ACUERDO por el que la persona Titular de la Dirección de Administración y Finanzas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado delega en las personas Titulares de las Subdirecciones adscritas a la misma, la facultad y atribución que se indican.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
ACUERDO POR EL QUE LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO DELEGA EN LAS PERSONAS TITULARES DE LAS SUBDIRECCIONES ADSCRITAS A LA MISMA, LA FACULTAD Y ATRIBUCIÓN QUE SE INDICAN.
LIC. ALMENDRA LORENA ORTIZ GENIS, Directora de Administración y Finanzas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con fundamento en los artículos 1, último párrafo, 4, fracción I, inciso g), 50, último párrafo, 51, fracción XIII y 60, fracción VII, incisos p) y s) del Estatuto Orgánico del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado, y
CONSIDERANDO
Que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123, Apartado B, fracción XI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1º, 3°, fracción I, y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1º, 2º, 5º, 15 y 58, fracciones VII y VIII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 1º, 4º, 5º, 207, 208, fracciones V, X y XI, 221, 228 y 230 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Que de conformidad con los artículos 51, fracción XIII y 60, fracción VII, incisos p) y s) del Estatuto Orgánico del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado, la persona Titular de la Dirección de Administración y Finanzas tiene las atribuciones y facultades de suscribir en representación del Instituto, de acuerdo con las facultades legales y normativas, así como las otorgadas por el poder notarial correspondiente, los actos jurídicos, convenios, contratos y documentos que sean necesarios con el sector público, privado y social para el cumplimiento de sus atribuciones; así como aplicar la política general en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obra pública y servicios relacionados con las mismas, contratación y administración de servicios en su modalidad de asociaciones público-privadas, de conformidad con las disposiciones aplicables y ejercer las acciones que, en el ámbito administrativo procedan, en materia de administración de contratos de adquisiciones, arrendamiento de bienes, contratación de servicios, obra pública, servicios relacionados a la misma, aplicar penas convencionales, recuperar pagos en exceso, emitir finiquitos, determinar montos de gastos no recuperables, ejecutar garantías, rescindir contratos, suscribir convenios modificatorios o de reconocimiento de adeudo, así como los esquemas de asociación público-privada, en cumplimiento a las normas, criterios, lineamientos, manuales, procedimientos y demás instrumentos análogos que se emitan en dichas materias.
Que las Subdirecciones adscritas a la Dirección de Administración y Finanzas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, como áreas requirentes y áreas contratantes son las responsables de integrar, validar y llevar a cabo los procedimientos de contratación establecidos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento y en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento.
Que para agilizar los plazos y procesos, así como optimizar los trámites administrativos que se deben realizar para llevar a cabo la formalización de los contratos y convenios derivados de los procedimientos de contratación celebrados al amparo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, es necesario que las personas titulares de las Subdirecciones cuenten con la facultad y atribución de suscribirlos, a efecto de que los mismos se formalicen dentro de los plazos que señala la normatividad aplicable.
Que para lograr la formalización oportuna de los contratos y convenios de acuerdo con los plazos establecidos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas y su Reglamento, es necesario delegar la facultad y atribución de suscribirlos a las personas titulares de las Subdirecciones adscritas a la Dirección de Administración y Finanzas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, dentro del ámbito de su competencia; por lo que he tenido a bien expedir el siguiente.
ACUERDO POR EL QUE LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y
FINANZAS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL
ESTADO DELEGA EN LAS PERSONAS TITULARES DE LAS SUBDIRECCIONES ADSCRITAS A LA
MISMA, LA FACULTAD Y ATRIBUCIÓN QUE SE INDICAN:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se delega en las personas titulares de las Subdirecciones adscritas a la Dirección de Administración y Finanzas, la facultad y atribución de suscribir y formalizar los contratos y convenios que se lleven a cabo en apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas y su Reglamento.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La facultad y atribución referidas en el artículo que antecede, tendrán vigencia hasta en tanto se emita una revocación a la misma.
ARTÍCULO TERCERO.- La delegación de la facultad y atribución a que se refiere el presente instrumento, no excluye la posibilidad de su ejercicio directo por la persona titular de la Dirección de Administración y Finanzas.
ARTÍCULO CUARTO.- Las personas titulares de las Subdirecciones adscritas a la Dirección de Administración y Finanzas, mantendrán permanentemente informada a la persona titular de la citada Dirección, sobre el ejercicio de la facultad y atribución que, mediante este acuerdo, se delegan.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al momento de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los veinticuatro días del mes de febrero de dos mil veintitrés.- La Directora de Administración y Finanzas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Almendra Lorena Ortiz Genis.- Rúbrica.
(R.- 532970)