicas móviles federales del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
35501
MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de mantenimiento y conservación de unidades médicas móviles federales del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica y su planta de luz o de emergencia.
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $450,636.19 (Cuatrocientos cincuenta mil seiscientos treinta y seis pesos 19/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, por conducto de la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Administración y Finanzas, la Secretaría de Salud del Estado, los Servicios de Salud de Sinaloa y la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas.
ANEXO 8 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
PLANTILLA DE PERSONAL
 
COORDINADOR
SUPERVISOR
ENLACE ADMINISTRATIVO
TOTAL DE PERSONAL GERENCIAL
1
2
1
4
 
TIPO DE
UMM
NÚMERO DE
UMM
MÉDICO RESIDENTE
PARA TRABAJO
SOCIAL
COMUNITARIO
ITINERANTE
ENFERMERA GENERAL
PROMOTOR EN SALUD
CIRUJANO DENTISTA
TOTAL
0
11
11
11
11
 
33
1
3
3
3
3
 
9
2
7
7
7
7
7
28
3
0
 
 
 
 
 
TOTAL
21
21
21
21
7
70
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $450,636.19 (Cuatrocientos cincuenta mil seiscientos treinta y seis pesos 19/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, por conducto de la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Administración y Finanzas, la Secretaría de Salud del Estado, los Servicios de Salud de Sinaloa y la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas.
ANEXO 9 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
REPORTE DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS 2022
ENTIDAD FEDERATIVA:                                                                                           TRIMESTRE:
 
MES:
SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y
FINANZAS
SERVICIOS DE SALUD
TOTAL
RENDIMIENTOS GENERADOS NETOS
No. CUENTA BANCARIA
No. DE CUENTA BANCARIA
ENERO
 
 
 
FEBRERO
 
 
 
MARZO
 
 
 
ABRIL
 
 
 
MAYO
 
 
 
JUNIO
 
 
 
JULIO
 
 
 
AGOSTO
 
 
 
SEPTIEMBRE
 
 
 
OCTUBRE
 
 
 
NOVIEMBRE
 
 
 
DICIEMBRE
 
 
 
MONTO TRIMESTRAL
$                      -
$                           -
$                      -
MONTO TOTAL ACUMULABLE
$                      -
$                           -
$                      -
*ENVIAR DENTRO DE LOS 10 DÍAS HÁBILES POSTERIORES AL TÉRMINO DEL TRIMESTRE CORRESPONDIENTE.
                                                                                                                              RÚBRICA.                                    ___________________________________        ______________________________________         __________________________________________
                RESPONSABLE DE LA                             DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE LOS           SECRETARIO DE SALUD O DIRECTOR
                     ELABORACIÓN                                           SERVICIOS DE SALUD     DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE LA ENTIDAD
                                                                                   (O SU EQUIVALENTE)                     (O SU EQUIVALENTE)
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $450,636.19 (Cuatrocientos cincuenta mil seiscientos treinta y seis pesos 19/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, por conducto de la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Administración y Finanzas, la Secretaría de Salud del Estado, los Servicios de Salud de Sinaloa y la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas.
ANEXO 10 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
CIERRE PRESUPUESTARIO EJERCICIO 2022
 
Capítulo
de gasto
Presupuesto
autorizado
Presupuesto
modificado
Presupuesto
ejercido
(comprobado)
Reintegro
TESOFE (1)
 
No. Cuenta
Bancaria
Rendimientos
generados
Rendimientos
ejercidos
Rendimientos
reintegrados a
TESOFE (2)
2000
 
 
 
 
 
No. Cuenta
Secretaría de
Administración y
Finanzas
 
 
 
3000
 
 
 
 
 
No. Cuenta
Servicios de Salud
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
Total
 
 
 
 
                                                    
                                                    RÚBRICA. _________________________
                                                    _______________________________________
                                                    ___________________________________
RESPONSABLE DE                               DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE LOS
                                                       SECRETARIO DE SALUD O DIRECTOR
LA ELABORACIÓN                          SERVICIOS DE SALUD (O SU EQUIVALENTE)
                                                 DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE LA
                                                    
                                                    ENTIDAD (O SU EQUIVALENTE)
NOTAS:
(1) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE (tramitada ante el INSABI) del reintegro presupuestal y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
(2) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE (PEC tramitada por el área financiera de la entidad) de reintegro de rendimientos financieros y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $450,636.19 (Cuatrocientos cincuenta mil seiscientos treinta y seis pesos 19/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, por conducto de la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Administración y Finanzas, la Secretaría de Salud del Estado, los Servicios de Salud de Sinaloa y la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas.
ANEXO 11 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
PROGRAMA DE VISITAS DE SUPERVISIÓN A REALIZAR EN EL ESTADO DE SINALOA
 
PERIODO DE VISITA:
DEL MES DE: JUNIO A DICIEMBRE A 2022
 
De conformidad con el Modelo de Supervisión se podrán realizar visitas, en cumplimiento de lo especificado en las Cláusulas Tercera fracciones I, III y V y Novena fracción, III del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, que celebran el Instituto de Salud para el Bienestar y el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Sinaloa con el propósito de verificar la operación y el uso adecuado de los recursos presupuestarios transferidos con carácter de subsidios por la cantidad de $450,636.19 (Cuatrocientos cincuenta mil seiscientos treinta y seis pesos 19/100 M.N.), así como el estado general que guarden los bienes dados en comodato del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica. Por lo que, con tal finalidad, las autoridades de "LA ENTIDAD" se comprometen a proporcionar toda la documentación necesaria y permitir el acceso a los archivos correspondientes al Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $450,636.19 (Cuatrocientos cincuenta mil seiscientos treinta y seis pesos 19/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, por conducto de la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Administración y Finanzas, la Secretaría de Salud del Estado, los Servicios de Salud de Sinaloa y la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas.
ANEXO 12 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
TABULADOR DE LA PLANTILLA LABORAL
 
CÓDIGO
NOMBRE PUESTO
BECA
MÉDICOS
RESIDENTES
COMPENSACIÓN A
MÉDICOS
RESIDENTES
total bruto
mensual
12301
13411
CPSMMR0001
MÉDICOS RESIDENTES PARA TRABAJO SOCIAL COMUNITARIO ITINERANTE
17,016.00
18,221.00
35,237.00
 
CÓDIGO
NOMBRE PUESTO
11301
15901
13410
total bruto
mensual
CPSAAA0003
PERSONAL DE SOPORTE ADMINISTRATIVO DE SALUD (ENLACE ADMINISTRATIVO)
9,087.00
7,152.00
2,046.00
18,285.00
CPSAAA0004
DIRECTOR DE ÁREA (COORDINADOR)
23,882.00
13,731.00
11,387.00
49,000.00
CPSAAA0005
SUBDIRECTOR DE ÁREA (SUPERVISOR)
16,501.00
10,841.00
6,765.00
34,107.00
 
ZONA 2
CÓDIGO
NOMBRE PUESTO
11301
15901
13410
total bruto
mensual
CPSFFF0003
PROMOTOR EN SALUD
9,925.00
4,645.00
2,050.00
16,620.00
CPSMMD0001
CIRUJANO DENTISTA
16,342.00
8,869.00
8,199.00
33,410.00
CPSPEG0001
ENFERMERA GENERAL
10,935.00
6,450.00
4,339.00
21,724.00
 
ZONA 3
 
CÓDIGO
NOMBRE PUESTO
11301
15901
13410
total bruto
mensual
CPSFFF0003
PROMOTOR EN SALUD
10,965.00
5,066.00
2,241.00
18,272.00
CPSMMD0001
CIRUJANO DENTISTA
18,025.00
9,721.00
9,108.00
36,854.00
CPSPEG0001
ENFERMERA GENERAL
12,059.00
7,562.00
4,800.00
24,421.00
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $450,636.19 (Cuatrocientos cincuenta mil seiscientos treinta y seis pesos 19/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, por conducto de la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Administración y Finanzas, la Secretaría de Salud del Estado, los Servicios de Salud de Sinaloa y la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas.
Firma de los Anexos 1, 1A, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 7 A, 8, 9, 10,11 y 12 del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $450,636.19 (Cuatrocientos cincuenta mil seiscientos treinta y seis pesos 19/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, por conducto de la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Administración y Finanzas, la Secretaría de Salud del Estado, los Servicios de Salud de Sinaloa y la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas.
Por el INSABI: el Director General, Mtro. Juan Antonio Ferrer Aguilar.- Rúbrica.- Firma en suplencia por
ausencia del Titular de la Unidad de Coordinación Nacional Médica del Instituto de Salud para el Bienestar, con fundamento en lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo sexagésimo sexto del Estatuto Orgánico del Instituto de Salud para el Bienestar, el Coordinador de Atención a la Salud, Dr. Juan José Mazón Ramírez.- Rúbrica.- Firma en suplencia por ausencia del Titular de la Coordinación de Financiamiento del Instituto de Salud para el Bienestar, con fundamento en lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo sexagésimo sexto del Estatuto Orgánico del Instituto de Salud para el Bienestar, el Director de Administración Financiera del Fideicomiso, M. en Aud. Vicente Reyes Magaña.- Rúbrica.- El Coordinador de Recursos Humanos y Regularización de Personal, Mtro. Candelario Pérez Alvarado.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario General de Gobierno, Lic. Enrique Inzunza Cázarez.- Rúbrica.- El Secretario de Administración y Finanzas, Lic. Enrique Alfonso Díaz Vega.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Sinaloa, Dr. Cuitláhuac González Galindo.- Rúbrica.- La Secretaria de Transparencia y Rendición de Cuentas, Dra. María Guadalupe Ramírez Zepeda.- Rúbrica.