Estados Unidos MexicanosX
Poder Judicial del Estado de Nuevo León
Juzgado Quinto de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial
Monterrey, N.L.
EDICTO
 
Persona a notificar: A Edificación y Urbanización Rilo, Sociedad Anónima de Capital Variable.
Tipo de Notificación: AUDIENCIA CONFESIONAL.
Datos del asunto: Juzgado Quinto de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial en el Estado de Nuevo León, en el expediente judicial número 1132/2017 relativo al Juicio Ordinario Mercantil promovido por Luz María Morett Zapala, apoderada general para pleitos y cobranzas de Proyectos y Desarrollos Velintonia, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en contra de Edificación y Urbanización Rilo, Sociedad Anónima de Capital Variable. En la inteligencia de que, considerando que la persona moral demandada Edificación y Urbanización Rilo, Sociedad Anónima de Capital Variable, fue llamada a juicio mediante la publicación de edictos acorde a la resolución dictada en fecha 14 catorce de junio de 2022 dos mil veintidós, en términos el artículo 118 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente al Código de Comercio y el diverso 1054 de la legislación mercantil en comento, hágase saber a dicha persona moral demandada, la fecha y hora de la prueba confesional ofrecida a su cargo, mediante edictos que deberán publicarse por 3 tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación. En lo tocante a la prueba confesional por posiciones que se ofrece a cargo de la persona moral demandada Edificación y Urbanización Rilo, Sociedad Anónima de Capital Variable, se programa la siguiente fecha y hora para su desahogo:
 
Absolvente
Hora
Día y mes
Edificación y Urbanización Rilo,
Sociedad Anónima de Capital Variable.
12:00 doce horas
27 veintisiete de marzo de 2023
dos mil veintitrés.
 
En consecuencia, cítese en forma personal a los absolventes a más tardar el día 17 diecisiete de marzo de 2023 dos mil veintitrés, a efecto de que acuda a absolver las posiciones que formule su contraria, debidamente identificado con documento oficial vigente, ello toda vez que el numeral 1224 del Código de Comercio, establece que la citación a prueba confesional, debe realizarse por lo menos con 2 dos díasde anticipación al señalado para la audiencia, sin contar el día en que se verifique la diligencia de notificación, el día siguiente hábil en que surta efectos la misma, ni el señalado para recibir la declaración. Así mismo, la confesional por ratificación de contenido y firma de los documentos que refiere como anexos 4 cuatro,5 cinco y 6 seis, al ciudadano gerente o representante legal de Edificación y Urbanización Rilo, Sociedad Anónima de Capital Variable, que ofrece en el escrito que se acuerda, en términos del artículo 1235 del Código de Comercio, este órgano jurisdiccional tiene a bien señalar las 13:00 trece horas del día27 veintisiete de marzo de 2023 dos mil veintitrés, a cargo del antes citado, debidamente identificado, a ratificar el contenido y firma el escrito de contestación de demanda, debiéndosele citar de manera personal cuando menos un día antes de la fecha señalada para la diligencia, quedando apercibido de que en caso de omisión de hacerlo, se acusará la correspondiente rebeldía, quedando perfecta la confesión. Lo anterior en términos del artículo 1235 de la ley mercantil en comento. En consecuencia, en relación al gerente o representante legal de Edificación y Urbanización Rilo, Sociedad Anónima de Capital Variable, deberá acudir debidamente identificado con documento oficial vigente, y acreditando con la documental correspondiente el carácter de apoderado o representante con facultades para absolver posiciones, en términos del numeral 1217 del Código de Comercio. Con el apercibimiento de que en caso de no comparecer sin justa causa a esta citación, se les tendrá por confeso en aquéllas posiciones calificadas de legales por esta autoridad, lo que antecede con fundamento en lo establecido por los artículos 1224 y 1232 fracción I del Código de Comercio. En esa guisa, las partes deberán comparecer el día y momento señalados en el local de este juzgado a la sala de audiencias de este órgano jurisdiccional, ubicada en el piso 1 uno del Centro de Justicia Civil y Mercantil ubicado en avenida Matamoros número 347, esquina con Pino Suárez en el centro de Monterrey, Nuevo León, (ubicándose la puerta de acceso en la avenida Pino Suarez), debidamente identificados con identificación oficial vigente, lo anterior con apoyo en lo establecido en el artículo 1224 del Código de Comercio. Así como lo establecido en el artículo 9 del Acuerdo General 2/2022-II. Siendo importante señalar que al momento del desahogo de las audiencias antes mencionadas, deberán seguirse estrictamente las acciones preventivas para evitar la propagación de la enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), conforme a lo establecido en el Acuerdo General 13/2020-II de los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado de Nuevo León, es decir, aplicarse gel antibacterial y usar cubrebocas, debiéndose respetar el esquema de distanciamiento social. En la inteligencia de que en la Secretaría del juzgado se proporcionaran mayores informes al interesado. Doy Fe.
 
Monterrey Nuevo León, a 07 de marzo de 2023.
El C. Secretario adscrito al Juzgado Quinto de Jurisdicción Concurrente
del Primer Distrito Judicial en el Estado de Nuevo León.
Lic. Salvador III Garcia Vazquez.
Rúbrica.
(R.- 533471)