ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el diverso que reglamenta la Carrera Judicial, en relación con la entrada en vigor de las listas de acceso y promoción a la Carrera Judicial.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA EL DIVERSO QUE REGLAMENTA LA CARRERA JUDICIAL, EN RELACIÓN CON LA ENTRADA EN VIGOR DE LAS LISTAS DE ACCESO Y PROMOCIÓN A LA CARRERA JUDICIAL.
CONSIDERANDO
PRIMERO. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 73 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO. De conformidad con el artículo 100, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;
TERCERO. Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100, noveno párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 86, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
CUARTO. El 3 de noviembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Declaratoria para el inicio de la observancia de las nuevas reglas de la Carrera Judicial y Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reglamenta la Carrera Judicial; y
QUINTO. El TRANSITORIO DÉCIMO QUINTO del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reglamenta la Carrera Judicial, establece que las listas de acceso y promoción a la Carrera Judicial entrarán en vigor de forma gradual y escalonada y, en su fracción V, que a más tardar entrarán en vigor el 1 de marzo de 2023; sin embargo, con la finalidad de realizar una implementación integral del fortalecimiento de la carrera judicial, se estima conveniente que hasta que se realice este proceso en todos los aspectos vinculados, se acuerde que el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal determinará el inicio de la vigencia de las mencionadas listas.
Por lo anterior, se expide el siguiente
ACUERDO
ÚNICO. Se reforma la fracción V del TRANSITORIO DÉCIMO QUINTO del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reglamenta la Carrera Judicial, para quedar como sigue:
"DÉCIMO QUINTO. ...
I. a IV. ...
V.    El sistema de listas de acceso y promoción previsto en el presente Acuerdo entrará en vigor cuando lo determine el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y, para su mayor difusión, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en el portal del Consejo de la Judicatura Federal en Intranet e Internet.
EL MAGISTRADO JOSÉ ALFONSO MONTALVO MARTÍNEZ, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el diverso que reglamenta la Carrera Judicial, en relación con la entrada en vigor de las listas de acceso y promoción a la Carrera Judicial, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de 22 de febrero de 2023, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidenta Ministra Norma Lucía Piña Hernández, Bernardo Bátiz Vázquez, Eva Verónica de Gyvés Zárate, Alejandro Sergio González Bernabé y Sergio Javier Molina Martínez.- Ciudad de México, a 22 de febrero de 2023.- Conste.- Rúbrica.